Semillas Kws Chile Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 59.003.520-3 | 59.003.520-3 | - | - |
KWS KLOSTERGUT WIEBRECHTSHAUSEN GMBH Socio 59.003.530-0 | 59.003.530-0 | - | - |
Texto oficial do extrato
Ministerio del Interior BENJAMIN CASTILLO MONTALVO, Notario Suplente de don FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Titular de la 2ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Alcántara 107, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifico que por escritura pública de fecha 3 de febrero de 2026, ante el Notario Suplente, KWS SATT SE & Co. KgaA, RUT 59.003.520-3 y KWS KLOSTERGUT WIEBRECHTSHAUSEN GMBH, RUT 59.003.530-0, ambas domiciliadas para estos efectos en Miraflores 222, piso 28, comuna y ciudad de Santiago, en su calidad de únicos socios de SEMILLAS KWS CHILE LIMITADA (en adelante, la “Sociedad”), inscrita a fojas 394 vuelta, número 326, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua, correspondiente al año 2016, acordaron modificar el Artículo Cuarto de los estatutos de la Sociedad, con el objeto de establecer que la administración de la Sociedad y uso de la razón social corresponda a un directorio compuesto por cuatro miembros, cuyo funcionamiento se regula en la forma que señala la escritura, reemplazándolo íntegramente por el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO: ADMINISTRACIÓN. A/ Directorio. La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a un directorio compuesto de cuatro miembros, cuya elección, duración, funcionamiento y atribuciones se regirá por las normas que se indican en este Artículo y, en subsidio, por las que para esta materia contempla la Ley dieciocho mil cuarenta y seis sobre Sociedades Anónimas para las sociedades anónimas cerradas. B/ Composición. El Directorio de la Sociedad estará compuesto por cuatro miembros, los que serán designados por los socios KWS SAAT SE & Co. KgaA y KWS KLOSTERGUT WIEBRECHTSHAUSEN GMBH en conjunto. C/ Designación y Duración. Las designaciones se harán por los socios antes indicados mediante escritura pública, y tendrán efecto indefinido, de manera que los directores durarán en sus cargos hasta tanto no sea revocada su designación, fallezcan, se imposibiliten para el ejercicio del cargo o renuncien, pudiendo ser reemplazados, en cualquier tiempo, por los socios, de conformidad con lo indicado en la letra B/ precedente. En caso de muerte o incapacidad de un director, el directorio continuará sus funciones con los miembros que se encuentren en ejercicio y corresponderá a los socios, o a los sucesores, designar al director reemplazante en la forma indicada en esta letra C/. La vacancia de uno o más de los miembros del directorio, no implica la revocación total de este órgano administrador. D/ Presidente del Directorio. El directorio elegirá de entre sus miembros un presidente. En caso de que un director sea reemplazado, la nueva conformación del directorio deberá designar un presidente. E/ Facultades del Directorio. El Directorio, actuando en la forma establecida y adoptando los acuerdos por las mayorías abajo señaladas, lo que no será necesario acreditar a terceros, representará judicial y extrajudicialmente a la Sociedad, con las más amplias facultades, estando investido de todas las facultades de administración y disposición, sin necesidad de mención expresa, inclusive para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes exijan esta circunstancia, y aun cuando ello implique autocontratar. F/ Designación de Gerentes. Sin perjuicio de lo anterior, y para el cumplimiento del objeto social, la Sociedad tendrá uno o más Gerentes, quienes podrán tener el título de Gerente General, o aquella otra nominación que el propio directorio acuerde, los que serán designados por el directorio. El o los Gerentes tendrán la administración general inmediata de la sociedad de acuerdo con las instrucciones que reciba del directorio y cuyas facultades se consignarán en escritura pública de designación, que se anotará al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio. G/ Sesiones de Directorio. Las sesiones del directorio serán ordinarias y extraordinarias. Las primeras, que no requerirán de citación especial, se efectuarán en las fechas y horas predeterminadas por el propio directorio y habrá a lo menos una cada semestre. Las segundas se celebrarán cuando las cite uno cualquiera de los directores. En las reuniones extraordinarias sólo podrán tratarse los asuntos que específicamente se indiquen en la citación, salvo que concurran la totalidad de los directores. La citación a sesiones extraordinarias de directorio se practicará mediante correo electrónico dirigido a cada uno de los directores con al menos tres días hábiles de anticipación a su celebración, a la dirección de correo electrónico que tengan registrado en la Sociedad y deberá ser acompañada de información acerca de las materias a tratar en la sesión y los documentos que se estimen necesarios para su entendimiento, salvo que concurran la totalidad de los directores. H/ Quórum de Constitución y Acuerdos. Las reuniones del directorio se constituirán con la asistencia de al menos tres directores. Si el presidente no concurre a una sesión de directorio, ejercerá estas funciones el director que sea designado para tal efecto por la mayoría de los directores asistentes. Los acuerdos del directorio se adoptarán por la mayoría absoluta de los directores asistentes. En caso de empate, el voto del que presida la reunión será dirimente. Se entenderá que participan en las sesiones aquellos directores que, a pesar de no encontrarse presentes, están comunicados simultánea y permanentemente a través de conferencia telefónica o video conferencia. En este caso, su asistencia y participación en la sesión será certificada por el presidente o quien haga sus veces, y el secretario del directorio, haciéndose constar este hecho en el acta que se levante de la misma. I/ Actas. Las deliberaciones y acuerdos del directorio se escriturarán en actas almacenadas por los medios que el mismo directorio determine y que a lo largo del tiempo garanticen la fidelidad e integridad de tales deliberaciones y acuerdos. Cada acta será firmada por los directores que hubieren concurrido a la sesión. Las actas podrán ser firmadas mediante firma electrónica simple o avanzada. Si alguno falleciera o se imposibilitara para firmar por cualquier motivo, se dejará constancia en la misma de la respectiva circunstancia. Se entenderá aprobada el acta desde el momento de su firma y, desde dicho momento, podrán llevarse a efecto los acuerdos a que ella se refiere. No obstante lo anterior, la unanimidad de los directores que concurrieron a una sesión podrá disponer que los acuerdos adoptados en ella se lleven a efecto sin esperar la aprobación del acta, de lo cual se dejará constancia en un documento firmado por todos ellos que contenga el acuerdo adoptado. J/ Acuerdos de Directorio fuera de Sala. No se requerirá la celebración de sesiones de directorio si al menos tres directores en ejercicio manifestaren por escrito su consentimiento para aprobar una determinada materia que debe conocer el directorio.”. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 4 de febrero de 2026. Benjamín Castillo Montalvo.
Informações societárias
Capital
Capital total
$8.494.914.799
Capital integralizado
$8.494.914.799
Capital pendente
$0
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 59.003.520-3 | 59.003.520-3 | 99.433% | $8.446.766.030 |
KWS KLOSTERGUT WIEBRECHTSHAUSEN GMBH Socio 59.003.530-0 | 59.003.530-0 | 0.567% | $48.148.769 |
Texto oficial do extrato
RODRIGO ANDRÉS PINARES ALVARADO, Abogado, Notario Suplente de don FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Titular de la 2° Notaría de Santiago, con domicilio en Alcántara 107, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifico que: por escritura pública de fecha 25 de noviembre de 2024, ante el titular, KWS SAAT SE & Co. KGaA, RUT 59.003.520-3 y KWS KLOSTERGUT WIEBRECHTSHAUSEN GMBH, RUT 59.003.530-0, ambas domiciliadas para estos efectos en Miraflores 222, piso 28, comuna y ciudad de Santiago, en su calidad de únicos socios de SEMILLAS KWS CHILE LIMITADA (en adelante la “Sociedad”), inscrita a fojas 394 vuelta, número 326, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua, correspondiente al año 2016, acordaron: (1) aumentar el capital de la Sociedad desde la suma inicial de $3.487.548.446, a la suma de $8.494.914.799, es decir, en la cantidad de $5.007.366.353, la cual ha sido íntegramente aportada, enterada y pagada por los socios en la forma que señala la escritura; (2) modificar el Artículo Cuarto del estatuto de la Sociedad, con el objeto de establecer que la administración de la Sociedad y uso de la razón social corresponda a un directorio compuesto por tres miembros, cuyo funcionamiento se regula en la forma que señala la escritura; (3) eliminar el Artículo Primero Transitorio del estatuto de la Sociedad; y (4) modificar los Artículos Tercero y Cuarto de los estatutos de la Sociedad, reemplazándolos íntegramente por los siguientes: “ARTÍCULO TERCERO: El capital social será de ocho mil cuatrocientos noventa y cuatro millones novecientos catorce mil setecientos noventa y nueve pesos, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado, en la siguiente proporción: /Uno/ KWS SAAT SE & Co. KGaA ha enterado la cantidad de ocho mil cuatrocientos cuarenta y seis millones setecientos sesenta y seis mil treinta pesos, equivalente aproximadamente al noventa y nueve coma cuatro tres tres por ciento de los derechos sociales y /Dos/ KWS KLOSTERGUT WIEBRECHTSHAUSEN GMBH, ha enterado la cantidad de cuarenta y ocho millones ciento cuarenta y ocho mil setecientos sesenta y nueve pesos, equivalentes aproximadamente al cero coma cinco seis siete por ciento de los derechos sociales.”.“ARTÍCULO CUARTO: ADMINISTRACIÓN. A/ Directorio. La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a un directorio compuesto de tres miembros, cuya elección, duración, funcionamiento y atribuciones se regirá por las normas que se indican en este Artículo y, en subsidio, por las que para esta materia contempla la Ley dieciocho mil cuarenta y seis sobre Sociedades Anónimas para las sociedades anónimas cerradas. B/ Composición. El Directorio de la Sociedad estará compuesto por tres miembros, los que serán designados por los socios KWS SAAT SE & Co. KGaA y KWS KLOSTERGUT WIEBRECHTSHAUSEN GMBH en conjunto. C/ Designación y Duración. Las designaciones se harán por los socios antes indicados mediante escritura pública, y tendrán efecto indefinido, de manera que los directores durarán en sus cargos hasta tanto no sea revocada su designación, fallezcan, se imposibiliten para el ejercicio del cargo o renuncien, pudiendo ser reemplazados, en cualquier tiempo, por los socios, de conformidad con lo indicado en la letra B/ precedente. En caso de muerte o incapacidad de un director, el directorio continuará sus funciones con los miembros que se encuentren en ejercicio y corresponderá a los socios, o a los sucesores, designar al director reemplazante en la forma indicada en esta letra C/. La vacancia de uno o más de los miembros del directorio, no implica la revocación total de este órgano administrador.”. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 17 de diciembre de 2024. Rodrigo Andrés Pinares Alvarado. Notario Suplente.
Informações societárias
Capital
Capital total
$3.487.548.446
Capital integralizado
$3.487.548.446
Capital pendente
$0
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 59.003.520-3 | 59.003.520-3 | 99.428465% | $3.467.615.880 |
KWS KLOSTERGUT WIEBRECHTSHAUSEN GmbH Socio 59.003.530-0 | 59.003.530-0 | 0.571535% | $19.932.566 |
Histórico societário relatado
- Constituição· 1 de janeiro de 2016
Se inscribe la constitución de la sociedad SEMILLAS KWS CHILE LIMITADA.
- Mudança de capital· 29 de junho de 2022
Los socios acuerdan aumentar el capital social de $3.099.049.946 a $3.487.548.446, con aporte íntegramente pagado en dinero por KWS SAAT SE & Co. KgaA.
KWS SAAT SE & Co. KgaA · KWS KLOSTERGUT WIEBRECHTSHAUSEN GmbH
Texto oficial do extrato
ANTONIETA MARINA ROJAS PONTIGO, Notario Público Interino de la 48° Notaría de Santiago, con domicilio en Avenida Apoquindo 3.076, oficina 601, comuna de Las Condes, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 29 de junio de 2022, otorgada ante mí, bajo repertorio Nº7.313/2022, KWS SAAT SE & Co. KgaA (antes denominada KWS SAAT SE), Rol Único Tributario N°59.003.520-3; y KWS KLOSTERGUT WIEBRECHTSHAUSEN GmbH, Rol Único Tributario Nº59.003.530-0; todos domiciliados para estos efectos en Miraflores N°222, piso 28, comuna y ciudad de Santiago, acordaron modificar la sociedad de responsabilidad limitada SEMILLAS KWS CHILE LIMITADA, Rol Único Tributario N° 81.269.500-2, inscrita a fojas 394 vuelta, N°326 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua correspondiente al año 2016 (la “Sociedad”), en los siguientes términos: I. Aumento de Capital: KWS SAAT SE & Co. KgaA (antes denominada KWS SAAT SE) y KWS KLOSTERGUT WIEBRECHTSHAUSEN GmbH, en su calidad de únicos y actuales socios de la Sociedad, acordaron aumentar el capital social de la suma de $3.099.049.946, a la suma de $3.487.548.446, esto en la suma de $388.498.500. El aumento de capital fue íntegramente aportado y pagado en dinero en efectivo y enterado en arcas sociales por el socio KWS SAAT SE & Co. KgaA (antes denominada KWS SAAT SE), el cual aportó y pagó la suma de $388.498.500, con dinero en efectivo enterado en arcas sociales con anterioridad a la fecha de la escritura extractada. II. Modificación de Estatutos. Como consecuencia de lo anterior, los actuales socios de la Sociedad acuerdan modificar el Artículo Tercero y Primero Transitorio de los estatutos sociales, reemplazándolos por los siguientes: “Artículo Tercero: El capital social es la cantidad de tres mil cuatrocientos ochenta y siete millones quinientos cuarenta y ocho mil cuatrocientos cuarenta y seis pesos, íntegramente aportados y enterados a la caja social, en la siguiente forma y proporciones: a/ KWS SAAT SE & Co. KgaA /antes denominada KWS SAAT SE/, aportó y enteró la cantidad de tres mil cuatrocientos sesenta y siete millones seiscientos quince mil ochocientos ochenta pesos, equivalente a un noventa y nueve coma cuatro dos ocho cuatro seis cinco por ciento de los derechos sociales, en la forma indicada en el artículo Primero Transitorio; y, b/ KWS KLOSTERGUT WIEBRECHTSHAUSEN GmbH aportó y enteró la cantidad de diecinueve millones novecientos treinta y dos mil quinientos sesenta y seis pesos, equivalentes a un cero coma cinco siete uno cinco tres cinco por ciento de los derechos sociales; en la forma indicada en el artículo Primero Transitorio. La responsabilidad de los socios queda limitada a sus respectivos aportes.”; “Artículo Primero Transitorio. El capital social referido en la cláusula Tercera de los estatutos, ascendente a tres mil cuatrocientos ochenta y siete millones quinientos cuarenta y ocho mil cuatrocientos cuarenta y seis pesos, se aportó y enteró a la caja social, en la siguiente forma y proporciones: a/ KWS SAAT SE & Co. KgaA /antes denominada KWS SAAT SE/, pagó y enteró a la caja social la cantidad de tres mil cuatrocientos sesenta y siete millones seiscientos quince mil ochocientos ochenta pesos, equivalente a un noventa y nueve coma cuatro dos ocho cuatro seis cinco por ciento de los derechos sociales, con dinero en efectivo enterado en arcas sociales con anterioridad al veintinueve de junio de dos mil veintidós; y b/ KWS KLOSTERGUT WIEBRECHTSHAUSEN GmbH pagó y enteró a la caja social la cantidad de diecinueve millones novecientos treinta y dos mil quinientos sesenta y seis pesos, equivalente a un cero coma cinco siete uno cinco tres cinco por ciento de los derechos sociales, con dinero en efectivo enterado en arcas sociales con anterioridad al veintinueve de junio de dos mil veintidós”. En todo lo no modificado por la escritura extractada permanecen plenamente vigentes los estatutos de la Sociedad, en especial la limitación de la responsabilidad de los socios al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 30 de junio de 2022. ANTONIETA MARINA ROJAS PONTIGO, Notario Público Interino, 48° Notaría de Santiago.
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
SEMILLAS KWS CHILE LIMITADA
CVE 2772312
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SEMILLAS KWS CHILE LIMITADA
CVE 2590373
- MODIFICACIÓN
SEMILLAS KWS CHILE LIMITADA
CVE 2165071
