有限責任公司79.501.560-4

Roberto Pérez Y Compañía Limitada

MODIFICACIÓN — 2024年8月29日

稅務資料(SII)

实体类型

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

公司子类型

SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA

開始經營

SII 未報告開始經營日期

經濟活動

SII 中沒有登記的經濟活動

蓋章文件

SII 中沒有登記的蓋章文件

Diario Oficial

公司資料

Ltda
Los Dominicos número ocho mil seiscientos treinta, oficina quinientos ocho
管理方式: La administración y el uso de la razón social corresponde a don ROBERTO ALFREDO PÉREZ RIQUELME

資本

總資本

$1.900.000

實繳資本

$1.900.000

股東(2)

姓名持股比例

SEBASTIÁN ANDRÉS PÉREZ CUZMAR

Socio

80%

ANDRÉS JORGE PÉREZ RIQUELME

Socio

20%

管理人(1)

公報所載公司沿革

  1. 其他行為

    Se relata que la sociedad fue inscrita en el Registro de Comercio de Santiago en 1984.

    ROBERTO PÉREZ Y COMPAÑÍA LIMITADA

摘要官方正文

FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Alcántara número ciento siete, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifica: por escritura pública de fecha seis de agosto del año dos mil veinticuatro, Repertorio Nº 48.085-2024, ante mí, don ANDRÉS JORGE PÉREZ RIQUELME, don ROBERTO ALFREDO PÉREZ RIQUELME, doña MIRTHA ANITA PÉREZ RIQUELME y don SEBASTIÁN ANDRÉS PÉREZ CUZMAR, todos con domicilio para estos efectos en Los Dominicos número ocho mil seiscientos treinta, oficina quinientos ocho, comuna de Las Condes, de la ciudad de Santiago, Región Metropolitana; modificaron la sociedad ROBERTO PÉREZ Y COMPAÑÍA LIMITADA, inscrita a fojas 4.264 Nº2396 del Registro de Comercio de Santiago del año 1984, Rol Único Tributario 79.501.560-4 .Los actuales socios de la sociedad “ROBERTO PÉREZ Y COMPAÑIA LIMITADA”, son don ROBERTO ALFREDO PÉREZ RIQUELME, con un 90% del haber o capital social, doña MIRTHA ANITA PÉREZ RIQUELME, con un 5% del haber o capital social; y don ANDRÉS JORGE PÉREZ RIQUELME, con un 5% del haber o capital social. Las modificaciones consistieron en: A. doña MIRTHA ANITA PÉREZ RIQUELME vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos en la sociedad a don ANDRÉS JORGE PÉREZ RIQUELME. El precio de la cesión es el monto de noventa y cinco mil pesos, que don ANDRÉS JORGE PÉREZ RIQUELME pagó doña MIRTHA ANITA PÉREZ RIQUELME en este acto, al contado y en dinero en efectivo. B. don ROBERTO ALFREDO PÉREZ RIQUELME vende, cede y transfiere a don ANDRÉS JORGE PÉREZ RIQUELME, el diez por ciento de los derechos en la sociedad. El precio de la cesión es el monto de ciento noventa mil pesos que don ANDRÉS JORGE PÉREZ RIQUELME paga a don ROBERTO ALFREDO PÉREZ RIQUELME en este acto, al contado y en dinero en efectivo. C. Por el presente instrumento don ROBERTO ALFREDO PÉREZ RIQUELME vende, cede y transfiere a don SEBASTIÁN ANDRÉS PÉREZ CUZMAR, el ochenta por ciento de los derechos en la sociedad. El precio de la cesión es el monto de un millón quinientos veinte mil pesos, que don SEBASTIÁN ANDRÉS PÉREZ CUZMAR paga a don ROBERTO ALFREDO PÉREZ RIQUELME en este acto, al contado y en dinero en efectivo. D. A consecuencia de la cesión de derechos antes señalada, quedan como únicos socios de la sociedad “ROBERTO PÉREZ Y COMPAÑIA LIMITADA” los señores SEBASTIÁN ANDRÉS PÉREZ CUZMAR y ANDRÉS JORGE PÉREZ RIQUELME, y modifican la cláusula QUINTA de los Estatutos Sociales referente al capital, la cual queda de la siguiente forma: “QUINTO: El capital social es la cantidad de un millón novecientos mil pesos. Integralmente pagado por los socios en los siguientes porcentajes: don SEBASTIÁN ANDRÉS PÉREZ CUZMAR, aporta la suma de un millón quinientos veinte mil pesos, equivalente a un ochenta por ciento del capital social; y don ANDRÉS JORGE PÉREZ RIQUELME, aporta la suma de trescientos ochenta mil pesos, equivalente a un veinte por ciento del capital social”. E. Los actuales socios de la sociedad “ROBERTO PÉREZ Y COMPAÑIA LIMITADA” ratifican expresamente que la administración y el uso de la razón social le corresponde a don ROBERTO ALFREDO PÉREZ RIQUELME, en los términos pactados en la cláusula cuarta de la escritura de constitución de la sociedad. Demás estipulaciones constan escritura extractada, 14 de agosto de 2024. F.LEIVA C. N.P

公司資料

Ltda
Los Domínicos ocho mil seiscientos treinta oficina quinientos ocho
管理方式: La administración, la representación legal y el uso de la razón social corresponde al socio don ROBERTO ALFREDO PÉREZ RIQUELME

資本

總資本

$1.900.000

實繳資本

$1.900.000

待繳資本

$0

股東(3)

姓名持股比例

ROBERTO ALFREDO PÉREZ RIQUELME

Socio

90%

ANDRÉS JORGE PEREZ RIQUELME

Socio

5%

MIRTHA ANITA PÉREZ RIQUELME

Socio

5%

管理人(1)

公報所載公司沿革

  1. 設立

    Se recuerda la constitución original de la sociedad con participación de ROBERTO ALFREDO PÉREZ RIQUELME y Julio Pérez Alcorce.

    ROBERTO ALFREDO PÉREZ RIQUELME · Julio Pérez Alcorce

  2. 身故

    Fallece Julio Pérez Alcorce, originando derechos hereditarios sobre su participación.

    Julio Pérez Alcorce

  3. 身故

    Fallece Fresia del Carmen Riquelme Tapia, vinculada a la herencia de los derechos en la sociedad.

    Fresia del Carmen Riquelme Tapia

  4. 繼承· 2023年6月22日

    Roberto Alfredo Pérez Riquelme, Andrés Jorge Perez Riquelme y Mirtha Anita Pérez Riquelme adquieren y se adjudican los derechos hereditarios del socio fallecido.

    ROBERTO ALFREDO PÉREZ RIQUELME · ANDRÉS JORGE PEREZ RIQUELME · MIRTHA ANITA PÉREZ RIQUELME · Julio Pérez Alcorce

  5. 資本變更· 2023年6月22日

    Se revaloriza el capital social desde $100.000 a $1.900.000.

    ROBERTO PEREZ Y COMPAÑÍA LIMITADA

  6. 管理人變更· 2023年6月22日

    Se ratifica que la administración, representación legal y uso de la razón social corresponde a Roberto Alfredo Pérez Riquelme.

    ROBERTO ALFREDO PÉREZ RIQUELME

摘要官方正文

BENJAMIN CASTILLO MONTALVO, Notario Suplente de don FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Titular de la de la segunda Notaría de Santiago, domiciliado en esta ciudad, en calle Alcántara número 107, certifica: por escritura pública de fecha 22 de junio de 2023, Repertorio N°46.001-2023, ante el titular FRANCISCO LEIVA CARVAJAL, ROBERTO ALFREDO PÉREZ RIQUELME, ANDRÉS JORGE PEREZ RIQUELME y MIRTHA ANITA PÉREZ RIQUELME, el primero en su calidad de socio y heredero y los dos últimos en su calidad de herederos, todos con domicilio en Los Domínicos ocho mil seiscientos treinta oficina quinientos ocho, Comuna de Las Condes, de la ciudad de Santiago, procedieron a liquidar los derechos que poseen en comunidad en la sociedad comercial de responsabilidad limitada denominada “ROBERTO PEREZ Y COMPAÑÍA LIMITADA”, inscrita a fojas 4264 número 2396 del Registro de Comercio de Santiago del año 1984, Rol Único Tributario 79.501.560-4, la cual fue constituida por don ROBERTO ALFREDO PÉREZ RIQUELME y por don Julio Pérez Alcorce con un porcentaje de participación del 85 y el 15 por ciento respectivamente, sociedad que se encuentra vigente, operativa y NO ha sido liquidada. Adquirieron el 15% de los derechos en la Sociedad de que era dueño don Julio Pérez Alcorce por Herencia quedada a su fallecimiento y por Herencia quedada al fallecimiento de su cónyuge doña Fresia del Carmen Riquelme Tapia. Los comparecientes declaran que el capital de la sociedad es de cien mil pesos y producto de la revalorización, hoy asciende a la cantidad de un millón novecientos mil pesos. Como consecuencia de dicha valoración, vienen en tasar de común acuerdo los derechos heredados en la Sociedad, en la suma de doscientos ochenta y cinco mil pesos, que corresponde al quince por ciento del capital propio revalorizado a esta fecha. La adjudicación se efectuó de la siguiente forma: a) A don ANDRÉS JORGE PEREZ RIQUELME se le adjudica un cinco por ciento de los derechos en la Sociedad que se estiman en $95.000; b) A don ROBERTO ALFREDO PÉREZ RIQUELME, se le adjudica un cinco por ciento de los derechos en la Sociedad que se estiman en $95.000; y c) A doña MIRTHA ANITA PÉREZ RIQUELME, se le adjudica un cinco por ciento de los derechos en la Sociedad que se estiman en $95.000. Como consecuencia de las adjudicaciones precedentes, quedan como únicos socios de la sociedad “ROBERTO PEREZ Y COMPAÑIA LIMITADA”, don ROBERTO ALFREDO PÉREZ RIQUELME, ahora con un 90% del haber o capital social; doña MIRTHA ANITA PÉREZ RIQUELME, con un 5% del haber o capital social; y don ANDRÉS JORGE PEREZ RIQUELME, con un 5% del haber o capital social, quedando limitadas las responsabilidades de cada socio al monto de sus aportes. Don ROBERTO ALFREDO PÉREZ RIQUELME, doña MIRTHA ANITA PÉREZ RIQUELME, y don ANDRÉS JORGE PEREZ RIQUELME, en su calidad de actuales socios de “ROBERTO PEREZ Y COMPAÑIA LIMITADA”, manifestaron expresamente su voluntad de continuar con la sociedad, para lo cual acuerdan modificar los Estatutos de la Sociedad en los siguientes términos: A.- Producto de la revalorización del capital propio de la Sociedad referida precedentemente, se modifica la cláusula QUINTA referente al capital, la que queda de la siguiente manera: “QUINTO: El capital social es la cantidad de un millón novecientos mil pesos íntegramente pagado por los socios en los siguientes porcentajes: ROBERTO ALFREDO PÉREZ RIQUELME, aporta la suma de un millón setecientos diez mil pesos, equivalente a un noventa por ciento del capital social; don ANDRÉS JORGE PEREZ RIQUELME, aporta la suma de noventa y cinco mil pesos, equivalente a un cinco por ciento del capital social; y doña MIRTHA ANITA PÉREZ RIQUELME, aporta la suma de noventa y cinco mil pesos, equivalente a un cinco por ciento del capital social”. B.- Se modifica la cláusula SEXTA referente a la distribución de utilidades, el que queda de la siguiente forma: “SEXTO: Las utilidades y eventuales pérdidas del ejercicio social se repartirán entre los socios a prorrata de los respectivos aportes, quedando limitadas las responsabilidades de cada socio al monto de sus respectivos aportes. C.- Se agrega la siguiente cláusula: “En caso de fallecer algún socio no administrador, la Sociedad continuará con el o los socios sobrevivientes y con los herederos del socio fallecido, quienes deberán designar un procurador común para actuar ante la Sociedad, mandatario que no tendrá facultades de administrador ni podrá usar de la razón social. Si quien fallece es un socio administrador, la Sociedad continuará con los herederos del socio fallecido, a quienes pasará de pleno derecho la administración, la que deberán ejercer por medio de un mandatario común de cuya designación se tomará nota al margen del pacto social, y quien estará investido de todas las facultades establecidas en el pacto social para el Administrador de la Sociedad”. D.- Los actuales socios de la Sociedad declaran que la administración, la representación legal y el uso de la razón social le corresponde y le ha correspondido al socio don ROBERTO ALFREDO PÉREZ RIQUELME, con todas las facultades establecidas en la cláusula CUARTA del pacto social, ratificando todo lo obrado por él con anterioridad a esta fecha. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 13 de julio de 2023. B. CASTILLO MONTALVO. N.S.

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