Société à responsabilité limitée78.465.610-1

Restaurant La Máquina Limitada

MODIFICACIÓN — 2 mai 2017

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2017-05-02Voir le PDF (CVE 1210386)

Informations sociétaires

Ltda
Providencia, Región Metropolitana
Administration: Administración individual por socio designado

Capital

Capital total

$2.000.000

Capital libéré

$2.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (2)

NomParticipation

José Adolfo Haeger Gutiérrez

Socio

99.9%

Arturo Alejandro Haeger Gutiérrez

Socio

0.1%

Administrateurs (1)

Historique sociétaire relaté

  1. Constitution· 25 novembre 1993

    Se constituyó la sociedad Restaurante La Máquina Limitada, con nombre de fantasía Pub Restaurant La Máquina.

  2. Autre acte· 2 avril 1997

    Se realizó una modificación societaria anterior.

  3. Autre acte· 26 avril 2005

    Se realizó una modificación societaria anterior.

  4. Autre acte· 13 juin 2008

    Se realizó una modificación societaria anterior.

Texte officiel de l’extrait

Boris Alejandro Aravena Estobar, Abogado, Notario de Santiago, Reemplazante del Titular de la Segunda Notaría de Providencia don Fernando Celis Urrutia, con oficio en Paseo Presidente Errázuriz Echaurren 2615, Providencia, Certifica: Por escritura pública, otorgada ante hoy ante mi, don José Adolfo Haeger Gutiérrez, domiciliado calle Ricardo Matte Pérez N°0301, Comuna de Providencia, ciudad de Santiago; don Julio Marcelo Díaz Caballero, domiciliado calle Tezcuco N°1082, comuna de Las Condes, Santiago; y don Arturo Alejandro Haeger Gutiérrez, domiciliado Av. Padre Hurtado N°194, depto. 703, comuna de Estación Central, Santiago; modifican sociedad responsabilidad limitada “RESTAURANT LA MÁQUINA LIMITADA”, nombre de fantasía “Pub Restaurant La Máquina”, RUT N°78.465.610-1, constituida 25/11/1993, ante Notario de Santiago doña María Gloria Acharán Toledo, se inscribió en Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 26.007, N°21.412, año 1993. Se modificó: 1) escritura pública 02/04/1997, ante Notario de Santiago doña María Gloria Acharán Toledo, que se inscribió en Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 12.038, N°9.616, Año 1997; 2) escritura pública 26/04/2005 ante Notario de Santiago doña María Gloria Acharán Toledo, que se inscribió en Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 14.179, N°10.321, Año 2005 y publicó Diario Oficial 03/05/2005; y 3) escritura pública de 13/06/2008, otorgada ante Notario Suplente don Héctor Rubén Estay Ramírez, de Notario Titular, don René J.T. Martínez Miranda, que se inscribió en Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a fojas 27.410, N°18.822, Año 2008 y publicó Diario Oficial de 24/06/2008. Modificación consiste: socio don Julio Marcelo Díaz Caballero, vende, cede y transfiere: a) al socio don José Adolfo Haeger Gutiérrez, quien compra, adquiere y acepta para sí, el 0,9% haber social, del que es dueño. El precio de la cesión es $252.000, que se paga al contado; y b) a don Arturo Alejandro Haeger Gutiérrez, quien compra, adquiere y acepta para sí, el 0,1% del haber social, del que es dueño. El precio de la cesión es la suma de $28.000, que se paga al contado. Quedan como únicos socios don José Adolfo Haeger Gutiérrez, con un 99,9% haber social y don Arturo Alejandro Haeger Gutiérrez, con un 0,1% haber social, quienes modifican las siguientes cláusulas del pacto social: Cláusula 5ª reemplazan por la siguiente: “QUINTO: El capital social es la cantidad de $2.000.000.- que los socios han aportado y enterado de la siguiente forma: a) don José Adolfo Haeger Gutiérrez, aporta y entera la suma de $1.998.000, equivalentes al 99,9% capital social, en dinero efectivo, ingresados a la caja social; y b) don Arturo Alejandro Haeger Gutiérrez aporta y entera la suma de $2.000, equivalentes al 0,1% del capital social, en dinero efectivo, ingresado a la caja social”. Asimismo, acuerdan que la administración, representación y uso de la razón social corresponderá exclusivamente al socio don JOSÉ ADOLFO HAEGER GUTIÉRREZ, reemplazando la cláusula 4ª de los estatutos por la siguiente: “CUARTO: La administración, representación y el uso de la razón social y nombre de fantasía de la sociedad corresponderá a don José Adolfo Haeger Gutiérrez, el que actuará de forma individual con todas las facultades de administración de los bienes y negocios sociales, sin que sea necesario otorgar poder especial alguno, incluso para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes exijan esta circunstancia…”. Se enumeran facultades con carácter meramente enunciativo. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. En todo lo no modificado, se mantienen vigentes e inalterables las cláusulas del pacto social primitivo con sus modificaciones anteriores. Demás estipulaciones escritura extractada. Providencia, 06 de Abril de 2017.-

ModificationDiario Oficial · 2017-04-08Voir le PDF (CVE 1202699)

Informations sociétaires

Ltda
Providencia, Región Metropolitana
Administration: Administración individual por socio

Capital

Capital total

$28.000.000

Capital libéré

$28.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (2)

NomParticipation

José Adolfo Haeger Gutiérrez

Socio

99.9%

Arturo Alejandro Haeger Gutiérrez

Socio

0.1%

Administrateurs (1)

Historique sociétaire relaté

  1. Constitution· 25 novembre 1993

    Constitución de la sociedad de responsabilidad limitada Restaurant La Máquina Limitada.

    José Adolfo Haeger Gutiérrez · Julio Marcelo Díaz Caballero · Arturo Alejandro Haeger Gutiérrez

  2. Autre acte· 2 avril 1997

    Se modifica la sociedad mediante escritura pública.

  3. Autre acte· 26 avril 2005

    Se modifica la sociedad mediante escritura pública.

  4. Autre acte· 13 juin 2008

    Se modifica la sociedad mediante escritura pública.

  5. Cession de droits

    Julio Marcelo Díaz Caballero cede su participación: 0,9% a José Adolfo Haeger Gutiérrez y 0,1% a Arturo Alejandro Haeger Gutiérrez.

    Julio Marcelo Díaz Caballero · José Adolfo Haeger Gutiérrez · Arturo Alejandro Haeger Gutiérrez

  6. Changement de capital

    Se fija el capital social en $28.000.000, íntegramente aportado.

    José Adolfo Haeger Gutiérrez · Arturo Alejandro Haeger Gutiérrez

  7. Changement d’administrateur

    La administración, representación y uso de la razón social queda entregada exclusivamente a José Adolfo Haeger Gutiérrez.

    José Adolfo Haeger Gutiérrez

Texte officiel de l’extrait

Boris Alejandro Aravena Estobar, Abogado, Notario de Santiago, Reemplazante del Titular de la Segunda Notaría de Providencia don Fernando Celis Urrutia, con oficio en Paseo Presidente Errázuriz Echaurren 2615, Providencia, Certifica: Por escritura pública, otorgada ante hoy ante mi, don José Adolfo Haeger Gutiérrez, domiciliado Ricardo Matte Pérez N°0301, Providencia, Santiago; don Julio Marcelo Díaz Caballero, domiciliado Tezcuco N°1082, Las Condes, Santiago; y don Arturo Alejandro Haeger Gutiérrez, domiciliado Av. Padre Hurtado N°194, depto. 703, Estación Central, Santiago, modifican la sociedad de responsabilidad limitada “RESTAURANT LA MÁQUINA LIMITADA”, nombre de fantasía “Pub Restaurant La Máquina”, RUT N°78.465.610-1, constituida 25/11/1993, ante Notario de Santiago doña María Gloria Acharán Toledo, se inscribió en Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 26.007, N°21.412, año 1993. Se modificó: 1) escritura pública 02/04/1997, ante Notario de Santiago doña María Gloria Acharán Toledo, que se inscribió en Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 12.038, N°9.616, Año 1997; 2) escritura pública 26/04/2005 ante Notario de Santiago doña María Gloria Acharán Toledo, que se inscribió en Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 14.179, N°10.321, Año 2005 y publicó Diario Oficial 03/05/2005; y 3) escritura pública de 13/06/2008, otorgada ante Notario Suplente don Héctor Rubén Estay Ramírez, de Notario Titular, don René J.T. Martínez Miranda, que se inscribió en Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a fojas 27.410, N°18.822, Año 2008 y publicó Diario Oficial de 24/06/2008. Modificación consiste: socio don Julio Marcelo Díaz Caballero, vende, cede y transfiere: a) al socio don José Adolfo Haeger Gutiérrez, quien compra, adquiere y acepta para sí, el 0,9% haber social, del que es dueño. El precio de la cesión es $252.000, que se paga al contado; y b) a don Arturo Alejandro Haeger Gutiérrez, quien compra, adquiere y acepta para sí, el 0,1% del haber social, del que es dueño. El precio de la cesión es la suma de $28.000, que se paga al contado. Quedan como únicos socios don José Adolfo Haeger Gutiérrez, con un 99,9% haber social y don Arturo Alejandro Haeger Gutiérrez, con un 0,1% haber social, quienes modifican las siguientes cláusulas del pacto social: Cláusula 5ª reemplazan por la siguiente: “QUINTO: El capital social es la cantidad de $28.000.000.- que los socios han aportado y enterado de la siguiente forma: a) don José Adolfo Haeger Gutiérrez, aporta y entera la suma de $27.972.000, equivalentes al 99,9% capital social, en dinero efectivo, ingresados a la caja social; y b) don Arturo Alejandro Haeger Gutiérrez aporta y entera la suma de $28.000, equivalentes al 0,1% del capital social, en dinero efectivo, ingresado a la caja social”. Asimismo, acuerdan que la administración, representación y uso de la razón social corresponderá exclusivamente al socio don JOSÉ ADOLFO HAEGER GUTIÉRREZ, reemplazando la cláusula 4ª de los estatutos por la siguiente: “CUARTO: La administración, representación y el uso de la razón social y nombre de fantasía de la sociedad corresponderá a don JOSÉ ADOLFO HAEGER GUTIÉRREZ, el que actuará de forma individual con todas las facultades de administración de los bienes y negocios sociales, sin que sea necesario otorgar poder especial alguno, incluso para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes exijan esta circunstancia…”. Se enumeran facultades con carácter meramente enunciativo. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. En todo lo no modificado, se mantienen vigentes e inalterables las cláusulas del pacto social primitivo con sus modificaciones anteriores. Demás estipulaciones escritura extractada. Providencia, 06 de Abril de 2017.-

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