Cedival Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Término de giro
28 de noviembre de 2023
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Capital
Capital total
$8.000.000
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 50% | - |
Lorenzo Domingo Alely Aste Solari Socio | - | 50% | - |
Representación legal (3)
Lorenzo Domingo Alely Aste Solari
Historia societaria relatada
- Otro acto· 22 de abril de 2015
Se ratifica lo obrado en la escritura de fecha 22 de abril de 2015
- Constitución· 24 de abril de 1997
Se alude a la inscripción del pacto social original de la sociedad
Texto oficial del extracto
LUIS ENRIQUE TAVOLARI OLIVEROS, Abogado, Notario Público Titular de Viña del Mar, domiciliado en Avda. Libertad Nº 1155-A, certifica: por escritura pública de fecha 21.02.2017, ante mí, Leonardo Alonso Silva Vásquez en representación de la sociedad de responsabilidad limitada “Centro de Diagnóstico Imagenológico de Valparaíso” y/o “Cedival Limitada”, otorga escritura pública de SANEAMIENTO DE ESCRITURA DE CESIÓN DE DERECHOS SOCIALES en virtud de la cual modificaron el primitivo pacto social en los siguientes términos: Don LUIS ANTONIO MUÑOZ MOYANO, y don LORENZO DOMINGO ALELY ASTE SOLARI, en su calidad de representantes de la sociedad “ASTE Y MUÑOZ LIMITADA”, formulan renuncia a la sociedad “CEDIVAL LIMITADA”, y se aparta a ésta de la misma, vendiendo, cediendo y transfieren el total o cien por ciento de sus derechos en la sociedad, a los mismos comparecientes en los siguientes porcentajes: Don Luis Muñoz Moyano compra, acepta y adquiere para sí el cincuenta por ciento de los derechos que son objeto de la cesión; A su vez, don Lorenzo Domingo Alely Aste Solari, compra, acepta y adquiere para sí el cincuenta por ciento de los derechos que pertenecían a la sociedad vendedora. El precio total de la venta es la suma de ocho millones de pesos que los cesionarios pagaron por partes iguales, en el mismo acto, en dinero efectivo, y declarando los cedentes recibirlo por los montos antes aludidos a su entera conformidad. De este modo, son únicos socios de esta sociedad los comparecientes al acto de cesión, Don LUIS ANTONIO MUÑOZ MOYANO, y don LORENZO DOMINGO ALELY ASTE SOLARI, el primero de ellos con el cincuenta por ciento de los derechos en la sociedad y el segundo de ellos con el cincuenta por ciento que, en su respectivo caso, corresponden a las partes, cuotas o porcentajes en cuanto a aportes, capital e ingresos proporcionales acumulados si los hubiere, subsistiendo en lo demás las menciones del pacto social original que se encuentra inscrito a fojas 324 vuelta, Nº 263, el 24 de Abril del año mil novecientos noventa y siete; en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso. El pacto social no registra ninguna otra modificación, salvo la que se efectuará por este instrumento. Los únicos y exclusivos socios de esta sociedad al día de hoy son los comparecientes LUIS ANTONIO MUÑOZ MOYANO, LORENZO DOMINGO ALELY ASTE SOLARI, y la sociedad “ASTE Y MUÑOZ LIMITADA”, todos ya individualizados, quienes son dueños de la misma, en los porcentajes descritos en la respectiva escritura. Ratificación. Que sin perjuicio de lo señalado, a mayor abundamiento y para todos los efectos a que haya lugar, el compareciente ratifica todo lo obrado en la escritura de fecha Abril veintidós de dos mil quince, ante don Luis Enrique Tavolari Oliveros, Abogado, Notario Público Titular, con domicilio en esta Comuna y con oficio en Avenida Libertad 1155-A: Saneamiento: Que se hace necesario sanear los supuestos vicios formales referidos por el Conservador de Bienes Raíces y de Comercio de Valparaíso en el sentido de inscribir esta última modificación social, y acreditar conforme se exigió, que los comparecientes fuesen los únicos socios, tal como expresamente indica el citado Conservador: “Conservador de Bienes Raíces Sr(a): se le informa que su Carátula Nro:9196520 se encuentra presuntiva por: Acreditar por minuta cumplimiento de la objecion, en el sentido de que ambos son los unicos socios. Se mantiene reparo 2.Fuera de plazo Contáctese para soluciona dicha situación”. Habiéndose acompañado al citado Conservador, mediante minuta, las copias autorizadas de las escrituras en las cuales consta la calidad de únicos socios de los comparecientes sólo subsiste el reparo en cuanto al plazo para la inscripción de la modificación social motivo de la presente, razón por la cual, y de conformidad con lo dispuesto por la Ley 19.499 que establece normas sobre saneamiento de vicios de nulidad de sociedades, se otorga la presente escritura, con la finalidad de que se purgue o sanee el vicio formal de la falta de publicación e inscripción oportuna del extracto de la mencionada sociedad.- Capital Inicial $8.000.000. Demás estipulaciones constan en escrituras extractadas. Viña del Mar, 22 febrero 2017.
Información societaria
Capital
Capital total
$8.000.000
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 50% | - |
LORENZO DOMINGO ALELY ASTE SOLARI Socio | - | 50% | - |
Representación legal (3)
LORENZO DOMINGO ALELY ASTE SOLARI
Historia societaria relatada
- Constitución· 24 de abril de 1997
Se inscribe el pacto social original de la sociedad.
- Otro acto· 22 de abril de 2015
Se ratifica lo obrado en una escritura anterior de abril de 2015.
Texto oficial del extracto
LUIS ENRIQUE TAVOLARI OLIVEROS, Abogado, Notario Público de Viña del Mar, domiciliado en Avda. Libertad Nº 1155-A, certifica: por escritura pública de fecha 20.12.2016, ante mí, Leonardo Alonso Silva Vásquez en representación de la sociedad de responsabilidad limitada “Centro de Diagnóstico Imagenológico de Valparaíso” y/o “Cedival Limitada”, otorga escritura pública de SANEAMIENTO DE ESCRITURA DE CESIÓN DE DERECHOS SOCIALES en virtud de la cual modificaron el primitivo pacto social en los siguientes términos: Don LUIS ANTONIO MUÑOZ MOYANO, y don LORENZO DOMINGO ALELY ASTE SOLARI, en su calidad de representantes de la sociedad “ASTE Y MUÑOZ LIMITADA”, formulan renuncia a la sociedad “CEDIVAL LIMITADA”, y se aparta a ésta de la misma, vendiendo, cediendo y transfieren el total o cien por ciento de sus derechos en la sociedad, a los mismos comparecientes en los siguientes porcentajes: Don Luis Muñoz Moyano compra, acepta y adquiere para sí el cincuenta por ciento de los derechos que son objeto de la cesión; A su vez, don Lorenzo Domingo Alely Aste Solari, compra, acepta y adquiere para sí el cincuenta por ciento de los derechos que pertenecían a la sociedad vendedora. El precio total de la venta es la suma de ocho millones de pesos que los cesionarios pagaron por partes iguales, en el mismo acto, en dinero efectivo, y declarando los cedentes recibirlo por los montos antes aludidos a su entera conformidad. De este modo, son únicos socios de esta sociedad los comparecientes al acto de cesión, Don LUIS ANTONIO MUÑOZ MOYANO, y don LORENZO DOMINGO ALELY ASTE SOLARI, el primero de ellos con el cincuenta por ciento de los derechos en la sociedad y el segundo de ellos con el cincuenta por ciento que, en su respectivo caso, corresponden a las partes, cuotas o porcentajes en cuanto a aportes, capital e ingresos proporcionales acumulados si los hubiere, subsistiendo en lo demás las menciones del pacto social original que se encuentra inscrito a fojas 324 vuelta, Nº 263, el 24 de Abril del año mil novecientos noventa y siete; en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso. El pacto social no registra ninguna otra modificación, salvo la que se efectuará por este instrumento. Los únicos y exclusivos socios de esta sociedad al día de hoy son los comparecientes LUIS ANTONIO MUÑOZ MOYANO, LORENZO DOMINGO ALELY ASTE SOLARI, y la sociedad “ASTE Y MUÑOZ LIMITADA”, todos ya individualizados, quienes son dueños de la misma, en los porcentajes descritos en la respectiva escritura. Ratificación. Que sin perjuicio de lo señalado, a mayor abundamiento y para todos los efectos a que haya lugar, el compareciente ratifica todo lo obrado en la escritura de fecha Abril veintidós de dos mil quince, ante don Luis Enrique Tavolari Oliveros, Abogado, Notario Público Titular, con domicilio en esta Comuna y con oficio en Avenida Libertad 1155-A: Saneamiento: Que se hace necesario sanear los supuestos vicios formales referidos por el Conservador de Bienes Raíces y de Comercio de Valparaíso en el sentido de inscribir esta última modificación social, y acreditar conforme se exigió, que los comparecientes fuesen los únicos socios, tal como expresamente indica el citado Conservador: “Conservador de Bienes RaícesSr(a): se le informa que su Carátula Nro:9196520 se encuentra presuntiva por: Acreditar por minuta cumplimiento de la objecion, en el sentido de que ambos son los unicos socios. Se mantiene reparo 2. Fuera de plazo Contáctese para soluciona dicha situación”. Habiéndose acompañado al citado Conservador, mediante minuta, las copias autorizadas de las escrituras en las cuales consta la calidad de únicos socios de los comparecientes sólo subsiste el reparo en cuanto al plazo para la inscripción de la modificación social motivo de la presente, razón por la cual, y de conformidad con lo dispuesto por la Ley 19.499 que establece normas sobre saneamiento de vicios de nulidad de sociedades, se otorga la presente escritura, con la finalidad de que se purgue o sanee el vicio formal de la falta de publicación e inscripción oportuna del extracto de la mencionada sociedad.- Capital Inicial $8.000.000. Demás estipulaciones constan en escrituras extractadas. Viña del Mar, 23 Diciembre 2016.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
CEDIVAL LIMITADA
CVE 1187475
- MODIFICACIÓN
Centro de Diagnóstico Imagenológico de Valparaíso Limitada
CVE 1184987
