有限責任公司79.586.200-5

Automotora Santa Maria Limitada

MODIFICACIÓN — 2026年8月17日

稅務資料(SII)

实体类型

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

公司子类型

SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA

開始經營

SII 未報告開始經營日期

經濟活動

SII 中沒有登記的經濟活動

蓋章文件

SII 中沒有登記的蓋章文件

Diario Oficial

公司資料

Ltda
Talca, Maule
期限: sesenta años a contar de la fecha de la presente escritura
管理方式: Administración indistinta por dos socios, con actuación conjunta solo para ciertos actos; uso de la razón social con limitaciones específicas

資本

總資本

$1.500.000

股東(5)

姓名持股比例

AMARICHA DEL CARMEN GUTIERREZ GAJARDO

Socio

8.xxx.xxx-0

35%

GUILLERMO ORLANDO PICÓN GALVEZ

Socio

6.xxx.xxx-6

35%

GUILLERMO AMARO PICON GUTIERREZ

Socio

16.xxx.xxx-8

10%

ALEJANDRO JAVIER PICON GUTIERREZ

Socio

17.xxx.xxx-5

10%

CAMILA ALICIA PICON GUTIERREZ

Socio

18.xxx.xxx-k

10%

管理人(2)

GUILLERMO ORLANDO PICON GALVEZ

6.xxx.xxx-6Administrador

公報所載公司沿革

  1. 設立· 1985年8月9日

    Constitución original de la sociedad Automotora Santa Maria Limitada.

  2. 其他行為· 1989年11月13日

    Modificación previa de la sociedad.

  3. 權益轉讓

    Amaricha del Carmen Gutierrez Gajardo cede el 5% del capital social a cada uno de Guillermo Amaro, Alejandro Javier y Camila Alicia Picon Gutierrez.

    AMARICHA DEL CARMEN GUTIERREZ GAJARDO · GUILLERMO AMARO PICON GUTIERREZ · ALEJANDRO JAVIER PICON GUTIERREZ · CAMILA ALICIA PICON GUTIERREZ

  4. 權益轉讓

    Guillermo Orlando Picon Galvez cede el 5% del capital social a cada uno de Guillermo Amaro, Alejandro Javier y Camila Alicia Picon Gutierrez.

    GUILLERMO ORLANDO PICON GALVEZ · GUILLERMO AMARO PICON GUTIERREZ · ALEJANDRO JAVIER PICON GUTIERREZ · CAMILA ALICIA PICON GUTIERREZ

  5. 股東加入

    Se incorporan a la sociedad Guillermo Amaro, Alejandro Javier y Camila Alicia Picon Gutierrez.

    GUILLERMO AMARO PICON GUTIERREZ · ALEJANDRO JAVIER PICON GUTIERREZ · CAMILA ALICIA PICON GUTIERREZ

  6. 管理人變更

    La administración pasa a corresponder indistintamente a Amaricha del Carmen Gutierrez Gajardo y Guillermo Orlando Picon Galvez.

    AMARICHA DEL CARMEN GUTIERREZ GAJARDO · GUILLERMO ORLANDO PICON GALVEZ

  7. 資本變更

    Se acuerda repartir utilidades y pérdidas en proporción a las participaciones sociales resultantes.

    AMARICHA DEL CARMEN GUTIERREZ GAJARDO · GUILLERMO ORLANDO PICON GALVEZ · GUILLERMO AMARO PICON GUTIERREZ · ALEJANDRO JAVIER PICON GUTIERREZ · CAMILA ALICIA PICON GUTIERREZ

摘要官方正文

Ministerio del Interior ANGELITA DE LA PAZ HORMAZABAL ALEGRIA, Notario Público Talca, oficio 1 sur 925 local 1, certifica: por escritura pública de fecha 10 de Julio de 2026 ante Valentín Rafael Reyes Bertolone, notario suplente de esta notaría; Doña AMARICHA DEL CARMEN GUTIERREZ GAJARDO, Cédula Nacional de Identidad número 8.205.403-0; Don GUILLERMO ORLANDO PICÓN GALVEZ, Cédula Nacional de Identidad número 6.648.181-6; don GUILLERMO AMARO PICON GUTIERREZ, chileno, cédula nacional de identidad número 16.299.155-8,; don ALEJANDRO JAVIER PICON GUTIERREZ, chileno, cédula nacional de identidad número 17.322.040-5 y doña CAMILA ALICIA PICON GUTIERREZ, chilena, cédula nacional de identidad número 18.779.076-k, todos domiciliados para estos efectos en dos Oriente mil setecientos cincuenta y nueve, Talca; todos chilenos, mayores de edad, quienes acreditan sus identidades en forma legal; modificaron sociedad comercial responsabilidad limitada, razón social es “AUTOMOTORA SANTA MARIA LIMITADA” RUT 79.586.200-5, Capital Social: $1.500.000.- constituída por escritura pública de fecha nueve de agosto de mil novecientos ochenta y cinco, ante el Notario Público Titular de Talca don Ignacio Vidal Domínguez, cuyo extracto se inscribió fojas 147 vuelta, número 140 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Talca, correspondiente al año 1985 y se publicó en el Diario Oficial, el día 31 de agosto de 1985 y modificada según consta de escritura pública de fecha 13 de noviembre de 1989, otorgada ante Notario de Talca don Ignacio Vidal Domínguez, cuyo extracto se encuentra inscrito a fojas 2 número 2 del Registro de Comercio del Conservador de bienes Raíces de Talca correspondiente al año 1989, publicada en Diario Oficial de fecha 04 de diciembre de 1989. Modificaciones consisten: 1) doña AMARICHA DEL CARMEN GUTIERREZ GAJARDO, vende, cede y transfiere a los comparecientes don GUILLERMO AMARO, don ALEJANDRO JAVIER y doña CAMILA ALICIA todos de apellidos PICON GUTIERREZ, un CINCO POR CIENTO (5%) para cada uno de ellos respectivamente, del capital social con cargo a su participación en la sociedad que corresponde al cincuenta por ciento (50%), quienes expresamente compran, adquieren y aceptan para sí dichos derechos sociales. El precio de dicha cesión corresponde a la suma de SETENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS ($75.000.000.-) respecto de cada uno de los cesionarios, suma que se pagará por los cesionarios de la siguiente forma: a) Con la suma de CINCO MILLONES DE PESOS al contado, en dinero efectivo y en forma previa a este acto y que la parte cedente declara haber recibido a su entera conformidad. B) El saldo de precio correspondiente a SETENTA MILLONES DE PESOS, se pagará en SIETE CUOTAS anuales, iguales y sucesivas de DIEZ MILLONES DE PESOS cada una, pagadera la primera de ellas el 01 de enero de 2027 y las siguientes el 01 de enero de cada año subsiguiente hasta completar el pago total, esto es el 01 de enero de 2028, 2029, 2030, 2031, 2032 y 2033. Sin perjuicio de lo anterior la cedente renuncia a la acción resolutoria tácita. Por este acto, los comparecientes cesionarios vienen en aceptar íntegramente las cesiones anteriormente señaladas. 2) El compareciente don GUILLERMO ORLANDO PICON GALVEZ, vende, cede y transfiere a los comparecientes don GUILLERMO AMARO, don ALEJANDRO JAVIER y doña CAMILA ALICIA todos de apellidos PICON GUTIERREZ, un CINCO POR CIENTO (5%) para cada uno de ellos respectivamente, del capital social con cargo a su participación en la sociedad que corresponde a cincuenta por ciento (50%), quienes expresamente compran, adquieren y aceptan para sí dichos derechos sociales. El precio de dicha cesión corresponde a la suma de SETENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS ($75.000.000.-) respecto de cada uno de los cesionarios, suma que se pagará por los cesionarios de la siguiente forma: a)Con la suma de CINCO MILLONES DE PESOS al contado, en dinero efectivo y en forma previa a este acto y que la parte cedente declara haber recibido a su entera conformidad. B) El saldo de precio correspondiente a SETENTA MILLONES DE PESOS, se pagará en SIETE CUOTAS anuales, iguales y sucesivas de DIEZ MILLONES DE PESOS cada una, pagadera la primera de ellas el 01 de enero de 2027 2027 y las siguientes el 01 de enero de cada año subsiguiente hasta completar el pago total, esto es el 01 de enero de 2028, 2029, 2030, 2031, 2032 y 2033. Sin perjuicio de lo anterior la cedente renuncia a la acción resolutoria tácita. Por este acto, los comparecientes vienen en aceptar íntegramente las cesiones anteriormente señaladas.3) Atendida la cesión y venta de derechos sociales antes mencionada, se incorporan a la sociedad los comparecientes GUILLERMO AMARO, ALEJANDRO JAVIER y CAMILA ALICIA, todos de apellidos PICON GUTIERREZ, por lo que los comparecientes son los únicos socios e interesados en la sociedad y en tal calidad vienen en modificarla en los sentidos que se expresan: 4) Modifican la cláusula SEXTA de la escritura de modificación de sociedad antes referida, en el sentido que la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a los socios doña AMARICHA DEL CARMEN GUTIERREZ GAJARDO y al socio don GUILLERMO ORLANDO PICON GALVEZ, quienes actuarán indistintamente, anteponiendo su firma a la razón social y la obligarán y representarán en todos los actos o contratos, con las mismas facultades establecidas en la escritura de constitución de sociedad, las cuales se dan por completamente transcritas en este instrumento con la sola limitación que para la enajenación de inmuebles, cesión de la tenencia por más de un año o limitaciones al dominio de los mismos se requerirá la concurrencia de ambos socios. En caso de fallecimiento del socio GUILLERMO ORLANDO PICON GALVEZ, la administración de la sociedad será ejercida por la socia AMARICHA DEL CARMEN GUTIERREZ GAJARDO en forma exclusiva y sin limitación alguna. En caso de fallecimiento de la socia administradora doña AMARICHA DEL CARMEN GUTIERREZ GAJARDO la administración y el uso de la razón social, será ejercida en forma exclusiva y sin limitación alguna por los socios GUILLERMO AMARO, ALEJANDRO JAVIER y CAMILA ALICIA, todos de apellidos PICON GUTIERREZ, quienes deberán ejercerla en forma conjunta, sin perjuicio de delegarse facultades en forma expresa 5) El plazo de la vigencia de la sociedad será de sesenta años a contar de la fecha de la presente escritura y se entenderá renovada automáticamente por otro período si ninguna de las partes manifiesta su voluntad de ponerle término al final de cada período por escritura pública anotada al margen de la inscripción de la sociedad, con una anticipación de al menos seis meses al vencimiento de estos. 6) Los comparecientes expresamente declaran que la razón de negocio para la presente modificación es la de configurar una empresa familiar y agregarle valor con la participación de los socios entrantes, atendida su actividad profesional, obligándose estos a participar activamente en el giro de la sociedad, participación que será obligatoria, no obstante, no deberá considerarse como aporte. 7) Como consecuencia de las cesiones de derechos sociales, las partes acuerdan que las pérdidas y utilidades se repartirán en la misma proporción en que participan en el capital social de esta forma: A) La socia doña AMARICHA DEL CARMEN GUTIERREZ GAJARDO, participará en proporción de un treinta y cinco por ciento. B) El socio GUILLERMO ORLANDO PICON GALVEZ, participará en proporción de un treinta y cinco por ciento. C) El socio GUILLERMO AMARO PICON GUTIERREZ, participará en proporción de Un diez por ciento. D) El socio ALEJANDRO JAVIER PICON GUTIERREZ, participará en proporción de un diez por ciento. E) La socia CAMILA ALICIA PICON GUTIERREZ participará en proporción de un diez por ciento. En lo no modificado, rige pacto social. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Talca, 12 de Agosto de 2026.

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  1. MODIFICACIÓN

    AUTOMOTORA SANTA MARIA LIMITADA

    CVE 2855948

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