Inmobiliaria y Constructora Agsametal Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Capital
Capital total
$1.108.954.000
Capital pagado
$1.108.954.000
Capital pendiente
$0
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Inmobiliaria y Constructora Agsametal S.A. Socio | - | 99% | $1.097.864.460 |
Socio | - | 1% | $11.089.540 |
Historia societaria relatada
- Cesión de derechos· 19 de diciembre de 2017
Construcciones e Inversiones Inmobiliarias Málaga Limitada cede la totalidad de sus derechos sociales a Comin S.A.
Construcciones e Inversiones Inmobiliarias Málaga Limitada · Comin S.A.
- Retiro de socio· 19 de diciembre de 2017
Se retira como socio Construcciones e Inversiones Inmobiliarias Málaga Limitada.
- Cambio de capital· 19 de diciembre de 2017
Se modifica el capital social a $1.108.954.000, íntegramente aportado, pagado y enterado.
- Cambio de administrador· 19 de diciembre de 2017
La administración y uso de la razón social pasa a corresponder a Comin S.A.
- Otro acto· 19 de diciembre de 2017
Se eliminan varias cláusulas del pacto social y se incorpora una nueva cláusula sobre arbitraje para resolución de conflictos.
Texto oficial del extracto
Veronica Torrealba Costabal Notario Público Suplente del Titular de la Trigésima Tercera Notaría de Santiago, domiciliada en calle Huérfanos número novecientos setenta y nueve, oficina quinientos uno, de la comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifica: que por escritura pública de fecha 19 de diciembre de 2017, ante mí: (i) Inmobiliaria y Constructora Agsametal S.A., domiciliada en Avenida Américo Vespucio número 100, Piso 17, comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana; (ii) Construcciones e Inversiones Inmobiliarias Málaga Limitada con domicilio en calle Hendaya, número 60, oficina número 1.502, comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana; (iii) Comin S.A., domiciliado en Avenida Américo Vespucio número 100, Piso 17, comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana, modificaron los estatutos de INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA AGSAMETAL LIMITADA, inscrita a fojas 10.567, número 6.181, del año 1979, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, conforme: 1) Construcciones e Inversiones Inmobiliarias Málaga Limitada, vendió, cedió y transfirió la totalidad de los derechos sociales en la sociedad Inmobiliaria y Constructora Agsametal Limitada a la sociedad Comin S.A. en la suma de $10.000, pagados conforme escritura extractada. En consecuencia, se retira como socio de Inmobiliaria y Constructora Agsametal Limitada la sociedad Construcciones e Inversiones Inmobiliarias Málaga Limitada y quedan como únicos socios (i) Inmobiliaria y Constructora Agsametal S.A., con derechos equivalentes a un 99% del haber social y (ii) Comin S.A., con derechos equivalentes a un 1% del haber social. 2) Modifican la cláusula cuarta de los estatutos sociales, referida al capital social, señalando que éste asciende a la suma de $1.108.954.000, íntegramente aportado, pagado y enterado en la caja social, se distribuye entre los socios de la manera siguiente: a) Inmobiliaria y Constructora Agsametal S.A., la suma de $1.097.864.460.-, equivalentes a un 99% del capital social y b) Comin S.A. la suma de $11.089.540.- equivalentes a un 1% del capital social. 3) Modifican la cláusula sexta de los estatutos sociales, referida a la administración y uso de la razón social, estableciéndose que ésta corresponderá a Comin S.A. y la ejercerá por medio de la o las personas naturales o jurídicas que para este efecto designará. 4) Eliminan las cláusulas Séptima, Octava, Novena, Décima, Décima Primera, Décima Segunda, Décima Sexta, Décima Séptima y Décima Octava del Pacto Social, que constan de la escritura pública de constitución de la Sociedad. 5) Se pacta una nueva cláusula Séptima de los estatutos sociales, referida a la resolución de conflictos entre los socios, indicándose que cualquier duda, diferencia o conflicto que se suscite entre los accionistas en su calidad de tales o entre éstos y la Sociedad, sea durante la vigencia de la Sociedad o durante su liquidación, será sometida cada vez a la decisión de un árbitro mixto, el cual tendrá facultades de arbitrador en cuanto al procedimiento y estará sometido a la ley en la dictación de la sentencia definitiva. El árbitro será designado por la Cámara de Comercio de Santiago A.G., a cuyo efecto las partes le confieren poder especial irrevocable a fin de que, a solicitud escrita de cualquiera de ellas, designe al árbitro mixto de entre los abogados integrantes de la nómina de árbitros del Centro de Arbitraje y Mediación de Santiago. Cada parte, antes de la designación del árbitro por el Centro de Arbitraje y Mediación de Santiago, tendrá derecho potestativo a recusar o vetar, sin expresión de causa, hasta cinco personas que formen parte de la nómina de árbitros de la Cámara de Comercio de Santiago. Contra las resoluciones del árbitro designado de conformidad a este artículo no procederá recurso alguno distinto de los recursos de reposición, aclaración, queja y casación en la forma por incompetencia o ultrapetita, los cuales procederán en los casos y forma que corresponda conforme a la ley, renunciando las partes expresamente a los demás recursos. El árbitro estará especialmente facultado para decidir cualquier asunto relacionado con su propia competencia o jurisdicción. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 19 de diciembre de 2017.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA AGSAMETAL LIMITADA
CVE 1349340
