Comercial e Inmobiliaria Nazar Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Capital
Capital total
$10.000.000
Capital pagado
$10.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Asesorías e Inversiones San Carlitos II S.A Socio | - | 40% | $4.000.000 |
Comercial e Inmobiliaria Nazar Limitada Socio | - | 60% | $6.000.000 |
Representación legal (2)
Miguel Nazar Carter
Historia societaria relatada
- Constitución· 25 de agosto de 2004
Se constituyó Mantención y Servicios Limitada.
- Cesión de derechos· 13 de julio de 2021
Asesorías e Inversiones San Carlitos II S.A cede el 10% de sus derechos sociales a Comercial e Inmobiliaria Nazar Limitada.
Asesorías e Inversiones San Carlitos II S.A · Comercial e Inmobiliaria Nazar Limitada
- Cambio de capital· 13 de julio de 2021
Se fija el capital social en $10.000.000, enterado y pagado por los socios.
Asesorías e Inversiones San Carlitos II S.A · Comercial e Inmobiliaria Nazar Limitada
Texto oficial del extracto
ALBERTO MOZO AGUILAR, Notario Público Titular, 40º Notaría de Santiago, Calle Teatinos Nº 332, comuna de Santiago, certifica que por escritura pública de fecha 13 de julio de 2021, repertorio número 4019/2021, ante mí, don Miguel Nazar Carter, en representación de Asesorías e Inversiones San Carlitos II S.A y don Diego Andrés Nazar Saieh en representación de Comercial e Inmobiliaria Nazar Limitada, Todos domiciliados en calle Bombero Nuñez número ciento ochenta y uno, comuna de Recoleta; Modificaron la sociedad Mantención y Servicios Limitada, constituida el 25 de agosto 2004 ante notario Gabriel Ogalde Rodriguez, inscrita fs. 27.421 N° 20.359, en el Registro de Comercio de Santiago, correspondiente al año 2004 y, se publicó en el ejemplar N° 37.952 del diario oficial del día dos de septiembre del año 2004, en cuanto: 1) De la Cesión de Derechos Sociales. “Asesorías e Inversiones San Carlitos II S.A, “la Cedente”, debidamente representada, con expreso consentimiento de todos sus socios y mediante el presente instrumento, vende, cede y transfiere el diez coma cero cero cero por ciento de los derechos sociales que tiene en la sociedad “MANTENCIÓN Y SERVICIOS LIMITADA”, a la sociedad “Comercial e Inmobiliaria Nazar Limitada”, “la Cesionaria”, la cual compra, acepta y adquiere por medio de su representante legal don Diego Andres Nazar Saieh. El precio de la cesión es el equivalente en pesos de mil seiscientas unidades de fomento, que se paga en este acto a entera conformidad del vendedor cedente. La responsabilidad de los socios queda limitada a sus respectivos aportes. 2) Se entienden Comprendidos en la Cesión de Derechos Sociales. En la cesión de derechos precedente referida, se entiende comprendidos y en la proporción que corresponde, todos los derechos, acciones y porcentajes en el capital que tenía el socio, incluyendo los fondos de reserva, utilidades, pérdidas de revalorización, cuentas o saldos de haberes de cualquier orden o naturaleza, y demás fondos contables que pudieren corresponderle. 3) De los nuevos Actuales socios y de su Participación Social. A consecuencia de la cesión de derechos sociales antes señalada, quedan como únicos socios de responsabilidad limitada “Mantención y Servicios Limitada”, los siguientes socios y según las participaciones sociales que se indican a continuación: “Asesorías e Inversiones San Carlitos II S.A”, con el cuarenta por ciento de los derechos sociales o proporción del capital social. “Comercial e Inmobiliaria Nazar Limitada” con el sesenta por ciento de los derechos sociales o proporción del capital social. 3) De las Modificaciones. Por el presente acto e instrumento y en la calidad que le confieren las cláusulas pactadas antecedentemente, de únicos socios de la sociedad “Mantención y Servicios Limitada”, sus únicos socios, debidamente representados, “Asesorías e Inversiones San Carlitos II S.A” y “Comercial e Inmobiliaria Nazar Limitada”, aceptando el presente instrumento, convienen de mutuo acuerdo en introducir las siguientes modificaciones al actual estatuto social: Se reemplaza o sustituye y según se señala a continuación el “Artículo Sexto”, del “Titulo Segundo”: “Del Capital y de la Responsabilidad”, por el siguiente nuevo “Artículo Sexto”: Artículo sexto. El capital social de la sociedad es la cantidad o suma de diez millones de pesos, que los socios aportaron, pagaron y enteraron de la siguiente forma a la caja social: “Comercial e Inmobiliaria Nazar Limitada”, con la suma de seis millones de pesos, que corresponde al sesenta por ciento de los derechos sociales o proporción del capital social, la cual se encuentra íntegramente enterada y pagada en la caja social con anterioridad a esta fecha y “Asesorías e Inversiones San Carlitos S.A”, con la suma de cuatro millones de pesos, que corresponde al cuarenta por ciento de los derechos sociales o proporción del capital social, la cual se encuentra íntegramente enterada y pagada en la caja social con anterioridad a esta fecha. 4) Vigencia de los Estatutos y en Todo lo No Modificado. Los socios acuerdan que en todo lo no modificado por las cláusulas precedentes, rigen y permanecen plenamente vigentes los estatutos sociales ya citados y a que hace referencia en la cláusula “Primero” de este instrumento, lo que las partes ratifican en todo lo no modificado. Los comparecientes a este acto firman y ratifican cada uno de los puntos expresados, ávida consideración, de los derechos y obligaciones generados por este instrumento social y latamente conocido por los mismos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó portador extracto para legalización. Santiago, 13 de julio de 2021. JOSE ALBERTO MOZO AGUILAR.
Información societaria
Representación legal (2)
ASESORÍAS E INVERSIONES SAN CARLITOS II S.A.
COMERCIAL E INMOBILIARIA NAZAR LIMITADA
Historia societaria relatada
- Otro acto· 18 de julio de 2018
Se rectifica la fecha correcta de la escritura pública de modificación de Nazar Cargo Limitada, que era 18 de julio de 2018 y no 19 de julio de 2018.
Texto oficial del extracto
Alberto Mozo Aguilar, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Notaría, con Oficio en calle Teatinos 332, Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 07 de Julio del año 2020, Repertorio Número 3036-2020, ante mí: “ASESORÍAS E INVERSIONES SAN CARLITOS II S.A.”, sociedad del giro de su denominación, RUT N° 76.830.101-8, con domicilio en Avenida Camino Lo Sierra N° 02302, comuna de San Bernardo, Región Metropolitana y, “COMERCIAL E INMOBILIARIA NAZAR LIMITADA”, sociedad del giro de su denominación, RUT N° 78.604.340-9, con domicilio en Lago Riñihue N° 02319, comuna de San Bernardo, Región Metropolitana; sanearon sociedad “NAZAR CARGO LIMITADA”, inscrita a fojas 26.983, número 20.069, en el Registro de Comercio de Santiago, correspondiente al año 2004, el extracto de la escritura de modificación de la sociedad de fecha 18 de Julio del año 2018, otorgado en la Notaría de Santiago de don Iván Torrealba Acevedo, domicilio Huérfanos número 1979, oficina 501, comuna y ciudad de Santiago, inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Santiago a fojas 64.451, número 32.921, y publicado en el Diario Oficial Número 42.148, de fecha, día Lunes 03 de Septiembre del año 2018, al señalar la fecha de la escritura pública de modificación de la sociedad “Nazar Cargo Limitada” se dijo que era “19 de Julio del año 2018” siendo la fecha correcta 18 de Julio del año 2018 y no como por error se indicó.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 07 de Julio de 2020.
Información societaria
Administradores (3)
Historia societaria relatada
- Constitución· 24 de noviembre de 1994
Se constituye Comercial e Inmobiliaria Nazar Limitada.
- Cambio de administrador· 3 de julio de 2013
Se modifica la sociedad y se designan delegados para concurrir a la administración.
- Cambio de administrador· 6 de octubre de 2018
Se reemplaza el artículo primero transitorio para que Salam Nazar Yany, Diego Andrés Nazar Saieh y Ana Catalina Nazar Saieh administren unipersonalmente e indistintamente.
Salam Nazar Yany · Diego Andrés Nazar Saieh · Ana Catalina Nazar Saieh
Texto oficial del extracto
RODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP, Notario Público 40 Notaría de Santiago, Suplente del Titular Alberto Mozo Aguilar, Teatinos Nº 332, Santiago, certifica: por escritura pública otorgada con esta misma fecha, ante mí, INVERSIONES SANTA REGINA SPA, domiciliada en calle Bombero Núñez número ciento ochenta y uno, de la comuna de Recoleta, Región Metropolitana, COMERCIAL SAN JUAN S.A., con domicilio en calle Lago Riñihue número cero dos mil trescientos diecinueve, de la comuna de San Bernardo, Región Metropolitana, doña ANA CATALINA NAZAR SAIEH, con domicilio en Avenida El Golf de Manquehue 9750 casa 705, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, y don DIEGO ANDRÉS NAZAR SAIEH, con domicilio en Isabel Montt número cuatro mil doscientos sesenta, departamento número doscientos cuatro, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, modificaron la sociedad COMERCIAL E INMOBILIARIA NAZAR LIMITADA (la “Sociedad”) constituida por escritura pública de fecha 24 de noviembre del año 1994, otorgada ante don Fernando Alzate Claro, Notario suplente del titular don Kamel Saquel Zaror, cuyo extracto se inscribió a fojas veintiocho mil ciento treinta y ocho número veintidós min novecientos ochenta y ocho del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año mil novecientos noventa y cuatro, y se publicó en el Diario Oficial con fecha veintiuno de diciembre del año mil novecientos noventa y cuatro, en el siguiente sentido: modifican el “artículo primero transitorio” de las disposiciones transitorias establecidas en la escritura pública de modificación de la sociedad Comercial e Inmobiliaria Nazar Limitada, de fecha tres de julio del año dos mil trece, otorgada en la Notaría de Santiago de don Pedro Ricardo Reveco Hormazábal, que se refiere a la designación de delegados para concurrir a la administración de la sociedad, la que se reemplaza por la siguiente nueva: “artículo primero transitorio: por la presente cláusula de duración indefinida, los socios de consuno vienen en designar como sus delegados para concurrir a la administración de la sociedad, a los señores Salam Nazar Yany, Diego Andrés Nazar Saieh y Ana Catalina Nazar Saieh, quienes actuando unipersonalmente y en forma indistinta, contarán con todas y cada una de las facultades singularizadas en los literales Uno) al Cuarenta y uno) de la cláusula sexta permanente de los estatutos sociales, todas las cuales se dan por expresamente reproducidas a todos los efectos, de manera que a sola firma individual tendrán cada uno por si solo la administración y el uso de la razón social de la sociedad. En todo lo no modificado, rigen íntegramente los estatutos sociales de la Sociedad. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Santiago, 28 de Septiembre de 2018.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
Comercial e Inmobiliaria Nazar Limitada
CVE 1981597
- MODIFICACIÓN
NAZAR CARGO LIMITADA
CVE 1804377
- MODIFICACIÓN
Comercial e Inmobiliaria Nazar Limitada
CVE 1474418
