Sociedade de Responsabilidade LimitadaDissolvida85.804.400-6

Sociedad Constructora Ancud Limitada

DISOLUCIÓN — 10 de jan. de 2026

Diario Oficial

DissoluçãoDiario Oficial · 2026-01-10Ver PDF (CVE 2753014)

Texto oficial do extrato

Ministerio del Interior FELIPE SAN MARTÍN SCHRÖDER, Abogado, Notario Público, Titular de la Segunda Notaría de Puerto Montt, domicilio Urmeneta 478, Puerto Montt, certifica: que por escritura pública de fecha 15 de diciembre de 2025, otorgada ante doña MARÍA PAZ MARDONES VILLARROEL, Abogado, Notario Público, Suplente del Titular, comparecen: don JAVIER ERNESTO HERMOSILLA KASCHEL, en representación de INVERSIONES DEL CABO SpA y doña MARCELA ALEJANDRA HERMOSILLA KASCHEL, en representación de la sociedad PANGAL INVERSIONES SpA, todos domiciliados en calle Serrano 11, de Puerto Montt, proceden a disolver de manera anticipada con fecha 18 de julio de 2025 y liquidar, de común acuerdo, la “SOCIEDAD CONSTRUCTORA ANCUD LIMITADA”, (“La Sociedad”) RUT Nº 85.804.400-6 inscrita fs. 249 vta Nº 155 Registro de Comercio año 1991 Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Puerto Montt. No se designó comisión liquidadora ya que se efectúa de común acuerdo. Demás estipulaciones en escritura extractada.” Puerto Montt, 06 de Enero de 2026.

ModificaçãoDiario Oficial · 2023-08-18Ver PDF (CVE 2362080)

Informações societárias

Ltda
Puerto Montt, Los Lagos

Capital

Capital total

$101.093.358

Capital integralizado

$101.093.358

Capital pendente

$0

Sócios (2)

NomeParticipação

PANGAL INVERSIONES SpA

Socio

50%

INVERSIONES DEL CABO SpA

Socio

50%

Histórico societário relatado

  1. Constituição· 23 de março de 2023

    Se constituye la sociedad e INVERSIONES ANCUD SpA con sus estatutos iniciales, luego rectificados en este acto.

    INVERSIONES DEL CABO SpA · PANGAL INVERSIONES SpA

Texto oficial do extrato

FELIPE SAN MARTÍN SCHRÖDER, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Puerto Montt, con Oficio ubicado en esta ciudad, calle Urmeneta 414. que por escritura otorgada hoy, ante mí, comparece: don JAVIER ERNESTO HERMOSILLA KASCHEL, en representación de INVERSIONES DEL CABO SpA y doña MARCELA ALEJANDRA HERMOSILLA KASCHEL, en representación de la sociedad PANGAL INVERSIONES SpA, todos domiciliados en calle Benavente 308, de Puerto Montt, sanean y rectifican la “SOCIEDAD CONSTRUCTORA ANCUD LIMITADA”, (“La Sociedad”) RUT Nº 85.804.400-6 inscrita fs. 249 vta Nº 155 Registro de Comercio año 1991 Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Puerto Montt, en lo siguiente: Se rectifica la escritura pública de fecha veintitrés de marzo de dos mil veintitrés otorgada en la notaría de Puerto Montt de don Felipe San Martín Schröder, su extracto publicado con fecha tres de abril de dos mil veintitrés es inscrito a fojas 382 Vuelta número 211 respecto de la SOCIEDAD CONSTRUCTORA ANCUD LIMITADA, y a fojas 384 número 212 respecto de INVERSIONES ANCUD SpA, ambas del Registro de Comercio del año dos mil veintitrés del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt, respecto de lo siguiente: A) rectificar los documentos protocolizados bajo el número cuatrocientos veinte de la notaría de Puerto Montt de don Felipe San Martín, según balance e inventario que se protocoliza con esta fecha bajo el número 109 y, en consecuencia, se debe rectificar la cláusula SEGUNDA Dos.Uno) de la escritura de fecha veintitrés de marzo de dos mil veintitrés otorgada en la notaría de Puerto Montt de don Felipe San Martín Schröder, respecto de materias no extractables; B) Asimismo, y como consecuencia de la rectificación anterior, los compareciente vienen en rectificar la cláusula SEGUNDA Dos.Dos), quedando de la siguiente forma: “Dos.Dos) Por lo tanto, con motivo de la disminución de capital antes pactada originada de la división social, procede modificar el artículo sexto de los estatutos sociales de la Sociedad Constructora Ancud Limitada, quedando ésta del siguiente tenor: “SEXTO: El capital social es la suma de ciento un millones noventa y tres mil trescientos cincuenta y ocho pesos que los socios han aportado y pagado de la siguiente forma: a) la Sociedad Pangal Inversiones SpA, con la suma de cincuenta millones quinientos cuarenta y seis mil seiscientos setenta y nueve pesos, equivalentes aproximadamente a un cincuenta por ciento de los derechos sociales en que se divide el capital de la sociedad; c) la Sociedad Inversiones del Cabo SpA, con la suma de cincuenta millones quinientos cuarenta y seis mil seiscientos setenta y nueve pesos, equivalentes aproximadamente a un cincuenta por ciento de los derechos sociales en que se divide el capital de la sociedad.” ; C) Como consecuencia de la rectificación del balance, de igual manera se debe rectificar la cláusula TERCERA de los Estatutos de la nueva sociedad denominada INVERSIONES ANCUD SPA por lo que los Comparecientes rectifican las cláusulas Quinta y Primero transitorio de dicho estatutos, quedando como siguen: “TITULO SEGUNDO.- Capital y Acciones.- QUINTO: El capital social es de doscientos sesenta millones doscientos noventa y nueve mil seiscientos veintidós pesos dividido en doscientos sesenta mil trescientos acciones sin valor nominal, (…)” y la cláusula Primero Transitorio: “ARTÍCULOS TRANSITORIOS.- PRIMERO TRANSITORIO: El capital social de doscientos sesenta millones doscientos noventa y nueve mil seiscientos veintidós pesos dividido en doscientos sesenta mil trescientos acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, las que se suscriben y pagan al valor inicial de novecientos noventa y nueve coma nueve mil novecientos ochenta y cinco pesos cada acción, según las reglas siguientes: A) El capital se suscribe y paga íntegramente en este acto por los accionistas fundadoras compareciente en este instrumento, tomando la sociedad INVERSIONES DEL CABO SpA, la cantidad de ciento treinta mil ciento cincuenta acciones, equivalentes al cincuenta por ciento del total accionario, y la sociedad PANGAL INVERSIONES SpA, la cantidad de ciento treinta mil ciento cincuenta acciones, equivalentes al cincuenta por ciento del total accionario”. Demás estipulaciones en escritura extractada.” Puerto Montt, 10 de julio de 2023.

ModificaçãoDiario Oficial · 2023-08-09Ver PDF (CVE 2358583)

Informações societárias

Ltda
Puerto Montt, Los Lagos

Capital

Capital total

$101.093.358

Capital integralizado

$101.093.358

Sócios (2)

NomeParticipação

PANGAL INVERSIONES SpA

Socio

50%

INVERSIONES DEL CABO SpA

Socio

50%

Texto oficial do extrato

FELIPE SAN MARTÍN SCHRÖDER, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Puerto Montt, con Oficio ubicado en esta ciudad, calle Urmeneta 414. CERTIFICO: Por escritura pública suscrita ante el Notario Titular don Felipe San Martín Schröder de fecha 10 de julio de 2023: comparece: doña KAREN ANDREA RIVERA ANABALON, en representación de INVERSIONES DEL CABO SpA y de la sociedad PANGAL INVERSIONES SpA, todos domiciliados en calle Benavente 308, de Puerto Montt, sanea y rectifica la “SOCIEDAD CONSTRUCTORA ANCUD LIMITADA”, (“La Sociedad”) RUT Nº 85.804.400-6 inscrita fs. 249 vta Nº 155 Registro de Comercio año 1991 Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Puerto Montt, en lo siguiente: Se rectifica la escritura pública de fecha veintitrés de marzo de dos mil veintitrés otorgada en la notaría de Puerto Montt de don Felipe San Martín Schröder, su extracto publicado con fecha tres de abril de dos mil veintitrés es inscrito a fojas 382 Vuelta número 211 respecto de la SOCIEDAD CONSTRUCTORA ANCUD LIMITADA, y a fojas 384 número 212 respecto de INVERSIONES ANCUD SpA, ambas del Registro de Comercio del año dos mil veintitrés del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt, respecto de lo siguiente: A) rectificar los documentos protocolizados bajo el número cuatrocientos veinte de la notaría de Puerto Montt de don Felipe San Martín, según balance e inventario que se protocoliza con esta fecha bajo el número 109 y, en consecuencia, se debe rectificar la cláusula SEGUNDA Dos.Uno) de la escritura de fecha veintitrés de marzo de dos mil veintitrés otorgada en la notaría de Puerto Montt de don Felipe San Martín Schröder, respecto de materias no extractables; B) Asimismo, y como consecuencia de la rectificación anterior, los compareciente vienen en rectificar la cláusula SEGUNDA Dos.Dos), quedando de la siguiente forma: “Dos.Dos) Por lo tanto, con motivo de la disminución de capital antes pactada originada de la división social, procede modificar el artículo sexto de los estatutos sociales de la Sociedad Constructora Ancud Limitada, quedando ésta del siguiente tenor: “SEXTO: El capital social es la suma de ciento un millones noventa y tres mil trescientos cincuenta y ocho pesos que los socios han aportado y pagado de la siguiente forma: a) la Sociedad Pangal Inversiones SpA, con la suma de cincuenta millones quinientos cuarenta y seis mil seiscientos setenta y nueve pesos, equivalentes aproximadamente a un cincuenta por ciento de los derechos sociales en que se divide el capital de la sociedad; c) la Sociedad Inversiones del Cabo SpA, con la suma de cincuenta millones quinientos cuarenta y seis mil seiscientos setenta y nueve pesos, equivalentes aproximadamente a un cincuenta por ciento de los derechos sociales en que se divide el capital de la sociedad.” ; C) Como consecuencia de la rectificación del balance, de igual manera se debe rectificar la cláusula TERCERA de los Estatutos de la nueva sociedad denominada INVERSIONES ANCUD SPA por lo que los Comparecientes rectifican las cláusulas Quinta y Primero transitorio de dicho estatutos, quedando como siguen: “TITULO SEGUNDO.- Capital y Acciones.- QUINTO: El capital social es de doscientos sesenta millones doscientos noventa y nueve mil seiscientos veintidós pesos dividido en doscientos sesenta mil trescientos acciones sin valor nominal, (…)” y la cláusula Primero Transitorio: “ARTÍCULOS TRANSITORIOS.- PRIMERO TRANSITORIO: El capital social de doscientos sesenta millones doscientos noventa y nueve mil seiscientos veintidós pesos dividido en doscientos sesenta mil trescientos acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, las que se suscriben y pagan al valor inicial de novecientos noventa y nueve coma nueve mil novecientos ochenta y cinco pesos cada acción, según las reglas siguientes: A) El capital se suscribe y paga íntegramente en este acto por los accionistas fundadoras compareciente en este instrumento, tomando la sociedad INVERSIONES DEL CABO SpA, la cantidad de ciento treinta mil ciento cincuenta acciones, equivalentes al cincuenta por ciento del total accionario, y la sociedad PANGAL INVERSIONES SpA, la cantidad de ciento treinta mil ciento cincuenta acciones, equivalentes al cincuenta por ciento del total accionario”. Demás estipulaciones en escritura extractada.” Ciudad de Puerto Montt., 10 de Julio de 2023.

Atuações recentes

  1. DISOLUCIÓN

    Sociedad Constructora Ancud Limitada

    CVE 2753014

  2. MODIFICACIÓN

    SOCIEDAD CONSTRUCTORA ANCUD LIMITADA

    CVE 2362080

  3. MODIFICACIÓN

    SOCIEDAD CONSTRUCTORA ANCUD LIMITADA

    CVE 2358583

Relações societárias

EmpresaPessoaDiario Oficial