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Sociedad de Responsabilidad Limitada79.605.330-5

Vicuña Y Compañía Limitada

MODIFICACIÓN — 6 feb 2026

Información tributaria (SII)

Tipo de entidad

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

Subtipo de sociedad

SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA

Inicio de actividades

Sin inicio de actividades informado por el SII

Actividades económicas

Sin actividades económicas registradas en el SII

Documentos timbrados

Sin documentos timbrados registrados en el SII

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2026-02-06Ver PDF (CVE 2765980)

Información societaria

Ltda
Zapallar, Valparaíso
Duración: hasta el 31 de Diciembre del año 2026
Administración: Conjunta por ambos socios

Objeto social

la explotación de predios agrícolas propios o arrendados y la comercialización de los productos que se obtengan; la inversión, compra, venta, de toda clase inmuebles, acciones, valores mobiliarios, y de todo tipo de valores; la explotación, compra, venta, administración, arriendo y cualquier otro acto o contrato relacionado con bienes raíces urbanos, rurales o agrícolas sean estos propios o ajenos; y en general cualquier actividad lícita de comercio que los socios acuerden

Capital

Capital total

$2.000.000

Capital pagado

$2.000.000

Capital pendiente

$0

Socios (2)

NombreParticipación

MACARENA DE LOS ÁNGELES VICUÑA PONCE

Socio

50%

CLEMENTE JAVIER VICUÑA BOCCARDO

Socio

50%

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 30 de diciembre de 1983

    Se constituye la sociedad Vicuña y Compañía Limitada.

  2. Fallecimiento· 1 de marzo de 2023

    Fallece Javier Eugenio Vicuña Ponce.

    JAVIER EUGENIO VICUÑA PONCE

  3. Sucesión· 1 de junio de 2023

    Se otorga posesión efectiva y su único heredero es Clemente Javier Vicuña Boccardo.

    JAVIER EUGENIO VICUÑA PONCE · CLEMENTE JAVIER VICUÑA BOCCARDO

  4. Incorporación de socio· 8 de enero de 2026

    Se incorpora Clemente Javier Vicuña Boccardo como socio por fallecimiento de su padre.

    MACARENA DE LOS ÁNGELES VICUÑA PONCE · CLEMENTE JAVIER VICUÑA BOCCARDO

Texto oficial del extracto

Ministerio del Interior JUAN CRISTIAN BERRIOS CASTRO, abogado, Notario Suplente del Titular de la Octava Notaría de Santiago, señor Luís Ignacio Manquehual Mery, ambos domiciliados en calle Huérfanos novecientos cuarenta y uno oficina trescientos dos, comuna y ciudad de Santiago; certifico: Por Escritura Pública de fecha 08/01/2026, Repertorio 497/2026, ante notario titular, Macarena de los Ángeles Vicuña Ponce, domiciliada El Maitén número 32-A, Cachagua, Comuna de Zapallar, Región de Valparaíso y Clemente Javier Vicuña Boccardo, domiciliado Avenida Américo Vespucio Sur número 1.342, departamento 306 de la Comuna de Peñalolén, de esta ciudad de Santiago, modifican la sociedad de responsabilidad limitada que gira bajo la razón social de “VICUÑA Y COMPAÑÍA LIMITADA”, Rol Único Tributario 79.605.330-5 formalizando el ingreso de CLEMENTE JAVIER VICUÑA BOCCARDO como socio de la misma, según se indica: 1.- La sociedad “VICUÑA Y COMPAÑÍA LIMITADA, se encuentra inscrita a fojas 5 vuelta número 5 Registro de Comercio año 1984, Conservador de Comercio de La Ligua 2.- Los únicos socios conforme estatutos y modificaciones eran MACARENA DE LOS ÁNGELES VICUÑA PONCE, con 50% de derechos sociales y JAVIER EUGENIO VICUÑA PONCE, con 50% restante de derechos sociales; este último falleció el 01 de Marzo de 2023, su Posesión efectiva se otorgó por Resolución Exenta número 47.067 del Director Regional de la Región Metropolitana del Servicio de Registro Civil con fecha 01 de Junio de 2023 y se inscribió en el Registro Nacional de posesiones efectivas bajo el número 109.151 del año 2023, siendo su único heredero su hijo CLEMENTE JAVIER VICUÑA BOCCARDO; 3.- La socia Macarena de los Ángeles Vicuña Ponce, acepta expresamente la incorporación de Clemente Javier Vicuña Boccardo como socio de Vicuña y Compañía Limitada, quien se incorpora en la propiedad y administración de la sociedad VICUÑA Y COMPAÑÍA LIMITADA, con los mismos derechos, obligaciones y facultades que tenía su padre y socio fallecido 4.- Modifican la sociedad Vicuña y Compañía Limitada, dictando texto refundido de la misma en los siguientes términos: MACARENA DE LOS ÁNGELES VICUÑA PONCE, y CLEMENTE JAVIER VICUÑA BOCCARDO celebran contrato de sociedad civil de responsabilidad limitada que girara bajo razón social de "VICUÑA Y COMPAÑÍA LIMITADA ", la que tiene por objeto: a.) la explotación de predios agrícolas propios o arrendados y la comercialización de los productos que se obtengan; b) la inversión, compra, venta, de toda clase inmuebles, acciones, valores mobiliarios, y de todo tipo de valores; c) La explotación, compra, venta, administración, arriendo y cualquier otro acto o contrato relacionado con bienes raíces urbanos, rurales o agrícolas sean estos propios o ajenos d.) y en general cualquier actividad lícita de comercio que los socios acuerden. El capital social es la suma de $2.000.000 que los socios, han aportado e ingresado en caja social en dinero efectivo, en la siguiente proporción: a.) Macarena de los Ángeles Vicuña Ponce, aporta $1.000.000 esto es un 50 % capital social; b.) Clemente Javier Vicuña Boccardo, aporta $1.000.000 esto es un 50 % capital social. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. La administración y representación de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá conjuntamente a los socios Macarena de los Ángeles Vicuña Ponce, y Clemente Javier Vicuña Boccardo, con facultades que se indican en la escritura. El domicilio social es la Comuna de Zapallar, de la Provincia de Petorca, sin perjuicio de agencias, sucursales y oficinas que pueda abrir y operar en el resto del país y en el extranjero. La sociedad comenzó a regir el día 30 de Diciembre de 1983 y tiene como plazo de vigencia hasta el 31 de Diciembre del año 2026, plazo que se entenderá prorrogado en forma automática por períodos iguales y sucesivos de un año cada uno, si ninguna de las partes manifiesta su voluntad de no perseverar en la sociedad mediante declaración hecha por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio con una anticipación no inferior a 60 días al vencimiento del plazo original o de cualquiera de sus prórrogas. Otras estipulaciones que no requieren extractarse constan en escritura indicada.

Actuaciones recientes

  1. MODIFICACIÓN

    VICUÑA Y COMPAÑÍA LIMITADA

    CVE 2765980

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario OficialRelación histórica (no vigente)