Galas Ediciones E Imprenta Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Capital
Capital total
$600.000 pesos chilenos
Socios (3)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 10.xxx.xxx-8 | 10.xxx.xxx-8 | 33.7% | - |
Socio 17.xxx.xxx-6 | 17.xxx.xxx-6 | 33.15% | - |
Socio 17.xxx.xxx-7 | 17.xxx.xxx-7 | 33.15% | - |
Administradores (3)
Historia societaria relatada
- Constitución· 21 de septiembre de 1989
Se constituyó la sociedad GALAS EDICIONES E IMPRENTA LIMITADA.
- Cesión de derechos· 23 de febrero de 2017
GLADYS DEL CARMEN QUEZADA MARTÍNEZ cede sus derechos sociales a LUIS ARMANDO MOYA CARREÑO y a MIRKO ALONSO MOYA CARREÑO; además LUIS ARMANDO MOYA FLORES cede parte de sus derechos a MIRKO ALONSO MOYA CARREÑO.
GLADYS DEL CARMEN QUEZADA MARTÍNEZ · LUIS ARMANDO MOYA CARREÑO · MIRKO ALONSO MOYA CARREÑO · LUIS ARMANDO MOYA FLORES
- Retiro de socio· 23 de febrero de 2017
Se retira GLADYS DEL CARMEN QUEZADA MARTÍNEZ de la sociedad.
- Cambio de administrador· 23 de febrero de 2017
Se modifica la administración para que sea ejercida indistintamente por los tres socios actuales.
LUIS ARMANDO MOYA CARREÑO · LUIS ARMANDO MOYA FLORES · MIRKO ALONSO MOYA CARREÑO
- Cambio de capital· 23 de febrero de 2017
Se informa capital social de $600.000 pesos chilenos.
- Otro acto· 23 de febrero de 2017
Se mantiene vigente lo no modificado en el contrato social.
Texto oficial del extracto
ALVARO DAVID GONZALEZ SALINAS, abogado, Notario Público, Titular de la 42° Notaría Santiago, con domicilio en Matías Cousiño 154. Of. 647, Santiago CERTIFICO que por escritura pública de fecha 23 de febrero de 2017 suscrita ante mí, LUIS ARMANDO MOYA FLORES, chileno, casado bajo el régimen de sociedad conyugal, contador, cédula de identidad número diez millones novecientos treinta siente mil ochocientos setenta y nueve guión ocho; doña GLADYS DEL CARMEN QUEZADA MARTÍNEZ, chilena, casada y separada de bienes, comerciante, cédula nacional de identidad número seis millones ochocientos treinta y seis mil cuatrocientos cuarenta guion k, LUIS ARMANDO MOYA CARREÑO, chileno, soltero, cédula nacional de identidad número diecisiete millones cuatrocientos doce mil novecientos ochenta y ocho guion seis, MIRKO ALONSO MOYA CARREÑO, chileno, soltero, ingeniero en recursos humanos, cédula nacional de identidad número diecisiete millones novecientos veinticuatro mil quinientos dieciséis guion siete, todos domiciliados para estos en calle General Urriola número 646, comuna de Santiago, ciudad de Santiago, los comparecientes todos mayores de edad; modificaron escritura pública de constitución de sociedad “ GALAS EDICIONES E IMPRENTA LIMITADA” de fecha veintiuno de septiembre del año mil novecientos ochenta y nueve, otorgada en la Notaría de Santiago de doña Elena Torres Seguel, inscrita a fojas veinticinco mil ciento ocho, número doce mil setecientos sesenta y uno del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año mil novecientos ochenta y nueve, en la que se produjeron las siguientes cesiones de derechos sociales; “doña GLADYS DEL CARMEN QUEZADA MARTÍNEZ, vendió, cedió y transfirió a don LUIS ARMANDO MOYA CARREÑO, quien compró, adquirió y aceptó para sí, el sesenta y cinco por ciento de los derechos sociales de los cuales es dueña en “GALAS EDICIONES E IMPRENTA LIMITADA”, y que corresponden al treinta y tres coma quince por ciento de los derechos sociales de la sociedad. El precio total y único de la cesión, por los derechos sociales singularizados, es la cantidad de doscientos mil pesos, que el comprador o cesionario pagó en ese acto en dinero efectivo, y que el cedente declaró recibir a su más completa y entera satisfacción. Igualmente, se señala que doña GLADYS DEL CARMEN QUEZADA MARTÍNEZ, vendió, cedió y transfirió a don MIRKO ALONSO MOYA CARREÑO, quien compró, adquierió y aceptó para sí, la totalidad de los derechos sociales de los cuales es dueña en “GALAS EDICIONES E IMPRENTA LIMITADA”, y que corresponden al diecisiete coma ochenta y cinco por ciento de los derechos sociales de la sociedad. El precio total y único de la cesión, por los derechos sociales singularizados, es la cantidad de ciento ocho mil pesos, que el comprador o cesionario pagó en ese acto en dinero efectivo, y que el cedente declaró recibir a su más completa y entera satisfacción. Asimismo, don LUIS ARMANDO MOYA FLORES, vendió, cedió y transfirió a don MIRKO ALONSO MOYA CARREÑO, quien compró, adquirió y aceptó para sí, el quince coma tres por ciento de los derechos sociales de “GALAS EDICIONES E IMPRENTA LIMITADA”. El precio total y único de la cesión, por los derechos sociales singularizados, fue la cantidad de noventa y dos mil pesos, que el comprador o cesionario pagó en ese acto en dinero efectivo, y que el cedente declaró recibir a su más completa y entera satisfacción. En virtud de estas cesiones se ha retirado doña GLADYS DEL CARMEN QUEZADA MARTÍNEZ, quedando en consecuencia, los derechos sociales distribuidos de la siguiente manera; don LUIS ARMANDO MOYA FLORES queda como socio dueño del treinta y tres coma siete por ciento de los derechos sociales de la sociedad, don LUIS ARMANDO MOYA CARREÑO queda como socio dueño del treinta y tres coma quince por ciento de los derechos sociales de la sociedad y don MIRKO ALONSO MOYA CARREÑO queda como socio dueño del treinta y tres coma quince por ciento de los derechos sociales de la sociedad. Siendo estos los únicos socios en la Sociedad “GALAS EDICIONES E IMPRENTA LIMITADA”. De igual manera por este acto, los actuales socios modificaron los estatutos, específicamente, la administración y representación de la sociedad, la que le corresponderá indistintamente a don LUIS ARMANDO MOYA CARREÑO, a don LUIS ARMANDO MOYA FLORES y a don MIRKO ALONSO MOYA CARREÑO, la que se podrá ejercer por sí solo o en conjunto, o bien a través de personas especialmente designadas para ello por instrumento privado protocolizado o por escritura pública, con aquellas facultades que expresamente se les otorguen. En igual condiciones y con las mismas facultades que las señaladas en la escritura primitiva. El capital de la sociedad es de $600.000 pesos chilenos. En todo lo no modificado en este acto y por el presente instrumento, seguirán vigentes los acuerdos y estipulaciones del contrato social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 23 de febrero de 2017.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
GALAS EDICIONES E IMPRENTA LIMITADA
CVE 1198042
