Sociedad de Responsabilidad Limitada78.721.330-8

Aquiles Gomez Y Compañía Limitada

MODIFICACIÓN — 9 nov 2018

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2018-11-09Ver PDF (CVE 1491370)

Información societaria

Ltda
calle Parque 12.701-2, Condominio Jardines del Sol
Administración: La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá separada e indistintamente a uno cualesquiera de los socios Aquiles Antonio Gómez Guzmán o Isidora Pamela Gómez Hernández

Capital

Capital total

$2.675.900

Capital pagado

$2.675.900

Capital pendiente

$0

Socios (3)

NombreParticipación

Aquiles Antonio Gómez Guzmán

Socio

64%

Isidora Pamela Gómez Hernández

Socio

18%

Sofia Valentina Gómez Hernández

Socio

18%

Administradores (2)

Historia societaria relatada

  1. Fallecimiento· 11 de marzo de 2013

    Fallece Delia Inés Hernández Cisternas.

    Delia Inés Hernández Cisternas

  2. Sucesión

    Se concede posesión efectiva de la herencia a Aquiles Antonio Gómez Guzmán, Isidora Pamela Gómez Hernández y Sofia Valentina Gómez Hernández.

    Aquiles Antonio Gómez Guzmán · Isidora Pamela Gómez Hernández · Sofia Valentina Gómez Hernández

  3. Incorporación de socio

    Sofia Valentina Gómez Hernández se incorpora como nueva socia y cesa Delia Inés Hernández Cisternas.

    Delia Inés Hernández Cisternas · Sofia Valentina Gómez Hernández

  4. Cambio de capital

    Se aumenta el capital social a $2.675.900 y se redistribuyen las participaciones entre los socios.

    Aquiles Antonio Gómez Guzmán · Isidora Pamela Gómez Hernández · Sofia Valentina Gómez Hernández

  5. Cambio de administrador

    Se modifica la administración para que actúen indistintamente Aquiles Antonio Gómez Guzmán o Isidora Pamela Gómez Hernández.

    Aquiles Antonio Gómez Guzmán · Isidora Pamela Gómez Hernández

Texto oficial del extracto

MARÍA LORETO ZALDÍVAR GRASS, Notario Interino de la 18° Notaría de Santiago, domiciliada Bandera 341, 8° piso, oficina 875, certifica: Por escritura pública de fecha de hoy, ante mí, don AQUILES ANTONIO GOMEZ GUZMAN, doña ISIDORA PAMELA GOMEZ HERNANDEZ, y doña SOFIA VALENTINA GOMEZ HERNANDEZ, todos domiciliados en calle Parque 12.701-2, Condominio Jardines del Sol, comuna de Lo Barnechea, Santiago, acordaron modificar estatutos de “AQUILES GOMEZ Y COMPAÑÍA LIMITADA”, inscrita a fojas 23.337 número 19.240 del año 1993 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, en los siguientes términos: 1) Se dio cuenta del fallecimiento de doña DELIA INÉS HERNÁNDEZ CISTERNAS, ocurrido el 11 de marzo de 2013. La posesión efectiva de la herencia se le concedió a sus herederos don Aquiles Antonio Gómez Guzmán, doña Isidora Pamela Gomez Hernández y doña Sofia Valentina Gómez Hernández. 2) Continuación de la sociedad con los herederos de la socia fallecida y nuevas participaciones sociales: De acuerdo con la cláusula décima de los estatutos sociales, la sociedad no terminará por el fallecimiento de los socios y continuará entre sus herederos.- Entonces, para todos los efectos, los herederos de la socia fallecida acuerdan adjudicarse a cada uno de ellos, la cuota hereditaria de los derechos que doña Delia Inés Hernández Cisternas, tenía en la sociedad, ascendentes a un 12,5% del capital social, de la siguiente forma: a don Aquiles Antonio Gómez Guzmán un 3,1250%; a doña Isidora Pamela Gomez Hernández un 4,6875% del capital social; y a doña Sofia Valentina Gomez Hernández un 4,6875% del capital social.- En consecuencia, deja de ser socia doña Delia Inés Hernández Cisternas, se incorpora como nueva socia doña Sofia Valentina Gomez Hernández y aumentan sus participaciones sociales don Aquiles Antonio Gómez Guzmán y doña Isidora Pamela Gómez Hernández.- De esta forma, los socios y sus participaciones -transitorias- en el capital social, quedan como sigue: Aquiles Antonio Gómez Guzmán con 85,6250%; Isidora Pamela Gómez Hernández con 9,6875%; y Sofia Valentina Gómez Hernández con 4,6875%.- 3) A continuación, los socios acuerdan aumentar el capital social en la suma de $675.900, de manera tal que, a contar de esta fecha, el capital social será la cantidad de $2.675.900- El aumento de capital se entera y paga de la siguiente forma: a) Con la suma de $287.950- que doña Isidora Pamela Gómez Hernández, aporta al contado y en dinero efectivo; y b) Con la suma de $387.950- que doña Sofía Valentina Gómez Hernández, aporta al contado y en dinero efectivo. En consecuencia, el capital social por la suma de $2.675.900- se encuentra íntegramente suscrito y pagado.- De esta forma, los socios y sus participaciones –definitivas- en el capital social, despreciando las cifras de aproximación o truncado, quedan de la siguiente forma: AQUILES ANTONIO GÓMEZ GUZMÁN con un 64%; ISIDORA PAMELA GÓMEZ HERNÁNDEZ con un 18%; y SOFIA VALENTINA GÓMEZ HERNÁNDEZ con el 18% restante.- 4) Los socios acuerdan reemplazar la cláusula cuarta de los estatutos sociales, por el siguiente nuevo texto: “CUARTO: El capital social es la suma de dos millones seiscientos setenta y cinco mil novecientos pesos, íntegramente enterados en arcas sociales y aportados por los socios de la siguiente manera: a) Don AQUILES ANTONIO GOMEZ GUZMAN, aporta la suma de un millón setecientos doce mil quinientos pesos, equivalente al sesenta y cuatro por ciento del capital social; b) Doña ISIDORA PAMELA GOMEZ HERNANDEZ, aporta la suma de cuatrocientos ochenta y un mil setecientos pesos, equivalente al dieciocho por ciento del capital social; y c) Doña SOFIA VALENTINA GOMEZ HERNANDEZ, aporta la suma de cuatrocientos ochenta y un mil setecientos pesos, equivalente al dieciocho por ciento del capital social.- De este modo el capital social se encuentra íntegramente aportado y pagado. Los socios limitan su responsabilidad personal hasta el monto de sus respectivos aportes.”.- 5) Los socios acuerdan modificar la administración de la sociedad, reemplazando el encabezamiento de la cláusula quinta de los estatutos sociales, por el siguiente: “Quinto: La administración, representación y el uso de la razón social, corresponderá forma separada e indistintamente a uno cualesquiera de los socios don Aquiles Antonio Gómez Guzmán o doña Isidora Pamela Gómez Hernández, quienes anteponiendo a su firma la razón social obligará a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario, gozando de las más amplias facultades de administración y disposición, sin límite alguno….”. En todo aquello que no ha sido modificado, subsiste plenamente el pacto social.- Demás cláusulas constan en escritura que extracto.- Santiago, 12 de octubre de 2018, María Loreto Zaldívar Grass, Notario Público Interino.-

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Relaciones societarias

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