Turismo Dakota Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Capital
Capital total
$8.000.000
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
ISABEL MARGARITA DE FÁTIMA REYES GONZÁLEZ Socio | - | 99% | - |
Socio | - | 1% | - |
Administradores (1)
ISABEL MARGARITA DE FÁTIMA REYES GONZÁLEZ
Historia societaria relatada
- Cesión de derechos
Ángel César Ulloa Avsolomovich cede el 1% de su haber social a Mauricio Andrés Ulloa Reyes, quien ingresa como nuevo socio.
ÁNGEL CÉSAR ULLOA AVSOLOMOVICH · MAURICIO ANDRES ULLOA REYES
Texto oficial del extracto
FRANCISCA SALAS MEDINA, Notario Suplente del Titular 2º Notaría Rancagua Jaime Bernales Valenzuela, Bueras 359 Of. 102, certifico: Por escritura de fecha 03-12-2020, repertorio N° 5571-2020, doña ISABEL MARGARITA DE FÁTIMA REYES GONZÁLEZ, Bombero Villalobos 1075 Depto. 503-A Rancagua, don ÁNGEL CÉSAR ULLOA AVSOLOMOVICH, Monseñor Rodrigo González Marmolejo 1447 Villa María Fernanda, Rancagua; y don MAURICIO ANDRES ULLOA REYES, calle Tres Oriente 76, Loteo El Polo Machalí, modificaron sociedad TURISMO DAKOTA LIMITADA, RUT N° 78.888.460-5, inscrita originalmente a fs. 256 N° 314 Registro de Comercio CBR Rancagua de 1996, ya modificada con anterioridad.- Se modifica pacto social en siguientes términos: A) Se retira socio Ángel César Ulloa Avsolomovich, titular del 1% haber social, que cede a Mauricio Andrés Ulloa Reyes, quien acepta para sí, ingresando como nuevo socios. Precio cesión $100.000.- pagada de contado. B) Quedan como nuevos socios Isabel Margarita De Fátima Reyes González, titular del noventa y nueve por ciento de los derechos en el haber social y Mauricio Andrés Ulloa Reyes, con 1% restante. C) Tanto utilidades como pérdidas se distribuirán entre socios en proporción a participación en haber social. D) Administración y uso de razón social corresponderá en forma exclusiva a Isabel Margarita De Fátima Reyes González, con las más amplias y completas facultades y derechos, sin limitaciones de ninguna especie. Además, se modificó cláusula de fallecimiento de un socio y de arbitraje. Se deja constancia que capital social es de $8.000.000.- Demás antecedentes en escritura extractada. Rancagua, 11 de Diciembre de 2020.
Información societaria
Capital
Capital total
$8.000.000
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
ANGEL CESAR ULLOA AVSOLOMOVICH Socio 6.xxx.xxx-0 | 6.xxx.xxx-0 | 1% | - |
ISABEL MARGARITA DE FÁTIMA REYES GONZÁLEZ Socio 5.xxx.xxx-2 | 5.xxx.xxx-2 | 99% | - |
Administradores (2)
ANGEL CESAR ULLOA AVSOLOMOVICH
ISABEL MARGARITA DE FÁTIMA REYES GONZÁLEZ
Historia societaria relatada
- Constitución· 6 de septiembre de 1996
Constitución de TURISMO DAKOTA LIMITADA.
ANGEL CESAR ULLOA AVSOLOMOVICH · ISABEL MARGARITA DE FÁTIMA REYES GONZÁLEZ
Texto oficial del extracto
XIMENA CARMONA TORRES, Notario Público suplente del titular Ernesto Montoya Peredo, 3° Notaria Rancagua Campos 377, certifica: Por escritura de hoy, ante mí, don ANGEL CESAR ULLOA AVSOLOMOVICH, chileno, casado y separado de bienes, médico cirujano, C. I. Nº 6.215.478-0, domiciliado en Bueras Nº 64, comuna y ciudad de Rancagua, y doña ISABEL MARGARITA DE FÁTIMA REYES GONZÁLEZ, chilena, casada y separada de bienes, rentista, C. I. Nº 5.016.303-2, domiciliada en Mujica Nº 605, comuna y ciudad de Rancagua; declaran lo siguiente: los comparecientes, son los únicos y actuales socios de la sociedad denominada TURISMO DAKOTA LIMITADA, R. U. T. Nº 78.888.460-5, constituida por escritura pública el 06 de septiembre de 1996, en Notaría de Rancagua de don René Ernesto Pica Pemjeam, repertorio Nº 4.430, del año 1996, e inscrita a Fs. 256, Nº 314 del Registro de Comercio del año 1996, del Conservador Comercio Rancagua, y publicada Diario Oficial Edición Nº 35.571, de 21 de septiembre de 1996, vienen en modificar la sociedad en el siguiente sentido: PRIMERO. Los socios de común acuerdo modifican la cláusula SEGUNDA por la siguiente: “SEGUNDO: DEL DOMICILIO. El domicilio de la sociedad será la ciudad de Rancagua.”, y modifican la cláusula SÉPTIMA por la siguiente: “SÉPTIMO: DE LAS UTILIDADES Y PERDIDAS. Las utilidades que arroje el balance, deducidas las reservas legales, y las que acuerden los socios, serán atribuidas como retiros entre los socios. En consideración a lo anterior y dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo dos mil sesenta y seis del Código Civil, el artículo trescientos ochenta y dos del Código de Comercio, la letra a) del número tres de la letra A) del artículo catorce de la Ley de Impuesto a la Renta, y teniendo en especial consideración la voluntad de las partes, dichas utilidades serán atribuidas a cada socio en las siguientes proporciones: a) don ANGEL CESAR ULLOA AVSOLOMOVICH, el uno por ciento del total de las mismas; y b) doña ISABEL MARGARITA DE FÁTIMA REYES GONZÁLEZ el noventa y nueve por ciento restante. Los socios de común acuerdo declaran y establecen que las proporciones antes señaladas tienen directa relación con las obligaciones personales que cada socio tendrá en el desarrollo del giro de la sociedad, de conformidad a los servicios y trabajo personal que cada uno de ellos realizará en la actividad social. Sí, la razonabilidad de los criterios mencionados y/o el porcentaje de las atribuciones expresamente asignadas, se ve alterada por circunstancias en el futuro, los socios de común acuerdo podrán modificarlo cumpliendo las solemnidades respectivas. Las pérdidas que pudieren sufrir la sociedad y los haberes que pudieren corresponder a los socios por la liquidación de la misma, se distribuirán entre ellos a prorrata de sus respectivos aportes en el capital social.”.- SEGUNDO. Se mantiene el capital social en la suma de $8.000.000. La representación seguirá en ambos socios con facultades señaladas en estatutos. La responsabilidad se mantiene limitada al monto de los respectivos aportes.- TERCERO. En todo lo no modificado, continúa plenamente vigente en todas sus partes, el estatuto social primitivo. Demás estipulaciones en escritura extractada. Rancagua, 22 de Diciembre de 2017.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
TURISMO DAKOTA LIMITADA
CVE 1870621
- MODIFICACIÓN
TURISMO DAKOTA LIMITADA
CVE 1327731
