Sociedade Anônima86.132.100-2

Demarka S.A.

MODIFICACIÓN — 8 de out. de 2021

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2021-10-08Ver PDF (CVE 2022176)

Informações societárias

S.A.
Santiago, Región Metropolitana
Administração: Directorio compuesto por cinco directores titulares y cinco directores suplentes

Capital

Capital total

$4.185.251.939

Capital integralizado

$4.185.251.939

Capital pendente

$0

Ações

3.645.239

Sócios (4)

NomeParticipação

Inversiones Los Nogales Limitada

Accionista

76.446.680-2

-

Inversiones Escorial Limitada

Accionista

84.739.200-2

-

Inversiones y Rentas El Castaño Limitada

Accionista

96.555.920-5

-

Inversiones El Olmo Limitada

Accionista

76.507.530-0

-

Representação legal (4)

Jorge Eichholz Piza

Em representação de Inversiones Los Nogales Limitada76.446.680-2

Carlos Eichholz Piza

Em representação de Inversiones Escorial Limitada84.739.200-2

Carlos Eichholz Piza

Em representação de Inversiones y Rentas El Castaño Limitada96.555.920-5

Francisco Langlois Vicuña

Em representação de Inversiones El Olmo Limitada76.507.530-0

Texto oficial do extrato

Juan Cristian Berríos Castro, Notario Público Suplente del Titular de la 8° Notaría de Santiago, don Luis Ignacio Manquehual Mery, con oficio en calle Huérfanos N° 941, local 302, Santiago, certifico: que por escritura pública de fecha 16 de septiembre de 2021, otorgada ante mí, bajo el repertorio N° 17.598/2021, se redujo a escritura pública el acta de la junta extraordinaria de accionistas de Demarka S.A. (la “Sociedad”), celebrada en mi presencia con fecha 16 de septiembre de 2021, en la que los accionistas Inversiones Los Nogales Limitada, Rol Único Tributario número 76.446.680-2, representada por don Jorge Eichholz Piza, Inversiones Escorial Limitada, Rol Único Tributario número 84.739.200-2, representada por don Carlos Eichholz Piza, Inversiones y Rentas El Castaño Limitada, Rol Único Tributario número 96.555.920-5, representada por don Carlos Eichholz Piza e Inversiones El Olmo Limitada, Rol Único Tributario número 76.507.530-0, representada por don Francisco Langlois Vicuña, quienes representan el 100% de las acciones emitidas con derecho a voto de la Sociedad, acordaron, entre otras materias: (i) Disminuir el capital de la Sociedad de la suma de $5.660.737.123, dividido en 5.034.588 acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal a la suma de $4.185.251.939, mediante la cancelación de 1.389.349 acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal; (ii) Modificar a forma de administración de la Sociedad en el sentido de incluir la designación de directores suplentes para cada uno de los directores titulares de la Sociedad; y (iii) Modificar los Artículos Quinto y Sexto permanente y Primero Transitorio de los estatutos sociales, de la siguiente manera: “ARTÍCULO QUINTO. Capital y Acciones. El capital de la Sociedad asciende a la suma de $4.185.251.939, dividido en 3.645.239 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, de igual valor y sin valor nominal. El capital social se suscribe y paga en la forma establecida en el artículo primero transitorio de los estatutos sociales.”. “ARTÍCULO SEXTO. Administración. La sociedad será administrada por un Directorio, compuesto por cinco directores titulares y cinco directores suplentes. El Directorio durará tres años, al final de cuyo periodo deberá renovarse totalmente. No se necesita la calidad de accionista para ser Director. El Directorio solo podrá ser renovado en su totalidad por la Junta Ordinaria o Extraordinaria, no procediendo en consecuencia la renovación individual o colectiva de uno o más de sus miembros. Los Directores serán remunerados en la forma y cuantía que determine la Junta Ordinaria de Accionistas. Las funciones de Director son delegables y se ejercen en sala legalmente constituida.”. “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: Entero del capital. El capital de la sociedad asciende a la suma de $4.185.251.939 dividido en 3.645.239 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, de igual valor y sin valor nominal, que a la fecha se encuentra íntegramente suscrito y pagado. En consecuencia, quedo íntegramente suscrito y pagado el capital social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador del extracto para su legalización. Santiago, 5 de octubre de 2021.

Atuações recentes

  1. MODIFICACIÓN

    Demarka S.A.

    CVE 2022176

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