Comercial Moreno E Hijos Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Texto oficial del extracto
MIGUEL CHACON ZEBALLOS, Abogado, Notario Publico Interino de la 3ª Notaria de Rancagua, domicilio Calle Campos Nº 377, certifico: Que por este acto vengo en rectificar extracto de escritura pública de modificación de sociedad “COMERCIAL MORENO E HIJOS LIMITADA”, otorgada ante mí con fecha 28 de diciembre de 2022, Repertorio N° 6281-2022, extracto publicado en el Diario Oficial N° 43.460 de fecha 25 de Enero de 2023, en el sentido de reemplazar en el extracto la inscripción en registro de comercio de la sociedad, donde dice “la cual fue constituida con fecha 20 de julio de 1945 ante el Notario de Rancagua don Gustavo Cid Celis, extracto se inscribió a fojas 70 número 43 del Registro de Comercio del año 1945 del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua” debe decir “la cual fue constituida con fecha 20 de agosto de 1954, ante Alberto Cortinez, Notario de Rancagua, extracto inscrito a fojas 56 número 45 del Registro de Comercio del año 1954”, conforme se indica correctamente en la escritura señalada. Rancagua, 03 febrero de 2023.
Información societaria
Capital
Capital total
$9.256.960
Socios (9)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 16.49999% | - |
María del Carmen Moreno de Pablo Socio | - | 16.49999% | - |
María del Pilar Epifanía Moreno de Pablo Socio | - | 16.49999% | - |
Socio | - | 19.49999% | - |
Roberto Andrés Moreno González Socio | - | 5.69999666% | - |
Socio | - | 5.89999666% | - |
Socio | - | 5.89999666% | - |
Socio | - | 5.24995% | - |
Socio | - | 8.24995% | - |
Historia societaria relatada
- Constitución· 20 de julio de 1945
Constitución original de Comercial Moreno e Hijos Limitada.
- Otro acto
Se relatan sucesivas adquisiciones de derechos por sucesión por causa de muerte y cesiones de derechos entre socios.
Pedro Moreno Muñoz · Jorge Moreno Ureta · Pedro Moreno Ureta
Texto oficial del extracto
MIGUEL CHACON ZEBALLOS, Abogado, Notario Público Interino de la 3ª Notaria de Rancagua, domicilio Calle Campos N° 377, certifico que ante el Notario Ernesto Montoya Peredo, con fecha 28 de diciembre de 2022; doña MARÍA DEL PILAR EPIFANÍA MORENO DE PABLO, Cuevas Número cero ciento cuarenta y ocho, Rancagua quien actúa por si y en representación de JULIÁN MORENO DE PABLO, Fundo El Pario sin número, ciudad de Fresia, MARÍA ELENA MORENO DE PABLO, El Litre Número mil doscientos, Departamento ochenta y dos, Vitacura, Santiago, MARÍA DEL CARMEN MORENO DE PABLO, Manuel Antonio Matta Número ciento veintidós-E, Rancagua, ROBERTO ANDRÉS MORENO GONZALEZ, Pedro Fontova número siete mil seiscientos diecinueve, casa treinta y seis, Huechuraba, Santiago, MATÍAS JAVIER MORENO CATALÁN, Norte Número ciento quince, condominio Rancho Pinares, Pichilemu, MARÍA BELÉN MORENO CATALÁN, Andromeda número mil cuatrocientos sesenta, San Damián, Rancagua, MARÍA VIRGINIA DE LAS MERCEDES CATALÁN LEÓN, Andrómeda Número mil cuatrocientos sesenta, San Damián, Rancagua, JORGE MORENO LÓPEZ, Asturcon Número mil quinientos ochenta y nueve, Huechuraba, Santiago, y MARÍA SOLEDAD MORENO LÓPEZ, Astral Uno, comuna de Viña del Mar, ambos representados por MARÍA DEL PILAR EPIFANÍA MORENO DE PABLO, vienen en modificar “COMERCIAL MORENO E HIJOS LIMITADA” la cual fue constituida con fecha 20 de julio de 1945 ante el Notario de Rancagua don Gustavo Cid Celis, extracto se inscribió a fojas70 número 43 del Registro de Comercio del año 1945 del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua. Venta: MARIA VIRGINIA DE LAS MERCEDES CATÁLAN LEÓN vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos en la sociedad “COMERCIAL MORENO E HIJOS LIMITADA”, equivalentes al 0,4% porciento a MATIAS JAVIER MORENO CATALÁN y MARÍA BELÉN MORENO CATALÁN, quienes los compran, para sí. MARÍA DEL PILAR EPIFANÍA MORENO DE PABLO, en representación de JORGE MORENO LÓPEZ, vende, cede y transfiere el 3% de su interés social en la sociedad “COMERCIAL MORENO E HIJOS LIMITADA” a MARÍA ELENA MORENO DE PABLO, quien los compra, para si. Modificación: Conforme a la nueva participación de los socios, se reemplaza el número CUATRO del pacto social, por el siguiente nuevo articulo “CUATRO: El capital social es la suma de $9.256.960, que corresponden al valor actualizado del capital de $2.000.000, aportados en agosto del año 1954, por los socios señores Pedro Moreno Muñoz, Jorge Moreno Ureta y Pedro Moreno Ureta. Conforme con ello, y en virtud de las sucesivas adquisiciones de derechos en esta compañía por el modo de adquirir sucesión por causa de muerte, y cesiones, la actual participación de los socios en “COMERCIAL MORENO E HIJOS LIMITADA”, es la siguiente: Cada uno de los socios señores Julián, María del Carmen y María del Pilar Epifanía Moreno de Pablo, en un 16,49999% de los derechos sociales, y doña María Elena Moreno de Pablo, en un 19,49999%; (ii) los señores Roberto Andrés Moreno González, en un 5,69999666% de los derechos sociales, don Matías Javier Moreno Catalán, y doña María Belén Moreno Catalán, son dueños cada uno de un 5,89999666% de los derechos sociales; (iii) don Jorge Moreno López en un 5,24995% de los derechos sociales, y doña María Soledad Moreno López, en un 8,24995% de los derechos en la sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En todo lo no modificado rigen las estipulaciones del pacto social. Rancagua 17 enero de 2023.-
Información societaria
Objeto social
El desarrollo de la actividad comercial en todas sus formas, ya sea en la compra, venta, permuta, importación, exportación, arrendamiento y cualquier otro acto respecto de bienes, productos, insumos, partes y piezas, especialmente en los giros de carnicería, abarrotes, supermercados y mini market, ganadería y agricultura; la adquisición, enajenación, comercialización, permuta, consignación, intermediación, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces urbanos o rurales; la asesoría y gestión inmobiliaria; la inversión en bienes raíces y en valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos sociales y acciones; y la promoción de negocios y demás actos de comercio relacionados
Capital
Capital total
$9.256.960
Socios (11)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 6.xxx.xxx-3 | 6.xxx.xxx-3 | 14.07142% | - |
Socio 7.xxx.xxx-9 | 7.xxx.xxx-9 | 14.07142% | - |
María del Carmen Moreno De Pablo Socio 9.xxx.xxx-0 | 9.xxx.xxx-0 | 14.07142% | - |
María del Pilar Epifanía Moreno De Pablo Socio 5.xxx.xxx-0 | 5.xxx.xxx-0 | 14.07142% | - |
María Virginia de las Mercedes Catalán León Socio 8.xxx.xxx-1 | 8.xxx.xxx-1 | 15.07142% | - |
Roberto Andrés Moreno González Socio 8.xxx.xxx-0 | 8.xxx.xxx-0 | 15.07142% | - |
Socio 15.xxx.xxx-7 | 15.xxx.xxx-7 | 15.07142% | - |
Socio 16.xxx.xxx-5 | 16.xxx.xxx-5 | 15.07142% | - |
Socio 12.xxx.xxx-4 | 12.xxx.xxx-4 | 14.07142% | - |
Socio 14.xxx.xxx-9 | 14.xxx.xxx-9 | 14.07142% | - |
Socio 2.xxx.xxx-1 | 2.xxx.xxx-1 | 14.57142% | - |
Administradores (4)
María del Pilar Epifanía Moreno De Pablo
María del Carmen Moreno De Pablo
Representación legal (4)
María del Pilar Epifanía Moreno De Pablo
María del Pilar Epifanía Moreno De Pablo
María del Pilar Epifanía Moreno De Pablo
María del Pilar Epifanía Moreno De Pablo
Historia societaria relatada
- Constitución· 20 de julio de 1945
Se constituye la sociedad 'MORENO E HIJOS' por Pedro Moreno Muñoz, Jorge Moreno Ureta y Pedro Moreno Ureta.
Pedro Moreno Muñoz · Jorge Moreno Ureta · Pedro Moreno Ureta
- Otro acto· 27 de agosto de 1954
Los mismos socios constituyen una sociedad colectiva continuadora de 'MORENO E HIJOS'.
Pedro Moreno Muñoz · Jorge Moreno Ureta · Pedro Moreno Ureta
- Fallecimiento· 14 de diciembre de 1957
A raíz del fallecimiento de Pedro Moreno Muñoz, sus herederos y su cónyuge sobreviviente celebran un nuevo contrato social continuador de 'MORENO E HIJOS'.
Pedro Moreno Muñoz · Jorge Moreno Ureta · Pedro Moreno Ureta · Epifanía Ureta Chicote
- Transformación· 16 de mayo de 1984
La firma MORENO E HIJOS LIMITADA se transforma desde sociedad colectiva a sociedad de responsabilidad limitada.
- Sucesión
Los actuales socios adquieren sus derechos por sucesión por causa de muerte como herederos de Jorge Moreno Ureta, Pedro Enrique Moreno de Pablo, Jorge Moreno de Pablo y Roberto Moreno de Pablo.
Jorge Moreno Ureta · Pedro Enrique Moreno de Pablo · Jorge Moreno de Pablo · Roberto Moreno de Pablo
Texto oficial del extracto
ERNESTO MONTOYA PEREDO, Notario Público titular de Rancagua, domiciliado en calle Campos #377 de esta ciudad, certifica: Por escritura suscrita hoy ante mí y bajo el Repertorio N°6681-2017, MARÍA ELENA MORENO DE PABLO, chilena, labores de casa, cédula de identidad N°7.027.463-9, divorciada, domiciliada en la comuna de Vitacura, Santiago; MARÍA DEL CARMEN MORENO DE PABLO, chilena, empleada, viuda, cédula de identidad N°9.172.921-0, domiciliada en Rancagua; OBDULIA DE PABLO MARTÍNEZ, ciudadana española, rentista, viuda, cédula de identidad para extranjeros N°2.729.859-1, domiciliada en Rancagua; MARÍA BELÉN MORENO CATALÁN, chilena, profesora, cédula de identidad N°16.881.072-5, soltera, domiciliada en la comuna de Providencia, Santiago; MATÍAS JAVIER MORENO CATALÁN, chileno, arquitecto, cédula de identidad N°15.991.961-7, casado, domiciliado en Pichilemu; MARÍA VIRGINIA DE LAS MERCEDES CATALÁN LEÓN, chilena, labores de casa, cédula de identidad N°8.160.020-1, viuda, domiciliada en Rancagua, y MARÍA DEL PILAR EPIFANÍA MORENO DE PABLO, chilena, labores de casa, cédula de identidad N°5.777.558-0, casada, domiciliada en Rancagua, quien comparece por sí y en representación de JULIÁN MORENO DE PABLO, chileno, ingeniero comercial, cédula de identidad N°6.417.744-3, casado, domiciliado en la comuna de Fresia; de JORGE MORENO LÓPEZ, chileno, ingeniero comercial, cédula de identidad N°12.455.784-4, casado, domiciliado en la comuna de Huechuraba, Santiago; de MARÍA SOLEDAD MORENO LÓPEZ, chilena, abogado, cédula de identidad N°14.540.979-9, casada, domiciliada en Viña del Mar; y de ROBERTO ANDRÉS MORENO GONZÁLEZ, chileno, ingeniero en alimentos, cédula de identidad N°8.652.412-0, casado, domiciliado en la comuna de Huechuraba, Santiago, repactaron la sociedad constituida inicialmente como “MORENO E HIJOS”, luego “MORENO E HIJOS LIMITADA” y, como consecuencia de este acto jurídico, “COMERCIAL MORENO E HIJOS LIMITADA”, Rol Único Tributario N°80.651.500-0. Antecedentes: 1) Esta persona jurídica fue constituida por escritura pública otorgada con fecha 20 de julio de 1945 ante el notario de Rancagua don Gustavo Cid Celis, suplente del titular don Aliro Parga Ríos, por los señores Pedro Moreno Muñoz, Jorge Moreno Ureta y Pedro Moreno Ureta; un extracto de esta escritura fue inscrito a Fojas 70 Número 43 del Registro de Comercio de 1945, a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua, y no fue publicado por no existir obligación legal de hacerlo en esa época. 2) Luego, por escritura pública otorgada el día 27 de agosto de 1954 ante el notario de Rancagua don Alberto Cortínez Bascuñán, los mismos socios constituyeron una sociedad colectiva continuadora de “MORENO E HIJOS” que conservó la misma razón social. Un extracto de esta escritura fue inscrito a Fojas 56 Número 45 del Registro de Comercio de 1954, a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua, y no fue publicado por el mismo motivo ya indicado. 3) A raíz del fallecimiento de don Pedro Moreno Muñoz, sus herederos Sres. Jorge y Pedro Moreno Ureta y su cónyuge sobreviviente, doña Epifanía Ureta Chicote, celebraron un nuevo contrato de sociedad que sería otra vez continuadora de “MORENO E HIJOS” y al que comparecieron en su calidad de únicos socios. Ello consta de escritura pública otorgada con fecha 14 de diciembre de 1957 ante el notario de Rancagua don Alberto Cortínez Bascuñán; su extracto no fue inscrito en el Registro de Comercio de Rancagua ni publicado en el Diario Oficial. 4) El estatuto vigente de la firma MORENO E HIJOS LIMITADA y su transformación desde la sociedad colectiva MORENO E HIJOS en la actual sociedad de responsabilidad limitada, constan de la escritura suscrita con fecha 16 de mayo de 1984 ante el notario de Rancagua don Alberto Cortínez Bascuñán; un extracto de esta escritura fue inscrito a Fojas 86 vuelta Número 69 del Registro de Comercio de 1984, a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua, y publicada en la edición del día 28 de mayo de 1984 del Diario Oficial. Los actuales socios de MORENO E HIJOS LIMITADA adquirieron sus derechos en la compañía por el modo sucesión por causa de muerte, en su calidad de herederos de don Jorge Moreno Ureta, don Pedro Enrique Moreno de Pablo, don Jorge Moreno de Pablo y don Roberto Moreno de Pablo, y de cónyuge sobreviviente de este último, respectivamente, como se detalla en la escritura extractada. La repactación de la sociedad MORENO E HIJOS LIMITADA, que implica convalidar todos los actos celebrados previamente por uno o más de los socios a nombre y/o en representación de esta compañía, consistió en lo siguiente: UNO: El nombre, razón o firma social será "COMERCIAL MORENO E HIJOS LIMITADA”, pudiendo actuar ante terceros en general con el nombre de fantasía “MORENO E HIJOS LTDA.”. DOS: El objeto de la sociedad será: a) El desarrollo de la actividad comercial en todas sus formas, ya sea en la compra, venta, permuta, importación, exportación, arrendamiento y cualquier otro acto respecto de bienes, productos, insumos, partes y piezas, especialmente en los giros de carnicería, abarrotes, supermercados y mini market, ganadería y agricultura; b) La adquisición, enajenación, comercialización, permuta, consignación, intermediación, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la asesoría y gestión inmobiliaria en todas sus formas, particularmente a través de la promoción, tasación, corretaje, administración de inmuebles o conjuntos de ellos y la percepción de sus frutos; el desarrollo de proyectos inmobiliarios, de loteos y obras de urbanización; c) La inversión en bienes raíces urbanos y rurales, edificados y plantados o no, así como en bienes muebles corporales o incorporales tales como acciones, bonos, debentures y en cualquier tipo de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos sociales y/o acciones en sociedades, y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirirlos y enajenarlos a cualquier título, administrarlos y percibir sus frutos; d) La promoción de negocios y la ejecución de todo tipo de actos de comercio relacionados directa o indirectamente con dichos fines u objetivos, así como cualquier otro objeto que los socios libremente acuerden. TRES: La administración de la sociedad y uso de la razón social corresponderá conjuntamente a dos cualquiera de las socias señoras Obdulia De Pablo Martínez, María del Pilar Epifanía Moreno De Pablo, María Elena Moreno De Pablo y María del Carmen Moreno De Pablo, quienes anteponiendo la razón social, sigla o nombre de fantasía a sus firmas la representarán judicial y extrajudicialmente con las más amplias facultades, pudiendo obligar válidamente a la Sociedad en toda clase de actos, contratos y convenios celebrados ante toda clase de autoridades y funcionarios, conforme se detalla en la escritura extractada. CUATRO: El capital social es la suma de $9.256.960.-, que corresponden al valor actualizado del capital de $2.000.000.- aportados en agosto del año 1954 por los socios señores Pedro Moreno Muñoz, Jorge Moreno Ureta y Pedro Moreno Ureta. De acuerdo con ello, y en virtud de las sucesivas adquisiciones de derechos en esta compañía por el modo sucesión por causa de muerte, la actual participación de los socios en “COMERCIAL MORENO E HIJOS LIMITADA” es la siguiente: (i) Cada uno de los socios señores Julián, María Elena, María del Carmen y María del Pilar Epifanía Moreno de Pablo, dada su calidad de herederos de su padre don Jorge Moreno Ureta, en un 14,07142% (catorce coma cero siete mil ciento cuarenta y dos por ciento) de los derechos sociales; (ii) los señores María Virginia de las Mercedes Catalán León, Roberto Andrés Moreno González, Matías Javier Moreno Catalán y María Belén Moreno Catalán, cónyuge e hijos del socio premuerto don Roberto Moreno de Pablo, son dueños en conjunto de un 15,07142% (quince coma cero siete mil ciento cuarenta y dos por ciento) del haber social; (iii) don Jorge y doña María Soledad Moreno López, como herederos de su padre don Jorge Moreno de Pablo, representan conjuntamente un 14,07142% (catorce coma cero siete mil ciento cuarenta y dos por ciento) de los derechos sociales; y (iv) doña Obdulia de Pablo Martínez, como heredera de su hijo don Pedro Enrique Moreno de Pablo, es dueña del restante 14,57142% (catorce coma cincuenta y siete mil ciento cuarenta y dos por ciento) de los derechos en la sociedad. CINCO: El plazo de la Sociedad será de cinco años, contados desde esta misma fecha, plazo que se entenderá prorrogado o renovado tácita y sucesivamente por períodos de tres años si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término, con tres meses de anticipación a lo menos respecto del vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de las prórrogas, mediante una declaración hecha por escritura pública de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio respectivo. SEIS: El domicilio de la sociedad es la comuna de Rancagua, sin perjuicio de las sucursales, agencias u oficinas que se establezcan en otras ciudades o comunas del país. Las demás estipulaciones constan de la escritura extractada. Rancagua, 30 de agosto de 2017.
Información societaria
Objeto social
El desarrollo de la actividad comercial en todas sus formas, la adquisición, enajenación, comercialización, permuta, consignación, intermediación, arrendamiento, subarrendamiento, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, la asesoría y gestión inmobiliaria, la inversión en bienes raíces y valores mobiliarios, y la promoción de negocios y actos de comercio relacionados.
Capital
Capital total
$9.256.960
Capital pagado
$9.256.960
Capital pendiente
$0
Socios (10)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 6.xxx.xxx-3 | 6.xxx.xxx-3 | 14.07142% | - |
Socio 7.xxx.xxx-9 | 7.xxx.xxx-9 | 14.07142% | - |
María del Carmen Moreno De Pablo Socio 9.xxx.xxx-0 | 9.xxx.xxx-0 | 14.07142% | - |
María del Pilar Epifanía Moreno De Pablo Socio 5.xxx.xxx-0 | 5.xxx.xxx-0 | 14.07142% | - |
Roberto Andrés Moreno González Socio 8.xxx.xxx-0 | 8.xxx.xxx-0 | 5.02381% | - |
Socio 15.xxx.xxx-7 | 15.xxx.xxx-7 | 5.02381% | - |
Socio 16.xxx.xxx-5 | 16.xxx.xxx-5 | 5.02381% | - |
Socio 12.xxx.xxx-4 | 12.xxx.xxx-4 | 7.03571% | - |
Socio 14.xxx.xxx-9 | 14.xxx.xxx-9 | 7.03571% | - |
Socio 2.xxx.xxx-1 | 2.xxx.xxx-1 | 14.57142% | - |
Administradores (4)
María del Pilar Epifanía Moreno De Pablo
María del Carmen Moreno De Pablo
Representación legal (4)
María del Pilar Epifanía Moreno De Pablo
María del Pilar Epifanía Moreno De Pablo
María del Pilar Epifanía Moreno De Pablo
María del Pilar Epifanía Moreno De Pablo
Historia societaria relatada
- Constitución· 20 de julio de 1945
Se constituye la sociedad 'MORENO E HIJOS' por Pedro Moreno Muñoz, Jorge Moreno Ureta y Pedro Moreno Ureta.
Pedro Moreno Muñoz · Jorge Moreno Ureta · Pedro Moreno Ureta
- Transformación· 27 de agosto de 1954
Los mismos socios constituyen una sociedad colectiva continuadora de 'MORENO E HIJOS', conservando la razón social.
Pedro Moreno Muñoz · Jorge Moreno Ureta · Pedro Moreno Ureta
- Fallecimiento· 14 de diciembre de 1957
Tras el fallecimiento de Pedro Moreno Muñoz, sus herederos y su cónyuge sobreviviente celebran un nuevo contrato social continuador.
Pedro Moreno Muñoz · Jorge Moreno Ureta · Pedro Moreno Ureta · Epifanía Ureta Chicote
- Transformación· 16 de mayo de 1984
La firma MORENO E HIJOS LIMITADA se transforma desde la sociedad colectiva MORENO E HIJOS a sociedad de responsabilidad limitada.
Texto oficial del extracto
ERNESTO MONTOYA PEREDO, Notario Público, Campos 377, Rancagua, certifica: Por escritura hoy ante mí y bajo el Repertorio N°5289-2017, MARÍA ELENA MORENO DE PABLO, chilena, labores de casa, cédula de identidad N°7.027.463-9, divorciada, domiciliada en la comuna de Vitacura, Santiago; MARÍA DEL CARMEN MORENO DE PABLO, chilena, empleada, viuda, cédula de identidad N°9.172.921-0, domiciliada en Rancagua; OBDULIA DE PABLO MARTÍNEZ, ciudadana española, rentista, viuda, cédula de identidad para extranjeros N°2.729.859-1, domiciliada en Rancagua; MARÍA BELÉN MORENO CATALÁN, chilena, profesora, cédula de identidad N°16.881.072-5, soltera, domiciliada en la comuna de Providencia, Santiago; don MATÍAS JAVIER MORENO CATALÁN, chileno, arquitecto, cédula de identidad N°15.991.961-7, casado, domiciliado en Pichilemu, y MARÍA DEL PILAR EPIFANÍA MORENO DE PABLO, chilena, labores de casa, cédula de identidad N°5.777.558-0, casada, domiciliada en Rancagua, quien comparece por sí y en representación de JULIÁN MORENO DE PABLO, chileno, ingeniero comercial, cédula de identidad N°6.417.744-3, casado, domiciliado en la comuna de Fresia; de JORGE MORENO LÓPEZ, chileno, ingeniero comercial, cédula de identidad N°12.455.784-4, casado, domiciliado en la comuna de Huechuraba, Santiago; de MARÍA SOLEDAD MORENO LÓPEZ, chilena, abogado, cédula de identidad N°14.540.979-9, casada, domiciliada en Viña del Mar; y de ROBERTO ANDRÉS MORENO GONZÁLEZ, chileno, ingeniero en alimentos, cédula de identidad N°8.652.412-0, casado, domiciliado en la comuna de Huechuraba, Santiago, repactaron la sociedad constituida inicialmente como “MORENO E HIJOS”, posteriormente “MORENO E HIJOS LIMITADA” y, como consecuencia de este acto jurídico, “COMERCIAL MORENO E HIJOS LIMITADA”, Rol Único Tributario N°80.651.500-0. Antecedentes: 1) Esta persona jurídica fue constituida por escritura pública otorgada con fecha 20 de julio de 1945 ante el notario de Rancagua don Gustavo Cid Celis, suplente del titular don Aliro Parga Ríos, por los señores Pedro Moreno Muñoz, Jorge Moreno Ureta y Pedro Moreno Ureta; un extracto de esta escritura fue inscrito a Fojas 70 Número 43 del Registro de comercio de 1945, a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua, y no fue publicado por no existir obligación legal de hacerlo en esa fecha. 2) Luego, por escritura pública otorgada el día 27 de agosto de 1954 ante el notario de Rancagua don Alberto Cortínez Bascuñán, los mismos socios constituyeron una sociedad colectiva continuadora de “MORENO E HIJOS” que conservó la misma razón social. Un extracto de esta escritura fue inscrito a Fojas 56 Número 45 del Registro de comercio de 1954, a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua, y no fue publicado por el mismo motivo ya indicado. 3) Cabe consignar que a raíz del fallecimiento del socio don Pedro Moreno Muñoz, sus herederos Sres. Jorge y Pedro Moreno Ureta y su cónyuge sobreviviente, doña Epifanía Ureta Chicote, celebraron un nuevo contrato de sociedad que sería –nuevamente- continuadora de “MORENO E HIJOS” y al que comparecieron en su calidad de únicos socios. Ello consta de escritura pública otorgada con fecha 14 de diciembre de 1957 ante el notario de Rancagua don Alberto Cortínez Bascuñán; su extracto no fue inscrito en el Registro de Comercio de Rancagua ni publicado en el Diario Oficial. 4) El estatuto vigente de la firma MORENO E HIJOS LIMITADA y su transformación desde la sociedad colectiva MORENO E HIJOS en la actual sociedad de responsabilidad limitada, constan de la escritura suscrita con fecha 16 de mayo de 1984 ante el notario de Rancagua don Alberto Cortínez Bascuñán; un extracto de esta escritura fue inscrito a Fojas 86 vuelta Número 69 del Registro de comercio de 1984, a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua, y publicada en la edición del día 28 de mayo de 1984 del Diario Oficial. Los actuales socios de MORENO E HIJOS LIMITADA adquirieron sus derechos en la compañía por el modo sucesión por causa de muerte, en su calidad de herederos de, respectivamente, don Jorge Moreno Ureta, don Pedro Enrique Moreno de Pablo, don Jorge Moreno de Pablo y don Roberto Moreno de Pablo, como se detalla en la escritura extractada. La repactación de la sociedad MORENO E HIJOS LIMITADA, que implica una convalidación de todos los actos celebrados por uno o más de los socios con anterioridad, a nombre y/o en representación de esta compañía, consistió en lo siguiente: UNO: El nombre, razón o firma social será "COMERCIAL MORENO E HIJOS LIMITADA”, pudiendo actuar ante terceros en general con el nombre de fantasía “MORENO E HIJOS LTDA.”. DOS: El objeto de la Sociedad será: a) El desarrollo de la actividad comercial en todas sus formas, ya sea en la compra, venta, permuta, importación, exportación, arrendamiento y cualquier otro acto respecto de bienes, productos, insumos, partes y piezas, especialmente en los giros de carnicería, abarrotes, supermercados y mini market, ganadería y agricultura; b) La adquisición, enajenación, comercialización, permuta, consignación, intermediación, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la asesoría y gestión inmobiliaria en todas sus formas, particularmente a través de la promoción, tasación, corretaje, administración de inmuebles o conjuntos de ellos y la percepción de sus frutos; el desarrollo de proyectos inmobiliarios, de loteos y obras de urbanización; c) La inversión en bienes raíces urbanos y rurales, edificados y plantados o no, así como en bienes muebles corporales o incorporales tales como acciones, bonos, debentures y en cualquier tipo de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos sociales y/o acciones en sociedades, y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirirlos y enajenarlos a cualquier título, administrarlos y percibir sus frutos; d) La promoción de negocios y la ejecución de todo tipo de actos de comercio relacionados directa o indirectamente con dichos fines u objetivos, así como cualquier otro objeto que los socios libremente acuerden. TRES: La administración de la Sociedad y uso de la razón social corresponderá conjuntamente a dos cualquiera de las socias señoras Obdulia De Pablo Martínez, María del Pilar Epifanía Moreno De Pablo, María Elena Moreno De Pablo y María del Carmen Moreno De Pablo, quienes anteponiendo la razón social, sigla o nombre de fantasía a sus firmas la representarán judicial y extrajudicialmente con las más amplias facultades, pudiendo obligar válidamente a la Sociedad en toda clase de actos, contratos y convenios celebrados ante toda clase de autoridades y funcionarios, conforme se detalla en la escritura extractada. CUATRO: El capital social es la suma de $9.256.960.-, que corresponden al valor actualizado del capital de $2.000.000.- aportados en agosto del año 1954 por los socios señores Pedro Moreno Muñoz, Jorge Moreno Ureta y Pedro Moreno Ureta. Conforme con ello, y en virtud de las sucesivas adquisiciones de derechos en esta compañía por el modo sucesión por causa de muerte, la actual participación de los socios en “COMERCIAL MORENO E HIJOS LIMITADA” es la siguiente: (i) Cada uno de los socios señores Julián, María Elena, María del Carmen y María del Pilar Epifanía Moreno de Pablo, dada su calidad de herederos de su padre don Jorge Moreno Ureta, en un 14,07142% (catorce coma cero siete mil ciento cuarenta y dos por ciento) de los derechos sociales; (ii) los señores Roberto Andrés Moreno González, Matías Javier Moreno Catalán y María Belén Moreno Catalán, hijos del socio premuerto don Roberto Moreno de Pablo, son dueños en conjunto de un 15,07142% (quince coma cero siete mil ciento cuarenta y dos por ciento) del haber social; (iii) don Jorge y doña María Soledad Moreno López, como herederos de su padre don Jorge Moreno de Pablo, representan conjuntamente un 14,07142% (catorce coma cero siete mil ciento cuarenta y dos por ciento) de los derechos sociales; y (iv) doña Obdulia de Pablo Martínez, como heredera de su hijo don Pedro Enrique Moreno de Pablo, es dueña del restante 14,57142% (catorce coma cincuenta y siete mil ciento cuarenta y dos por ciento) de los derechos en la sociedad. CINCO: El plazo de la Sociedad será de cinco años, contados desde esta misma fecha, plazo que se entenderá prorrogado o renovado tácita y sucesivamente por períodos de tres años si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término, con tres meses de anticipación a lo menos respecto del vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de las prórrogas, mediante una declaración hecha por Escritura Pública de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la Sociedad en el Registro de Comercio respectivo. SEIS: El domicilio de la sociedad es la comuna de Rancagua, sin perjuicio de las sucursales, agencias u oficinas que se establezcan en otras ciudades o comunas del país. Las demás estipulaciones constan de la escritura extractada. Rancagua, 14 de julio de 2017.
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