Société à responsabilité limitée83.577.700-6

Sociedad Extintores Interprise Limitada

MODIFICACIÓN — 1 avr. 2021

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2021-04-01Voir le PDF (CVE 1920470)

Informations sociétaires

Ltda
Rey Gustavo Adolfo número setecientos cuarenta y cuatro
Administration: La administración y uso de la razón social queda a cargo del socio VLADIMIR CASTRO CASTILLO, con representación legal

Associés (4)

NomParticipation

VLADIMIR CASTRO CASTILLO

Socio

70%

MACARENA CASTRO ARAVENA

Socio

10%

BÁRBARA CASTRO ARAVENA

Socio

10%

CONSTANZA CASTRO ARAVENA

Socio

10%

Administrateurs (1)

Historique sociétaire relaté

  1. Constitution· 3 juillet 1974

    Se constituye SOCIEDAD EXTINTORES INTERPRISE LIMITADA por JULIO ENRIQUE CASTRO GONZÁLEZ y NELSON HUMBERTO RAMIREZ CASTRO.

    JULIO ENRIQUE CASTRO GONZÁLEZ · NELSON HUMBERTO RAMIREZ CASTRO

  2. Cession de droits· 18 avril 1980

    NELSON HUMBERTO RAMIREZ CASTRO se retira y cede la totalidad de sus derechos a JACQUELINE DANIXA CASTRO CASTILLO.

    NELSON HUMBERTO RAMIREZ CASTRO · JACQUELINE DANIXA CASTRO CASTILLO

  3. Décès· 14 septembre 1995

    Fallece JULIO ENRIQUE CASTRO GONZÁLEZ y se concede posesión efectiva a sus herederos.

    JULIO ENRIQUE CASTRO GONZÁLEZ · VLADIMIR CASTRO CASTILLO · JACQUELINE DANIXA CASTRO CASTILLO · MARINA DEL CARMEN CASTILLO CASTILLO

  4. Cession de droits· 6 août 1996

    MARINA DEL CARMEN CASTILLO CASTILLO y JACQUELINE DANIXA CASTRO CASTILLO ceden derechos hereditarios a VLADIMIR CASTRO CASTILLO.

    MARINA DEL CARMEN CASTILLO CASTILLO · JACQUELINE DANIXA CASTRO CASTILLO · VLADIMIR CASTRO CASTILLO

  5. Décès· 10 juillet 2020

    Fallece JACQUELINE DANIXA CASTRO CASTILLO y su posesión efectiva se concede a MARINA DEL CARMEN CASTILLO CASTILLO.

    JACQUELINE DANIXA CASTRO CASTILLO · MARINA DEL CARMEN CASTILLO CASTILLO

  6. Succession· 17 décembre 2020

    Se toma razón de la posesión efectiva de JACQUELINE DANIXA CASTRO CASTILLO en la sociedad.

    JACQUELINE DANIXA CASTRO CASTILLO · MARINA DEL CARMEN CASTILLO CASTILLO

  7. Cession de droits· 18 février 2021

    MARINA DEL CARMEN CASTILLO CASTILLO cede la totalidad de sus derechos a CONSTANZA CASTRO ARAVENA, MACARENA CASTRO ARAVENA y BÁRBARA CASTRO ARAVENA; se retira de la sociedad.

    MARINA DEL CARMEN CASTILLO CASTILLO · CONSTANZA CASTRO ARAVENA · MACARENA CASTRO ARAVENA · BÁRBARA CASTRO ARAVENA

  8. Changement d’administrateur· 18 février 2021

    Se ratifica que VLADIMIR CASTRO CASTILLO mantendrá la administración y uso de la razón social, con representación legal.

    VLADIMIR CASTRO CASTILLO

Texte officiel de l’extrait

ALEJANDRO AMERICO ALVAREZ BARRERA, 41ª Notaría, Huérfanos 1160/ subsuelo, Santiago, suplente del titular Félix Jara Cadot, certifica: por escritura pública hoy ante mí: MARINA DEL CARMEN CASTILLO CASTILLO, con domiciliada en Rey Gustavo Adolfo número setecientos cuarenta y cuatro, comuna de Estación Central, VLADIMIR CASTRO CASTILLO, domiciliado en Avenida Libertador Bernardo O’Higgins número cuatro mil quinientos cincuenta y cinco, comuna de Estación Central, CONSTANZA CASTRO ARAVENA, domiciliada en Parque Charwa número ciento sesenta y ocho, departamento veintiuno, comuna de Pudahuel, MACARENA CASTRO ARAVENA, domiciliada en San Luis número quinientos noventa, parcela treinta y dos, condominio Solar del Maipo, comuna de Isla de Maipo, de paso en ésta, y BÁRBARA CASTRO ARAVENA, domiciliada en San Luis número quinientos noventa, parcela treinta y dos, condominio Solar del Maipo, comuna de Isla de Maipo, de paso en ésta. Por escritura pública de fecha tres de julio del año mil novecientos setenta y cuatro, otorgada ante don Arturo Carvajal Escobar, Notario público de Notaria de Santiago, JULIO ENRIQUE CASTRO GONZÁLEZ y NELSON HUMBERTO RAMIREZ CASTRO, constituyeron la SOCIEDAD EXTINTORES INTERPRISE LIMITADA, en los términos que constan en la escritura de constitución referida. Dicha sociedad fue inscrita a fojas 5626, número 3171 del Registro de Comercio del año 1974. La sociedad antes señalada fue modificada posteriormente por medio de la cual don NELSON HUMBERTO RAMIREZ CASTRO se retira de la sociedad, vende, cede y transfiere el total de sus acciones, haberes y derechos a doña JACQUELINE DANIXA CASTRO CASTILLO quien los compra y adquiere para sí, mediante escritura pública de fecha dieciocho de abril del año mil novecientos ochenta, otorgada ante Notario Público don Enrique Margando. Dicha modificación fue inscrita a fojas cinco mil seiscientos, número dos mil quinientos noventa y cinco del Registro de Comercio del año mil novecientos ochenta. Posterior a lo anterior, la sociedad fue nuevamente modificada por medio de la cual don JULIO ENRIQUE CASTRO GONZÁLEZ fallece por lo cual en auto de posesión efectiva de fecha catorce de septiembre y seis de octubre del año mil novecientos noventa y cinco y uno de abril del año mil novecientos noventa y seis, correspondiente al Undécimo Juzgado Civil de Santiago, se concedió la posesión efectiva de la herencia intestada dada al fallecimiento del causante señalado a sus hijos legítimos don VLADIMIR CASTRO CASTILLO y doña JACQUELINE DANIXA CASTRO CASTILLO, sin perjuicio de los derechos correspondientes a la cónyuge sobreviviente doña MARINA DEL CARMEN CASTILLO CASTILLO. Posterior a lo anterior, la sociedad nuevamente es modificada con fecha seis de agosto del año mil novecientos noventa y seis, en la cual se efectúa escritura de Cesión de Derechos Hereditarios ante Notario don Gerardo Opazo, compareciendo doña MARINA DEL CARMEN CASTILLO CASTILLO y doña JACQUELINE DANIZA CASTRO CASTILLO, quienes cedieron parte de sus derechos solo en cuanto a las cláusulas que les correspondan a ganancias de la herencia, todo aquello en cuanto a su participación obtenida por herencia de don JULIO ENRIQUE CASTRO GONZÁLEZ, a don VLADIMIR CASTRO CASTILLO incluyendo en esta cesión de derechos las ganancias de la porción conyugal a que le hubiere correspondido a la cónyuge sobreviviente.- Finalmente, con fecha diez de julio del año dos mil veinte fallece doña JACQUELINE DANIXA CASTRO CASTILLO en la ciudad de Santiago. La posesión efectiva de la herencia se concedió a doña MARINA DEL CARMEN CASTILLO CASTILLO, en su calidad de madre de la causante, la cual se procedió a rendir mediante Resolución Exenta del Director Regional Metropolitano de Santiago número treinta y siete mil quinientos ochenta y seis, de fecha quince de septiembre del año dos mil veinte, tomándose razón de tal en la presente Sociedad a fojas cinco mil seiscientos veintiséis número tres mil ciento setenta y uno del Registro de Comercio del año mil novecientos setenta y cuatro, con fecha diecisiete de diciembre del año dos mil veinte. Consta de lo señalado que la sociedad cuenta como únicos socios a doña MARINA DEL CARMEN CASTILLO CASTILLO y don VLADIMIR CASTRO CASTILLO. De conformidad con en la escritura social, en caso de fallecimiento de alguno de los socios, la sociedad continuará con los herederos del socio difunto, los que debían designar un mandatario común. Por el presente instrumento doña MARINA DEL CARMEN CASTILLO CASTILLO, por sí, vende, cede y transfiere la totalidad de los derechos que les pertenecen en partes iguales a doña CONSTANZA CASTRO ARAVENA, doña MACARENA CASTRO ARAVENA y a doña BÁRBARA CASTRO ARAVENA, ya individualizadas, quienes los compran, aceptan y adquieren para sí en este acto.- De esta manera cada una de las cesionarias obtienen para si el 10% de los derechos correspondientes de la Sociedad individualizada. El precio de la cesión de los derechos individualizados precedentemente corresponde a la cantidad única y total de $1.000.000, precio que las cesionarias pagan a la cedente en este acto al contado y en dinero efectivo, declarando la parte cedente haberlo recibido a su entera y total conformidad, dando por íntegramente pagado y cancelado el Precio. Asimismo, declaran la cedente que con la cesión de derechos a que se refiere el presente instrumento, doña MARINA DEL CARMEN CASTILLO CASTILLO se retira de la sociedad, retiro que es aceptado por la sociedad y sus consocios. Las cesionarias vienen en declarar que limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. De conformidad con lo expuesto, los actuales socios de la SOCIEDAD EXTINTORES INTERPRISE LIMITADA, quienes comparecen personalmente, dejan constancia que el capital social ha quedado conformado de la siguiente manera: Uno) Don VLADIMIR CASTRO CASTILLO es dueño de un 70% del capital social; Dos) Doña MACARENA CASTRO ARAVENA es dueña de un 10% del capital social; Tres) Doña BÁRBARA CASTRO ARAVENA es dueña de un 10% del capital social; Cuatro) Doña CONSTANZA CASTRO ARAVENA es dueña de un 10% del capital social. Asimismo, por el presente instrumento los actuales y únicos socios, por acuerdo unánime de todos ellos, ratifican que la sociedad de responsabilidad limitada “SOCIEDAD EXTINTORES INTERPRISE LIMITADA”, mantendrá la detentación de la administración y uso de la razón social al socio don VLADIMIR CASTRO CASTILLO, quien tendrá la representación legal de la Sociedad ya individualizada, con las mismas facultades que constan en la escritura fundante. En todo lo no modificado por esta escritura, seguirán vigentes los artículos y cláusulas de que dan cuenta la escritura de constitución y las escrituras de modificación de sociedad que se hubieren realizado con anterioridad.- Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago a 18 de febrero de 2021.

Actes récents

  1. MODIFICACIÓN

    SOCIEDAD EXTINTORES INTERPRISE LIMITADA

    CVE 1920470

Relations sociétaires

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