Sociedad de Responsabilidad Limitada88.947.800-4

Diazol De Chile Limitada

MODIFICACIÓN — 8 ago 2025

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2025-08-08Ver PDF (CVE 2683334)

Información societaria

Ltda
calle Presidente Errázuriz número dos mil novecientos treinta y seis
Duración: diez años a contar de esta fecha, prorrogable tácita y sucesivamente por períodos iguales
Administración: administración y uso de la razón social conjunta e indistinta por cuatro administradores

Objeto social

El procesamiento de papeles destinados a ser usados en fotocopiadoras, plotters y otras con fines de reprografía, duplicación, microfilm, reproducción y semejantes; la importación y exportación de material destinado a insumos y consumo de esas máquinas y para dicha aplicación; la venta de todos ellos, incluyendo maquinarias y repuestos; la asistencia técnica para el uso y aplicación del producto; la importación, exportación y elaboración de artículos de encuadernación; la fabricación, comercialización, importación y exportación de artículos para el packing, envasado y embalaje de productos; la producción, transformación, procesamiento y comercialización de papel en todas sus formas y derivados; y, en general, toda actividad relacionada con el procesamiento anteriormente mencionado u otros semejantes; sin perjuicio de cualquier otra actividad que, de común acuerdo, puedan determinar los socios.

Capital

Capital total

$4.300.000.000

Capital pagado

$1.500.000.000

Capital pendiente

$2.800.000.000

Socios (10)

NombreParticipación

DAVID FERNANDO BONOMO CORTEZ

Socio

19.508%

EGILDO ALBINO CASTAGNOLA CORTEZ

Socio

5.513%

IRIS MALVA DEL CARMEN YÁÑEZ FUENTES

Socio

6.977%

CLAUDIA ANDREA CASTAGNOLA YÁÑEZ

Socio

0.488%

MARCELO ALEJANDRO CASTAGNOLA YÁÑEZ

Socio

0.488%

CARLA PAOLA CASTAGNOLA YÁÑEZ

Socio

0.488%

DANIELA ANTONIA BONOMO MIRANDA

Socio

0.711%

CAROLINA ANDREA BONOMO MIRANDA

Socio

0.711%

INVERSIONES BARLOVENTO LIMITADA

Socio

-

INVERSIONES BONINVEST LIMITADA

Socio

-

Texto oficial del extracto

Ministerio del Interior MYRIAM AMIGO ARANCIBIA, Abogado, Notario Público Titular, 21ª Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos N° 578, Santiago, certifica: que, por escritura pública de fecha 12 de junio de 2025, repertorio Nº4.476/2025, otorgada ante mí, comparecieron: Don EGILDO ALBINO CASTAGNOLA CORTEZ, por sí y en representación de doña CARLA PAOLA CASTAGNOLA YÁÑEZ; doña IRIS MALVA DEL CARMEN YÁÑEZ FUENTES, por sí y en representación de la sociedad INVERSIONES BARLOVENTO LIMITADA; doña CLAUDIA ANDREA CASTAGNOLA YÁÑEZ; don MARCELO ALEJANDRO CASTAGNOLA YÁÑEZ; don DAVID FERNANDO BONOMO CORTEZ, por sí y en representación de la sociedad INVERSIONES BONINVEST LIMITADA; CAROLINA ANDREA BONOMO MIRANDA y doña DANIELA ANTONIA BONOMO MIRANDA. Todos domiciliados para estos efectos en calle Presidente Errázuriz número dos mil novecientos treinta y seis, comuna de Santiago, Región Metropolitana, quienes acuerdan modificar la sociedad DIAZOL DE CHILE LIMITADA, en el siguiente sentido: 1.Aumentar el capital social desde la suma de $5.290.000.- a la suma de $4.300.000.000.-, con un aumento efectivo y real de $4.294.710.000.- el que se pagará mediante la capitalización de utilidades y el aporte que realizaran los nuevos socios; INVERSIONES BARLOVENTO LIMITADA e INVERSIONES BONINVEST LIMITADA, quienes ingresan a la sociedad con el consentimiento de los actuales socios. Modificándose el artículo tercero de los estatutos sociales por el siguiente: “TERCERO: El capital social es la suma de cuatro mil trescientos millones de pesos que los socios, aportaron y aportan en la forma que se indica a continuación: a) don DAVID FERNANDO BONOMO CORTEZ, la suma de ochocientos treinta ocho millones ochocientos sesenta mil pesos, equivalentes aproximadamente al diecinueve coma quinientos ocho por ciento del capital social; y que se encuentran íntegramente pagados con anterioridad a este acto; b) don EGILDO ALBINO CASTAGNOLA CORTEZ, la suma de doscientos treinta y siete millones cincuenta y tres mil tres pesos, equivalente aproximadamente al cinco coma quinientos trece por ciento del capital social, y que se encuentran íntegramente pagados con anterioridad a este acto; c) doña IRIS MALVA DEL CARMEN YÁÑEZ FUENTES, la suma de trescientos millones de pesos, equivalente aproximadamente al seis coma novecientos setenta y siete por ciento del capital social, y que se encuentran íntegramente pagados con anterioridad a este acto; d) doña CLAUDIA ANDREA CASTAGNOLA YÁÑEZ, la suma de veinte millones novecientos ochenta y dos mil trescientos treinta y dos pesos, equivalente aproximadamente al cero coma cuatrocientos ochenta y ocho por ciento del capital social, y que se encuentran íntegramente pagados con anterioridad a este acto; e) don MARCELO ALEJANDRO CASTAGNOLA YÁÑEZ, la suma de veinte millones novecientos ochenta y dos mil trescientos treinta y dos pesos, equivalente aproximadamente al cero coma cuatrocientos ochenta y ocho por ciento del capital social, y que se encuentran íntegramente pagados con anterioridad a este acto; f) doña CARLA PAOLA CASTAGNOLA YÁÑEZ, la suma de veinte millones novecientos ochenta y dos mil trescientos treinta y dos pesos, equivalente aproximadamente al cero coma cuatrocientos ochenta y ocho por ciento del capital social, y que se encuentran íntegramente pagados con anterioridad a este acto; g) doña DANIELA ANTONIA BONOMO MIRANDA, la suma de treinta millones quinientos setenta mil pesos, equivalente aproximadamente al cero coma setecientos once por ciento del capital social, y que se encuentran íntegramente pagados con anterioridad a este acto; h) doña CAROLINA ANDREA BONOMO MIRANDA, la suma de treinta millones quinientos setenta mil pesos, equivalente aproximadamente al cero coma setecientos once por ciento del capital social, y que se encuentran íntegramente pagados con anterioridad a este acto; i) la sociedad INVERSIONES BARLOVENTO LIMITADA, la suma de mil ciento veinte millones de pesos, que serán pagados en un plazo de diez años contados desde la fecha de la presente escritura; y j) la sociedad INVERSIONES BONINVEST LIMITADA, la suma de mil seiscientos ochenta millones de pesos, que serán pagados en un plazo de diez años contados desde la fecha de la presente escritura.”. 2. Modificar la cláusula segunda por la siguiente: “SEGUNDO: La razón social o nombre de la sociedad será IMPORTADORA DIAZOL DE CHILE LIMITADA, pudiendo usar también, indistintamente, para todos los efectos legales, comerciales, tributarios, financieros y bancarios el siguiente nombre de fantasía “IMPORTADORA DIAZOL DE CHILE LTDA”. 3. Modificar la cláusula cuarta por la siguiente: “CUARTO: Objeto. El objeto será el procesamiento de papeles destinados a ser usados en fotocopiadoras, plotters y otras con fines de reprografía, duplicación, microfilm, reproducción y semejantes; la importación y exportación de material destinado a insumos y consumo de esas máquinas y para dicha aplicación; la venta de todos ellos, incluyendo maquinarias y repuestos; la asistencia técnica para el uso y aplicación del producto; la importación, exportación y elaboración de artículos de encuadernación; la fabricación, comercialización, importación y exportación de artículos para el packing, envasado y embalaje de productos; la producción, transformación, procesamiento y comercialización de papel en todas sus formas y derivados; y, en general, toda actividad relacionada con el procesamiento anteriormente mencionado u otros semejantes; sin perjuicio de cualquier otra actividad que, de común acuerdo, puedan determinar los socios.”. 4. Modificar la administración, en el sentido que. la administración y el uso de la razón social corresponderá a don DAVID FERNANDO BONOMO CORTEZ, a don EGILDO ALBINO CASTAGNOLA CORTEZ, a don MARCELO ALEJANDRO CASTAGNOLA YÁÑEZ, y a doña DANIELA ANTONIA BONOMO MIRANDA, quienes, actuando individual e indistintamente, y anteponiendo su firma a la razón social, podrán ejecutar y celebrar todos los actos y contratos comprendidos en el giro ordinario de la sociedad, sin necesidad de acreditar esta circunstancia ante terceros. 5. Modificar la cláusula novena por la siguiente: “NOVENO: El plazo de duración de la sociedad será de diez años a contar de esta fecha. La vigencia de la sociedad se prorrogará tácita y sucesivamente por períodos iguales, salvo que alguno de los socios dé aviso de su intención de ponerle término mediante declaración que se efectuará por escritura pública debidamente anotada al margen de la inscripción social con una anticipación mínima de tres meses al vencimiento del período inicial o la prórroga correspondiente”. 6. Refundir el texto de los estatutos sociales por los cuales se regirá IMPORTADORA DIAZOL DE CHILE LIMITADA: RAZÓN SOCIAL: IMPORTADORA DIAZOL DE CHILE LIMITADA. CAPITAL: El capital social es la suma de cuatro mil trescientos millones de pesos que los socios, aportaron y aportan en la forma que se indica a continuación: a) don DAVID FERNANDO BONOMO CORTEZ, la suma de ochocientos treinta ocho millones ochocientos sesenta mil pesos, equivalentes aproximadamente al diecinueve coma quinientos ocho por ciento del capital social; y que se encuentran íntegramente pagados con anterioridad a este acto; b) don EGILDO ALBINO CASTAGNOLA CORTEZ, la suma de doscientos treinta y siete millones cincuenta y tres mil tres pesos, equivalente aproximadamente al cinco coma quinientos trece por ciento del capital social, y que se encuentran íntegramente pagados con anterioridad a este acto; c) doña IRIS MALVA DEL CARMEN YÁÑEZ FUENTES, la suma de trescientos millones de pesos, equivalente aproximadamente al seis coma novecientos setenta y siete por ciento del capital social, y que se encuentran íntegramente pagados con anterioridad a este acto; d) doña CLAUDIA ANDREA CASTAGNOLA YÁÑEZ, la suma de veinte millones novecientos ochenta y dos mil trescientos treinta y dos pesos, equivalente aproximadamente al cero coma cuatrocientos ochenta y ocho por ciento del capital social, y que se encuentran íntegramente pagados con anterioridad a este acto; e) don MARCELO ALEJANDRO CASTAGNOLA YÁÑEZ, la suma de veinte millones novecientos ochenta y dos mil trescientos treinta y dos pesos, equivalente aproximadamente al cero coma cuatrocientos ochenta y ocho por ciento del capital social, y que se encuentran íntegramente pagados con anterioridad a este acto; f) doña CARLA PAOLA CASTAGNOLA YÁÑEZ, la suma de veinte millones novecientos ochenta y dos mil trescientos treinta y dos pesos, equivalente aproximadamente al cero coma cuatrocientos ochenta y ocho por ciento del capital social, y que se encuentran íntegramente pagados con anterioridad a este acto; g) doña DANIELA ANTONIA BONOMO MIRANDA, la suma de treinta millones quinientos setenta mil pesos, equivalente aproximadamente al cero coma setecientos once por ciento del capital social, y que se encuentran íntegramente pagados con anterioridad a este acto; h) doña CAROLINA ANDREA BONOMO MIRANDA, la suma de treinta millones quinientos setenta mil pesos, equivalente aproximadamente al cero coma setecientos once por ciento del capital social, y que se encuentran íntegramente pagados con anterioridad a este acto; i) la sociedad INVERSIONES BARLOVENTO LIMITADA, la suma de mil ciento veinte millones de pesos, que serán pagados en un plazo de diez años contados desde la fecha de la presente escritura; y j) la sociedad INVERSIONES BONINVEST LIMITADA, la suma de mil seiscientos ochenta millones de pesos, que serán pagados en un plazo de diez años contados desde la fecha de la presente escritura. OBJETO: El objeto de la sociedad será el procesamiento de papeles destinados a ser usados en fotocopiadoras, plotters y otras con fines de reprografía, duplicación, microfilm, reproducción y semejantes; la importación y exportación de material destinado a insumos y consumo de esas máquinas y para dicha aplicación; la venta de todos ellos, incluyendo maquinarias y repuestos; la asistencia técnica para el uso y aplicación del producto; la importación, exportación y elaboración de artículos de encuadernación; la fabricación, comercialización, importación y exportación de artículos para el packing, envasado y embalaje de productos; la producción, transformación, procesamiento y comercialización de papel en todas sus formas y derivados; y, en general, toda actividad relacionada con el procesamiento anteriormente mencionado u otros semejantes; sin perjuicio de cualquier otra actividad que, de común acuerdo, puedan determinar los socios. ADMINISTRACIÓN: La administración y el uso de la razón social corresponderá a don DAVID FERNANDO BONOMO CORTEZ, a don EGILDO ALBINO CASTAGNOLA CORTEZ, a don MARCELO ALEJANDRO CASTAGNOLA YÁÑEZ, y a doña DANIELA ANTONIA BONOMO MIRANDA, quienes, actuando individual e indistintamente, y anteponiendo su firma a la razón social, podrán ejecutar y celebrar todos los actos y contratos comprendidos en el giro ordinario de la sociedad, sin necesidad de acreditar esta circunstancia ante terceros. DURACIÓN: El plazo de duración de la sociedad será de diez años a contar de esta fecha. La vigencia de la sociedad se prorrogará tácita y sucesivamente por períodos iguales, salvo que alguno de los socios dé aviso de su intención de ponerle término mediante declaración que se efectuará por escritura pública debidamente anotada al margen de la inscripción social con una anticipación mínima de tres meses al vencimiento del período inicial o la prórroga correspondiente. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 4 de agosto de 2025.-

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