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Instituto Profesional de Chile S.A.

DISOLUCIÓN — 2017年9月29日

Diario Oficial

解散Diario Oficial · 2017-09-29查看 PDF(CVE 1279872)

公司資料

S.A.

公報所載公司沿革

  1. 公司形式轉換· 2017年6月30日

    La Junta General Extraordinaria de Accionistas aprueba la fusión por incorporación de la sociedad en la Corporación de Fomento Educacional Aprende, entidad continuadora.

    Instituto Profesional de Chile S.A. · Corporación de Fomento Educacional Aprende

摘要官方正文

JOAQUIN LABBE DONOSO, Abogado, Notario Suplente del Titular de la Cuadragésima Quinta Notaria de Santiago don René Benavente Cash, domiciliado en Huérfanos 979, piso 7, certifica: Que con fecha 15 de Septiembre 2017, ante mí, se redujo a escritura pública acta de Junta General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad Instituto Profesional de Chile S.A., en adelante "la Sociedad", celebrada con fecha 30 de junio de 2017, por medio de la cual se aprobó la fusión por incorporación de la Sociedad en la Corporación de Fomento Educacional Aprende, siendo esta ultima la entidad continuadora, en adelante la "Absorbente", todo lo anterior en virtud de lo señalado en la Ley N° 20.980 que permite la transformación de los institutos profesionales y centros de formación técnica en personas jurídicas sin fines de lucro. Como efecto de la fusión, se radican en la Absorbente todos los activos y pasivos de la Sociedad, sucediéndola como continuadora legal en todos sus derechos y obligaciones transmisibles, e incorporándose en la Corporación de Fomento Educacional Aprende la totalidad del patrimonio de la Sociedad y sus respectivos accionistas. Por tanto, queda disuelta la Sociedad sin necesidad de liquidación. Se deja constancia que no existe en la Absorbente aumento de capital, sino sólo modificación de su patrimonio, y que, por ser una corporación de derecho privado, no corresponde realizar inscripción ni anotación alguna en el Registro de Comercio. Asimismo, con motivo de la fusión, la Absorbente se hizo personal y solidariamente responsable, y se obligó a pagar los impuestos que adeudare o pudieren llegar a adeudar la Sociedad de conformidad al artículo 69 del Código Tributario. La entidad continuadora se rige por el DFL N° 2 de 2009 de Educación, publicado el 2 de julio de 2010 que Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N° 20.370, Ley General de Educación y de las normas no derogadas del DFL N° 1 del 2005, y, en subsidio por las normas del Título XXXIII del Libro I del Código Civil y las demás normas legales y reglamentarias que les sean aplicables. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, a 22 de septiembre de 2017. J. LABBE D. N.S.

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