Dr. Jorge Alvarez Lagos Y Cia. Ltda.
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
Prestación de servicios médicos y paramédicos en pediatría general y neonatología, ortopedia, traumatología, medicina general infantil y adulta, kinesiología, anestesiología, reanimación y atención de enfermería; representación, distribución y comercialización de productos e insumos médicos; inversiones de todo tipo, especialmente en bienes raíces y en el mercado de capitales, y toda otra actividad directa o indirectamente relacionada con las anteriores y que los socios acuerden.
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital pagado
$1.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 7.xxx.xxx-8 | 7.xxx.xxx-8 | 50% | $500.000 |
Socio 7.xxx.xxx-0 | 7.xxx.xxx-0 | 50% | $500.000 |
Administradores (2)
Historia societaria relatada
- Constitución· 21 de agosto de 1996
Constitución original de la sociedad
- Otro acto· 1 de junio de 2007
Modificación societaria previa
- Cesión de derechos· 28 de noviembre de 2018
Karen Melisa Álvarez Roa se retira de la sociedad y cede su 10% a Jorge Milton Álvarez Lagos y Norma Judith Roa Olavarría por partes iguales
KAREN MELISA ÁLVAREZ ROA · JORGE MILTON ÁLVAREZ LAGOS · NORMA JUDITH ROA OLAVARRÍA
Texto oficial del extracto
GASTON ALVARO ARANIS QUIROZ, Notario Público de Concepción, con oficio en esta ciudad, calle O’Higgins 528, suplente del titular Juan Espinosa Bancalari, certifica: Que por escritura pública de 28 noviembre 2018, ante Notario Titular Juan Espinosa Bancalari, rep.N°6.291, don JORGE MILTON ÁLVAREZ LAGOS, chileno, médico cirujano, casado y separado totalmente de bienes, cédula nacional de identidad número siete millones cuatrocientos noventa y un mil ochocientos veintinueve guion ocho; doña NORMA JUDITH ROA OLAVARRÍA, chilena, profesora, casada y separada totalmente de bienes, cédula nacional de identidad número siete millones doscientos treinta y cuatro mil quinientos treinta y dos guion cero; y doña KAREN MELISA ÁLVAREZ ROA, chilena, ingeniero civil químico, casada y separada totalmente de bienes, cédula nacional de identidad número dieciséis millones treinta y siete mil diez guion seis, todos domiciliados en calle Pedro Osores de Ulloa número ciento sesenta y dos, Lomas de San Andrés, comuna de Concepción;, modificaron sociedad de responsabilidad limitada DR. JORGE ALVAREZ LAGOS Y CIA. LTDA., RUT: 78.891.820-8, constituida originalmente en escritura pública de veintiuno de agosto de mil novecientos noventa y seis, ante el Notario Público de Concepción don Jorge Condeza Vaccaro, extracto inscrito a fs. Doscientos cuarenta y uno Nº ciento sesenta y siete, del Registro de Comercio de Talcahuano de mil novecientos noventa y seis, publicado en Diario Oficial de cinco de septiembre del mismo año, y modificada por escritura pública de uno de junio de dos mil siete, ante Notario Público de Concepción, don José Bambach Echazarreta, inscrita a fs. Ciento sesenta y cinco Nº ciento cuarenta y uno, del Registro de Comercio de Talcahuano de dos mil siete, extracto publicado en Diario Oficial de trece de junio del mismo año.- Las modificaciones efectuadas son las siguientes: A) La socia, doña Karen Melisa Álvarez Roa, se retira de la sociedad, y vende, cede y transfiere su interés social, consistente en 10% del patrimonio de la sociedad DR. JORGE ALVAREZ LAGOS Y CIA. LTDA., a don Jorge Milton Álvarez Lagos y a doña Norma Judith Roa Olavarría, quienes lo compran, aceptan y adquieren para sí, en iguales partes, quedando dueños del 50% del patrimonio social, cada uno.- El precio de venta de estos derechos es $1.000.000, que los compradores pagan en este acto a la vendedora, quien declara recibir el pago de la totalidad del precio a su entera conformidad. B) Se reemplazó la cláusula séptima del pacto social, relativa a las utilidades y pérdidas, por la siguiente: “CLÁUSULA SÉPTIMA: Las utilidades y pérdidas se repartirán entre los socios en la siguiente proporción: Para el socio don Jorge Milton Álvarez Lagos, en un cincuenta por ciento, y para la socia, doña Norma Judith Roa Olavarría, en un cincuenta por ciento.”.- En consecuencia, los socios constituyen nuevo pacto social: La razón social será “DOCTOR JORGE ALVAREZ LAGOS Y COMPAÑÍA LIMITADA”, pudiendo abreviarse las palabras “Doctor”, “Compañía” y “Limitada” por “Dr.”, “Cía.” y “Ltda.”, respectivamente.- OBJETO: El objeto de la sociedad será la prestación de servicios médicos y paramédicos en las áreas de pediatría general y neonatología, ortopedia, traumatología, medicina general infantil y adulta, kinesiología, anestesiología, reanimación y atención de enfermería; la representación, distribución y comercialización de productos e insumos médicos.- Inversiones de todo tipo, especialmente, en bienes raíces y en el mercado de capitales, y toda otra actividad directa o indirectamente relacionada con las anteriores y que los socios acuerden.- La administración, representación y uso de la razón social, corresponderá a ambos socios, conjunta o separadamente, para lo cual tendrán las más amplias facultades, según escritura.- CAPITAL: $1.000.000, que socios aportan y enteran de común acuerdo y por iguales partes, esto es, $500.000 cada uno, en efectivo, al contado y en este acto, ingresados a la caja social.- Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes.- Las utilidades y pérdidas se repartirán en 50% para cada socio.- DURACIÓN: 5 años, contados desde la fecha de esta escritura, y se entenderá renovada tácita y automáticamente, por periodos iguales y sucesivos de 5 años, si ninguna de las partes manifestare su intención de ponerle término por escritura pública anotada al margen de la inscripción social.- DOMICILIO: ciudad de Talcahuano, para todos los efectos legales, sin perjuicio de las sucursales que puede establecer en otras ciudades del país.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- CONCEPCION, 07 DICIEMBRE 2018.-
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
DR. JORGE ALVAREZ LAGOS Y CIA. LTDA.
CVE 1509649
