Sociedad Agricola, Comercial, Industrial Santa Barbara Limitada
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
Desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, actividades de transporte y fletes, movimientos de tierra, excavaciones y demolición, construcción de caminos forestales, comercialización de productos agropecuarios y forestales; compra, venta, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje y explotación, gestión y administración de bienes inmuebles rústicos o urbanos; actividades de servicios agrícolas y ganaderos, cría de animales y cultivos; inversiones y negocios sobre bienes muebles e inmuebles; y celebrar actos o contratos relacionados con el giro principal, pudiendo constituir o integrar sociedades, empresas, asociaciones o corporaciones.
Capital
Capital total
$47.000.000
Capital pagado
$47.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (4)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
MANIFE DEL CARMEN DAMES CIFUENTES Socio 2.xxx.xxx-6 | 2.xxx.xxx-6 | 44.68% | $21.000.000 |
Socio 7.xxx.xxx-6 | 7.xxx.xxx-6 | 18.44% | $8.666.666 |
RAFAEL ALBERTO DE LA MAZA DECAP Socio 6.xxx.xxx-2 | 6.xxx.xxx-2 | 18.44% | $8.666.667 |
BENJAMIN DAMIAN WILLSON CANDIA Socio 20.xxx.xxx-2 | 20.xxx.xxx-2 | 18.44% | $8.666.667 |
Administradores (2)
BENJAMIN DAMIAN WILLSON CANDIA
Historia societaria relatada
- Constitución· 20 de abril de 1995
Se constituyó la sociedad y se publicó su extracto en el Diario Oficial N°35.166 de 1995.
- Cambio de administrador· 22 de septiembre de 2000
Se modificó la cláusula tercera de administración en escritura de modificación anterior.
Texto oficial del extracto
LUIS ARMANDO CARRILLO CARO, Notario Público de Concepción, con oficio en O´Higgins 820, suplente del titular con Carlos Miranda Jiménez, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 31 de Julio de 2017, ante mí, doña MANIFE DEL CARMEN DAMES CIFUENTES, cédula nacional de identidad Nº2.736.816-6, domiciliada en Colo-Colo 379, depto. 1104, ciudad y comuna de Concepción; doña MARISOL MANIFFE WILLSON DAMES, cédula nacional de identidad Nº7.137.570-6, domiciliada en Los Huemules 391, comuna de Peñalolen, Región Metropolitana; don RAFAEL ALBERTO DE LA MAZA DECAP, cédula nacional de identidad Nº6.934.194-2, domiciliado en Los Huemules 391, comuna de Peñalolen, Región Metropolitana; y don BENJAMIN DAMIAN WILLSON CANDIA, cédula nacional de identidad Nº20.022.038-2, domiciliado en Hijuela 3 sin número, sector Monte Aguila, comuna de Cabrero, modificaron la “SOCIEDAD AGRICOLA, COMERCIAL, INDUSTRIAL SANTA BARBARA LIMITADA”, rol único tributario Nº78.642.930-7, constituida por escritura pública de fecha 20 de abril del año 1995, otorgada ante el Notario Público de la comuna de Concepción, don Jorge Condeza Vaccaro, un extracto de dicha escritura se publicó en el Diario Oficial Nº35.166, de fecha 13 de mayo del año 1995, y se inscribió en el Registro de Comercio de la ciudad de Concepción a fs. 741, con el Nº490 del año 1995. El capital social de la sociedad “SOCIEDAD AGRICOLA, COMERCIAL, INDUSTRIAL SANTA BARBARA LIMITADA” asciende a la suma de $47.000.000.- Las modificaciones que se introducen son las siguientes: a) El socio doña MARISOL MANIFFE WILLSON DAMES, con el expreso consentimiento de los restantes socios y de la sociedad, vende, cede y transfiere el 33,33% de sus derechos e intereses en la sociedad, equivalentes al 9,22% de los derechos sociales, a don BENJAMIN DAMIAN WILLSON CANDIA, quien los acepta, compra y adquiere para sí. El precio de la venta de estos derechos es la suma de $4.333.200, que el cesionario y adquirente paga y entrega al vendedor y cedente en este acto, de contado y en dinero en efectivo. b) El socio RAFAEL ALBERTO DE LA MAZA DECAP, con el expreso consentimiento de los restantes socios y de la sociedad, vende, cede y transfiere el 33,33% de sus derechos e intereses en la sociedad, equivalentes al 9,22% de los derechos sociales, a don BENJAMIN DAMIAN WILLSON CANDIA, quien los acepta, compra y adquiere para sí. El precio de la venta de estos derechos es la suma de $4.333.200, que el cesionario y adquirente paga y entrega al vendedor y cedente en este acto, de contado y en dinero en efectivo.- Como consecuencia de las cesiones contenidas en las clausulas anteriores, se modifica la cláusula CUARTA del pacto social, en términos que el capital ascendente a la suma de $47.000.000.- que los socios han aportado y enterado, queda distribuido de la siguiente forma: uno) Doña MANIFE DEL CARMEN DAMES CIFUENTES, es titular de un aporte de capital ascendente a la suma de $21.000.000.- y que se encuentra a esta fecha enterados en su totalidad, equivalentes a un 44,68% de los derechos sociales; dos) Doña MARISOL MANIFFE WILLSON DAMES, es titular de un aporte de capital ascendente a la suma de $8.666.666.- y que se encuentra a esta fecha enterados en su totalidad, equivalentes a un 18,44% de los derechos sociales; tres) don RAFAEL ALBERTO DE LA MAZA DECAP, es titular de un aporte de capital ascendente a la suma de $8.666.667.- y que se encuentra a esta fecha enterados en su totalidad, equivalentes a un 18,44% de los derechos sociales; y cuatro) don BENJAMIN DAMIAN WILLSON CANDIA, es titular de un aporte de capital ascendente a la suma de $8.666.667.- y que se encuentra a esta fecha enterados en su totalidad, equivalentes a un 18,44% de los derechos sociales.- Se modifica, además, la cláusula SEGUNDA del pacto social, referente al objeto social, en los siguientes términos: “CLAUSULA SEGUNDA: La sociedad tendrá por objeto desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: a) Prestar servicio de transportes y fletes, movimientos de tierra, excavaciones y demolición, construcción de caminos forestales y la comercialización de productos agropecuarios y forestales; b) La compra, venta, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje y, en general, cualquier forma de explotación, gestión y administración de bienes inmuebles rústicos o urbanos; c) Desarrollar actividades de servicios agrícolas y ganaderos, cría de animales, cultivo de productos agrícolas en combinación con cría de animales, cultivos en general; cultivo de productos de mercado; horticultura, silvicultura, extracción de madera y actividades de servicios conexas; d) Efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles e inmuebles, corporales e incorporales, su explotación, comercialización y/o administración; e) En general, celebrar y ejecutar cualquier acto o contrato o desarrollar todo tipo de negocios relacionados con el giro principal, pudiendo a fin de desarrollar adecuadamente sus fines constituir o integrar toda clase de sociedades, empresas, asociaciones o corporaciones de cualquier naturaleza.”.- Se modifica, además, la clausula SEXTA del pacto social, en términos que las utilidades o eventualmente las pérdidas de la sociedad, se repartirán en un 44,68% para la socia doña MANIFE DEL CARMEN DAMES CIFUENTES; en un 18,44% para la socia doña MARISOL MANIFE WILLSON DAMES; en un 18,44% para el socio don RAFAEL ALBERTO DE LA MAZA DECAP; y en un 18,44% para el socio don BENJAMIN DAMIAN WILLSON CANDIA.- Se modifica, por último, la clausula TERCERA del pacto social, modificada por la cláusula tercera de la escritura de modificación de sociedad de fecha veintidós de septiembre del año dos mil, reemplazándose por la siguiente: “CLAUSULA TERCERA: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a doña MARISOL MANIFE WILLSON DAMES y a don BENJAMIN DAMIAN WILLSON CANDIA, quienes deberán obrar conjuntamente, sin más limitación que anteponer a su nombre y firma la razón de la sociedad, quienes la ejercerán por sí o por intermedio de apoderados o delegados designados especialmente al efecto por medio de escritura pública que se anotará al margen de la inscripción social. Expresándose en la escritura extractada las facultades de dichos administradores por vía meramente enunciativa y no taxativa.- Las anteriores, son las únicas modificaciones que se introducen a la sociedad, en todo lo no expresamente modificado, sigue rigiendo integra e inalteradamente el pacto social que consta de escritura pública de fecha 20 de abril del año 1995, otorgada ante el Notario Público de la comuna de Concepción, don Jorge Condeza Vaccaro, con oficio en calle Barros Arana Nº971, ciudad y comuna de Concepción, y sus modificaciones posteriores, en especial, la limitación de la responsabilidad de los socios al monto de sus respectivos aportes.- Concepción, 02 de Agosto de 2017.-
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD AGRICOLA, COMERCIAL, INDUSTRIAL SANTA BARBARA LIMITADA
CVE 1252515
