Centro Ecográfico Oriente Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Capital
Capital total
$3.000.000
Capital pagado
$3.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 50% | $1.500.000 |
ANITA MARÍA DEL PILAR ARAYA MEZA Socio | - | 50% | $1.500.000 |
Administradores (2)
ANITA MARÍA DEL PILAR ARAYA MEZA
Historia societaria relatada
- Constitución· 4 de enero de 1985
Constitución original de CENTRO ECOGRÁFICO ORIENTE LIMITADA.
- Otro acto· 18 de junio de 1990
Modificación de la sociedad inscrita en el Registro de Comercio de Santiago.
- Otro acto· 30 de septiembre de 1994
Nueva modificación de la sociedad inscrita en el Registro de Comercio de Santiago.
- Otro acto· 31 de octubre de 2000
Última modificación previa de la sociedad inscrita en el Registro de Comercio de Santiago.
Texto oficial del extracto
EDUARDO DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público Titular de la 34 Notaría de Santiago, Luis Thayer Ojeda 359, Providencia, Por Escritura Pública de fecha 20 de agosto de 2018, Repertorio N° 16.454-2018, ante mí Suplente Manuel Ramírez Escobar, don JOSE MANUEL CRAIG VIDAL, JORGE NELSON CHANDÍA RAMOS, MARÍA CRISTINA GONZÁLEZ RODRÍGUEZ, y, ANITA MARÍA DEL PILAR ARAYA MEZA, todos domiciliados Padre Mariano N° 10, oficina 804, Providencia. PRIMERO) Los comparecientes realizan una cesión de derechos sociales y modifican la sociedad “CENTRO ECOGRÁFICO ORIENTE LIMITADA”, constituida por escritura pública el 4 de enero de 1985, Notaría Camilo Valenzuela Riveros, inscrita a fojas 2.857 número 1.454, Registro de Santiago año 1985; modificada mediante escritura pública de fecha 18 de junio de 1990 firmada ante el Notaría pública de Santiago de don Camilo Valenzuela Riveros e inscrito a fojas 19.869 número 9.904 en el Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 1990; modificada nuevamente mediante escritura pública de fecha 30 de septiembre de 1994, firmada ante el Notaría pública de Santiago de don Eduardo Avello Concha e inscrito a fojas 23.829 número 19.404 en el Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 1994 y finalmente se modifica mediante escritura pública de fecha 31 de octubre de 2.000, firmada ante el Notaría pública de Santiago de don Eduardo Avello Concha e inscrito a fojas 29.115 número 23.150 en el Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2.000, en el siguiente sentido: 1) Cesión de Derechos Sociales. Los socios, MARÍA CRISTINA GONZÁLEZ RODRÍGUEZ y JORGE NELSON CHANDÍA RAMOS, vendieron, cedieron y transfirieron la totalidad de sus derechos sociales, correspondiente en conjunto al 50% de la sociedad, a ANITA MARÍA DEL PILAR ARAYA MEZA, quien compró, aceptó y adquirió para sí en $11.500.000 a cada uno, pago contado. En virtud de cesiones referidas, quedaron como únicos socios de “CENTRO ECOGRÁFICO ORIENTE LIMITADA”, JOSE MANUEL CRAIG VIDAL con el 50% de los derechos sociales y ANITA MARÍA DEL PILAR ARAYA MEZA con el 50% de los derechos sociales. 2) Se reemplaza cláusula quinta de los estatutos por la que sigue: “Quinto: El capital de la sociedad es la suma de $3.000.000 de pesos, que los socios han enterado y pagado de la siguiente forma: Uno) Don JOSE MANUEL CRAIG VIDAL, con una participación equivalente a la cantidad de $1.500.000 del capital social, correspondiente a un 50% de los derechos sociales cantidad que se encuentra totalmente pagada y enterada en Caja Social. Dos) Doña ANITA MARÍA DEL PILAR ARAYA MEZA, a la cantidad de $1.500.000 del capital social, correspondiente a un cincuenta por ciento de los derechos sociales cantidad que se encuentra totalmente pagada y enterada en Caja Social.”. 3) Modifican primera parte de la cláusula Cuarta de los estatutos en los siguientes aspectos: a) A contar de esta modificación estatutaria la administración corresponderá a don JOSE MANUEL CRAIG VIDAL y doña ANITA DEL PILAR ARAYA MEZA, quienes actuando en forma conjunta o separadamente cada uno de ellos y anteponiendo sus nombres a la razón social, obligará a la Sociedad según lo estipulado en las cláusula Cuarta de la escritura de constitución. En lo demás, se mantiene el resto de la cláusula que se modifica y el enunciado de facultades que en ella se incorpora.”. Capital: $3.000.000. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada.- Santiago, 11 de octubre de 2018.-Eduardo Diez Morello, Notario Público.
Información societaria
Capital
Capital total
$1.500.000
Capital pagado
$1.500.000
Capital pendiente
$0
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 50% | $750.000 |
ANITA MARÍA DEL PILAR ARAYA MEZA Socio | - | 50% | $750.000 |
Representación legal (4)
JUDITH LORETO POBLETE PERINNES
JUDITH LORETO POBLETE PERINNES
JUDITH LORETO POBLETE PERINNES
JUDITH LORETO POBLETE PERINNES
Texto oficial del extracto
EDUARDO DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público Titular de la 34 Notaría de Santiago, Luis Thayer Ojeda 359, Providencia. Por escritura pública de Rectificación de Modificación de Derechos Sociales, de fecha 11 de septiembre de 2018, Repertorio N° 18.094/2018, ante mí Suplente Manuel Ramírez Escobar, doña JUDITH LORETO POBLETE PERINNES, en representación de JOSE MANUEL CRAIG VIDAL, JORGE NELSON CHANDÍA RAMOS, MARÍA CRISTINA GONZÁLEZ RODRÍGUEZ, y, ANITA MARÍA DEL PILAR ARAYA MEZA, todos domiciliados Padre Mariano N° 10, oficina 804, Providencia, rectificó la escritura pública de fecha 20 de agosto de 2018 de Modificación y Cesión de Derechos de la Sociedad “CENTRO ECOGRÁFICO ORIENTE LIMITADA”. Uno) Se rectifica el capital señalado, en el sentido que por un error de tipeo se señaló que eran $3.000.000 en condiciones que el capital corresponde a $1.500.000. Dos) Se rectifica y reemplaza cláusula quinta de los estatutos por la que sigue: “Quinto: El capital de la sociedad es la suma de $1.500.000 de pesos, que los socios han enterado y pagado de la siguiente forma: Uno) Don JOSE MANUEL CRAIG VIDAL, con una participación equivalente a la cantidad de $750.000 del capital social, correspondiente a un 50% de los derechos sociales cantidad que se encuentra totalmente pagada y enterada en Caja Social. Dos) Doña ANITA MARÍA DEL PILAR ARAYA MEZA, a la cantidad de $750.000 del capital social, correspondiente a un cincuenta por ciento de los derechos sociales cantidad que se encuentra totalmente pagada y enterada en Caja Social”. En lo demás, se mantiene el resto de la cláusula que se modifica y el enunciado de facultades que en ella se incorpora”. Capital: $1.500.000. En todo lo no modificado por esta escritura, quedan vigentes en todo lo demás, todas y cada una de las estipulaciones del pacto social y sus modificaciones anteriores a la fecha. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada.- Santiago, 11 de octubre de 2018.- Eduardo Diez Morello Notario Público.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
CENTRO ECOGRÁFICO ORIENTE LIMITADA
CVE 1479244
- MODIFICACIÓN
CENTRO ECOGRÁFICO ORIENTE LIMITADA
CVE 1479246
