Industria Textil Talinay Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Capital
Capital total
$363.572.502
Capital pagado
$363.572.502
Capital pendiente
$0
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | - | $218.143.501 |
Socio | - | - | $145.429.001 |
Administradores (1)
Historia societaria relatada
- Constitución· 1 de enero de 1985
Se alude a la inscripción original de la sociedad en 1985
- Cambio de capital· 4 de junio de 2026
Se aumenta el capital de $3.572.502 a $363.572.502 mediante capitalización de créditos y aportes
DAVID EDUARDO CASSORLA ALBAGLI · MIRTA SILVIA HERCOG SUGAR · DANIEL ARIEL CASSORLA HERCOG · YULLIETTE SOL CASSORLA HERCOG
- Cesión de derechos· 4 de junio de 2026
David Eduardo Cassorla Albagli cede derechos sociales a Daniel Ariel Cassorla Hercog y Yulliette Sol Cassorla Hercog; Mirta Silvia Hercog Sugar cede derechos sociales a Daniel Ariel Cassorla Hercog
DAVID EDUARDO CASSORLA ALBAGLI · MIRTA SILVIA HERCOG SUGAR · DANIEL ARIEL CASSORLA HERCOG · YULLIETTE SOL CASSORLA HERCOG
- Cambio de administrador· 4 de junio de 2026
La administración, representación y uso de la razón social queda exclusivamente a cargo de Daniel Ariel Cassorla Hercog
Texto oficial del extracto
Ministerio del Interior ALEJANDRO JAVIER GUERRA PINTO, abogado, Notario Público, Titular de la Notaría de Santiago, con asiento en la comuna de Independencia, con domicilio en Avenida Independencia N°873, Independencia, certifica: Que, por escritura pública de fecha 04 de junio del año 2026, Repertorio N°2.188-2026, otorgada ante mí, don DAVID EDUARDO CASSORLA ALBAGLI, doña MIRTA SILVIA HERCOG SUGAR, don DANIEL ARIEL CASSORLA HERCOG, por sí y en calidad de Empresario Unipersonal, y doña YULLIETTE SOL CASSORLA HERCOG, por sí y en calidad de Empresaria Unipersonal; todos domiciliados para estos efectos en Avenida Presidente Eduardo Frei Montalva N°5399, comuna de Conchalí, Santiago, modificaron la sociedad INDUSTRIA TEXTIL TALINAY LIMITADA, RUT N°79.552.710-9, inscrita a fojas 2281, número 1143 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, del año 1985, en los siguientes términos: I. Aumento de capital: Los actuales y únicos socios de la Sociedad, a saber, don DAVID EDUARDO CASSORLA ALBAGLI, doña MIRTA SILVIA HERCOG SUGAR, don DANIEL ARIEL CASSORLA HERCOG, y doña YULLIETTE SOL CASSORLA HERCOG, acordaron un aumento de capital de la Sociedad desde la suma de $3.572.502 a la suma de $363.572.502, mediante un aumento efectivo de capital de $360.000.000, el que se materializó mediante la capitalización de los créditos que los socios don DAVID EDUARDO CASSORLA ALBAGLI y doña MIRTA SILVIA HERCOG SUGAR, mantenían en contra de la Sociedad, cada uno por la suma de $180.000.000. Los restantes socios renunciaron a participar y enterar el referido aumento de capital. II. Cesión de derechos sociales: /Uno/ Don DAVID EDUARDO CASSORLA ALBAGLI, cedió derechos sociales correspondientes a una participación de $36.357.250 en el capital social, a don DANIEL ARIEL CASSORLA HERCOG, en calidad de empresario unipersonal, quien los adquirió para sí. El precio de la cesión fue la suma de $36.357.250, suma que don DANIEL ARIEL CASSORLA HERCOG, en su calidad de empresario unipersonal, se obligó a pagar a don DAVID EDUARDO CASSORLA ALBAGLI, en los términos establecidos en la escritura extractada. /Dos/ Don DAVID EDUARDO CASSORLA ALBAGLI, cedió derechos sociales correspondientes a una participación de $144.714.501 en el capital social, a doña YULLIETTE SOL CASSORLA HERCOG, en calidad de empresaria unipersonal, quien los adquirió para sí. El precio de la cesión fue la suma de $144.714.501, suma que doña YULLIETTE SOL CASSORLA HERCOG, en su calidad de empresaria unipersonal, se obligó a pagar a don DAVID EDUARDO CASSORLA ALBAGLI, en los términos establecidos en la escritura extractada. /Tres/ Doña MIRTA SILVIA HERCOG SUGAR, cedió derechos sociales correspondientes a una participación de $180.071.751 en el capital social, a don DANIEL ARIEL CASSORLA HERCOG, en calidad de empresario unipersonal, quien los adquirió para sí. El precio de la cesión fue la suma de$180.071.751, suma que don DANIEL ARIEL CASSORLA HERCOG, en su calidad de empresario unipersonal, se obligó a pagar a doña MIRTA SILVIA HERCOG SUGAR, en los términos establecidos en la escritura extractada. /Cuatro/ Como consecuencia de la cesión, el capital social de $363.572.502, queda pagado y enterado por los actuales y únicos socios de la siguiente manera: a) don DANIEL ARIEL CASSORLA HERCOG, con la suma de $218.143.501, según se indica a continuación: (i) Con la suma de $714.500, ya ingresada en arcas sociales; y, (ii) Con la suma de $217.429.001, aportada en su calidad de Empresario Unipersonal, ya ingresada en arcas sociales; y b) doña YULLIETTE SOL CASSORLA HERCOG, con la suma de $145.429.001, según se indica a continuación: (i) Con la suma de $714.500, ya ingresada en arcas sociales; y, (ii) Con la suma de $144.714.501, aportada en su calidad de Empresario Unipersonal, ya ingresada en arcas sociales. III. Modificación de administración. Los actuales y únicos socios de la Sociedad, a saber, don DANIEL ARIEL CASSORLA HERCOG, por sí y en calidad de Empresario Unipersonal y doña YULLIETTE SOL CASSORLA HERCOG, por sí y en calidad de Empresaria Unipersonal, modificaron la administración de la Sociedad, en el sentido de establecer que la administración de la Sociedad, la representación y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a don DANIEL ARIEL CASSORLA HERCOG, con las más amplias facultades. IV. Modificación de Estatutos. A fin de dar cuenta de los acuerdos previamente adoptados, los actuales y únicos socios acordaron reemplazar el artículo tercero y cuarto de los Estatutos sociales, referidos a la administración y al capital, respectivamente, en los términos ya referidos. Demás estipulaciones no son materias de extracto y constan en la escritura extractada. Santiago, 09 de junio del año 2026.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
INDUSTRIA TEXTIL TALINAY LIMITADA
CVE 2824720
