Ubilla Y Pavez Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Capital
Capital total
$3.000.000
Capital pagado
$3.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (5)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
GLADYS DEL CARMEN PAVEZ PIZARRO Socio | - | 40% | $1.200.000 |
Socio | - | 15% | $450.000 |
Socio | - | 15% | $450.000 |
Socio | - | 15% | $450.000 |
Socio | - | 15% | $450.000 |
Administradores (4)
Historia societaria relatada
- Sucesión· 6 de junio de 2025
Se adjudican los derechos sociales de EDILIO OSCAR UBILLA GUTIÉRREZ a sus herederos por partición parcial de la comunidad hereditaria.
EDILIO OSCAR UBILLA GUTIÉRREZ · GLADYS DEL CARMEN PAVEZ PIZARRO · MARCELA LORETO UBILLA PAVEZ · LILO ANDRÉS UBILLA PAVEZ · DANIEL GONZALO UBILLA PAVEZ · JAIME FELIPE UBILLA PAVEZ
- Incorporación de socio· 7 de junio de 2025
Ingresan a la sociedad los herederos de la sucesión de Edilio Oscar Ubilla Gutiérrez y se asignan los derechos sociales correspondientes.
GLADYS DEL CARMEN PAVEZ PIZARRO · MARCELA LORETO UBILLA PAVEZ · LILO ANDRÉS UBILLA PAVEZ · DANIEL GONZALO UBILLA PAVEZ · JAIME FELIPE UBILLA PAVEZ
- Cambio de administrador· 7 de junio de 2025
Se modifica la administración y representación social, quedando a cargo de cuatro socios actuando conjuntamente dos cualquiera de ellos.
MARCELA LORETO UBILLA PAVEZ · LILO ANDRÉS UBILLA PAVEZ · DANIEL GONZALO UBILLA PAVEZ · JAIME FELIPE UBILLA PAVEZ
- Cambio de capital· 7 de junio de 2025
Se fija el capital social en $3.000.000, íntegramente pagado.
GLADYS DEL CARMEN PAVEZ PIZARRO · MARCELA LORETO UBILLA PAVEZ · LILO ANDRÉS UBILLA PAVEZ · DANIEL GONZALO UBILLA PAVEZ · JAIME FELIPE UBILLA PAVEZ
Texto oficial del extracto
Ministerio del Interior FRANCISCO JOSÉ HOLLMANN OVALLE, Notario Público Titular de la Quincuagésima Primera Notaría de Santiago con oficio en avenida Providencia 2.600, comuna de Providencia certifica que: Por escritura pública de fecha 07 de junio de 2025, repertorio 8298-2025 ante mí, GLADYS DEL CARMEN PAVEZ PIZARRO, MARCELA LORETO UBILLA PAVEZ, LILO ANDRÉS UBILLA PAVEZ, DANIEL GONZALO UBILLA PAVEZ y JAIME FELIPE UBILLA PAVEZ, todos por sí y como integrantes de la SUCESIÓN DE EDILIO OSCAR UBILLA GUTIÉRREZ; domiciliados todos los anteriores para estos efectos en avenida Hipódromo Chile número 1680, Independencia, Región Metropolitana; otorgaron escritura pública de modificación de estatutos de la sociedad UBILLA Y PAVEZ LIMITADA (la “Sociedad”), - inscrita a fojas 11329, N° 5729, del Registro de Comercio de Santiago del año 1990 - conforme se indica a continuación: (1) Declaraciones: los comparecientes aceptan expresamente el ingreso a la Sociedad por parte de los herederos de la SUCESIÓN DE EDILIO OSCAR UBILLA GUTIÉRREZ, así como la asignación de los derechos sociales que EDILIO OSCAR UBILLA GUTIÉRREZ tenía en la Sociedad, en virtud de la partición parcial y adjudicación de la comunidad hereditaria formada tras su fallecimiento, que consta por escritura pública de fecha 06 de junio de 2025, Repertorio N° 8297-2025, otorgada en esta misma Notaría. (2) Modificación Estatutos: Producto de lo anterior, acuerdan modificar los estatutos de la Sociedad, en lo relativo al capital social y administración, reemplazando las cláusulas Cuarta y Quinta por las siguientes: “CUARTO: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a los socios MARCELA LORETO UBILLA PAVEZ, LILO ANDRÉS UBILLA PAVEZ, DANIEL GONZALO UBILLA PAVEZ y JAIME FELIPE UBILLA PAVEZ, actuando conjuntamente dos cualquiera de ellos (en adelante los “Administradores”).”. “QUINTO: El capital de la Sociedad es la cantidad de $3.000.000, que los socios han aportado de la siguiente forma: (a) GLADYS DEL CARMEN PAVEZ PIZARRO ha aportado la cantidad de $1.200.000, equivalentes al 40% de los derechos sociales; (b) MARCELA LORETO UBILLA PAVEZ ha aportado la cantidad de $450.000, equivalentes al 15% de los derechos sociales; (c) LILO ANDRÉS UBILLA PAVEZ ha aportado la cantidad de $450.000, equivalentes al 15% de los derechos sociales; (d) DANIEL GONZALO UBILLA PAVEZ ha aportado la cantidad de $450.000, equivalentes al 15% de los derechos sociales; y (e) JAIME FELIPE UBILLA PAVEZ ha aportado la cantidad de $450.000, equivalentes al 15% de los derechos sociales. El capital ha sido íntegramente pagado con anterioridad a esta fecha por los socios y/o sus antecesores.”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 09 de julio de 2025.
Información societaria
Objeto social
la explotación comercial del rubro barraca de fierro y materiales de construcción; la importación, exportación distribución, comercialización, compra, venta, intermediación, representación, transporte, publicidad y promoción de toda clase de herramientas, maquinarias, artículos y bienes relacionados al rubro de la construcción; actividades propias de una empresa constructora; la realización de todo tipo de inversiones en bienes muebles e inmuebles, en servicios inmobiliarios o de capitales, por cuenta propia o de terceros, de carácter transitorio o permanente, el arriendo, administración compra y venta de bienes muebles e inmuebles, incluyendo el corretaje de propiedades; la representación de empresas nacionales y extranjeras en lo relativo a actividades que se relacionen directa o indirectamente a los negocios sociales; y cualquier otra actividades o servicios que los socios estimen convenientes, estén o no relacionados directa o indirectamente con el objeto de la sociedad
Capital
Capital total
$3.000.000
Capital pagado
$3.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (6)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 30% | $900.000 |
GLADYS DEL CARMEN PAVEZ PIZARRO Socio | - | 30% | $900.000 |
Socio | - | 10% | $300.000 |
Socio | - | 10% | $300.000 |
Socio | - | 10% | $300.000 |
Socio | - | 10% | $300.000 |
Administradores (2)
Historia societaria relatada
- Constitución· 26 de abril de 1990
Constitución original de la sociedad Ubilla y Pavez Limitada
EDILIO OSCAR UBILLA GUTIÉRREZ · GLADYS DEL CARMEN PAVEZ PIZARRO · MARCELA LORETO UBILLA PAVEZ · LILO ANDRÉS UBILLA PAVEZ · DANIEL GONZALO UBILLA PAVEZ · JAIME FELIPE UBILLA PAVEZ
- Cesión de derechos· 3 de julio de 2017
Edilio Oscar Ubilla Gutiérrez y Gladys del Carmen Pavez Pizarro ceden derechos a Lilo Andrés Ubilla Pavez
EDILIO OSCAR UBILLA GUTIÉRREZ · GLADYS DEL CARMEN PAVEZ PIZARRO · LILO ANDRÉS UBILLA PAVEZ
- Cambio de nombre· 3 de julio de 2017
Se sustituye la razón social y el nombre de fantasía por Ubilla y Pavez Limitada y Ubilla y Pavez Ltda.
- Cambio de administrador· 3 de julio de 2017
La administración pasa a Edilio Oscar Ubilla Gutiérrez y Jaime Felipe Ubilla Pavez actuando individual, separada e indistintamente
- Cambio de capital· 3 de julio de 2017
El capital social se fija en $3.000.000, enterado al contado por los socios
EDILIO OSCAR UBILLA GUTIÉRREZ · GLADYS DEL CARMEN PAVEZ PIZARRO · MARCELA LORETO UBILLA PAVEZ · LILO ANDRÉS UBILLA PAVEZ · DANIEL GONZALO UBILLA PAVEZ · JAIME FELIPE UBILLA PAVEZ
- Otro acto· 3 de julio de 2017
Se modifica el objeto social y el plazo de duración a 50 años
Texto oficial del extracto
Fernando Celis Urrutia, Abogado, Notario de Santiago, Titular Segunda Notaría de Providencia, con Oficio en Paseo Presidente Errázuriz Echaurren Nº 2615, Providencia, Certifica: Por escritura pública hoy ante mí, don EDILIO OSCAR UBILLA GUTIÉRREZ, doña GLADYS DEL CARMEN PAVEZ PIZARRO, doña MARCELA LORETO UBILLA PAVEZ, don LILO ANDRÉS UBILLA PAVEZ, DANIEL GONZALO UBILLA PAVEZ, y don JAIME FELIPE UBILLA PAVEZ; todos para estos efectos domiciliados en avenida Hipódromo Chile Nº1.680, comuna de Independencia, región Metropolitana; acordaron cesión de derechos y modificaron la sociedad “UBILLA Y PAVEZ LIMITADA”, constituida 26.04.1990 ante Notario Santiago Samuel Klecky Rapaport e inscrita fojas 11.329, Nº5729 Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1990, publicada Diario Oficial Nº33.665 de fecha 09.05.1990, rectificada por extracto publicado en el Diario Oficial Nº33.699 de fecha 20.06.1990. I. Cesión de derechos: a) Edilio Oscar Ubilla Gutiérrez vende, cede y transfiere a Lilo Andrés Ubilla Pavez, quien compra, acepta y adquiere para si, un dieciocho coma diecisiete por ciento de sus derechos sociales, equivalentes al 6,6% periódico de los derechos totales de la sociedad; y b) Gladys del Carmen Pavez Pizarro vende, cede y transfiere a Lilo Andrés Ubilla Pavez, quien compra, acepta y adquiere para si, un diez por ciento de sus derechos sociales, equivalentes al 3,33% periódico de los derechos totales de la sociedad. Precios y demás condiciones constan en escritura extractada. II. Modificación objeto social: Sustituyen la cláusula segunda referente al objeto social por la siguiente: “SEGUNDO: El objeto de la sociedad es: a) la explotación comercial del rubro barraca de fierro y materiales de construcción; b) la importación, exportación distribución, comercialización, compra, venta, intermediación, representación, transporte, publicidad y promoción de toda clase de herramientas, maquinarias, artículos y bienes relacionados al rubro de la construcción; c) actividades propias de una empresa constructora; d) la realización de todo tipo de inversiones en bienes muebles e inmuebles, en servicios inmobiliarios o de capitales, por cuenta propia o de terceros, de carácter transitorio o permanente, el arriendo, administración compra y venta de bienes muebles e inmuebles, incluyendo el corretaje de propiedades; e) la representación de empresas nacionales y extranjeras en lo relativo a actividades que se relacionen directa o indirectamente a los negocios sociales; y f) cualquier otra actividades o servicios que los socios estimen convenientes, estén o no relacionados directa o indirectamente con el objeto de la sociedad.”. III. Modificación nombre de fantasía: Sustituyen la cláusula tercera referente a la razón social y nombre de fantasía por la siguiente: “TERCERO: La razón social será “Ubilla y Pavez Limitada”, sin embargo, podrá actuar y funcionar inclusive ante bancos y cualquier otro ente público, privado o mixto, con el nombre de “Ubilla y Pavez Ltda.”. IV. Modificación administración: Sustituyen la cláusula cuarta referente a la administración de la sociedad por la siguiente: “CUARTO: La administración, representación y el uso de la razón social y nombre de fantasía de la sociedad corresponderá a don EDILIO OSCAR UBILLA GUTIÉRREZ y a don JAIME FELIPE UBILLA PAVEZ, los que actuarán de forma individual, separada e indistintamente, con las facultades y limitaciones que constan en la escritura extractada.”. V. Modificación capital: Sustituyen la cláusula quinta relativa al capital social por la siguiente: “QUINTO: El capital social es la cantidad de $3.000.000 que los socios aportan y enteran al contado y en dinero en efectivo, en este acto, ingresando a la caja social, de la siguiente forma: a) don EDILIO OSCAR UBILLA GUTIÉRREZ aporta y entera la suma de $900.000, equivalentes al 30% del capital social; b) doña GLADYS DEL CARMEN PAVEZ PIZARRO aporta y entera la suma de $900.000, equivalentes al 30% del capital social; c) doña MARCELA LORETO UBILLA PAVEZ aporta y entera la suma de $300.000, equivalentes al 10% del capital social; don LILO ANDRÉS UBILLA PAVEZ aporta y entera la suma de $300.000, equivalentes al 10% del capital social; don DANIEL GONZALO UBILLA PAVEZ aporta y entera la suma de $300.000, equivalentes al 10% del capital social, y don JAIME FELIPE UBILLA PAVEZ aporta y entera la suma de $300.000, equivalentes al 10% del capital social.”. VI. Modificación plazo de duración de la sociedad: Sustituyen la cláusula octava referente al plazo de duración de la sociedad por la siguiente: “OCTAVO: El plazo de duración de la sociedad será de 50 años, contados desde la fecha de la constitución social, plazo que se renovará tácita, automática y sucesivamente por períodos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del período respectivo, mediante declaración hecha por escritura pública de la cual se tomará nota al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con una anticipación no inferior a un año del vencimiento del plazo de la sociedad o de su renovación o prórroga, según corresponda.”. Otras modificaciones no extractables. En lo no modificado permanece vigente el pacto social primitivo. Responsabilidad personal de los socios queda limitada al monto de sus aportes. Demás estipulaciones y acuerdos no extractables constan escritura extractada. Santiago, 03 de julio de 2017.- Fernando Celis Urrutia, Abogado, Notario Santiago, Titular de la Segunda Notaría de Providencia.-
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
UBILLA Y PAVEZ LIMITADA
CVE 2679537
- MODIFICACIÓN
UBILLA Y PAVEZ LIMITADA
CVE 1265882
