Jaña Y Compañia Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$30.000.000
Capital libéré
$22.600.000
Capital restant dû
$7.400.000
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Héctor Guillermo Jaña Carrasco Socio | - | 50% | $15.000.000 |
Socio | - | 50% | $15.000.000 |
Administrateurs (2)
Héctor Guillermo Jaña Carrasco
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 5 avril 1989
Se constituye JAÑA Y COMPAÑIA LIMITADA.
JAÑA Y COMPAÑIA LIMITADA
- Autre acte· 22 juin 1989
Primera modificación societaria.
- Autre acte· 17 décembre 1992
Segunda modificación societaria.
- Autre acte· 30 décembre 1993
Tercera modificación societaria.
- Autre acte· 10 octobre 1995
Modificación societaria de 1995.
- Entrée d’un associé· 22 novembre 2000
Se retiran socios e ingresa Lucía Paulina Arancibia Sardi.
Héctor Guillermo Jaña Carrasco · Lucía Paulina Arancibia Sardi
- Changement de capital· 22 novembre 2000
Se reajusta la participación y capital social de los socios.
Héctor Guillermo Jaña Carrasco · Lucía Paulina Arancibia Sardi
Texte officiel de l’extrait
JAIME BERNALES VALENZUELA, Notario Público Titular 2 Notaría Rancagua, con oficio en Bueras 359 Of. 102, certifica: Por escritura fecha 29-12-2016, ante mi Suplente FRANCISCA SALAS MEDINA, Rep. Nº 6183-2016 LUCIA PAULINA ARANCIBIA SARDI, empleada, domiciliada en Avenida Bombero Villalobos Nº 764, Departamento 201-B, Condominio Parque de Lo Matta Rancagua; y HECTOR GUILLERMO JAÑA CARRASCO, empresario, domiciliado en Avenida Bombero Villalobos Nº 764, Departamento 201-B, Condominio Parque de Lo Matta Rancagua, modificaron sociedad “JAÑA Y COMPAÑIA LIMITADA”, Rut N°79.894.910-1, con capital inicial de $76.000.000, constituida por escritura pública fecha 05-04-1989, ante Notario Rancagua Ricardo Valderrama Lathrop, extracto inscrito fojas 89 vuelta N° 76 Registro Comercio Rancagua, 1989. Primera Modificación: escritura pública 22-06-1989, Notario de Santiago Antonieta Mendoza Escalas, extracto fojas 155 Nº 136 del Registro de Comercio de Rancagua, 1989. Rectificación fojas 155 vuelta Nº 137 mismo registro. Segunda modificación: escritura pública de 17-12-1992, Notario de Santiago, Antonieta Mendoza Escalas, extracto a fojas 6 vuelta Nº 11, Registro de Comercio Rancagua, 1993. Tercera modificación escritura pública 30-12-1993, Notario de Valparaíso Manuel Jordán López, extracto fojas 66 Nº 67, Registro de Comercio, Rancagua, 1994. Modificación escritura pública 10-10-1995, Notario de Valparaíso Manuel Jordán López, extracto fojas 359 vuelta Nº387, Registro de Comercio Rancagua. Modificación 22-11-2000, ante Notario de Valparaíso, escritura pública por retiro de socios e incorporación de Lucía Paulina Arancibia Sardi. Socios actuales Héctor Guillermo Jaña Carrasco, con 90% participación social, y Lucía Paulina Arancibia Sardi, con 10% participación social, acuerdan disminuir el capital de la suma de $76.000.000 a la cantidad de $30.000.000, para lo cual a) Socio Héctor Jaña Carrasco deja sin efecto capital por enterar por la suma de $34.164.368.- y retira parte de su capital aportado por la suma de $19.235.632.-, disminuyendo participación a $15.000.00.- b) Socia Paulina Arancibia Sardi, aumenta participación social de $7.600.000.-, a $15.000.000.-, obligándose a enterar capital por $7.400.000 en plazo de cinco años. A fin de concretar dichos acuerdos, los socios acuerdan las siguientes modificaciones al pacto social: A) Se reemplaza la cláusula tercera, artículo quinto sobre capital social, por la siguiente: El capital de la sociedad es la suma de treinta millones de pesos, que los socios aportan de la siguiente forma: a) Don Héctor Jaña Carrasco, la suma de quince millones de pesos, equivalentes al cincuenta por ciento de derechos en la sociedad, el que ya se encuentra íntegramente enterado; y b) Doña Lucía Arancibia Sardi la suma de quince millones de pesos, equivalentes a un cincuenta por ciento de derechos en la sociedad, de los cuales se han enterado siete millones seiscientos mil pesos, y el, saldo de siete millones cuatrocientos mil pesos será enterado dentro del plazo de cinco años contados desde el 30 de diciembre de dos mil diecisiete. B) Se modifica la cláusula quinta, artículo cuarto del estatuto social, en cuanto a que la administración, uso de la razón social y representación, corresponderá a cualquiera de los socios indistintamente, quienes, conjunta o separadamente, pero siempre anteponiendo la razón social a su firma, obligarán y representarán a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario, con todas las facultades que se expresaron en la escritura pública fechada el veintidós de noviembre del año dos mil, las que se dan por reproducidas y conocidas por los socios. C) Se reemplaza la cláusula quinta, artículo sexto del estatuto social, por la siguiente: “Las utilidades obtenidas por la sociedad en cada ejercicio comercial, determinadas en el balance practicado al treinta y uno de diciembre de cada año, serán distribuidas entre los socios en partes iguales”. En todo lo no modificado por el presente instrumento quedan plenamente vigentes todas las demás estipulaciones del estatuto social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Se faculta a portador del extracto para requerir las inscripciones, anotaciones y subinscripciones en el Conservador de Bienes Raíces competente. Rancagua, 30 de enero de 2017.-
Actes récents
- MODIFICACIÓN
JAÑA Y COMPAÑIA LIMITADA
CVE 1179921
