Profesionales e Inversiones Ramón Corbalán y Compañía Limitada
稅務資料(SII)
实体类型
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
公司子类型
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
開始經營
SII 未報告開始經營日期
經濟活動
SII 中沒有登記的經濟活動
蓋章文件
SII 中沒有登記的蓋章文件
Diario Oficial
公司資料
股東(6)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
MARÍA EUGENIA ELIANA HERRERA CORREA Socio 4.xxx.xxx-8 | 4.xxx.xxx-8 | 47.5% | - |
MARÍA FRANCISCA CORBALÁN HERRERA Socio 7.xxx.xxx-6 | 7.xxx.xxx-6 | 1% | - |
Socio 10.xxx.xxx-4 | 10.xxx.xxx-4 | 1% | - |
MARÍA EUGENIA CORBALÁN HERRERA Socio 7.xxx.xxx-8 | 7.xxx.xxx-8 | 1% | - |
SANTIAGO ALFONSO CORBALÁN HERRERA Socio 7.xxx.xxx-4 | 7.xxx.xxx-4 | 1% | - |
Socio 10.xxx.xxx-4 | 10.xxx.xxx-4 | 1% | - |
管理人(5)
MARÍA EUGENIA ELIANA HERRERA CORREA
MARÍA FRANCISCA CORBALÁN HERRERA
MARÍA EUGENIA CORBALÁN HERRERA
SANTIAGO ALFONSO CORBALÁN HERRERA
法定代理(2)
MARÍA EUGENIA ELIANA HERRERA CORREA
MARÍA EUGENIA ELIANA HERRERA CORREA
公報所載公司沿革
- 身故
Fallece Ramón Luis Corbalán Herreros, socio de la sociedad.
- 繼承
La comunidad hereditaria del causante asume y distribuye la participación social entre la cónyuge y los hijos.
MARÍA EUGENIA ELIANA HERRERA CORREA · MARÍA FRANCISCA CORBALÁN HERRERA · JOSÉ RAMÓN CORBALÁN HERRERA · MARÍA EUGENIA CORBALÁN HERRERA · SANTIAGO ALFONSO CORBALÁN HERRERA · ANA MARÍA CORBALÁN HERRERA
摘要官方正文
Ministerio del Interior MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Abogada, Notario Público, Titular de la Trigésima Octava Notaría de Santiago con oficio en Isidora Goyenechea N°3.477, oficina 10, comuna de Las Condes, certifica: Por escritura pública otorgada el 19 de junio de 2026, Repertorio N°31836- 2026, ante doña Patricia Isabel Rojas Morales, Notario Público Suplente de esta notaria, comparecen, doña MARÍA EUGENIA ELIANA HERRERA CORREA, chilena, educadora de párvulos, viuda, cédula nacional de identidad número cuatro millones ochocientos quince mil doscientos veintidós guión ocho, domiciliada en calle Luis Carrera número mil novecientos veinticuatro, departamento trescientos uno, comuna de Vitacura, región Metropolitana, quien comparece por sí y en representación de los siguientes socios: (i) De doña MARÍA FRANCISCA CORBALÁN HERRERA, chilena, periodista, divorciada, cédula nacional de identidad número siete millones quinientos quince mil quinientos dieciséis guión seis, domiciliada en calle Rengo número ciento setenta y cinco, comuna de Valdivia, región de Los Ríos; y (ii) De don JOSÉ RAMÓN CORBALÁN HERRERA, chileno, ingeniero civil, casado bajo el régimen de participación en los gananciales, cédula nacional de identidad número diez millones trescientos veintiún mil seiscientos cuatro guión cuatro, domiciliado en calle Luis Carrera número mil novecientos veinticuatro, departamento trescientos uno, comuna de Vitacura, región Metropolitana; comparecen además: doña MARÍA EUGENIA CORBALÁN HERRERA, chilena, psicóloga, casada bajo el régimen de separación de bienes, cédula nacional de identidad número siete millones quinientos quince mil quinientos quince guión ocho, domiciliada en calle República de Cuba número dos mil cuatrocientos treinta y dos, comuna de Providencia, región Metropolitana; don SANTIAGO ALFONSO CORBALÁN HERRERA, chileno, ingeniero comercial, divorciado, cédula nacional de identidad número siete millones quinientos quince mil quinientos diecisiete guión cuatro, domiciliado en calle Luis Carrera número mil novecientos veinticuatro, departamento trescientos uno, comuna de Vitacura, región Metropolitana; y doña ANA MARÍA CORBALÁN HERRERA, chilena, actriz, soltera, cédula nacional de identidad número diez millones trescientos veinte mil cuatrocientos setenta guión cuatro, domiciliada en calle Ricardo Lyon número seiscientos sesenta, departamento cuatrocientos uno, comuna de Providencia, región Metropolitana; Quienes como Comunidad Hereditaria del socio don RAMÓN LUIS CORBALÁN HERREROS vienen a modificar la Sociedad PROFESIONALES E INVERSIONES RAMÓN CORBALÁN Y COMPAÑÍA LIMITADA, constituida originalmente bajo la razón social "RAMÓN CORBALÁN Y COMPAÑÍA LIMITADA", RUT N° 79.952.390-6, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas veintisiete mil cuatrocientos dieciséis número catorce mil ochocientos setenta y tres del año mil novecientos ochenta y nueve, y cuyo texto refundido y cambio de nombre constan inscritos a fojas treinta y nueve mil ciento ochenta y cuatro número veintinueve mil setecientos treinta y ocho del año dos mil tres del mismo Registro, de la siguiente forma: Debido al fallecimiento del socio don Ramón Luis Corbalán Herreros, la Comunidad Hereditaria compuesta por: i) Doña María Eugenia Eliana Herrera Correa, cédula nacional de identidad número cuatro millones ochocientos quince mil doscientos veintidós guión ocho, en calidad de cónyuge del causante. ii) Doña María Francisca Corbalán Herrera, cédula nacional de identidad número siete millones quinientos quince mil quinientos dieciséis guión seis, en calidad de hija del causante. iii) Don José Ramón Corbalán Herrera, cédula nacional de identidad número diez millones trescientos veintiún mil seiscientos cuatro guión cuatro, en calidad de hijo del causante. iv) Doña María Eugenia Corbalán Herrera, cédula nacional de identidad número siete millones quinientos quince mil quinientos quince guión ocho, en calidad de hija del causante. v) Don Santiago Alfonso Corbalán Herrera, cédula de identidad número siete millones quinientos quince mil quinientos diecisiete guión cuatro, en calidad de hijo del causante. vi) Doña Ana María Corbalán Herrera, cédula nacional de identidad número diez millones trescientos veinte mil cuatrocientos setenta guión cuatro, en calidad de hija del causante, quedan con el cuarenta y siete coma cinco por ciento de la participación social. Por tanto, la participación social de la Sociedad Profesionales e Inversiones Ramón Corbalán y Compañía Limitada queda distribuida en un cuarenta y siete coma cinco por ciento de los derechos sociales para la Comunidad Hereditaria quedada al fallecimiento de don Ramón Luis Corbalán Herreros compuesta por doña María Eugenia Eliana Herrera Correa, doña María Francisca Corbalán Herrera, don José Ramón Corbalán Herrera, doña María Eugenia Corbalán Herrera, don Santiago Alfonso Corbalán Herrera, y doña Ana María Corbalán Herrera. Completan el total de participación social de la siguiente forma: i) El cuarenta y siete coma cinco por ciento corresponde a la participación social de doña María Eugenia Eliana Herrera Correa, cédula de identidad número cuatro millones ochocientos quince mil doscientos veintidós guión ocho. ii) El uno por ciento corresponde a la participación social de don José Ramón Corbalán Herrera, cédula de identidad número diez millones trescientos veintiún mil seiscientos cuatro guión cuatro. iii) El uno por ciento corresponde a la participación social de doña María Eugenia Corbalán Herrera, cédula de identidad número siete millones quinientos quince mil quinientos quince guión ocho. iv) El uno por ciento corresponde a la participación social de don Santiago Alfonso Corbalán Herrera, cédula de identidad número siete millones quinientos quince mil quinientos diecisiete guión cuatro. v) El uno por ciento corresponde a la participación social de doña María Francisca Corbalán Herrera, cédula de identidad número siete millones quinientos quince mil quinientos dieciséis guión seis. vi) El uno por ciento corresponde a la participación social de doña Ana María Corbalán Herrera, cédula de identidad número diez millones trescientos veinte mil cuatrocientos setenta guión cuatro. Se acordó modificar el artículo Cuarto de los estatutos sociales, relativo a la administración y representación de la Sociedad, el que queda con el siguiente texto: i) doña María Eugenia Eliana Herrera Correa, cédula de identidad número cuatro millones ochocientos quince mil doscientos veintidós guión ocho, quien podrá actuar de manera indistinta y separada, anteponiendo la razón social a su firma; ii) Asimismo, podrán ejercer la administración, representación y uso de la razón social doña María Francisca Corbalán Herrera, cédula nacional de identidad número siete millones quinientos quince mil quinientos dieciséis guión seis; doña María Eugenia Corbalán Herrera, cédula nacional de identidad número siete millones quinientos quince mil quinientos quince guión ocho; don Santiago Alfonso Corbalán Herrera, cédula nacional de identidad número siete millones quinientos quince mil quinientos diecisiete guión cuatro; y doña Ana María Corbalán Herrera, cédula nacional de identidad número diez millones trescientos veinte mil cuatrocientos setenta guión cuatro. Para el ejercicio de sus facultades, la representación y el uso de la razón social por parte de estos socios quedará sujeta a las siguientes reglas: a) Tratándose de actos, contratos, negocios u operaciones de cualquier naturaleza cuya cuantía o valor comprometido sea igual o inferior a treinta millones de pesos, bastará con la actuación conjunta de dos cualesquiera de ellos; y b) Tratándose de actos, contratos, negocios u operaciones cuya cuantía o valor comprometido sea superior a la suma de treinta millones de pesos, será requisito indispensable que actúen los cuatro socios antes individualizados, todos de forma conjunta. En ambos casos, deberán anteponer siempre la razón social a sus firmas. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 25 de junio de 2026.
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- MODIFICACIÓN
Profesionales e Inversiones Ramón Corbalán y Compañía Limitada
CVE 2832675
