Inversiones L Y P Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Objeto social
La compra, venta, adquisición y tenencia de bienes raíces urbanos o agrícolas, propios o ajenos y su explotación, mediante arrendamientos, subarrendamiento, constitución de usufructos o de otras formas similares. También podrán constituir sociedades o adquirir derechos o participaciones en las mismas, sean nacional o extranjeras, civiles o mercantiles, pudiendo comprar, adquirir, u obtener a cualquier título acciones, bonos u otros instrumentos financieros, títulos de crédito o valores mobiliarios; invertir en cualquier tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales. Además podrá prestar toda clase de asesorías profesionales o de elaboración de proyectos o estudios y en general efectuar toda clase de contratos o negocios que los socios acuerden.
Capital
Capital total
$50.000.000
Capital integralizado
$50.000.000
Capital pendente
$0
Sócios (7)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
MARIA ANGELICA PALACIOS FITZ-HENRY Socio 2.xxx.xxx-0 | 2.xxx.xxx-0 | 36% | $18.000.000 |
Socio 7.xxx.xxx-2 | 7.xxx.xxx-2 | 9% | $4.500.000 |
Socio 7.xxx.xxx-7 | 7.xxx.xxx-7 | 9% | $4.500.000 |
LUISA MACARENA LARRAIN PALACIOS Socio 7.xxx.xxx-4 | 7.xxx.xxx-4 | 9% | $4.500.000 |
Socio 7.xxx.xxx-6 | 7.xxx.xxx-6 | 9% | $4.500.000 |
Socio 7.xxx.xxx-3 | 7.xxx.xxx-3 | 14% | $7.000.000 |
SEBASTIAN PATRICIO LARRAIN PALACIOS Socio 10.xxx.xxx-9 | 10.xxx.xxx-9 | 14% | $7.000.000 |
Administradores (3)
SEBASTIAN PATRICIO LARRAIN PALACIOS
MARÍA ANGÉLICA PALACIOS FITZ-HENRY
Histórico societário relatado
- Constituição· 5 de novembro de 1993
Se constituye INVERSIONES L Y P LIMITADA con capital inicial de $50.000.000.
- Outro ato· 23 de novembro de 2004
La sociedad es modificada por escritura pública.
- Falecimento· 15 de maio de 2022
Fallece el socio Pedro Julian Larraín Echeverría.
- Outro ato· 13 de junho de 2024
Se practica la liquidación parcial de comunidad y adjudicación de los derechos sociales del causante entre los herederos comparecientes.
MARIA ANGELICA PALACIOS FITZ-HENRY · ANA VERONICA LARRAIN PALACIOS · LUZ ANGELICA LARRAIN PALACIOS · LUISA MACARENA LARRAIN PALACIOS · FRANCISCA LARRAIN PALACIOS · PEDRO JULIAN LARRAIN PALACIOS · SEBASTIAN PATRICIO LARRAIN PALACIOS
Texto oficial do extrato
CARLOS HORACIO GUZMAN BAIGORRIA, Abogado y Notario Público Titular de la 2ª Notaría de San Fernando, con oficio en calle Chillán 595 A, certifica: Por escritura pública de hoy, ante mí: doña MARIA ANGELICA PALACIOS FITZ-HENRY, cédula de identidad N° 2.596.688-0; doña ANA VERONICA LLARRAIN PALACIOS, cédula de identidad N° 7.064.493-2; doña LUZ ANGELICA LARRAIN PALACIOS, cédula de identidad N° 7.163.612-7; doña LUISA MACARENA LARRAIN PALACIOS, cédula de identidad N° 7.448.336-4; doña FRANCISCA LARRAIN PALACIOS, cédula de identidad N° 7.448.335-6; don PEDRO JULIAN LARRAIN PALACIOS, cédula de identidad N° 7.445.607-3; y don SEBASTIAN PATRICIO LARRAIN PALACIOS, cédula de identidad N° 10.093.902-9, todos domiciliados para estos efectos en calle Salvador Vergara N° 421, Reñaca, de la comuna de Viña del Mar, de paso por ésta; modifican, sanean y fijan texto refundido, de la sociedad INVERSIONES L Y P LIMITADA. Rol único tributario N° 78.460.960-K.- 1. ANTECEDENTES DE LA SOCIEDAD: a) Sociedad constituida escritura pública de fecha 05 de Noviembre de 1993, ante Notario de Valparaíso, don Luis Enrique Fischer Yávar, cuyo extracto se inscribió a fojas 903 vuelta N° 956, en el Registro de Comercio del año 1993, del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar, y publicada en Diario Oficial N° 34.733, de fecha 04 de Diciembre de 1993. Capital Social: $50.000.000.- b) Modificada por escritura de fecha 23 de Noviembre de 2004, ante Notario de la Segunda Notaría de Santiago, don Enrique Morgan Torres; cuyo extracto fue inscrito a fojas 1289 N° 1482, en el Registro de Comercio del año 2004, del Conservador de Bienes Raíces antes citado, y publicado en el Diario Oficial Edición 38.046 de fecha 28 de Diciembre de 2004.- 2. FALLECIMIENTO: a) Con fecha 15 de Mayo de 2022, fallece el socio don PEDRO JULIAN LARRAIN ECHEVERRIA, cuya posesión efectiva fue concedida mediante Resolución Exenta N° 82.823 por del Director Regional de Servicio de Registro Civil e Identificación de la Región Metropolitana de Santiago, el 14 de Octubre de 2022, en favor de sus herederos que son los mismos comparecientes a este instrumento, posesión efectiva inscrita a fojas 9191 vuelta N° 10.696 en el Registro de Propiedad del año 2022, del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar. b) Con motivo del fallecimiento del socio don Pedro Julián Larraín Echeverría se extingue el derecho real de usufructo en favor del fallecido radicándose el dominio pleno de los derechos cedidos a los socios por escritura de modificación ya referida, esto es: doña Ana Verónica, doña Luz Angélica, doña Luisa Macarena y doña Francisca todas Larraín Palacios, con el 3% cada una de ellas; y en don Pedro Julián y en don Sebastián Patricio Larraín Palacios, el 8% cada uno de ellos.- 3. ACTUALES SOCIOS: La sociedad INVERSIONES L Y P LIMITADA, con su social de $50.000.000.- queda compuesta y distribuida entre los socios: a) Doña MARIA ANGELICA PALACIOS FITZ-HENRY, un 30% de la participación en el capital social; b) Doña ANA VERONICA LARRAIN PALACIOS, un 6% de la participación en el capital social; c) doña LUZ ANGELICA LARRAIN PALACIOS, un 6% de la participación en el capital social; d) doña LUISA MACARENA LARRAIN PALACIOS, un 6% de la participación en el capital social; e) doña FRANCISCA LARRAIN PALACIOS, un 6% de la participación en el capital social; f) don PEDRO JULIAN LARRAIN PALACIOS, un 11% de la participación en el capital social; g) don SEBASTIAN PATRICIO LARRAIN PALACIOS, un 11% de la participación en el capital social; y h) la SUCESION DE DON PEDRO JULIAN LARRAIN ECHEVERRIA, un 24% de la participación en el capital social.- 4. LIQUIDACION PARCIAL DE COMUNIDAD, PARTICION Y ADJUDICACIONES: a) Los comparecientes en su calidad de únicos integrantes de la sucesión quedada al fallecimiento del socio don PEDRO JULIAN LARRAIN ECHEVERRÍA, convienen en proceder a liquidar parcialmente y de común acuerdo la herencia quedada al fallecimiento del causante, adjudicando cuota o parte que le corresponde a cada uno de ellos en el haber social de INVERSIONES L Y P LIMITADA, en los términos que expresarán. b) Los comparecientes y encontrándose todos de acuerdo en la forma de proceder a la división y/o partición de los bienes comunes en virtud del presente acto en conformidad a lo dispuesto en el artículo mil trescientos veinticinco del Código civil, proceden a practicar aquella con arreglo a las siguientes estipulaciones c) El cuerpo de bienes está formado por los derechos sociales que pertenecían al causante, equivalentes a un 24% sobre el capital social. Los comparecientes acuerdan tasar de los referidos derechos sociales, en la suma de $12.000.000. Los comparecientes, en su calidad de comuneros dejan constancia que no existe pasivo en la presente comunidad. d) Atendida la tasación de los bienes pro indivisos, y la inexistencia de pasivo en la comunidad, acuerdan que el acervo líquido partible corresponde a $12.000.000, a dividir en 7 hijuelas para cada uno de los comparecientes y que corresponde a cada una de aquellas a la cuota o hijuela de cada comuneros individualmente considerado. e) Las hijuelas se adjudican, enteran y pagan de la siguiente manera: i) A la comunera doña MARIA ANGELICA PALACIOS FITZ-HENRY, un 25% del haber común, que se entera y paga adjudicándosele en $3.000.000, una fracción de los derechos sociales que correspondían al causante. ii) A la comunera, doña ANA VERONICA LARRAIN PALACIOS, un 12,5% del haber común, que se entera y paga adjudicándosele en $1.500.000, una fracción de los derechos sociales que correspondían al causante. iii) A la comunera doña LUZ ANGELICA LARRAIN PALACIOS, un 12,5% del haber común, que se entera y paga adjudicándosele en un $1.500.000, una fracción de los derechos sociales que correspondían al causante. iv) A la comunera, doña LUISA MACARENA LARRAIN PALACIOS, un 12,5% del haber común, hijuela que se entera y paga adjudicándosele en $1.500.000, una fracción de los derechos sociales que correspondían al causante. v) A la comunera doña FRANCISCA LARRAIN PALACIOS, un 12,5% del haber común, hijuela que se entera y paga adjudicándosele en $1.500.000, una fracción de los derechos sociales que correspondían al causante. vi) Al comunero don PEDRO JULIAN LARRAIN PALACIOS, un 12,5% del haber común, hijuela que se entera y paga adjudicándosele en $1.500.000 una fracción de los derechos sociales que correspondían al causante; y vii) Al Comunero don SEBASTIAN PATRICIO LARRAIN PALACIOS, un 12,5% del haber común, hijuela que se entera y paga adjudicándosele en un $1.500.000 una fracción de los derechos sociales que correspondían al causante. Los socios y comuneros aceptan para sí dichas adjudicaciones, quedando de esta manera totalmente enteradas y pagadas las hijuelas de estos comuneros. F) El capital social de $50.000.000, queda enterado de la siguiente manera: a) Doña MARIA ANGELICA PALACIOS FITZ-HENRY, con un aporte de $18.000.000, equivalentes a un 36% por ciento de la participación en el capital social; b) Doña ANA VERONICA LARRAIN PALACIOS, con un aporte de $4.500.000, equivalentes a un 9% por ciento de la participación en el capital social; c) doña LUZ ANGELICA LARRAIN PALACIOS, con un aporte de con un aporte de $4.500.000, equivalentes a un 9% por ciento de la participación en el capital social; d) doña LUISA MACARENA LARRAIN PALACIOS, con un aporte de con un aporte de $4.500.000, equivalentes a un 9% por ciento de la participación en el capital social; e) doña FRANCISCA LARRAIN PALACIOS, con un aporte de con un aporte de $4.500.000, equivalentes a un 9% por ciento de la participación en el capital social; f) don PEDRO JULIAN LARRAIN PALACIOS, con un aporte de $7.000.000, equivalentes a un 14% de la participación en el capital social; g) don SEBASTIAN PATRICIO LARRAIN PALACIOS, con un aporte de $7.000.000, equivalentes a un 14% de la participación en el capital social.- Aporte de capital totalmente enterado en las arcas sociales.- 5. MODIFICACION: Se modifica el domicilio de la sociedad, el que a contar de esta fecha quedará radicado en Parcela número dieciséis, Quicharco, de la comuna de Chimbarongo, sin perjuicio de las agencias o sucursales que acordaren abrir en otros sitios del país o en el exterior.- 6. REPACTACION Y TEXTO REFUNDIDO: Doña MARIA ANGELICA PALACIOS FITZ-HENRY, cédula de identidad N° 2.596.688-0; doña ANA VERONICA LLARRAIN PALACIOS, cédula de identidad N° 7.064.493-2; doña LUZ ANGELICA LARRAIN PALACIOS, cédula de identidad N° 7.163.612-7; doña LUISA MACARENA LARRAIN PALACIOS, cédula de identidad N° 7.448.336-4; doña FRANCISCA LARRAIN PALACIOS, cédula de identidad N° 7.448.335-6; don PEDRO JULIAN LARRAIN PALACIOS, cédula de identidad N° 7.445.607-3; y don SEBASTIAN PATRICIO LARRAIN PALACIOS, cédula de identidad N° 10.093.902-9, todos domiciliados para estos efectos en calle Salvador Vergara N° 421, Reñaca, de la comuna de Viña del Mar, acuerdan celebrar nuevamente el pacto social, quedando el texto único y definitivo de los Estatutos Sociales en los siguientes términos: los actuales socios constituyeron sociedad de responsabilidad limitada conforme a la ley número tres mil novecientos dieciocho y sus modificaciones. Razón social: “INVERSIONES L Y P LIMITADA”. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la comuna de la comuna de Chimbarongo, Parcela número dieciséis, Quicharco, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país y/o del extranjero.- Objeto: La compra, venta, adquisición y tenencia de bienes raíces urbanos o agrícolas, propios o ajenos y su explotación, mediante arrendamientos, subarrendamiento, constitución de usufructos o de otras formas similares. También podrán constituir sociedades o adquirir derechos o participaciones en las mismas, sean nacional o extranjeras, civiles o mercantiles, pudiendo comprar, adquirir, u obtener a cualquier título acciones, bonos u otros instrumentos financieros, títulos de crédito o valores mobiliarios; invertir en cualquier tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales. Además podrá prestar toda clase de asesorías profesionales o de elaboración de proyectos o estudios y en general efectuar toda clase de contratos o negocios que los socios acuerden.- La administración, representación y uso de la razón social, corresponderá corresponderá indistintamente a don PEDRO JULIAN LARRAIN PALACIOS, a don SEBASTIAN PATRICIO LARRAIN PALACIOS o a MARÍA ANGÉLICA PALACIOS FITZ-HENRY, quienes actuando por la sociedad, y anteponiendo la razón social a sus firmas, la representarán con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos, salvo limitaciones expresadas en pacto social. El capital de la sociedad es la suma de $50.000.000.- enterados de la siguiente forma: a) Doña MARIA ANGELICA PALACIOS FITZ-HENRY, con un aporte de $18.000.000, equivalentes a un 36% por ciento de la participación en el capital social; b) Doña ANA VERONICA LARRAIN PALACIOS, con un aporte de $4.500.000, equivalentes a un 9% por ciento de la participación en el capital social; c) doña LUZ ANGELICA LARRAIN PALACIOS, con un aporte de con un aporte de $4.500.000, equivalentes a un 9% por ciento de la participación en el capital social; d) doña LUISA MACARENA LARRAIN PALACIOS, con un aporte de con un aporte de $4.500.000, equivalentes a un 9% por ciento de la participación en el capital social; e) doña FRANCISCA LARRAIN PALACIOS, con un aporte de con un aporte de $4.500.000, equivalentes a un 9% por ciento de la participación en el capital social; f) don PEDRO JULIAN LARRAIN PALACIOS, con un aporte de $7.000.000, equivalentes a un 14% de la participación en el capital social; g) don SEBASTIAN PATRICIO LARRAIN PALACIOS, con un aporte de $7.000.000, equivalentes a un 14% de la participación en el capital social.- Aporte de capital totalmente enterado en las arcas sociales.- Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Las utilidades y pérdidas se repartirán entre los socios en proporción a sus aportes. La sociedad empezará a regir con esta fecha y tendrá una duración de 30 años, renovables por periodos iguales y sucesivos de 10 años cada uno.- Demás estipulaciones escritura extractada.- San Fernando, a 07 de Mayo de 2024.
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
INVERSIONES L Y P LIMITADA
CVE 2505060
