Roberto Brodsky Y Compañia Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Capital
Capital total
$74.000.000
Socios (5)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 6.xxx.xxx-5 | 6.xxx.xxx-5 | 45% | - |
Socio 6.xxx.xxx-5 | 6.xxx.xxx-5 | 8% | - |
IGNACIO ANDRES BRODSKY GONZALEZ Socio 16.xxx.xxx-7 | 16.xxx.xxx-7 | 47% | - |
Socio 15.xxx.xxx-4 | 15.xxx.xxx-4 | 0% | - |
FELIPE NATHAN BRODSKY GONZALEZ Socio 12.xxx.xxx-5 | 12.xxx.xxx-5 | 0% | - |
Representación legal (5)
LUIS CRISTIÁN PACHECO FIGUEROA
LUIS CRISTIÁN PACHECO FIGUEROA
LUIS CRISTIÁN PACHECO FIGUEROA
LUIS CRISTIÁN PACHECO FIGUEROA
LUIS CRISTIÁN PACHECO FIGUEROA
Historia societaria relatada
- Otro acto· 22 de diciembre de 2017
Se celebró una modificación de sociedad y declaración cuya publicación fue saneada por este extracto.
- Otro acto· 25 de enero de 2018
Se sanea la modificación para corregir la cláusula sobre reparto de utilidades y pérdidas, incorporando a Matias Jose Brodsky Gonzalez y Felipe Nathan Brodsky Gonzalez con 0% cada uno.
JORGE ISAAC BRODSKY PUPKIN · MARIA LUISA GONZALEZ PALACIOS · IGNACIO ANDRES BRODSKY GONZALEZ · MATIAS JOSE BRODSKY GONZALEZ · FELIPE NATHAN BRODSKY GONZALEZ
Texto oficial del extracto
ALBERTO MOZÓ AGUILAR, Notario Público Titular de la Cuadragésima Notaría de Santiago, oficio Teatinos 332, Santiago, certifica: por escritura pública, hoy ante mí, LUIS CRISTIÁN PACHECO FIGUEROA, C.I. N° 13.435.449-6, en representación de: JORGE ISAAC BRODSKY PUPKIN, C.I. N° 6.064.503-5, MARIA LUISA GONZALEZ PALACIOS, C.I. N° 6.651.803-5, MATIAS JOSE BRODSKY GONZALEZ, C.I. N° 15.367.653-4, FELIPE NATHAN BRODSKY GONZALEZ, C.I. N° 12.058.552-5 e IGNACIO ANDRES BRODSKY GONZALEZ, C.I. N° 16.608.177-7; todos domiciliados para estos efectos en Avenida Dublé Almeyda número 1032, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, Santiago, acuerdan unánimemente sanear en conformidad a la Ley 19.499, la sociedad ROBERTO BRODSKY Y COMPAÑIA LIMITADA, R.U.T. N° 86.530.800-0, capital social $74.000.000, la escritura pública de “MODIFICACION DE SOCIEDAD Y DECLARACION ROBERTO BRODSKY Y COMPAÑIA LIMITADA”, celebrada en esta Notaría el 22 de diciembre de 2017 y su correspondiente extracto, ambos autorizados ante mí suplente don OSCAR PELUCHONNEAU CADIZ en el sentido de que por un error involuntario ocurrido en el artículo SEGUNDO de dicha escritura pública, en donde se reemplaza, modifica y sustituye el artículo SÉPTIMO de los estatutos sociales, relativo al porcentaje de repartición de utilidades y pérdidas y en su correspondiente extracto, se omitió mencionar a parte de los socios, en específico a don MATIAS JOSE BRODSKY GONZALEZ y a don FELIPE NATHAN BRODSKY GONZALEZ y su relativo porcentaje de repartición de utilidades y pérdidas, el cual incorrectamente se singularizaba de la siguiente manera: “SÉPTIMO: Las utilidades y Pérdidas si las hubiere, se repartirán en la siguiente forma: un cuarenta y cinco por ciento para don JORGE ISAAC BRODSKY PUPKIN, un ocho por ciento para doña MARIA LUISA GONZALEZ PALACIOS, y un cuarenta y siete por ciento para don IGNACIO ANDRES BRODSKY GONZALEZ quienes podrán hacer retiros cuando lo permita la caja social”, siendo que el correcto artículo debía ser: “SÉPTIMO: Las utilidades y Pérdidas si las hubiere, se repartirán en la siguiente forma: un cuarenta y cinco por ciento para don JORGE ISAAC BRODSKY PUPKIN, un ocho por ciento para doña MARIA LUISA GONZALEZ PALACIOS, un cuarenta y siete por ciento para don IGNACIO ANDRES BRODSKY GONZALEZ, un cero por ciento para don MATIAS JOSE BRODSKY GONZALEZ y un cero por ciento para don FELIPE NATHAN BRODSKY GONZALEZ; quienes podrán hacer retiros en virtud del porcentaje establecido en la presente cláusula, cuando lo permita la caja social, dejándose constancia en consecuencia, que don MATIAS JOSE BRODSKY GONZALEZ y don FELIPE NATHAN BRODSKY GONZALEZ no podrán hacer retiros”, el cual, rige para todos los efectos legales. En consecuencia, la referida escritura pública y el referido extracto se encuentran saneados para todos los efectos legales, dando íntegro cumplimiento a lo establecido en la Ley N° 19.499. En todo lo demás queda plenamente vigente escritura y extracto saneado para todos los efectos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 25 de enero de 2018. A. MOZÓ A. Notario Público Titular.
Información societaria
Capital
Capital total
$74.000.000
Capital pagado
$74.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 6.xxx.xxx-5 | 6.xxx.xxx-5 | 70% | $51.800.000 |
Socio 6.xxx.xxx-5 | 6.xxx.xxx-5 | 30% | $22.200.000 |
Administradores (1)
Historia societaria relatada
- Cesión de derechos· 11 de enero de 2018
Matías José Brodsky González cede el 10% de sus derechos sociales a María Luisa González Palacios.
MATIAS JOSE BRODSKY GONZALEZ · MARIA LUISA GONZALEZ PALACIOS
- Cesión de derechos· 11 de enero de 2018
Felipe Nathan Brodsky González cede el 10% de sus derechos sociales a Jorge Isaac Brodsky Pupkin.
- Cesión de derechos· 11 de enero de 2018
Ignacio Andrés Brodsky González cede el 10% de sus derechos sociales a Jorge Isaac Brodsky Pupkin.
IGNACIO ANDRES BRODSKY GONZALEZ · JORGE ISAAC BRODSKY PUPKIN
Texto oficial del extracto
ALBERTO MOZO AGUILAR, Notario Público de la 40 Notaría de Santiago con oficio calle Teatinos 332, Santiago, certifica: por escritura pública hoy ante mí, JORGE ISAAC BRODSKY PUPKIN, C.I. N° 6.064.503-5, MARIA LUISA GONZALEZ PALACIOS, C.I. N° 6.651.803-5, MATIAS JOSE BRODSKY GONZALEZ, C.I. N° 15.367.653-4, FELIPE NATHAN BRODSKY GONZALEZ, C.I. N° 12.058.552-5 e IGNACIO ANDRES BRODSKY GONZALEZ, C.I. N° 16.608.177-7; todos domiciliados para estos efectos en Avenida Dublé Almeyda número 1032, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, modifican ROBERTO BRODSKY Y COMPAÑIA LIMITADA , R.U.T. N° 86.530.800-0, cuyo capital social es la suma de $74.000.000, en los siguientes sentidos: I.- don MATIAS JOSE BRODSKY GONZALEZ, vende, cede y transfiere el 10 % del total de los derechos sociales en la Sociedad a doña MARIA LUISA GONZALEZ PALACIOS, por la suma de $36.500.000 quien los acepta y adquiere para sí. Condiciones de venta según escritura extractada; II.- don FELIPE NATHAN BRODSKY GONZALEZ, vende, cede y transfiere el 10 % del total de los derechos sociales en la Sociedad a don JORGE ISAAC BRODSKY PUPKIN, por la suma de $36.500.000 quien los acepta y adquiere para sí. Condiciones de venta según escritura extractada; III.- don IGNACIO ANDRES BRODSKY GONZALEZ, vende, cede y transfiere el 10 % del total de los derechos sociales en la Sociedad a don JORGE ISAAC BRODSKY PUPKIN, por la suma de $36.500.000 quien los acepta y adquiere para sí. Condiciones de venta según escritura extractada; IV.- la administración y uso de la razón social corresponderá a don JORGE ISAAC BRODSKY PUPKIN, con facultades señaladas en escritura extractada; y, V.- Como consecuencia de lo detallado precedentemente, los socios acuerdan reemplazar, modificar y precisar los estatutos sociales en los siguientes sentidos: 1) modificación del artículo Quinto del pacto social, relativo al capital social, quedando del siguiente tenor: “QUINTO: El capital social asciende a la suma de setenta y cuatro millones pesos, el que fue aportado en la forma que se pasa a indicar: a) don JORGE ISAAC BRODSKY PUPKIN, con la suma de cincuenta y un millón ochocientos mil pesos, equivalentes al setenta por ciento de la totalidad de los derechos sociales, con anterioridad a esta fecha, ya ingresada a la caja social; y, b) doña MARIA LUISA GONZALEZ PALACIOS, con la suma de veintidós millones doscientos mil pesos, equivalentes al treinta por ciento de la totalidad de los derechos sociales, con anterioridad a esta fecha, ya ingresada a la caja social. En consecuencia, el capital social de la Sociedad se encuentra íntegramente pagado”; y 2) modificación del artículo CUARTO del pacto social, relativo a la administración, en el sentido que la administración y uso de la razón social corresponderá a don JORGE ISAAC BRODSKY PUPKIN, cédula de identidad número seis millones sesenta y cuatro mil quinientos tres guión cinco, con facultades señaladas en escritura extractada. Demás cláusulas en escritura extractada, en lo no modificado, se mantiene vigente el pacto social. 11 de enero de 2018. A. MOZÓ A., Notario Público Titular.
Información societaria
Capital
Capital total
$74.000.000
Socios (3)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 6.xxx.xxx-5 | 6.xxx.xxx-5 | 45% | - |
Socio 6.xxx.xxx-5 | 6.xxx.xxx-5 | 8% | - |
IGNACIO ANDRES BRODSKY GONZALEZ Socio 16.xxx.xxx-7 | 16.xxx.xxx-7 | 47% | - |
Texto oficial del extracto
OSCAR PELUCHONNEAU CADIZ, Notario Público Suplente de la Cuadragésima Notaría de Santiago de don Alberto Mozó Aguilar, con oficio calle Teatinos 332, Santiago, certifica: por escritura pública hoy ante mí, JORGE ISAAC BRODSKY PUPKIN, C.I. N° 6.064.503-5, MARIA LUISA GONZALEZ PALACIOS, C.I. N° 6.651.803-5, MATIAS JOSE BRODSKY GONZALEZ, C.I. N° 15.367.653-4, FELIPE NATHAN BRODSKY GONZALEZ, C.I. N° 12.058.552-5 e IGNACIO ANDRES BRODSKY GONZALEZ, C.I. N° 16.608.177-7; todos domiciliados para estos efectos en Avenida Dublé Almeyda número 1032, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana; modifican ROBERTO BRODSKY Y COMPAÑIA LIMITADA , R.U.T. N° 86.530.800-0, cuyo capital social es la suma de $74.000.000, en el sentido de modificar el artículo SÉPTIMO del pacto social relativo a la repartición de utilidades y pérdidas. Modificación social: Como consecuencia de la modificación social celebrada, los únicos y actuales socios vienen en reemplazar, modificar y precisar el artículo SÉPTIMO de los Estatutos Sociales, quedando del siguiente tenor: “SÉPTIMO: Las utilidades y Pérdidas si las hubiere, se repartirán en la siguiente forma: un cuarenta y cinco por ciento para don JORGE ISAAC BRODSKY PUPKIN, un ocho por ciento para doña MARIA LUISA GONZALEZ PALACIOS, y un cuarenta y siete por ciento para don IGNACIO ANDRES BRODSKY GONZALEZ quienes podrán hacer retiros cuando lo permita la caja social”. Demás cláusulas en escritura extractada, en lo no modificado, se mantiene vigente el pacto social. 22 de diciembre de 2017. O. PELUCHONNEAU C., Notario Público Suplente.
Actuaciones recientes
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