Société à responsabilité limitée79.991.580-4

Ulloa Hermanos Y Cia. Limitada

MODIFICACIÓN — 2 janv. 2021

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2021-01-02Voir le PDF (CVE 1874971)

Informations sociétaires

Ltda
Pedro de Oña Nº345
Durée: 60 años contados desde la escritura de constitución social, renovable tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de 10 años cada uno
Administration: Administración, representación y uso de la razón social en forma exclusiva a LUIS PALLALEFF ULLOA RETAMAL, con amplias facultades; administrador reemplazante Francisco Javier Ulloa Matus, que actuará conjuntamente con uno de los socios: Elba Rosa Matus Donoso o Víctor Antonio Ulloa Retamal

Objet social

La comercialización de accesorios, repuestos y lubricantes, para automóviles, vehículos y camiones; neumáticos, baterías, corretajes de venta de autos nuevos y usados, distribución y todo lo relacionado con el ramo de vehículos, el arrendamiento de bienes muebles e inmuebles y los que los socios acuerden

Capital

Capital total

$2.000.000

Capital libéré

$2.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (10)

NomParticipation

LUIS PALLALEFF ULLOA RETAMAL

Socio

10%

VÍCTOR ANTONIO ULLOA RETAMAL

Socio

10%

ELBA ROSA MATUS DONOSO

Socio

10%

LUIS ANTONIO ULLOA MATUS

Socio

10%

FRANCISCO JAVIER ULLOA MATUS

Socio

10%

CARLOS IGNACIO ULLOA MATUS

Socio

10%

ALICIA ESMERALDA LÓPEZ PONCE

Socio

10%

ALICIA FABIOLA ULLOA LÓPEZ

Socio

10%

NATALIA PAULINA ULLOA LÓPEZ

Socio

10%

ROCÍO NICOLE ULLOA LÓPEZ

Socio

10%

Administrateurs (2)

Historique sociétaire relaté

  1. Constitution· 5 mars 1990

    Constitución de la sociedad ULLOA HERMANOS Y CIA. LIMITADA, hoy con nombre fantasía Automotriz Angola Limitada, con RUT 79.991.580-4.

  2. Autre acte· 17 septembre 2008

    Modificación previa de la sociedad por escritura pública.

Texte officiel de l’extrait

JESSICA LORENA AGUILERA TAPIA, Abogado, Notario Público 4° Notaría Los Ángeles, suplente del titular don JUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA Caupolicán 355, Los Angeles, certifico: Por escritura pública, REP. 5271-2020, hoy ante mi LUIS PALLALEFF ULLOA RETAMAL, empresario; VÍCTOR ANTONIO ULLOA RETAMAL, contador; ELBA ROSA MATUS DONOSO, secretaria; por sí y en representación de LUIS ANTONIO ULLOA MATUS, empleado; FRANCISCO JAVIER ULLOA MATUS, ingeniero mecánico; CARLOS IGNACIO ULLOA MATUS, odontólogo; ALICIA ESMERALDA LÓPEZ PONCE, abogada, por sí y en representación de ALICIA FABIOLA ULLOA LÓPEZ, cirujano dentista y de ROCÍO NICOLE ULLOA LÓPEZ, bioquímica y NATALIA PAULINA ULLOA LÓPEZ, traductora e intérprete bilingüe, todos domicilio Pedro de Oña Nº345, Angol, modifican sociedad Responsabilidad Limitada, “ULLOA HERMANOS Y CIA. LIMITADA”, nombre fantasía “Automotriz Angola Limitada”, Rut Nº79.991.580-4, suscrita 05/03/1990, Notaría Montero, Los Ángeles, inscrita fs. 25 vta., Nº16, Registro Comercio CBR Angol, año 1990, publicada D.O. 14/03/1990, y modificada por escritura pública 17/09/2008, Notaría García, Concepción, inscrita a fs 71 vta., Nº62, Registro Comercio CBR Angol, año 2008, publicada D.O. 04/10/2008; siguiente forma: Cesión de Derechos: 1) Luis Pallaleff Ulloa Retamal vende, cede y transfiere derechos en sociedad, ascendentes a 35% haber social, en la siguiente forma: a) Alicia Esmeralda López Ponce, compra y adquiere para si 8%, en la suma de $51.957.239, pago según forma indicada en escritura; b) Alicia Fabiola Ulloa López, debidamente representada, compra y adquiere 8,5%, en la suma de $55.204.567, pago según forma indicada en escritura; c) Natalia Paulina Ulloa López, compra y adquiere para si 8,5%, en la suma de $55.204.567, pago según forma indicada en escritura y d) Rocío Nicole Ulloa López, debidamente representada, compra y adquiere 10%, en la suma de $64.946.549, pago según forma indicada en escritura. 2) Víctor Antonio Ulloa Retamal vende, cede y transfiere derechos en sociedad, ascendentes a 35% haber social, en la siguiente forma: a) Elba Rosa Matus Donoso, compra y adquiere para si 8%, en la suma de $51.957.239, pago según forma indicada en escritura; b) Luis Antonio Ulloa Matus, debidamente representado, compra y adquiere 9%, en la suma de $58.451.894, pago según forma indicada en escritura; c) Francisco Javier Ulloa Matus, compra y adquiere para si 9%, en la suma de $58.451.894, pago según forma indicada en escritura; y d) Carlos Ignacio Ulloa Matus, compra y adquiere para si 9%, en la suma de $58.451.894, pago según forma indicada en escritura. Consecuencia cesiones, disminuyen participaciones socios Luis Pallaleff Ulloa Retamal y Víctor Antonio Ulloa Retamal, aumentando participaciones socios Elba Rosa Matus Donoso, Alicia Esmeralda López Ponce, Luis Antonio Ulloa Matus, Francisco Javier Ulloa Matus, Carlos Ignacio Ulloa Matus, Alicia Fabiola Ulloa López y Natalia Paulina Ulloa López, e ingresa a la sociedad Rocío Nicole Ulloa López. Quedan como únicos socios: Luis Pallaleff Ulloa Retamal, Víctor Antonio Ulloa Retamal, doña Elba Rosa Matus Donoso, Alicia Esmeralda López Ponce, Luis Antonio Ulloa Matus, Francisco Javier Ulloa Matus, Carlos Ignacio Ulloa Matus, Alicia Fabiola Ulloa López, Natalia Paulina Ulloa López y Rocío Nicole Ulloa López, todos y cada uno con participación del 10% en capital social y utilidades proporcionales y acumuladas en su caso. Modificaciones. Únicos socios modifican estatutos sociales siguiente sentido: 1) Cláusula Segunda, objeto: “El objeto social será la comercialización de accesorios, repuestos y lubricantes, para automóviles, vehículos y camiones; neumáticos, baterías, etcétera, para los mismos, corretajes de venta de autos nuevos y usados, distribución y todo lo relacionado con el ramo de vehículos, el arrendamiento de bienes muebles e inmuebles y los que los socios acuerden”. 2) Cláusula Cuarta, administración, representación y uso razón social, corresponderá en forma exclusiva a LUIS PALLALEFF ULLOA RETAMAL, amplias facultades escritura extractada. Administrador reemplazante, Francisco Javier Ulloa Matus, que actuará conjuntamente con uno de los socios: Elba Rosa Matus Donoso o Víctor Antonio Ulloa Retamal. 3) Cláusula Quinta, capital social, $2.000.000, que los socios aportaron y pagaron: Luis Pallaleff Ulloa Retamal aportó $200.000, equivalente al 10% de participación social, pagado al contado y en efectivo, con anterioridad a esta fecha; Víctor Antonio Ulloa Retamal, aportó $200.000, equivalente al 10% de participación social, pagado al contado y en efectivo, con anterioridad a esta fecha; Elba Rosa Matus Donoso, aportó $200.000, equivalente al 10% de participación social, pagado al contado y en efectivo, con anterioridad a esta fecha; Luis Antonio Ulloa Matus, aportó $200.000, equivalente al 10% de participación social, pagado al contado y en efectivo, con anterioridad a esta fecha; Francisco Javier Ulloa Matus, aportó $200.000, equivalente al 10% de participación social, pagado al contado y en efectivo, con anterioridad a esta fecha; Carlos Ignacio Ulloa Matus, aportó $200.000, equivalente al 10% de participación social, pagado al contado y en efectivo, con anterioridad a esta fecha; Alicia Esmeralda López Ponce, aportó $200.000, equivalente al 10% de participación social, pagado al contado y en efectivo, con anterioridad a esta fecha; Alicia Fabiola Ulloa López; aportó $200.000, equivalente al 10% de participación social, pagado al contado y en efectivo, con anterioridad a esta fecha; Natalia Paulina Ulloa López, aportó $200.000, equivalente al 10% de participación social, pagado al contado y en efectivo, con anterioridad a esta fecha y Rocío Nicole Ulloa López, aportó $200.000, equivalente al 10% de participación social, pagado al contado y en efectivo, con anterioridad a esta fecha. 4) Cláusula Novena, se modifica duración de la sociedad, acordando que éste sea de 60 años contados desde la escritura de constitución social, que se renovará tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de 10 años cada uno, salvo que socios que representen al menos un 75% de los derechos sociales manifestaren su intención de poner término a ésta en la forma indicada en los estatutos. 5) Cláusula Décima, relativa a la sucesión por causa de muerte y para el caso de fallecimiento del socio administrador, se reemplaza en la forma indicada en la escritura extractada. Y 6) Agregan Cláusula Décimo Octava relativa a prohibiciones a que están sujetos los socios. Texto Refundido: Dada las modificaciones realizadas, los socios acordaron un texto refundido de los estatutos sociales. Demás estipulaciones en escritura extractada. Los Angeles, 22 de diciembre de 2020.-

Actes récents

  1. MODIFICACIÓN

    ULLOA HERMANOS Y CIA. LIMITADA

    CVE 1874971

Relations sociétaires

EntreprisePersonneDiario Oficial