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Sociedad de Responsabilidad LimitadaDisuelta78.735.720-2

Inversiones Perpetuo Socorro Limitada

DISOLUCIÓN — 9 jul 2020

Información tributaria (SII)

Tipo de entidad

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

Subtipo de sociedad

SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA

Inicio de actividades

Sin inicio de actividades informado por el SII

Actividades económicas

Sin actividades económicas registradas en el SII

Documentos timbrados

Sin documentos timbrados registrados en el SII

Diario Oficial

DisoluciónDiario Oficial · 2020-07-09Ver PDF (CVE 1783081)

Información societaria

Ltda

Historia societaria relatada

  1. Otro acto· 30 de junio de 2020

    Fusión línea a línea por absorción de Inversiones Perpetuo Socorro Limitada por Inversiones El Huerto Limitada, produciéndose la disolución anticipada de la absorbida

    Inversiones Perpetuo Socorro Limitada · Inversiones El Huerto Limitada

Texto oficial del extracto

Juan Cristian Berrios Castro, Abogado, Notario Público Suplente del Titular de la Octava Notaria de Santiago de don Luis Ignacio Manquehual Mery, ambos con domicilio en calle Huérfanos n° 941, local 302, comuna de Santiago; Certifica: Que con fecha 30 de junio de 2020, ante el Titular, se firmó ante mí Escritura de Fusión Línea a Línea y Disolución entre Inversiones Perpetuo Socorro Limitada, RUT 78.735.720-2 inscrita a fs. 15.021 n° 12.235 del Registro de Comercio de Santiago de 1995 e Inversiones El Huerto Limitada, RUT 76.888.180-4 inscrita a fs. 24.082 n° 17.578 del Registro de Comercio de Santiago de 2007. Los comparecientes acuerdan la fusión línea a línea de ambas sociedades mediante la absorción de la primera por esta última, que será la sucesora legal y continuadora de las actividades y operaciones de la absorbida, en los términos que se precisan, produciéndose, en consecuencia, la disolución anticipada de Inversiones Perpetuo Socorro Limitada. Se deja constancia, para los efectos de la fusión de las Sociedades, se ha utilizado un balance de fusión usando como base los balances aprobados de fecha 31 de diciembre de 2019 de ambas entidades, con ciertos ajustes de operaciones realizadas. Se deja constancia que el valor de los activos de la sociedad Inversiones Perpetuo Socorro Limitada, según consta en sus libros y registros contables y en el balance aprobado por sus socios, asciende a $676.082.227, los pasivos a $113.275.573 y, el valor de su patrimonio a $562.806.654. De igual forma, se deja constancia que el valor de los activos de Inversiones El Huerto Limitada, según consta en sus libros y registros contables y en el balance aprobado, asciende a $32.976.009, el valor de sus pasivos a $1.262.626.200 y, el valor de su patrimonio negativo de -$1.229.650.191. La fusión línea a línea de ambas sociedades se concreta sumando a las cuentas de activo, pasivo y patrimonio de Inversiones Perpetuo Socorro limitada, y las correspondientes de Inversiones El Huerto Limitada, en base al Balance de Fusión auditado y, lo cual supone un Aumento de Capital que también fue aprobado por los socios de Inversiones El Huerto Limitada. De esta forma y tomando como base los balances y los ajustes contemplados en ellos, el balance de la sociedad absorbente luego de producida la fusión es el que se pasa a detallar: Activos: $709.058.236. Pasivos: $1.375.901.773. Patrimonio negativo: -$666.843.537. Por tanto, INVERSIONES EL HUERTO LIMITADA ha adquirido el 100% del capital de INVERSIONES PERPETUO SOCORRO LIMITADA y, en consecuencia, al haberse reunido éstos en una sola mano, esta última sociedad se ha disuelto por el solo ministerio de la ley, pasando así INVERSIONES EL HUERTO LIMITADA a ser titular de la totalidad de su activo, bienes, derechos, beneficios, utilidades percibidas y no distribuidas, utilidades devengadas y demás fondos, sin reservas ni exclusión de ningún tipo, de su pasivo, y de los permisos y autorizaciones que tuviere. Como consecuencia, los únicos y actuales socios de Inversiones El Huerto Limitada, doña Maria del Carmen Rabat Vilaplana y don Carlos Alberto Rabat Vilaplana, vienen en sustituir la cláusula sexta de la escritura de constitución de la sociedad, por la siguiente: “Artículo Sexto: El capital social asciende a la suma de $14.329.777, aportado y pagado por los socios de la siguiente forma: a) Doña Maria del Carmen Rabat Vilaplana, la cantidad de $14.315.447, equivalente al 99,9% del capital social. b) Don Carlos Alberto Rabat Vilaplana, la cantidad de $14.330, equivalente a un 0,1% del capital social. Los aportes han ingresado a la caja social, a entera satisfacción de los socios. Para todos los efectos de lo dispuesto en el artículo 69 del Código Tributario, los socios quieren dejar constancia que “INVERSIONES EL HUERTO LIMITADA”, en su calidad de sociedad absorbente y continuadora, se hará solidariamente responsable del pago de los impuestos que adeudare o pudiere adeudar la sociedad absorbida, “INVERSIONES PERPETUO SOCORRO LIMITADA”. En todo lo no modificado, quedan plenamente vigentes los Estatutos sociales. Santiago, 6 de julio de 2020.

Actuaciones recientes

  1. DISOLUCIÓN

    INVERSIONES PERPETUO SOCORRO LIMITADA

    CVE 1783081

Relaciones societarias

EmpresaPersonaRelación histórica (no vigente)