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Sociedad de Responsabilidad LimitadaDisuelta79.671.480-8

Javiera Y Constanza Díaz Limitada

DISOLUCIÓN — 1 feb 2024

Información tributaria (SII)

Tipo de entidad

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

Subtipo de sociedad

SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA

Inicio de actividades

Sin inicio de actividades informado por el SII

Término de giro

28 de junio de 2021

Actividades económicas

Sin actividades económicas registradas en el SII

Documentos timbrados

Sin documentos timbrados registrados en el SII

Diario Oficial

DisoluciónDiario Oficial · 2024-02-01Ver PDF (CVE 2448208)

Información societaria

Ltda
Avda. Sanhueza número 55

Socios (2)

NombreParticipación

ANTONIETA CONSTANZA DÍAZ HAUSER

Socio

10.xxx.xxx-4

-

MARIANNE JAVIERA DÍAZ HAUSER

Socio

7.xxx.xxx-k

-

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 5 de septiembre de 1986

    Constitución de la sociedad JAVIERA Y CONSTANZA DÍAZ LIMITADA.

    Jorge Condeza Vaccaro

Texto oficial del extracto

JUAN EDUARDO AVELLO SAN MARTIN, Notario Público, titular de la 12° Notaría de Concepción, con oficio en avenida Chacabuco N°980, de la comuna de Concepción, certifico: Que por Escritura Pública de fecha 26 de Enero de 2024, bajo el repertorio N°241-2024, ante mí, doña ANTONIETA CONSTANZA DÍAZ HAUSER, cédula de identidad número 10.845.903-4, periodista, divorciada, con domicilio en Avda. Sanhueza número 55 de la Comuna de Concepción y doña MARIANNE JAVIERA DÍAZ HAUSER, cédula de identidad número 7.307.892-K, quien declara ser casada, traductora, con domicilio en calle Millahue 29, Comuna de Chiguayante, vienen en disolver anticipadamente y liquidación de la sociedad de responsabilidad limitada « JAVIERA Y CONSTANZA DÍAZ LIMITADA » rol único tributario número 79.671.480-8, en adelante «la Sociedad», constituida por escritura pública de fecha cinco de septiembre de mil novecientos ochenta y seis, ante el Notario de la ciudad de Concepción, don Jorge Condeza Vaccaro, cuyo extracto de dicha escritura se inscribió a fojas mil ciento cincuenta número quinientos quince, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción, del año mil novecientos ochenta y seis y se publicó en el Diario Oficial, de fecha quince de septiembre de mil novecientos ochenta y seis. Que los comparecientes acuerdan: 1) En su carácter de únicos socios y de acuerdo a lo que dispone la cláusula decima del contrato social, acuerdan, en forma unánime, la disolución anticipada de la sociedad, disolución que tiene efecto a contar del día treinta y uno de octubre de dos mil veinte y tres (fecha del último balance), en el que se puso término a las operaciones sociales. 2) Conforme a la cláusula decima del pacto social, los comparecientes proceden a liquidar la sociedad, de común acuerdo, en la forma que se expresa en la escritura.3) Se procede a la adjudicación de los activos y pasivos de la sociedad a cada socio en los términos expresados en la escritura. Demas estipulaciones constan en escritura extractada. Concepción, 30 de Enero de 2024.-

Actuaciones recientes

  1. DISOLUCIÓN

    JAVIERA Y CONSTANZA DÍAZ LIMITADA

    CVE 2448208

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario OficialRelación histórica (no vigente)