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Sociedad de Responsabilidad Limitada78.979.320-4

Inmobiliaria e Inversiones Matancilla y Compañía Limitada

MODIFICACIÓN — 12 ene 2024

Información tributaria (SII)

Tipo de entidad

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

Subtipo de sociedad

SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA

Inicio de actividades

Sin inicio de actividades informado por el SII

Actividades económicas

Sin actividades económicas registradas en el SII

Documentos timbrados

Sin documentos timbrados registrados en el SII

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2024-01-12Ver PDF (CVE 2436248)

Información societaria

Ltda
San Martín Nº1081
Administración: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a los cinco socios, quienes deberán actuar al menos dos cualquiera de ellos de manera conjunta

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital pagado

$1.000.000

Capital pendiente

$0

Socios (5)

NombreParticipación

Patricio Gregorio Abde Abde

Socio

40%

Lily Andrea Jadue Jarufe

Socio

30%

Karime Nicole Abde Jadue

Socio

10%

Daniela Loreto Abde Jadue

Socio

10%

Nazira Yasmin Abde Jadue

Socio

10%

Administradores (5)

Historia societaria relatada

  1. Cesión de derechos· 7 de diciembre de 2023

    Marta Abde Dale cede tres participaciones del 10% cada una a Karime Nicole Abde Jadue, Daniela Loreto Abde Jadue y Nazira Yasmin Abde Jadue

    Marta Abde Dale · Karime Nicole Abde Jadue · Daniela Loreto Abde Jadue · Nazira Yasmin Abde Jadue

Texto oficial del extracto

JULIO ABUYERES JADUE, Notario Público Quillota, Pudeto 398, por escritura pública de fecha 07 de Diciembre de 2023, Repertorio N°2279-2023, ante mí, Patricio Gregorio Abde Abde, Lily Andrea Jadue Jarufe, Marta Abde Dale, Karime Nicole Abde Jadue, Daniela Loreto Abde Jadue y Nazira Yasmin Abde Jadue, todos calle San Martín Nº1081, ciudad y comuna de Quillota, Región de Valparaíso, modificaron Inmobiliaria e Inversiones Matancilla y Compañía Limitada, RUT 78.979.320-4, inscrita fojas 49 Nº50 Registro de Comercio Quillota del año 1997, sentido que Marta Abde Dale, vende, cede y transfiere derechos en la sociedad, ascendentes al 10% de la misma, a Karime Nicole Abde Jadue, quien compra, adquiere y acepta para sí. Asimismo, Marta Abde Dale, vende, cede y transfiere derechos en la sociedad, ascendentes al 10% de la misma a Daniela Loreto Abde Jadue, quien compra, adquiere y acepta para sí. Por último, Marta Abde Dale, vende, cede y transfiere derechos en la sociedad, ascendentes al 10% de la misma, a Nazira Yasmin Abde Jadue quien compra, adquiere y acepta para sí. Quedan como únicos y exclusivos socios de la sociedad PATRICIO GREGORIO ABDE ABDE, con un 40% de participación en los derechos sociales; LILY ANDREA JADUE JARUFE, con un 30% de participación en los derechos sociales; KARIME NICOLE ABDE JADUE, con un 10% de participación en los derechos sociales; DANIELA LORETO ABDE JADUE, con un 10% de participación en los derechos sociales y, NAZIRA YASMIN ABDE JADUE, con un 10% de participación en los derechos sociales. Socios modifican estatuto social sentidos que; UNO.-) La cláusula Séptima, sobre el capital social y la responsabilidad de los socios, en adelante debe entenderse que queda como sigue; “SEPTIMO: el capital de la sociedad es la cantidad de un millón de pesos ($1.000.000.-), el cual es aportado por las partes de la siguiente manera: 1.-) don PATRICIO GREGORIO ABDE ABDE, ya individualizado, aporta y entera en este acto la suma de cuatrocientos mil pesos ($400.000.-); 2.-) doña LILY ANDREA JADUE JARUFE, ya individualizada, aporta y entera en este acto la suma de trescientos mil pesos ($300.000.-); 3.-) doña KARIME NICOLE ABDE JADUE, ya individualizada, aporta y entera en este acto la suma de cien mil pesos ($100.000.-); doña DANIELA LORETO ABDE JADUE, ya individualizada, aporta y entera en este acto, la suma de cien mil pesos ($100.000.-) y, doña, NAZIRA YASMIN ABDE JADUE, ya individualizada, aporta y entera en este acto la suma de cien mil pesos ($100.000.-). El aporte señalado se paga y entera en este acto en dinero efectivo, ingresando a la caja social. Los socios limitan su responsabilidad hasta de sus respectivos aportes” DOS.-) La cláusula Cuarta, sobre la administración y el uso de la razón social, en adelante debe entenderse que queda como sigue; “CUARTA: Administración y uso de la Razón Social.- La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a los cinco socios ya individualizados, quienes deberán actuar al menos dos cualquiera de ellos de manera conjunta, con las facultades señaladas en la escritura que se extracta. TRES.-) La cláusula Octava, sobre utilidades y eventuales pérdidas, en adelante debe entenderse que queda como sigue; “OCTAVA: Las utilidades y pérdidas se distribuirán entre los socios, en adelante, en un 40% para el socio don PATRICIO GREGORIO ABDE ABDE; en un 30% para la socia doña LILY ANDREA JADUE JARUFE; en un 10% para la socia KARIME NICOLE ABDE JADUE; en un 10% para la socia doña DANIELA LORETO ABDE JADUE y, en un 10% para la socia NAZIRA YASMIN ABDE JADUE.”. En todo lo no modificado, queda vigente el pacto social y modificaciones referidas. Quillota, 28 de Diciembre de 2023.

Actuaciones recientes

  1. MODIFICACIÓN

    Inmobiliaria e Inversiones Matancilla y Compañía Limitada

    CVE 2436248

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario OficialRelación histórica (no vigente)