Inmobiliaria, Inversiones y Constructora El Triángulo Limitada
Informações tributárias (SII)
Tipo de entidade
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedade
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Início de atividades
Sem início de atividades informado pelo SII
Atividades econômicas
Sem atividades econômicas registradas no SII
Documentos timbrados
Sem documentos timbrados registrados no SII
Diario Oficial
Informações societárias
Capital
Capital total
$204.000.000
Sócios (3)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 33% | $68.000.000 |
Socio | - | 33% | $68.000.000 |
Socio | - | 33% | $68.000.000 |
Histórico societário relatado
- Falecimento
Fallecimiento de Osvaldo Band Beckdorf.
- Sucessão· 9 de julho de 2025
Los herederos de Osvaldo Band Beckdorf adquirieron el 97% de sus derechos sociales y los distribuyeron por tercios entre Osvaldo Patricio Band Vásquez, Sergio Arístides Band Vásquez y Carmen Silvia Band Vásquez.
Osvaldo Band Beckdorf · Osvaldo Patricio Band Vásquez · Sergio Arístides Band Vásquez · Carmen Silvia Band Vásquez
Texto oficial do extrato
Ministerio del Interior MAGDALENA SOFÍA LATORRE LARRAÍN, Abogado, Notario Público Interino de la 5º Notaría de Santiago, con domicilio en calle El Golf N° 99, oficina 101B, comuna de Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 09 de julio de 2025, repertorio 5863-2025, ante mí, i) Osvaldo Patricio Band Vásquez; ii) Sergio Arístides Band Vásquez y iii) Carmen Silvia Band Vásquez, todos domiciliados en Avenida El Bosque Norte 0177, oficina 602, comuna de Las Condes, conjuntamente en representación de la sucesión quedada al fallecimiento de don Osvaldo Band Beckdorf e individualmente en su calidad de socios de Inmobiliaria, Inversiones y Constructora El Triángulo Limitada, RUT 88.709.300-8, sociedad inscrita a fojas 4.157 número 2.207 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1982, dieron cuenta de antecedentes relacionados al fallecimiento de don Osvaldo Band Beckdorf. En particular, en virtud de la partición de los bienes de la herencia quedada al fallecimiento del causante, sus herederos adquirieron el 97% de los derechos en la sociedad de los que él era titular, los cuales fueron asignados de común acuerdo entre los comuneros en la proporción de un tercio a cada uno. Los comparecientes aceptaron y dieron su expreso consentimiento en la modificación, en los porcentajes recién señalados. Como consecuencia de lo anterior, se acordó reemplazar la cláusula VII de los estatutos sociales referente al capital, reemplazándose por los siguientes: “VII: El capital social es la suma de doscientos cuatro millones de pesos que los socios aportan y entera de la forma siguiente: a) don Osvaldo Patricio Band Vásquez, entera y aporta la cantidad de sesenta y ocho millones de pesos, que se pagaron, dos millones cuarenta mil pesos con anterioridad a este acto y sesenta y cinco millones novecientos sesenta mil pesos mediante la adjudicación de un tercio de los derechos de que era dueño don Osvaldo Band Beckdorf; b) doña Carmen Silvia Band Vásquez, entera y aporta la cantidad de sesenta y ocho millones pesos, que se pagaron, dos millones cuarenta mil pesos con anterioridad a este acto y sesenta y cinco millones novecientos sesenta mil pesos mediante la adjudicación de un tercio de los derechos de que era dueño don Osvaldo Band Beckdorf; c) don Sergio Arístides Band Vásquez, entera y aporta la cantidad de sesenta y ocho millones pesos, que se pagaron, dos millones cuarenta mil pesos con anterioridad a este acto y sesenta y cinco millones novecientos sesenta mil pesos mediante la adjudicación de un tercio de los derechos de que era dueño don Osvaldo Band Beckdorf. De esta forma, don Osvaldo Patricio Band Vásquez es dueño de un tercio de los derechos sociales, doña Carmen Silvia Band Vásquez es dueña de un tercio de los derechos sociales y don Sergio Arístides Band Vásquez es dueño de un tercio de los derechos sociales”. Los socios reiteran que limitan su responsabilidad personal por los negocios y obligaciones sociales hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones que no son materia de extracto constan en escritura extractada. Santiago, 17 de julio de 2025. Magdalena Latorre Larrain. Notario Público.
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
Inmobiliaria, Inversiones y Constructora El Triángulo Limitada
CVE 2676722
