Société à responsabilité limitée83.979.300-6

Hugo Roggendorf Y Campañía Limitada

MODIFICACIÓN — 13 sept. 2025

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2025-09-13Voir le PDF (CVE 2700248)

Informations sociétaires

Ltda
Concepción, Biobío
Administration: Indistintamente a uno cualquiera de los socios: HELGA MARGARITA ROGGENDORF BODIGE, CLAUDIO HUGO FARIÑA PERALTA o JAVIER ANDRES FARIÑA ROGGENDORF

Capital

Capital total

$215.605.127

Associés (5)

NomParticipation

HELGA MARGARITA ROGGENDORF BODIGE

Socio

5.xxx.xxx-2

-

CLAUDIA ELISABETH ROGGENDORF BODIGE

Socio

6.xxx.xxx-4

-

CLAUDIO HUGO FARIÑA PERALTA

Socio

7.xxx.xxx-8

-

MARTINA CLAUDIA CELIS ROGGENDORF

Socio

18.xxx.xxx-3

-

JAVIER ANDRES FARIÑA ROGGENDORF

Socio

17.xxx.xxx-9

-

Administrateurs (3)

HELGA MARGARITA ROGGENDORF BODIGE

5.xxx.xxx-2Administrador

CLAUDIO HUGO FARIÑA PERALTA

7.xxx.xxx-8Administrador

JAVIER ANDRES FARIÑA ROGGENDORF

17.xxx.xxx-9Administrador

Historique sociétaire relaté

  1. Constitution· 24 avril 1974

    Se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada HUGO ROGGENDORF Y CAMPAÑÍA LIMITADA.

Texte officiel de l’extrait

Ministerio del Interior RENATA PAZ SALGADO VARAS, Notario Público Suplente del Titular de la Primera Notaría de Concepción, don Ricardo Mauricio Salgado Sepúlveda, con oficio en Barros Arana N°989, de la misma comuna, certifico: Por escritura pública de 07 de Agosto de 2025, ante dicho Notario Titular, Repertorio Nº4688/2025, doña HELGA MARGARITA ROGGENDORF BODIGE, chilena, comerciante, casada y separada totalmente de bienes, cedula nacional de identidad numero cinco millones seiscientos cuatro mil doscientos sesenta y cinco guion dos, domiciliada en Avenida Andalue dos mil trescientos diez, departamento novecientos uno, Andalue, Comuna de San Pedro de Ia Paz, Concepcion, y de paso par esta ciudad; doña CLAUDIA ELISABETH ROGGENDORF BODIGE, chilena, comerciante, casada y separada totalmente de bienes, cedula nacional de identidad numero seis millones ciento cincuenta y nueve mil setecientos cincuenta y uno guion cuatro, domiciliada en Andorra seis mil seiscientos seis, Las Condes, Santiago; don CLAUDIO HUGO FARIÑA PERALTA, chilena, comerciante, casado ·y separado totalmente de bienes, cedula nacional de identidad numero siete millones ochocientos treinta y siete mil quinientos sesenta y nueve guion ocho, domiciliado en Avenida Andalue dos mil trescientos diez, departamento novecientos uno, Andalue, Comuna de San Pedro de Ia Paz, Concepcion, y de paso por esta ciudad; doña MARTINA CLAUDIA CELIS ROGGENDORF, chilena, ingeniera comercial, casada y separada totalmente de bienes, cedula nacional de identidad numero dieciocho millones veinticinco mil seiscientos once guion tres, domiciliada en Calle Matías Cousino numero cuatro mil cuatrocientos casa ciento noventa y uno, Comuna de Peñalolen; y don JAVIER ANDRES FARIÑA ROGGENDORF, chileno, lngeniero Comercial, soltero, cedula nacional de identidad numero diecisiete millones seiscientos dieciseis mil cuatrocientos veintitrés guion nueve, domiciliado en La Albarrada numero ochenta y dos, Comuna de San Pedro de Ia Paz, quienes modificaron la sociedad de responsabilidad limitada HUGO ROGGENDORF Y CAMPAÑÍA LIMITADA, RUT N°83.979.300-6, Capital: $$215.605.127, constituida mediante escritura publica de fecha veinticuatro de abril de mil novecientos setenta y cuatro, otorgada bajo el repertorio numero doscientos cincuenta y dos guion mil novecientos setenta y cuatro, ante don Francisco Molina Valdes, Notario Publico de Ia comuna y ciudad de Concepcion, cuyo extracto fue debidamente inscrito a fojas doscientos ochenta y ocho vuelta número ciento cincuenta y nueve, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raices de Concepcion, correspondiente al año mil novecientos setenta y cuatro y publicado en el Diario Oficial con fecha catorce de mayo del mismo año, en el siguiente sentido: Doña HELGA MARGARITA ROGGENDORF BODIGE, dona CLAUDIA ELISABETH ROGGENDORF BODIGE, don CLAUDIO HUGO FARIÑA PERALTA, doña MARTINA CLAUDIA CELIS ROGGENDORF y don JAVIER ANDRES FARIÑA ROGGENDORF, en sus calidades de unicos socios de Ia Sociedad, acuerdan modificar la primera frase del articulo Cuarto de los estatutos de Ia sociedad, que va desde el inicio de Ia señalada cláusula hasta los dos puntos, por Ia siguiente: “CUARTO: La administración, representación y el uso de Ia razón social corresponderá indistintamente a uno cualquier de los socios, dona HELGA MARGARITA ROGGENDORF BODIGE o don CLAUDIO HUGO FARIÑA PERALTA o don JAVIER ANDRES FARIÑA ROGGENDORF, quienes actuando en forma individual, uno cualquiera de ellos y anteponiendo a su firma Ia razón social, administrarán y representarán a Ia sociedad, en toda clase de actos y contratos con las mas amplias facultades y sin que importe una enumeración taxativa ni limitativa de Ia administración, podran:". En lo no modificado los comparecientes ratifican las estipulaciones del pacta social, en especial en lo relativo de limitar su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. CONCEPCIÓN, 10 de Septiembre de 2025.

ModificationDiario Oficial · 2023-10-18Voir le PDF (CVE 2392186)

Informations sociétaires

Ltda

Capital

Capital total

$215.605.127

Associés (5)

NomParticipation

HELGA MARGARITA ROGGENDORF BODIGE

Socio

5.xxx.xxx-2

32.14%

CLAUDIA ELISABETH ROGGENDORF BODIGE

Socio

6.xxx.xxx-4

27.6%

CLAUDIO HUGO FARIÑA PERALTA

Socio

7.xxx.xxx-8

10.26%

JAVIER ANDRÉS FARIÑA ROGGENDORF

Socio

17.xxx.xxx-9

18.17%

MARTINA CLAUDIA CELIS ROGGENDORF

Socio

18.xxx.xxx-3

11.83%

Texte officiel de l’extrait

PATRICIA VALENTINA MANRIQUEZ HUERTA, Notario Público Titular de la 48° Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo número 3.076, oficina 601, comuna de Las Condes, certifica: Por escritura pública de fecha 30 de Agosto de 2023, ante mí, doña HELGA MARGARITA ROGGENDORF BODIGE, chilena, comerciante, casada y separada totalmente de bienes, cédula nacional de identidad número cinco millones seiscientos cuatro mil doscientos sesenta y cinco guion dos, domiciliada en Avenida Andalué dos mil trescientos diez, departamento novecientos uno, Andalué, Comuna de San Pedro de la Paz, Concepción, y de paso por esta ciudad; doña CLAUDIA ELISABETH ROGGENDORF BODIGE, chilena, comerciante, casada y separada totalmente de bienes, cédula nacional de identidad número seis millones ciento cincuenta y nueve mil setecientos cincuenta y uno guion cuatro, domiciliada en Andorra seis mil seiscientos seis, Las Condes, Santiago; don CLAUDIO HUGO FARIÑA PERALTA, chileno, comerciante, casado ·y separado totalmente de bienes, cédula nacional de identidad número siete millones ochocientos treinta y siete mil quinientos sesenta y nueve guion ocho, domiciliado en Avenida Andalué dos mil trescientos diez, departamento novecientos uno, Andalué, Comuna de San Pedro de la Paz, Concepción, y de paso por esta ciudad; doña MARTINA CLAUDIA CELIS ROGGENDORF, chilena, ingeniera comercial, casada y separada totalmente de bienes, cédula nacional de identidad número dieciocho millones veinticinco mil seiscientos once guión tres, domiciliada en Calle Matías Cousiño número cuatro mil cuatrocientos casa ciento noventa y uno, Comuna de Peñalolén; y don JAVIER ANDRÉS FARIÑA ROGGENDORF, chileno, Ingeniero Comercial, soltero, cédula nacional de identidad número diecisiete millones seiscientos dieciséis mil cuatrocientos veintitrés guión nueve, domiciliado en La Albarrada número ochenta y dos, Comuna de San Pedro de la Paz, Concepción y de paso en esta; acordaron modificar la sociedad HUGO ROGGENDORF Y COMPAÑÍA LIMITADA, (la “Sociedad”), inscrita a fojas 288 vuelta N°159 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción correspondiente al año 1974, conforme se extracta a continuación: (UNO) doña HELGA MARGARITA ROGGENDORF BODIGE, doña CLAUDIA ELISABETH ROGGENDORF BODIGE y don CLAUDIO HUGO FARIÑA PERALTA, en sus calidades de únicos socios de la Sociedad, acordaron aumentar el capital social en la suma de $64.681.538, el que se pagó en el acto al contado y en dinero efectivo de la siguiente forma: (i) don JAVIER ANDRÉS FARIÑA ROGGENDORF pagó, y pagará conforme se dispone a continuación, un total de $39.177.607, del cual paga al contado y en dinero efectivo, en este mismo acto, la cantidad de $23.000.0000, que ingresan a la caja social, y el saldo de $16.177.607 lo pagará de la siguiente forma: (a) en una cuota de $1.227.607, que pagará a más tardar el día 30 de septiembre del año 2023 y (b) en 23 cuotas equivalentes de $650.000, que pagará a contar del mes de octubre del año 2023 en forma mensual, el último día hábil de cada mes; (ii) doña MARTINA CLAUDIA CELIS ROGGENDORF, pagará conforme se dispone a continuación, un total de $25.503.931, que pagará de la siguiente forma: (a) en una cuota de $1.353.931, que pagará a más tardar el día 30 de septiembre del año 2023 y (b) en 23 cuotas equivalentes de $1.050.000, que pagará a contar del mes de octubre del año 2023 en forma mensual, el último día hábil de cada mes. (DOS) se acordó reemplazar el Artículo Quinto del estatuto de la Sociedad por el siguiente: “QUINTO: El capital social es la suma de doscientos quince millones seiscientos cinco mil ciento veintisiete pesos, el cual se entiende distribuido, está pagado y será pagado de la siguiente forma: a) a doña HELGA MARGARITA ROGGENDORF BODIGE, le corresponde un treinta y dos coma catorce por ciento del capital social, equivalente a sesenta y nueve millones trescientos cuatro mil ciento doce pesos, íntegramente pagado; b) a doña CLAUDIA ELISABETH ROGGENDORF BODIGE, le corresponde un veintisiete coma sesenta por ciento del capital social, equivalente a cincuenta y nueve millones quinientos nueve mil ciento setenta y un pesos, íntegramente pagado; c) a don CLAUDIO HUGO FARIÑA PERALTA, le corresponde un diez coma veintiséis por ciento del capital social, equivalente a veintidós millones ciento diez mil trescientos seis pesos, íntegramente pagado; d) a don JAVIER ANDRÉS FARIÑA ROGGENDORF, le corresponde un dieciocho coma diecisiete por ciento del capital social, equivalente a treinta y nueve millones ciento setenta y siete mil seiscientos siete pesos, del cual paga al contado y en dinero efectivo, en este mismo acto, la cantidad de veintitrés millones de pesos, que ingresan a la caja social, y el saldo de dieciséis millones ciento setenta y siete mil seiscientos siete pesos lo pagará de la siguiente forma: (a) en un cuota de un millón doscientos veintisiete mil seiscientos siete pesos, que pagará a más tardar el día treinta de septiembre del año dos mi veintitrés y (b) en veintitrés cuotas equivalentes de seiscientos cincuenta mil pesos, que pagará a contar del mes de octubre del año dos mil veintitrés en forma mensual, el último día hábil de cada mes; y e) a doña MARTINA CLAUDIA CELIS ROGGENDORF, le corresponde un once coma ochenta y tres por ciento del capital social, equivalente a veinticinco millones quinientos tres mil novecientos treinta y un pesos, que pagará de la siguiente forma: (a) en un cuota de un millón trecientos cincuenta y tres mil novecientos treinta y un pesos, que pagará a más tardar el día treinta de septiembre del año dos mi veintitrés y (b) en veintitrés cuotas equivalentes de un millón cincuenta mil pesos, que pagará a contar del mes de octubre del año dos mil veintitrés en forma mensual, el último día hábil de cada mes” (TRES) se acordó modificar y reemplazar el Artículo Sexto de los estatutos de la Sociedad por el siguiente: “SEXTO. Las utilidades y pérdidas a contar del día treinta de agosto del año dos mil veintitrés, serán distribuidas entre los socios conforme a la participación efectiva en la diversas actividades, negocios e inversiones societarias que los mismos han determinado de común acuerdo, y que entienden se representa de la siguiente forma: a) a doña HELGA MARGARITA ROGGENDORF BODIGE, le corresponderá una participación en las utilidades y pérdidas de la sociedad equivalente a un treinta y dos coma setenta y siete por ciento de las utilidades y pérdidas de la sociedad; b) a doña CLAUDIA ELISABETH ROGGENDORF BODIGE, le corresponderá una participación en las utilidades y pérdidas de la sociedad equivalente a un trece coma diecisiete por ciento de las utilidades y pérdidas de la sociedad; c) a don CLAUDIO HUGO FARIÑA PERALTA, le corresponderá una participación en las utilidades y pérdidas de la sociedad equivalente a un veinticuatro coma cero seis por ciento de las utilidades y pérdidas de la sociedad; d) a doña MARTINA CLAUDIA CELIS ROGGENDORF, le corresponderá una participación en las utilidades y pérdidas de la sociedad equivalente a un once coma ochenta y tres por ciento de las utilidades y pérdidas de la sociedad; y e) a don JAVIER ANDRÉS FARIÑA ROGGENDORF, le corresponderá una participación en las utilidades y pérdidas de la sociedad equivalente a un dieciocho coma diecisiete por ciento de las utilidades y pérdidas de la sociedad.” En todo lo no modificado, mantienen plena vigencia las estipulaciones del Estatuto de HUGO ROGGENDORF Y COMPAÑÍA LIMITADA. Demás menciones constan en escritura extractada. Santiago, 08 de Septiembre de 2023.-

ModificationDiario Oficial · 2023-10-07Voir le PDF (CVE 2388187)

Informations sociétaires

Ltda

Capital

Capital total

$150.923.589

Capital libéré

$150.923.589

Capital restant dû

$0

Associés (3)

NomParticipation

HELGA MARGARITA ROGGENDORF BODIGE

Socio

5.xxx.xxx-2

45.92%

CLAUDIA ELISABETH ROGGENDORF BODIGE

Socio

6.xxx.xxx-4

39.43%

CLAUDIO HUGO FARIÑA PERALTA

Socio

7.xxx.xxx-8

14.65%

Historique sociétaire relaté

  1. Transformation· 20 juillet 2023

    Los socios acordaron dividir la sociedad, dando origen a INMOBILIARIA ROGDOS LIMITADA.

    HELGA MARGARITA ROGGENDORF BODIGE · CLAUDIA ELISABETH ROGGENDORF BODIGE · CLAUDIO HUGO FARIÑA PERALTA

Texte officiel de l’extrait

Patricia Valentina Manríquez Huerta, abogada, Notario Público Titular de la cuadragésimo octava Notaria de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo número 3076, oficina 601, comuna de Las Condes, Santiago, región Metropolitana, certifico: Por escritura pública de fecha 29 de Agosto de 2023, ante mí, don JAIME ANDRÉS PREISS CONTRERAS, chileno, casado bajo el régimen de participación en los gananciales, abogado, cédula de identidad número 16.098.862-2, domiciliado para estos efectos en Nueva Tajamar 555, oficina 1901, Comuna de Las Condes, Santiago, en representación, de: doña HELGA MARGARITA ROGGENDORF BODIGE, comerciante, cédula de identidad N°5.604.265-2, domiciliada en Avenida Andalué 2310, departamento 901, Andalué, San Pedro de la Paz; de doña CLAUDIA ELISABETH ROGGENDORF BODIGE, comerciante, cédula de identidad N°6.159.751-4, domiciliada en Andorra 6606, Las Condes, Santiago; y de don CLAUDIO HUGO FARIÑA PERALTA, comerciante, cédula de identidad N°7.837.569-8, domiciliado en Avenida Andalué 2310, departamento 901, Andalué, San Pedro de la Paz (todos los representados en su calidad de titulares del cien por ciento de los derechos de la sociedad HUGO ROGGENDORF Y COMPAÑÍA LIMITADA (la “Sociedad”), inscrita a fojas 288 vuelta N°159 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción correspondiente al año 1974), rectificó la escritura pública de fecha 20 de Julio de 2023, suscrita ante doña Carla Alejandra Hadi Manríquez, abogado, Notario Público suplente de don Heraclio Rojas Vergara, titular de la Cuarta Notaría de Concepción, Repertorio 2054-2023, mediante la cual los socios de la Sociedad acordaron unánimemente dividirla, y de cuya división nació la sociedad INMOBILIARIA ROGDOS LIMITADA cuya constitución fue inscrita a fojas 1523 N°995 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción correspondiente al año 2023. Las rectificaciones consistieron en las siguientes: UNO) En la cláusula CUARTO de la escritura señalada, DONDE DICE: “Como consecuencia de la división, se acuerda disminuir el capital de la sociedad “HUGO ROGGENDORF Y COMPAÑÍA LIMITADA”, desde la suma de doscientos cinco millones cuatrocientos veinticinco mil novecientos diez pesos, a la suma de ciento cincuenta millones novecientos veintitrés mil quinientos ochenta y ocho pesos. Por su parte, el capital de la “Nueva Sociedad” que nace de la división, asciende a la suma de cincuenta y cuatro millones quinientos dos mil trecientos veintidós pesos, monto que corresponde a la cantidad en que se disminuye el capital de la sociedad que se divide. Así mismo, los socios acuerdan enterar el patrimonio de la sociedad que nace de la división mediante la asignación de los activos y pasivos que se indican en la cláusula sexta siguiente…”, DEBE DECIR: “Como consecuencia de la división, se acuerda disminuir el capital de la sociedad “HUGO ROGGENDORF Y COMPAÑÍA LIMITADA”, desde la suma de doscientos cinco millones cuatrocientos veinticinco mil novecientos diez pesos, a la suma de ciento cincuenta millones novecientos veintitrés mil quinientos ochenta y nueve pesos. Por su parte, el capital de la “Nueva Sociedad” que nace de la división, asciende a la suma de cincuenta y cuatro millones quinientos dos mil trecientos veintiún pesos, monto que corresponde a la cantidad en que se disminuye el capital de la sociedad que se divide. Así mismo, los socios acuerdan enterar el patrimonio de la sociedad que nace de la división mediante la asignación de los activos y pasivos que se indican en la cláusula sexta siguiente…”; DOS) En la cláusula QUINTO de la escritura señalada, DONDE DICE: “Junto al Balance Proforma de División, se incorpora un detalle con la descripción de los activos y pasivos asignados y delegados a la Nueva Sociedad, conforme a lo siguiente. Cinco. Uno. Capital, Patrimonio y Socios de la “Nueva Sociedad”; a) Se asigna a la Nueva Sociedad un capital de cincuenta y cuatro millones quinientos dos mil trecientos veintidós pesos; b) Se asignan en dominio a la Nueva Sociedad, las siguientes cuentas de balance: Activos, por un total de seiscientos cuarenta millones trescientos sesenta y tres mil ochocientos veinticinco pesos, correspondientes a las siguientes Cuentas: (i) Nombre de cuenta: CAJA, Número de cuenta: uno uno cero uno cero uno cero uno, por la suma de siete millones ochocientos un mil cuatrocientos setenta y ocho pesos, (ii) Nombre de cuenta: CTA. PARTICULAR, que corresponde a una cuenta de naturaleza patrimonial, Número de cuenta: uno uno uno dos cero uno cero tres, por la suma de veintiocho millones ciento cinco mil ochocientos cuarenta y dos pesos, (iii) Nombre de cuenta: CONSTRUCCIONES, Número de cuenta: uno dos cero dos cero uno cero uno, por la suma de seiscientos cuatro millones cuatrocientos cincuenta y seis mil quinientos cinco pesos; Pasivos, por un total de doscientos setenta y dos millones setenta y cinco mil ciento noventa y seis pesos, correspondientes a la siguiente Cuenta: Nombre de cuenta: DEP.ACUM.CONSTRUCCIÓN, Número de cuenta: uno dos cero nueve cero uno cero uno, por la suma de doscientos setenta y dos millones setenta y cinco mil ciento noventa y seis pesos; Patrimonio, por un total de trescientos sesenta y ocho millones doscientos ochenta y ocho mil seiscientos treinta pesos, correspondientes a las siguientes Cuentas (i) Nombre de cuenta: CAPITAL SOCIAL, Número de cuenta: dos tres cero uno cero uno cero uno, por la suma de cincuenta y cuatro millones quinientos dos mil trescientos veintidós pesos; (ii) Nombre de cuenta: FOND REV. CAPITAL, Número de cuenta: dos tres cero dos cero uno cero uno, por la suma de ciento diez millones setecientos setenta y ocho mil seiscientos veintiséis pesos; (iii) Nombre de cuenta: UTILIDADES ACUMULADAS, Número de cuenta: dos tres cero tres cero uno cero uno, por la suma de ciento dieciséis millones seiscientos dos mil cuatrocientos cincuenta pesos; (iv) Nombre de cuenta: RESULTADO DEL EJERCICIO, Número de cuenta: dos tres cero cuatro cero uno cero uno, por la suma de ochenta y seis millones cuatrocientos cinco mil doscientos treinta y dos pesos”, DEBE DECIR: “Junto al Balance Proforma de División, se incorpora un detalle con la descripción de los activos y pasivos asignados y delegados a la Nueva Sociedad, conforme a lo siguiente. Cinco. Uno. Capital, Patrimonio y Socios de la “Nueva Sociedad”; a) Se asigna a la Nueva Sociedad un capital de cincuenta y cuatro millones quinientos dos mil trecientos veintiún pesos; b) Se asignan en dominio a la Nueva Sociedad, las siguientes cuentas de balance: Activos, por un total de seiscientos cuarenta millones trescientos sesenta y tres mil ochocientos veinticinco pesos, correspondientes a las siguientes Cuentas: (i) Nombre de cuenta: CAJA, Número de cuenta: uno uno cero uno cero uno cero uno, por la suma de siete millones ochocientos un mil cuatrocientos setenta y ocho pesos, (ii) Nombre de cuenta: CTA. PARTICULAR, que corresponde a una cuenta de naturaleza patrimonial, Número de cuenta: uno uno uno dos cero uno cero tres, por la suma de veintiocho millones ciento cinco mil ochocientos cuarenta y dos pesos, (iii) Nombre de cuenta: CONSTRUCCIONES, Número de cuenta: uno dos cero dos cero uno cero uno, por la suma de seiscientos cuatro millones cuatrocientos cincuenta y seis mil quinientos cinco pesos; Pasivos, por un total de doscientos setenta y dos millones setenta y cinco mil ciento noventa y seis pesos, correspondientes a la siguiente Cuenta: Nombre de cuenta: DEP.ACUM.CONSTRUCCIÓN, Número de cuenta: uno dos cero nueve cero uno cero uno, por la suma de doscientos setenta y dos millones setenta y cinco mil ciento noventa y seis pesos; Patrimonio, por un total de trescientos sesenta y ocho millones doscientos ochenta y ocho mil seiscientos veintinueve pesos, correspondientes a las siguientes Cuentas (i) Nombre de cuenta: CAPITAL SOCIAL, Número de cuenta: dos tres cero uno cero uno cero uno, por la suma de cincuenta y cuatro millones quinientos dos mil trescientos veintiún pesos; (ii) Nombre de cuenta: FOND REV. CAPITAL, Número de cuenta: dos tres cero dos cero uno cero uno, por la suma de ciento diez millones setecientos setenta y ocho mil seiscientos veintiséis pesos; (iii) Nombre de cuenta: UTILIDADES ACUMULADAS, Número de cuenta: dos tres cero tres cero uno cero uno, por la suma de ciento dieciséis millones seiscientos dos mil cuatrocientos cincuenta pesos; (iv) Nombre de cuenta: RESULTADO DEL EJERCICIO, Número de cuenta: dos tres cero cuatro cero uno cero uno, por la suma de ochenta y seis millones cuatrocientos cinco mil doscientos treinta y dos pesos”; TRES) En la cláusula SÉPTIMO de la escritura señalada, EN DONDE DICE: “Conforme a lo expuesto en las cláusulas anteriores, los socios aprueban y dan por enterado el patrimonio de la Nueva Sociedad, el cual asciende a la suma trescientos sesenta y ocho millones doscientos ochenta y ocho mil seiscientos treinta pesos, como, asimismo, el patrimonio de la Sociedad Continuadora, el cual asciende a la suma de mil trescientos ochenta y ocho millones ciento veinticuatro mil ochocientos cuarenta y cuatro pesos”, DEBE DECIR: “Conforme a lo expuesto en las cláusulas anteriores, los socios aprueban y dan por enterado el patrimonio de la Nueva Sociedad, el cual asciende a la suma trescientos sesenta y ocho millones doscientos ochenta y ocho mil seiscientos veintinueve pesos, como, asimismo, el patrimonio de la Sociedad Continuadora, el cual asciende a la suma de mil diecinueve millones ochocientos treinta y seis mil doscientos quince pesos”; CUATRO) En la cláusula NOVENO párrafo Uno de la escritura señalada, EN DONDE DICE: “los socios acuerdan reemplazar la Artículo Quinto de los estatutos sociales de la sociedad “HUGO ROGGENDORF Y COMPAÑÍA LIMITADA”, relativo al capital social, el que queda como sigue: “QUINTO: El capital social es la suma de doscientos cinco millones cuatrocientos veinticinco mil novecientos diez pesos, ya enterado, el cual se entiende distribuido de la siguiente forma: a) a doña HELGA MARGARITA ROGGENDORF BODIGE, le corresponde un cuarenta y cinco coma noventa y dos por ciento del capital social; b) a doña CLAUDIA ELISABETH ROGGENDORF BODIGE, le corresponde un treinta y nueve coma cuarenta y tres por ciento del capital social; y c) a don CLAUDIO HUGO FARIÑA PERALTA, le corresponde un catorce coma sesenta y cinco por ciento del capital social. Los socios declaran que el capital se encuentra íntegramente enterado y pagado.”.” En todo lo no modificado rige íntegramente el pacto social primitivo.”, DEBE DECIR: “los socios acuerdan reemplazar la Artículo Quinto de los estatutos sociales de la sociedad “HUGO ROGGENDORF Y COMPAÑÍA LIMITADA”, relativo al capital social, el que queda como sigue: “QUINTO: El capital social es la suma de ciento cincuenta millones novecientos veintitrés mil quinientos ochenta y nueve pesos, ya enterado, el cual se entiende distribuido de la siguiente forma: a) a doña HELGA MARGARITA ROGGENDORF BODIGE, le corresponde un cuarenta y cinco coma noventa y dos por ciento del capital social; b) a doña CLAUDIA ELISABETH ROGGENDORF BODIGE, le corresponde un treinta y nueve coma cuarenta y tres por ciento del capital social; y c) a don CLAUDIO HUGO FARIÑA PERALTA, le corresponde un catorce coma sesenta y cinco por ciento del capital social. Los socios declaran que el capital se encuentra íntegramente enterado y pagado.”. En todo lo no modificado rige íntegramente el pacto social primitivo.” CINCO) En la cláusula NOVENO párrafo Dos de la escritura señalada, mediante la cual se establecen los estatutos de la Nueva Sociedad, DONDE DICE: “Artículo Quinto. El capital de la sociedad es la suma de cincuenta y cuatro millones quinientos dos mil trescientos veintidós pesos, el que fue pagado con la parte del patrimonio social de la sociedad HUGO ROGGENDORF Y COMPAÑÍA LIMITADA, que se le asignó a esta sociedad en la división de aquella, y que se entiende distribuido de la siguiente forma: a) a doña HELGA MARGARITA ROGGENDORF BODIGE, le corresponde un cuarenta y cinco coma noventa y dos por ciento del capital social; b) a doña CLAUDIA ELISABETH ROGGENDORF BODIGE, le corresponde un treinta y nueve coma cuarenta y tres por ciento del capital social; y c) a don CLAUDIO HUGO FARIÑA PERALTA, le corresponde un catorce coma sesenta y cinco por ciento del capital social. Los socios declaran que el capital se encuentra íntegramente enterado y pagado”, DEBE DECIR: “Artículo Quinto. El capital de la sociedad es la suma de cincuenta y cuatro millones quinientos dos mil trescientos veintiún pesos, el que fue pagado con la parte del patrimonio social de la sociedad HUGO ROGGENDORF Y COMPAÑÍA LIMITADA, que se le asignó a esta sociedad en la división de aquella, y que se entiende distribuido de la siguiente forma: a) a doña HELGA MARGARITA ROGGENDORF BODIGE, le corresponde un cuarenta y cinco coma noventa y dos por ciento del capital social; b) a doña CLAUDIA ELISABETH ROGGENDORF BODIGE, le corresponde un treinta y nueve coma cuarenta y tres por ciento del capital social; y c) a don CLAUDIO HUGO FARIÑA PERALTA, le corresponde un catorce coma sesenta y cinco por ciento del capital social. Los socios declaran que el capital se encuentra íntegramente enterado y pagado”. Para todos los efectos legales que corresponda, se entenderá que las rectificaciones operan desde la fecha de la escritura rectificada. En todo lo no rectificado y modificado rige plenamente la escritura que se rectifica. Demás acuerdos y estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 25 de Septiembre de 2023.

ModificationDiario Oficial · 2023-09-16Voir le PDF (CVE 2378872)

Informations sociétaires

Ltda

Capital

Capital total

$150.923.589

Capital libéré

$150.923.589

Capital restant dû

$0

Associés (3)

NomParticipation

HELGA MARGARITA ROGGENDORF BODIGE

Socio

5.xxx.xxx-2

45.92%

CLAUDIA ELISABETH ROGGENDORF BODIGE

Socio

6.xxx.xxx-4

39.43%

CLAUDIO HUGO FARIÑA PERALTA

Socio

7.xxx.xxx-8

14.65%

Historique sociétaire relaté

  1. Autre acte· 20 juillet 2023

    Se rectifica la escritura de división de la sociedad y se corrigen montos de capital y patrimonio de la sociedad continuadora y de la nueva sociedad.

    HELGA MARGARITA ROGGENDORF BODIGE · CLAUDIA ELISABETH ROGGENDORF BODIGE · CLAUDIO HUGO FARIÑA PERALTA

  2. Autre acte· 29 août 2023

    Se otorga escritura de rectificación de la división de HUGO ROGGENDORF Y COMPAÑÍA LIMITADA.

    JAIME ANDRÉS PREISS CONTRERAS

Texte officiel de l’extrait

PATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA, Notario Público de la 48º Notaria de Santiago, con oficio en esta ciudad, en Av. Apoquindo 3076, oficina N.º 601, Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 29 de Agosto de 2023, ante mí, don JAIME ANDRÉS PREISS CONTRERAS, chileno, casado bajo el régimen de participación en los gananciales, abogado, cédula de identidad número 16.098.862-2, domiciliado para estos efectos en Nueva Tajamar 555, oficina 1901, Comuna de Las Condes, Santiago, en representación, de: doña HELGA MARGARITA ROGGENDORF BODIGE, comerciante, cédula de identidad N°5.604.265-2, domiciliada en Avenida Andalué 2310, departamento 901, Andalué, San Pedro de la Paz; de doña CLAUDIA ELISABETH ROGGENDORF BODIGE, comerciante, cédula de identidad N°6.159.751-4, domiciliada en Andorra 6606, Las Condes, Santiago; y de don CLAUDIO HUGO FARIÑA PERALTA, comerciante, cédula de identidad N°7.837.569-8, domiciliado en Avenida Andalué 2310, departamento 901, Andalué, San Pedro de la Paz (todos los representados en su calidad de titulares del cien por ciento de los derechos de la sociedad HUGO ROGGENDORF Y COMPAÑÍA LIMITADA (la “Sociedad”), inscrita a fojas 288 vuelta N°159 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción correspondiente al año 1974), rectificó la escritura pública de fecha 20 de Julio de 2023, suscrita ante doña Carla Alejandra Hadi Manríquez, abogado, Notario Público suplente de don Heraclio Rojas Vergara, titular de la Cuarta Notaría de Concepción, Repertorio 2054-2023, mediante la cual los socios de la Sociedad acordaron unánimemente dividirla. Las rectificaciones consistieron en las siguientes: UNO) En la cláusula CUARTO de la escritura señalada, DONDE DICE: “Como consecuencia de la división, se acuerda disminuir el capital de la sociedad “HUGO ROGGENDORF Y COMPAÑÍA LIMITADA”, desde la suma de doscientos cinco millones cuatrocientos veinticinco mil novecientos diez pesos, a la suma de ciento cincuenta millones novecientos veintitrés mil quinientos ochenta y ocho pesos. Por su parte, el capital de la “Nueva Sociedad” que nace de la división, asciende a la suma de cincuenta y cuatro millones quinientos dos mil trecientos veintidós pesos, monto que corresponde a la cantidad en que se disminuye el capital de la sociedad que se divide. Así mismo, los socios acuerdan enterar el patrimonio de la sociedad que nace de la división mediante la asignación de los activos y pasivos que se indican en la cláusula sexta siguiente…”, DEBE DECIR: “Como consecuencia de la división, se acuerda disminuir el capital de la sociedad “HUGO ROGGENDORF Y COMPAÑÍA LIMITADA”, desde la suma de doscientos cinco millones cuatrocientos veinticinco mil novecientos diez pesos, a la suma de ciento cincuenta millones novecientos veintitrés mil quinientos ochenta y nueve pesos. Por su parte, el capital de la “Nueva Sociedad” que nace de la división, asciende a la suma de cincuenta y cuatro millones quinientos dos mil trecientos veintiún pesos, monto que corresponde a la cantidad en que se disminuye el capital de la sociedad que se divide. Así mismo, los socios acuerdan enterar el patrimonio de la sociedad que nace de la división mediante la asignación de los activos y pasivos que se indican en la cláusula sexta siguiente…”; DOS) En la cláusula QUINTO de la escritura señalada, DONDE DICE: “Junto al Balance Proforma de División, se incorpora un detalle con la descripción de los activos y pasivos asignados y delegados a la Nueva Sociedad, conforme a lo siguiente. Cinco. Uno. Capital, Patrimonio y Socios de la “Nueva Sociedad”; a) Se asigna a la Nueva Sociedad un capital de cincuenta y cuatro millones quinientos dos mil trecientos veintidós pesos; b) Se asignan en dominio a la Nueva Sociedad, las siguientes cuentas de balance: Activos, por un total de seiscientos cuarenta millones trescientos sesenta y tres mil ochocientos veinticinco pesos, correspondientes a las siguientes Cuentas: (i) Nombre de cuenta: CAJA, Número de cuenta: uno uno cero uno cero uno cero uno, por la suma de siete millones ochocientos un mil cuatrocientos setenta y ocho pesos, (ii) Nombre de cuenta: CTA. PARTICULAR, que corresponde a una cuenta de naturaleza patrimonial, Número de cuenta: uno uno uno dos cero uno cero tres, por la suma de veintiocho millones ciento cinco mil ochocientos cuarenta y dos pesos, (iii) Nombre de cuenta: CONSTRUCCIONES, Número de cuenta: uno dos cero dos cero uno cero uno, por la suma de seiscientos cuatro millones cuatrocientos cincuenta y seis mil quinientos cinco pesos; Pasivos, por un total de doscientos setenta y dos millones setenta y cinco mil ciento noventa y seis pesos, correspondientes a la siguiente Cuenta: Nombre de cuenta: DEP.ACUM.CONSTRUCCIÓN, Número de cuenta: uno dos cero nueve cero uno cero uno, por la suma de doscientos setenta y dos millones setenta y cinco mil ciento noventa y seis pesos; Patrimonio, por un total de trescientos sesenta y ocho millones doscientos ochenta y ocho mil seiscientos treinta pesos, correspondientes a las siguientes Cuentas (i) Nombre de cuenta: CAPITAL SOCIAL, Número de cuenta: dos tres cero uno cero uno cero uno, por la suma de cincuenta y cuatro millones quinientos dos mil trescientos veintidós pesos; (ii) Nombre de cuenta: FOND REV. CAPITAL, Número de cuenta: dos tres cero dos cero uno cero uno, por la suma de ciento diez millones setecientos setenta y ocho mil seiscientos veintiséis pesos; (iii) Nombre de cuenta: UTILIDADES ACUMULADAS, Número de cuenta: dos tres cero tres cero uno cero uno, por la suma de ciento dieciséis millones seiscientos dos mil cuatrocientos cincuenta pesos; (iv) Nombre de cuenta: RESULTADO DEL EJERCICIO, Número de cuenta: dos tres cero cuatro cero uno cero uno, por la suma de ochenta y seis millones cuatrocientos cinco mil doscientos treinta y dos pesos”, DEBE DECIR: “Junto al Balance Proforma de División, se incorpora un detalle con la descripción de los activos y pasivos asignados y delegados a la Nueva Sociedad, conforme a lo siguiente. Cinco. Uno. Capital, Patrimonio y Socios de la “Nueva Sociedad”; a) Se asigna a la Nueva Sociedad un capital de cincuenta y cuatro millones quinientos dos mil trecientos veintiún pesos; b) Se asignan en dominio a la Nueva Sociedad, las siguientes cuentas de balance: Activos, por un total de seiscientos cuarenta millones trescientos sesenta y tres mil ochocientos veinticinco pesos, correspondientes a las siguientes Cuentas: (i) Nombre de cuenta: CAJA, Número de cuenta: uno uno cero uno cero uno cero uno, por la suma de siete millones ochocientos un mil cuatrocientos setenta y ocho pesos, (ii) Nombre de cuenta: CTA. PARTICULAR, que corresponde a una cuenta de naturaleza patrimonial, Número de cuenta: uno uno uno dos cero uno cero tres, por la suma de veintiocho millones ciento cinco mil ochocientos cuarenta y dos pesos, (iii) Nombre de cuenta: CONSTRUCCIONES, Número de cuenta: uno dos cero dos cero uno cero uno, por la suma de seiscientos cuatro millones cuatrocientos cincuenta y seis mil quinientos cinco pesos; Pasivos, por un total de doscientos setenta y dos millones setenta y cinco mil ciento noventa y seis pesos, correspondientes a la siguiente Cuenta: Nombre de cuenta: DEP.ACUM.CONSTRUCCIÓN, Número de cuenta: uno dos cero nueve cero uno cero uno, por la suma de doscientos setenta y dos millones setenta y cinco mil ciento noventa y seis pesos; Patrimonio, por un total de trescientos sesenta y ocho millones doscientos ochenta y ocho mil seiscientos veintinueve pesos, correspondientes a las siguientes Cuentas (i) Nombre de cuenta: CAPITAL SOCIAL, Número de cuenta: dos tres cero uno cero uno cero uno, por la suma de cincuenta y cuatro millones quinientos dos mil trescientos veintiún pesos; (ii) Nombre de cuenta: FOND REV. CAPITAL, Número de cuenta: dos tres cero dos cero uno cero uno, por la suma de ciento diez millones setecientos setenta y ocho mil seiscientos veintiséis pesos; (iii) Nombre de cuenta: UTILIDADES ACUMULADAS, Número de cuenta: dos tres cero tres cero uno cero uno, por la suma de ciento dieciséis millones seiscientos dos mil cuatrocientos cincuenta pesos; (iv) Nombre de cuenta: RESULTADO DEL EJERCICIO, Número de cuenta: dos tres cero cuatro cero uno cero uno, por la suma de ochenta y seis millones cuatrocientos cinco mil doscientos treinta y dos pesos”; TRES) En la cláusula SÉPTIMO de la escritura señalada, EN DONDE DICE: “Conforme a lo expuesto en las cláusulas anteriores, los socios aprueban y dan por enterado el patrimonio de la Nueva Sociedad, el cual asciende a la suma trescientos sesenta y ocho millones doscientos ochenta y ocho mil seiscientos treinta pesos, como, asimismo, el patrimonio de la Sociedad Continuadora, el cual asciende a la suma de mil trescientos ochenta y ocho millones ciento veinticuatro mil ochocientos cuarenta y cuatro pesos”, DEBE DECIR: “Conforme a lo expuesto en las cláusulas anteriores, los socios aprueban y dan por enterado el patrimonio de la Nueva Sociedad, el cual asciende a la suma trescientos sesenta y ocho millones doscientos ochenta y ocho mil seiscientos veintinueve pesos, como, asimismo, el patrimonio de la Sociedad Continuadora, el cual asciende a la suma de mil diecinueve millones ochocientos treinta y seis mil doscientos quince pesos”; CUATRO) En la cláusula NOVENO párrafo Uno de la escritura señalada, EN DONDE DICE: “los socios acuerdan reemplazar la Artículo Quinto de los estatutos sociales de la sociedad “HUGO ROGGENDORF Y COMPAÑÍA LIMITADA”, relativo al capital social, el que queda como sigue: “QUINTO: El capital social es la suma de doscientos cinco millones cuatrocientos veinticinco mil novecientos diez pesos, ya enterado, el cual se entiende distribuido de la siguiente forma: a) a doña HELGA MARGARITA ROGGENDORF BODIGE, le corresponde un cuarenta y cinco coma noventa y dos por ciento del capital social; b) a doña CLAUDIA ELISABETH ROGGENDORF BODIGE, le corresponde un treinta y nueve coma cuarenta y tres por ciento del capital social; y c) a don CLAUDIO HUGO FARIÑA PERALTA, le corresponde un catorce coma sesenta y cinco por ciento del capital social. Los socios declaran que el capital se encuentra íntegramente enterado y pagado.”.” En todo lo no modificado rige íntegramente el pacto social primitivo.”, DEBE DECIR: “los socios acuerdan reemplazar la Artículo Quinto de los estatutos sociales de la sociedad “HUGO ROGGENDORF Y COMPAÑÍA LIMITADA”, relativo al capital social, el que queda como sigue: “QUINTO: El capital social es la suma de ciento cincuenta millones novecientos veintitrés mil quinientos ochenta y nueve pesos, ya enterado, el cual se entiende distribuido de la siguiente forma: a) a doña HELGA MARGARITA ROGGENDORF BODIGE, le corresponde un cuarenta y cinco coma noventa y dos por ciento del capital social; b) a doña CLAUDIA ELISABETH ROGGENDORF BODIGE, le corresponde un treinta y nueve coma cuarenta y tres por ciento del capital social; y c) a don CLAUDIO HUGO FARIÑA PERALTA, le corresponde un catorce coma sesenta y cinco por ciento del capital social. Los socios declaran que el capital se encuentra íntegramente enterado y pagado.”. En todo lo no modificado rige íntegramente el pacto social primitivo.” CINCO) En la cláusula NOVENO párrafo Dos de la escritura señalada, mediante la cual se establecen los estatutos de la Nueva Sociedad, DONDE DICE: “Artículo Quinto. El capital de la sociedad es la suma de cincuenta y cuatro millones quinientos dos mil trescientos veintidós pesos, el que fue pagado con la parte del patrimonio social de la sociedad HUGO ROGGENDORF Y COMPAÑÍA LIMITADA, que se le asignó a esta sociedad en la división de aquella, y que se entiende distribuido de la siguiente forma: a) a doña HELGA MARGARITA ROGGENDORF BODIGE, le corresponde un cuarenta y cinco coma noventa y dos por ciento del capital social; b) a doña CLAUDIA ELISABETH ROGGENDORF BODIGE, le corresponde un treinta y nueve coma cuarenta y tres por ciento del capital social; y c) a don CLAUDIO HUGO FARIÑA PERALTA, le corresponde un catorce coma sesenta y cinco por ciento del capital social. Los socios declaran que el capital se encuentra íntegramente enterado y pagado”, DEBE DECIR: “Artículo Quinto. El capital de la sociedad es la suma de cincuenta y cuatro millones quinientos dos mil trescientos veintiún pesos, el que fue pagado con la parte del patrimonio social de la sociedad HUGO ROGGENDORF Y COMPAÑÍA LIMITADA, que se le asignó a esta sociedad en la división de aquella, y que se entiende distribuido de la siguiente forma: a) a doña HELGA MARGARITA ROGGENDORF BODIGE, le corresponde un cuarenta y cinco coma noventa y dos por ciento del capital social; b) a doña CLAUDIA ELISABETH ROGGENDORF BODIGE, le corresponde un treinta y nueve coma cuarenta y tres por ciento del capital social; y c) a don CLAUDIO HUGO FARIÑA PERALTA, le corresponde un catorce coma sesenta y cinco por ciento del capital social. Los socios declaran que el capital se encuentra íntegramente enterado y pagado”. Para todos los efectos legales que corresponda, se entenderá que las rectificaciones operan desde la fecha de la escritura rectificada. En todo lo no rectificado y modificado rige plenamente la escritura que se rectifica. Demás acuerdos y estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 08 de Septiembre de 2023.

ModificationDiario Oficial · 2023-07-31Voir le PDF (CVE 2354275)

Informations sociétaires

Ltda
Concepción, Biobío
Durée: 5 años renovables por períodos de 5 años
Administration: Administración y representación conjunta e indistinta por dos administradoras

Objet social

La adquisición, tenencia y explotación de toda clase de bienes inmuebles o muebles, corporales o incorporales, títulos y valores, con miras a la percepción de sus frutos civiles o naturales; participar en otras sociedades de cualquier tipo y ejercer en ellas todas las facultades correspondientes; la enajenación, subdivisión, loteo, urbanización, construcción, transformación y explotación de bienes inmuebles; la administración de sociedades y comunidades de todo tipo; y la realización de todos los actos, convenios y contratos relacionados directa o indirectamente con el giro social, y en general cualquier actividad lícita de comercio que los socios acuerden.

Capital

Capital total

$54.502.322

Capital libéré

$54.502.322

Capital restant dû

$0

Associés (3)

NomParticipation

HELGA MARGARITA ROGGENDORF BODIGE

Socio

5.xxx.xxx-2

45.92%

CLAUDIA ELISABETH ROGGENDORF BODIGE

Socio

6.xxx.xxx-4

39.43%

CLAUDIO HUGO FARIÑA PERALTA

Socio

7.xxx.xxx-8

14.65%

Administrateurs (2)

HELGA MARGARITA ROGGENDORF BODIGE

5.xxx.xxx-2Administrador

CLAUDIA ELISABETH ROGGENDORF BODIGE

6.xxx.xxx-4Administrador

Représentants auprès du SII (2)

HELGA MARGARITA ROGGENDORF BODIGE

5.xxx.xxx-2Representante

CLAUDIA ELISABETH ROGGENDORF BODIGE

6.xxx.xxx-4Representante

Texte officiel de l’extrait

HUGO ROGGENDORF Y COMPAÑÍA LIMITADA -E- INMOBILIARIA ROGDOS LIMITADA. CARLA HADI MANRÍQUEZ, Abogado, Notario Público suplente del titular HERACLIO ROJAS VERGARA, de la Cuarta Notaría de Concepción, con oficio en O’Higgins 820, certifico: Por escritura pública de hoy, ante mí, HELGA MARGARITA ROGGENDORF BODIGE, comerciante, cédula de identidad N°5.604.265-2, domicilio Avenida Andalué 2310, departamento 901, Andalué, San Pedro de la Paz; CLAUDIA ELISABETH ROGGENDORF BODIGE, comerciante, cédula de identidad N°6.159.751-4, domicilio Andorra 6606, Las Condes, Santiago; y CLAUDIO HUGO FARIÑA PERALTA, comerciante, cédula de identidad N°7.837.569-8, domicilio Avenida Andalué 2310, departamento 901, Andalué, San Pedro de la Paz, en su calidad de titulares del 100% de los derechos de HUGO ROGGENDORF Y COMPAÑÍA LIMITADA (la “Sociedad”), inscrita a fojas 288 vuelta N°159 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción correspondiente al año 1974, acordaron dividir la Sociedad en dos sociedades, constituyendo a partir de la división una nueva sociedad de responsabilidad limitada, cuya razón social será INMOBILIARIA ROGDOS LIMITADA y, quedando HUGO ROGGENDORF Y COMPAÑÍA LIMITADA como continuadora la cual conservará su personalidad jurídica, razón social, rol único tributario y parte de su activo y pasivo. Como consecuencia y para efectos de la división, acordaron disminuir el capital de la Sociedad de $205.425.910 a la suma de $150.923.588, y se procedió a reemplazar el Artículo Quinto de los estatutos sociales de la Sociedad, relativos al capital social, que queda como sigue: “QUINTO: El capital social es la suma de $205.425.910, ya enterado, el cual se entiende distribuido de la siguiente forma: a) a HELGA MARGARITA ROGGENDORF BODIGE, le corresponde un 45,92% del capital social; b) a CLAUDIA ELISABETH ROGGENDORF BODIGE, le corresponde un 39,43% del capital social; y c) a CLAUDIO HUGO FARIÑA PERALTA, le corresponde un 14,65% del capital social. Los socios declaran que el capital se encuentra íntegramente enterado y pagado.”. Acordaron además aprobar la forma de distribución del patrimonio social entre la Sociedad e INMOBILIARIA ROGDOS LIMITADA, así como también el Balance Proforma de División utilizado al efecto al 31 de diciembre de 2022. Acordaron también los estatutos de la nueva sociedad que nace de la división, cuyos socios son HELGA MARGARITA ROGGENDORF BODIGE, CLAUDIA ELISABETH ROGGENDORF BODIGE y CLAUDIO HUGO FARIÑA PERALTA, ya individualizados, y de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Razón Social: INMOBILIARIA ROGDOS LIMITADA. Nombre Fantasía: ROGDOS LTDA. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) La adquisición, tenencia y explotación de toda clase de bienes inmuebles o muebles, corporales o incorporales, títulos y valores, con miras a la percepción de sus frutos civiles o naturales, pudiendo participar en otras sociedades de cualquier tipo, sean estas colectivas, anónimas, de responsabilidad limitada o en comandita, cualquiera sea su objeto y ejercer en ellas todas las facultades que correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso la de asumir su administración; b) la enajenación, subdivisión, loteo, urbanización, construcción, transformación y explotación, a cualquier título, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes inmuebles, urbanos o rurales, c) la administración de sociedades y comunidades de todo tipo y especie, y d) la realización de todos los actos, convenios y contratos, que se relacionen directa o indirectamente con el giro social; y en general cualquier actividad lícita de comercio que los socios acuerden. Administración, Representación y Uso de la Razón Social: Corresponderá a HELGA MARGARITA ROGGENDORF BODIGE y a CLAUDIA ELISABETH ROGGENDORF BODIGE, previamente individualizadas, quienes anteponiendo a su firma la razón social, en forma separada e indistintamente, administrarán y representarán a la sociedad, en toda clase de actos y contratos con las más amplias facultades. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Concepción, sin perjuicio de las agencias, filiales, sucursales y oficinas que pueda abrir y operar en el resto del país y en el extranjero. Duración: 5 años a contar de la fecha de presente escritura, renovables periodos 5 años, forma indicada escritura. Capital: $54.502.322, el que fue pagado con la parte del patrimonio social de la sociedad HUGO ROGGENDORF Y COMPAÑÍA LIMITADA, que se le asignó a esta sociedad en la división de aquella, y que se entiende distribuido de la siguiente forma: a) a doña HELGA MARGARITA ROGGENDORF BODIGE, le corresponde un 45,92% del capital social; b) a CLAUDIA ELISABETH ROGGENDORF BODIGE, le corresponde un 39,43% del capital social; y c) a CLAUDIO HUGO FARIÑA PERALTA, le corresponde un 14,65% del capital social. Los socios declaran que el capital se encuentra íntegramente enterado y pagado. Responsabilidad socios, monto aportes. Demás acuerdos y estipulaciones constan en escritura extractada. Concepción, 20 de Julio de 2023.

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  1. MODIFICACIÓN

    HUGO ROGGENDORF Y CAMPAÑÍA LIMITADA

    CVE 2700248

  2. MODIFICACIÓN

    HUGO ROGGENDORF Y COMPAÑÍA LIMITADA

    CVE 2392186

  3. MODIFICACIÓN

    HUGO ROGGENDORF Y COMPAÑÍA LIMITADA

    CVE 2388187

  4. MODIFICACIÓN

    HUGO ROGGENDORF Y COMPAÑÍA LIMITADA

    CVE 2378872

  5. MODIFICACIÓN

    HUGO ROGGENDORF Y COMPAÑÍA LIMITADA

    CVE 2354275

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