Sony Chile Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
sociedad del giro de su denominación
Capital
Capital total
CLP 56.640.000
Capital pagado
CLP 56.640.000
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 99.9979% | CLP 56.638.811,2 |
Socio | - | 0.0021% | CLP 1.188,8 |
Administradores (1)
Representación legal (2)
ALEJANDRO ELEODORO SAAVEDRA BASTÍA
ALEJANDRO ELEODORO SAAVEDRA BASTÍA
Historia societaria relatada
- Cambio de capital· 20 de abril de 2021
Se modifica la sociedad y se publica un extracto con error numérico en el capital aportado por Sony Inter-American S.A.
- Cambio de administrador· 20 de abril de 2021
Se omite en el extracto previo que Sony Corporation of America sería el nuevo socio administrador y habilitado para usar la razón social.
Texto oficial del extracto
GISSELLE CECILIA MÁRQUEZ LEÓN, Suplente de don JORGE REYES BESSONE, abogado, Notario Público Titular de la Novena Notaría Pública de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera número cuatro mil ochocientos ochenta y seis, Comuna de San Miguel, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 7 de febrero de 2022, repertorio N° 797/2022 ante mí: ALEJANDRO ELEODORO SAAVEDRA BASTÍA, abogado, en representación de: A) SONY CORPORATION OF AMERICA, cuyo capital aportado es de CLP 56.638.811,2, equivalentes al 99,9979% del haber social de la misma y; B) SONY INTER - AMERICAN S.A., cuyo capital aportado es de CLP 1.188,8, equivalentes al 0,0021% del haber social; ambas compañías actuales socios de “SONY CHILE LIMITADA”; todos domiciliados para estos efectos en Avenida Presidente Riesco, número 5435, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, sanearon conforme a la Ley N°19.499 error numérico en escritura pública de modificación otorgada ante el Notario de San Miguel Jorge Reyes Bessone con fecha 20 de abril de 2021 y extracto de la misma, que había sido inscrito con fecha 23 de abril de 2021 a fojas 31.712, número 14.593 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2021 y publicado en el Diario Oficial con fecha 29 de abril del año 2021, en relación a la sociedad de responsabilidad limitada “SONY CHILE LIMITADA”. Por una parte, la escritura pública de saneamiento subsana error numérico no constituyente de vicio formal, clarificando que Sony Inter – American S.A., como socio, pagó íntegramente bajo el concepto de capital social la suma de mil ciento ochenta y ocho coma ocho pesos, y no ciento ochenta y ocho coma ocho pesos. Por otra parte, también se sanea el extracto de la escritura de modificación mencionada, la cual omitió señalar que SONY CORPORATION OF AMERICA sería el nuevo socio administrador y habilitado para hacer uso de la razón social de SONY CHILE LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, lo cual se sanea por el presente acto y quedando vigente en todo lo demás la escritura de modificación social antes indicada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 11 de febrero de 2022.
Información societaria
Objeto social
la sociedad del giro de su denominación
Capital
Capital total
CLP 56.640.000
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 99.9979% | CLP 56.638.811,2 |
Socio | - | 0.0021% | CLP 1.188,8 |
Administradores (1)
Representación legal (2)
ALEJANDRO ELEODORO SAAVEDRA BASTÍA
ALEJANDRO ELEODORO SAAVEDRA BASTÍA
Historia societaria relatada
- Cambio de capital· 29 de abril de 2021
Se había publicado una modificación previa con error numérico en el capital aportado de Sony Inter – American S.A.
Texto oficial del extracto
GISSELLE CECILIA MÁRQUEZ LEÓN, Suplente de don JORGE REYES BESSONE, abogado, Notario Público Titular de la Novena Notaría Pública de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera número cuatro mil ochocientos ochenta y seis, Comuna de San Miguel, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 7 de febrero de 2022, repertorio N° 797 – 2022, ante mí: ALEJANDRO ELEODORO SAAVEDRA BASTÍA, abogado, en representación de: A) SONY CORPORATION OF AMERICA, cuyo capital aportado es de CLP 56.638.811,2, equivalentes al 99,9979% del haber social de la misma y; B) SONY INTER – AMERICAN S.A., cuyo capital aportado es de CLP 1.188,8, equivalentes al 0,0021% del haber social; ambas compañías actuales socios de “SONY CHILE LIMITADA”; todos domiciliados para estos efectos en Avenida Presidente Riesco, número 5435, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, sanearon conforme a la Ley N°19.499 error numérico de escritura pública de modificación y extracto de la misma, que había sido inscrito con fecha 23 de abril de 2021 a fojas 31.712, número 14.593 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2021 y publicado en el Diario Oficial con fecha 29 de abril del año 2021, en relación a la sociedad de responsabilidad limitada “SONY CHILE LIMITADA”. Por una parte, la escritura pública de saneamiento subsana error numérico no constituyente de vicio formal, clarificando que Sony Inter – American S.A., como socio, pagó íntegramente bajo el concepto de capital social la suma de mil ciento ochenta y ocho coma ocho pesos, y no ciento ochenta y ocho coma ocho pesos. Por otra parte, también se sanea el extracto de la escritura de modificación mencionada, la cual omitió señalar que SONY CORPORATION OF AMERICA sería el nuevo socio administrador y habilitado para hacer uso de la razón social de SONY CHILE LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, lo cual se sanea por el presente acto y quedando vigente en todo lo demás la escritura de modificación social antes indicada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 7 de febrero de 2022.
Información societaria
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 99.9979% | - |
Socio | - | 0.0021% | - |
Representación legal (2)
Álvaro Gustavo Urcelay Montecinos
Abraham Enrique Tulipano Abadi Balid
Historia societaria relatada
- Otro acto· 1 de enero de 2021
SONY CORPORATION OF AMERICA absorbe a SONY AMERICAS HOLDING INC., transmitiéndose los derechos sociales de esta última
SONY CORPORATION OF AMERICA · SONY AMERICAS HOLDING INC.
- Constitución· 17 de febrero de 1986
Constitución de SONY CHILE LIMITADA
SONY CHILE LIMITADA
Texto oficial del extracto
JORGE REYES BESSONE, Notario Público Titular de la Notaría de San Miguel, con oficio en Gran Avenida José Miguel Carrera N° 4.886, comuna de San Miguel, Región Metropolitana, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 20 de abril de 2021, repertorio N° 2022/2021 ante mí: Don Álvaro Gustavo Urcelay Montecinos, chileno, casado, psicólogo, cédula de identidad número 7.011.739-8, en representación, de SONY CORPORATION OF AMERICA, antes SONY AMERICAS HOLDING INC., sociedad válidamente constituida bajo las leyes del Estado de Nueva York, con domicilio legal en veinticinco Madison Avenue, Nueva York, Estado de Nueva York, Estados Unidos de América, por sí y en su calidad de continuadora legal de SONY AMERICAS HOLDING INC.; y don Abraham Enrique Tulipano Abadi Balid, panameño, casado, ingeniero, cédula de identidad panameña número 8381277, en representación, según se acreditará, de SONY INTER - AMERICAN S.A., antes denominada SONY CORPORATION OF PANAMA, sociedad constituida de acuerdo con las leyes de Panamá, domiciliada en Edificio número 38, local número 4, Zona Franca Colón, República de Panamá, por sí y en su calidad de continuadora legal de SONY CORPORATION OF PANAMA; todos domiciliados para estos efectos en Avenida Presidente Riesco, número 5435, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada “SONY CHILE LIMITADA”, constituida con fecha diecisiete de febrero de 1986, reducida a escritura pública con fecha 26 de febrero de 1986 en la Octava Notaría de Santiago de don Andrés Rubio Flores, cuyo extracto se inscribió a fojas 3.627, número 1.867 del año 1986 en el Registro de Comercio de Santiago y se publicó en el Diario Oficial con fecha 3 de marzo de 1986. Se deja constancia que con fecha 1 de enero de 2021 se ha materializado en Estados Unidos de América una fusión por la cual SONY CORPORATION OF AMERICA ha absorbido a SONY AMERICAS HOLDING INC. Producto de esta fusión se ha producido la transmisión de los derechos sociales de la Sociedad, de esta forma SONY CORPORATION OF AMERICA, debidamente representada, toma y acepta para sí, la totalidad de los derechos sociales que SONY AMERICAS HOLDING INC. tenía en la Sociedad, equivalentes a aproximadamente el noventa y nueve coma nueve nueve siete nueve por ciento del haber social de la misma. Como resultado de la fusión, ha dejado de existir -y, por tanto, de pertenecer a la Sociedad- SONY AMERICAS HOLDING INC. Quedan, por tanto, como únicos y exclusivos socios de la Sociedad: a) SONY CORPORATION OF AMERICA, dueña de aproximadamente un noventa y nueve coma nueve nueve siete nueve por ciento del haber social; y b) SONY INTER - AMERICAN S.A., dueña de aproximadamente un cero coma cero cero dos uno por ciento del haber social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 22 de abril de 2021.- JORGE REYES BESSONE.- NOTARIO TITULAR.-
Información societaria
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto la importación, exportación, comercialización, reexpedición, distribución, armaduría o ensamblaje y/o fabricación de productos electrónicos; la designación de distribuidores de los productos electrónicos que constituyen el giro de la Sociedad y la de servicios técnicos de dichos productos; la venta de artículos promocionales y accesorios para productos tales como televisores, radios, discos compactos, video cassettes y cámaras; la prestación de servicio técnico; la realización de actividades de capacitación relativas a las materias antes señaladas y la dictación de cursos, charlas, seminarios y conferencias, sea directamente o a través de terceros; la prestación de servicios de asistencia técnica y asesorías computacionales y comerciales; y en general, la realización de todos los actos necesarios o complementarios directa o indirectamente relacionados con el desarrollo del giro o aquellos que los socios acuerden. Asimismo, la Sociedad tendrá como objeto el arrendamiento de bienes muebles e inmuebles, amoblados y no amoblados, además de la prestación de servicios de logística y transporte, servicios profesionales de administración de recursos humanos, contabilidad, ventas, marketing, sistemas informáticos, asesoría legal, financiera, control de gestión y administración, relaciones públicas, planificación, recaudación y cobranza extrajudicial y judicial de todo tipo de valores, por cuenta propia o de terceros, servicios que podrá prestar a todo tipo de personas, sean relacionadas o no. Para el cumplimiento de su objeto social, la Sociedad podrá ejecutar y celebrar toda clase de actos y contratos e incluso formar otras sociedades e ingresar en ellas.
Texto oficial del extracto
Raúl Undurraga Laso, Notario Público Titular 29ª Notaría de Santiago, con domicilio en calle Mac Iver 225, oficina 302, certifico que por escritura pública de fecha 27 de septiembre de 2019, ante mí, Sony Americas Holding Inc., sociedad constituida de acuerdo con las leyes del Estado de Delaware, Estados Unidos de América, con domicilio en 25 Madison Avenue, Nueva York, Estado de Nueva York, Estados Unidos de América, y para estos efectos domiciliada en Avenida Presidente Kennedy N° 8017, comuna de Las Condes; y Sony Inter-American S.A., antes denominada Sony Corporation of Panama, sociedad constituida de acuerdo con las leyes de Panamá, domiciliada en Edificio N° 38, local N° 4, Zona Franca Colón, República de Panamá, y para estos efectos domiciliada en Avenida Presidente Kennedy N° 8017, comuna de Las Condes, modificaron los estatutos de “Sony Chile Limitada”, inscrita a fojas 3627 número 1867 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1986, en el sentido de modificar el objeto social, sustituyéndose el Artículo Segundo de los estatutos sociales, por el siguiente: “Artículo Segundo: La Sociedad tendrá por objeto la importación, exportación, comercialización, reexpedición, distribución, armaduría o ensamblaje y/o fabricación de productos electrónicos; la designación de distribuidores de los productos electrónicos que constituyen el giro de la Sociedad y la de servicios técnicos de dichos productos; la venta de artículos promocionales y accesorios para productos tales como televisores, radios, discos compactos, video cassettes y cámaras; la prestación de servicio técnico; la realización de actividades de capacitación relativas a las materias antes señaladas y la dictación de cursos, charlas, seminarios y conferencias, sea directamente o a través de terceros; la prestación de servicios de asistencia técnica y asesorías computacionales y comerciales; y en general, la realización de todos los actos necesarios o complementarios directa o indirectamente relacionados con el desarrollo del giro o aquellos que los socios acuerden. Asimismo, la Sociedad tendrá como objeto el arrendamiento de bienes muebles e inmuebles, amoblados y no amoblados, además de la prestación de servicios de logística y transporte /directamente o a través de terceros/, servicios profesionales de administración de recursos humanos, contabilidad, ventas, marketing, sistemas informáticos, asesoría legal, financiera, control de gestión y administración, relaciones públicas, planificación, recaudación y cobranza extrajudicial y judicial de todo tipo de valores, por cuenta propia o de terceros, servicios que podrá prestar a todo tipo de personas, sean relacionadas o no. Para el cumplimiento de su objeto social, la Sociedad podrá ejecutar y celebrar toda clase de actos y contratos e incluso formar otras sociedades e ingresar en ellas.”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de copia autorizada de un extracto de la escritura pública para proceder a la legalización de la modificación de estatutos que ella contiene, pudiendo requerir las inscripciones, anotaciones y publicaciones que procedan. Santiago, 8 de octubre de 2019.
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