Inversiones Risan SpA
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$956.766.798
Capital libéré
$956.766.798
Capital restant dû
$0
Actions
408
Texte officiel de l’extrait
EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público Titular, 34° Notaria Santiago, calle Luis Thayer Ojeda número 359, comuna de Providencia, certifico que, ante mí, con fecha 26 de diciembre de 2024, se redujo a escritura pública, Repertorio N°22.607, la Quinta Junta Extraordinaria de Accionistas de INVERSIONES RISAN SpA, celebrada con fecha 16 de diciembre de 2024, donde los accionistas de la sociedad; 1) RSD SpA, debidamente representada por don RICARDO ANDRÉS SANTANDER DUCH; 2) DISR SpA, debidamente representada por don DIEGO JOSÉ SANTANDER RIVERO; 3) TSR SpA, debidamente representada por doña TRINIDAD PAZ SANTANDER RIVERO, y; 4) DASR SpA, debidamente representada por doña DANIELA FERNANDA SANTANDER RIVERO, acordaron aumentar el capital de la Sociedad por aporte en dominio de dos bienes inmuebles y acordaron la reforma de los Estatutos, en el siguiente tenor: “ARTÍCULO CUARTO: El capital de la Sociedad es la suma de novecientos cincuenta y seis millones setecientos sesenta y seis mil setecientos noventa y ocho pesos, dividido en cuatrocientas ocho acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, de una misma y única serie, que se suscribe y se paga en la forma que señala el Artículo Primero Transitorio de estos Estatutos. Sin perjuicio de lo anterior, en caso de aumentos de capital se podrán pagar en moneda de curso legal bien o mediante el aporte en dominio a la Sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluyéndose créditos en contra de la misma sociedad y/o mutuos de dinero convertibles. El plazo para enterar el capital y sus aumentos será dentro de los treinta años siguientes contados desde la fecha de suscripción de las acciones o del acuerdo respectivo según corresponda, en atención a lo dispuesto en el artículo cuatrocientos treinta y cuatro del Código de Comercio, más el reajuste que prescribe el artículo dieciséis de la Ley número dieciocho mil cuarenta y seis, sobre sociedades anónimas, so pena de tenerse por no suscritas. Si las acciones no se pagaren oportunamente al vencimiento del plazo correspondiente, el capital social quedará reducido al monto efectivamente suscrito y pagado. Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado gozarán de los mismos derechos que gozan las acciones totalmente pagadas, incluido lo relativo a la participación que les corresponda en los beneficios sociales y en las devoluciones de capital pagado.-“ y; “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la Sociedad es la suma de novecientos cincuenta y seis millones setecientos sesenta y seis mil setecientos noventa y ocho pesos, dividido en cuatrocientas ocho acciones ordinarias, nominativas, de igual valor y sin valor nominal, de una misma y única serie, las cuales se suscriben y pagan de las siguiente manera: a) RSD SpA, debidamente representada, suscribe y paga trescientas cuarenta y dos acciones, representativas de la suma de ochocientos un millones novecientos noventa y cinco mil seiscientos noventa y ocho pesos del capital social, declarando la Sociedad recibir a su entera satisfacción; b) DISR SpA, debidamente representada, suscribe veintidós acciones, de las cuales paga doce acciones, representativas de la suma de veintiocho millones ciento cuarenta mil doscientos pesos, y pagará diez acciones representativas de veintitrés millones cuatrocientos cincuenta mil ciento sesenta y siete pesos del capital social, declarando la Sociedad recibir a su entera satisfacción; c) TSR SpA, debidamente representada, suscribe veintidós acciones, de las cuales paga doce acciones, representativas de la suma de veintiocho millones ciento cuarenta mil doscientos pesos, y pagará diez acciones representativas de veintitrés millones cuatrocientos cincuenta mil ciento sesenta y siete pesos del capital social, declarando la Sociedad recibir a su entera satisfacción, y; d) DASR SpA, debidamente representada, suscribe veintidós acciones, de las cuales paga doce acciones, representativas de la suma de veintiocho millones ciento cuarenta mil doscientos pesos, y pagará diez acciones representativas de veintitrés millones cuatrocientos cincuenta mil ciento sesenta y siete pesos del capital social, declarando la Sociedad recibir a su entera satisfacción. Atendido lo anterior, el capital social corresponde a la suma total novecientos cincuenta y seis millones setecientos sesenta y seis mil setecientos noventa y ocho pesos, dividido en cuatrocientas ocho acciones ordinarias, nominativas, de igual valor y sin valor nominal, de una misma y única serie , el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado.” En todo lo no modificado expresamente en la presente Junta, los estatutos sociales se mantienen plenamente vigentes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, a 16 de enero de 2025.
Actes récents
- MODIFICACIÓN
INVERSIONES RISAN SpA
CVE 2611486
