Comercial Santa Ema Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Administradores (4)
RENÉ ALBERTO ABUHADBA FERNÁNDEZ
Texto oficial del extracto
IVAN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular de la 33ª Notaria de Santiago, Huérfanos 979, Of. 501, Santiago CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 28 de diciembre de 2022, bajo el repertorio N°26.627-2022, ante Verónica Torrealba Costabal, Notario Público Suplente del Titular de la Trigésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 979, oficina 501: RENÉ ALBERTO ABUHADBA FERNÁNDEZ, chileno, casado y separado totalmente de bienes, empresario, cédula nacional de identidad número seis millones doscientos ochenta y nueve mil trescientos treinta guión tres, y GLORIA PATRICIA ALAM AUAD, chilena, casada y separada totalmente de bienes, profesora, cédula nacional de identidad número siete millones cuarenta y ocho mil novecientos cincuenta y uno guión uno, ambos comparecientes domiciliados para estos efectos en Avenida Libertador Bernardo O´Higgins número ochocientos setenta y siete, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana; modificaron sociedad “COMERCIAL SANTA EMA LIMITADA”, Rut Nº79.970.880-9, inscrita a fojas 33366, número 18017 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 1989. MODIFICACIÓN: Se modifica la cláusula de Cuarta de los estatutos sociales de la administración de la sociedad, en el sentido que la administración y la representación de la sociedad corresponderá a don RENÉ ALBERTO ABUHADBA FERNÁNDEZ, cédula nacional de identidad número cédula nacional de identidad número seis millones doscientos ochenta y nueve mil trescientos treinta guión tres, y a doña GLORIA PATRICIA ALAM AUAD, cédula nacional de identidad número siete millones cuarenta y ocho mil novecientos cincuenta y uno guión uno, cada uno como el “administrador” y ambos como los “administradores”, quienes anteponiendo a sus firmas la razón social o el nombre de fantasía de la sociedad, actuarán y representarán a la sociedad en forma individual, con las amplias facultades sin limitación de ninguna especie. Sin embargo, los administradores deberán actuar en forma conjunta respecto de todo tipo de acto, contrato o convención por montos que sean iguales o superiores a diez mil unidades de Fomento, considerando el valor de la Unidad de Fomento a la fecha del respectivo acto, contrato o convención. En caso de fallecimiento, incapacidad sobreviniente o renuncia del administrador a su cargo de administrador de la sociedad, la administración y representación de la sociedad y el uso de la razón social le corresponderá al otro administrador. En caso de fallecimiento, incapacidad sobreviniente o renuncia de don RENÉ ALBERTO ABUHADBA FERNÁNDEZ y de doña GLORIA PATRICIA ALAM AUAD a sus cargos de administradores de la sociedad, la administración y representación de la sociedad y el uso de la razón social le corresponderá a don JOSÉ IGNACIO ABUHADBA ALAM, cédula nacional de identidad número dieciséis millones trescientos sesenta y seis mil trescientos sesenta y cinco guión uno, y a don VICENTE ANDRÉS ABUHADBA ALAM, cédula nacional de identidad número diecisiete millones seiscientos noventa y siete mil doscientos veinte guión tres, quienes deberán actuar en forma conjunta en representación de la sociedad, en adelante cada uno como el administrador. En caso de fallecimiento, incapacidad sobreviniente o renuncia de don JOSÉ IGNACIO ABUHADBA ALAM o de don VICENTE ANDRÉS ABUHADBA ALAM a su cargo de administrador de la sociedad, la administración y representación de la sociedad y el uso de la razón social le corresponderá al otro administrador. Se entenderá que existe “incapacidad sobreviniente” que implique un reemplazo en la administración del cargo del administrador, cuando se verifique un grave deterioro de salud permanente e irreversible, lo que será necesario acreditar ante terceros mediante certificados emitidos por tres médicos especialistas, independientes entre sí y que cuenten con una experiencia profesional demostrable de veinte años. El administrador tendrá las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza, sin limitación alguna, pudiendo en especial celebrar los actos o contratos que se indican en escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada. SANTIAGO, 06 de febrero de 2023.
Información societaria
Capital
Capital total
$277.083.930
Capital pagado
$277.083.930
Capital pendiente
$0
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
René Alberto Abuhadba Fernández Socio | - | 70% | $193.958.751 |
Socio | - | 30% | $83.125.179 |
Texto oficial del extracto
JORGE REYES BESSONE, Notario Público Titular de San Miguel, con oficio en Gran Avenida José Miguel Carrera N° 4886, comuna de San Miguel, certifica que: por escritura pública de fecha 02 de junio de 2020, ante mí: /UNO/ René Alberto Abuhadba Fernández; y /Dos/ Gloria Patricia Alam Auad, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Libertador Bernardo O’Higgins N° 877, comuna y ciudad de Santiago, y de paso por esta comuna, en su calidad de únicos y actuales socios de “COMERCIAL SANTA EMA LIMITADA”, inscrita a fojas 33.366, N° 18.017 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1989, acordaron: (i) Disminuir el capital social en la suma de $243.396.546, es decir, disminuir el capital social desde la suma actual de $520.480.476 a la suma final de $277.083.930; y (ii) Sustituir íntegramente el artículo quinto de los estatutos sociales por el siguiente: “QUINTO: El capital social es la suma de doscientos setenta y siete millones ochenta y tres mil novecientos treinta pesos, que los socios han aportado en la forma y proporción que a continuación se indica: /a/ Don René Alberto Abuhadba Fernández, con la suma de ciento noventa y tres millones novecientos cincuenta y ocho mil setecientos cincuenta y un pesos, equivalentes al setenta por ciento de los derechos sociales, los cuales se encuentran íntegramente pagados e ingresados en la caja social, en dinero en efectivo, con anterioridad a esta fecha; y /b/ Doña Gloria Patricia Alam Auad, con la suma de ochenta y tres millones ciento veinticinco mil ciento setenta y nueve pesos, equivalentes al treinta por ciento de los derechos sociales, los cuales se encuentran íntegramente pagados e ingresados en la caja social, en dinero en efectivo, con anterioridad a esta fecha”. Demás estipulaciones en la escritura extractada. En todo lo no modificado sigue vigente el pacto social, especialmente la responsabilidad de los socios, la que se mantiene limitada hasta el monto de sus respectivos aportes. San Miguel, 15 de junio de 2020.
Actuaciones recientes
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