有限責任公司78.831.740-9

Empresa Constructora Haga Construcciones Limitada

MODIFICACIÓN — 2026年8月12日

稅務資料(SII)

实体类型

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

公司子类型

SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA

開始經營

SII 未報告開始經營日期

經濟活動

SII 中沒有登記的經濟活動

蓋章文件

SII 中沒有登記的蓋章文件

Diario Oficial

公司資料

Ltda
Las Magnolias número diez, Achupallas

資本

總資本

$500.000.000

實繳資本

$500.000.000

待繳資本

$0

股東(2)

姓名持股比例

Humberto Federico Aguirre Alburquenque

Socio

7.xxx.xxx-3

50%

Nancy Lilian Esparza Peña

Socio

8.xxx.xxx-2

50%

公報所載公司沿革

  1. 設立· 1996年4月4日

    Los comparecientes constituyeron la sociedad Empresa Constructora Haga Construcciones Limitada.

    Humberto Federico Aguirre Alburquenque · Nancy Lilian Esparza Peña

摘要官方正文

Ministerio del Interior LUIS FELIPE SEPULVEDA PONCE, Abogado, Notario Público Titular de Valparaíso, con Oficio en Calle Prat 863; certifica: Escritura Pública Empresa Constructora Haga Construcciones Limitada, Modificación de Sociedad, Aumento de Capital. RUT 78.831.740-9, Repertorio N° 2117-2026, hoy ante mí, comparecieron don Humberto Federico Aguirre Alburquenque, chileno, casado y separado de bienes, constructor civil, cédula nacional de identidad número siete millones doscientos treinta y siete mil seiscientos treinta y dos guión tres, y doña Nancy Lilian Esparza Peña, chilena, casada con el anterior bajo régimen de separación total de bienes, según se acredita con los documentos que se insertan a la conclusión del presente instrumento, socia de empresa, cédula nacional de identidad número ocho millones quinientos cincuenta y nueve mil treinta y tres guión dos, ambos domiciliados en Viña del Mar, en calle Las Magnolias número diez, Achupallas, mayores de edad quienes indicaron lo siguiente por escritura pública que por este acto se extracta: PRIMERO.- ANTECEDENTES SOCIALES.- Los comparecientes, por escritura pública de fecha cuatro de Abril del año mil novecientos noventa y seis, otorgada ante la Notaría de Viña del Mar de doña Eliana Gabriela Gervasio Zamudio, constituyeron una sociedad comercial de responsabilidad limitada, bajo la razón social de “Empresa Constructora Haga Construcciones Limitada”, cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Valparaíso del año mil novecientos noventa y seis a fojas doscientas sesenta y ocho vuelta número doscientos sesenta. MODIFICACIÓN POR AUMENTO DE CAPITAL.- Los socios comparecientes convienen en aumentar el capital social de la sociedad “Empresa Constructora Haga Construcciones Limitada”, individualizada en la cláusula primera, de la suma de doscientos cincuenta millones de pesos, en que se encuentra actualmente fijado, a la suma de quinientos millones de pesos, esto es, un aumento efectivo de doscientos cincuenta millones de pesos, que enteran los socios por partes iguales, correspondiendo a cada uno de ellos la suma de ciento veinticinco millones de pesos.- Dichas sumas han sido íntegra y efectivamente aportadas y enteradas por ambos socios, con anterioridad a este acto, mediante la capitalización de utilidades acumuladas y retenidas de la sociedad, que los socios, en su calidad de únicos titulares de la totalidad de los derechos sociales, han destinado al pago del presente aumento de capital conforme a los registros contables de la sociedad, lo que los comparecientes declaran expresamente, no quedando saldo alguno pendiente de entero ni obligación de aporte insoluta.- En consecuencia, el capital social queda total y efectivamente pagado, sin que el presente aumento importe aporte en dinero efectivo de ninguna especie.- Las demás cláusulas del contrato social quedan sin modificaciones.- NUEVO TEXTO DE LA CLÁUSULA SOBRE CAPITAL.- En virtud del aumento de capital convenido en la cláusula precedente, los socios acuerdan dar un nuevo texto a la cláusula quinta del contrato social sobre capital, la que pasa a ser del siguiente tenor: “QUINTO.- CAPITAL.- El capital social es la suma de quinientos millones de pesos que los socios han aportado y enterado por partes iguales como sigue: a) don Humberto Federico Aguirre Alburquenque, la suma de doscientos cincuenta millones de pesos, de los cuales aportó y enteró con anterioridad la cantidad de ciento veinticinco millones de pesos, en la forma detallada en las escrituras públicas de constitución y de modificación de fechas cuatro de Abril de mil novecientos noventa y seis, catorce de Agosto de mil novecientos noventa y seis y tres de Julio de dos mil seis, todas otorgadas ante la Notaría de Viña del Mar de doña Eliana Gabriela Gervasio Zamudio e individualizadas en la cláusula primera de la escritura de modificación de cuatro de Agosto de dos mil veintiséis, y el saldo de ciento veinticinco millones de pesos lo aportó y enteró mediante la capitalización de utilidades acumuladas y retenidas de la sociedad, con anterioridad al otorgamiento de esta última escritura; y b) doña Nancy Lilian Esparza Peña, la suma de doscientos cincuenta millones de pesos, de los cuales aportó y enteró con anterioridad la cantidad de ciento veinticinco millones de pesos, en la forma detallada en las mismas escrituras antes citadas, y el saldo de ciento veinticinco millones de pesos lo aportó y enteró mediante la capitalización de utilidades acumuladas y retenidas de la sociedad, con anterioridad al otorgamiento de la referida escritura de modificación.- El capital social se encuentra íntegramente suscrito y pagado.- Los socios responden hasta el monto de sus respectivos aportes”.- Las otras cláusulas del contrato social quedan sin modificaciones y continúan plenamente vigentes. VIGENCIA DE LAS DEMÁS ESTIPULACIONES.- Los comparecientes dejan expresa constancia de que, salvo la modificación de la cláusula quinta sobre capital convenida en el presente instrumento, las demás estipulaciones del pacto social, en especial las relativas a razón social, objeto, domicilio, duración, administración y uso de la razón social, participación en las utilidades y pérdidas, y demás materias en él reguladas, no sufren modificación alguna y continúan plenamente vigentes en los términos establecidos en las escrituras individualizadas en la cláusula primera precedente, las que en lo no modificado rigen en su integridad.- Demás estipulaciones en escritura extractada. VALPARAISO, 06 de agosto del 2026.

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  1. MODIFICACIÓN

    Empresa Constructora Haga Construcciones Limitada

    CVE 2853675

公司關係

公司人物Diario Oficial