Comercial Punta Arenas Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Capital
Capital total
$178.391.956
Socios (4)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
MARIA ANTONIETA GARCIA IRRIBARRA Socio | - | 48% | - |
Socio | - | 48% | - |
Socio | - | 2% | - |
MARTIN IGNACIO CASTRO GARCIA Socio 17.xxx.xxx-4 | 17.xxx.xxx-4 | 2% | - |
Administradores (2)
MARIA ANTONIETA GARCIA IRRIBARRA
Representación legal (2)
MARIA ANTONIETA GARCIA IRRIBARRA
Historia societaria relatada
- Constitución· 26 de agosto de 1993
Constitución de Comercial Punta Arenas Limitada, también denominada COMPAS LTDA.
- Otro acto
Se relata que la sociedad fue inscrita en el Registro de Comercio de Punta Arenas e incorporada al Diario Oficial en 1993.
- Cesión de derechos· 6 de octubre de 2016
Juan Luis Castro García cede 1% de sus derechos a Rafael Ulises Castro Martín y 1% a María Antonieta García Irribarra.
JUAN LUIS CASTRO GARCIA · RAFAEL ULISES CASTRO MARTIN · MARIA ANTONIETA GARCIA IRRIBARRA
- Cambio de administrador· 6 de octubre de 2016
La administración, representación y uso de la razón social pasa a Rafael Ulises Castro Martín y María Antonieta García Irribarra, indistintamente.
RAFAEL ULISES CASTRO MARTIN · MARIA ANTONIETA GARCIA IRRIBARRA
- Cambio de capital· 6 de octubre de 2016
Se fija el capital social en $178.391.956, íntegramente suscrito y pagado según los porcentajes indicados.
MARIA ANTONIETA GARCIA IRRIBARRA · RAFAEL ULISES CASTRO MARTIN · JOSE ANTONIO CASTRO GARCIA · MARTIN IGNACIO CASTRO GARCIA
Texto oficial del extracto
IVAN ANDRES TOLEDO MORA, Notario Público Interino Punta Arenas, Roca 809, Certifico: por escritura pública de fecha 6 de octubre de 2016, ante mí, repertorio 1447, MARIA ANTONIETA GARCIA IRRIBARRA, chilena y, don RAFAEL ULISES CASTRO MARTIN, chileno, ambos en calle Kusma Slavic N°0403, casa 1, Punta Arenas, por si y en representación de don JUAN LUIS CASTRO GARCIA, chileno, de don JOSE ANTONIO CASTRO GARCIA, chileno, y de don MARTIN IGNACIO CASTRO GARCIA, chileno, soltero, estudiante, cédula nacional de identidad numero diecisiete millones setecientos ochenta y nueve mil trescientos cuarenta guión cuatro, todos en calle San Martín N°1130, departamento 1402, edificio 1, ciudad de Viña del Mar, modificaron sociedad “ COMERCIAL PUNTA ARENAS LIMITADA ” ó COMERCIAL PUNTA ARENAS LTDA., constituida por escritura pública de fecha 26 de agosto de 1993, suscrita en la notaría de esta ciudad de don Jorge Patricio Saa Díaz, pudiendo actuar y funcionar con el nombre de fantasía y/o sigla COMPAS LTDA. El extracto respectivo fue inscrito en el Registro de Comercio de Punta Arenas con fecha 7 de septiembre de 1993, a fojas 445 N°269, y publicado en el Diario Oficial N°34.664, de fecha 10 de septiembre del año indicado. Actualmente los únicos socios son doña MARIA ANTONIETA GARCIA IRRIBARRA, don RAFAEL ULISES CASTRO MARTIN, don JUAN LUIS CASTRO GARCIA, don JOSE ANTONIO CASTRO GARCIA y don MARTIN IGNACIO CASTRO GARCIA. Los socios modifican la sociedad en el siguiente sentido: UNO) don JUAN LUIS CASTRO GARCIA, dueño de un 2% de los derechos sociales, vende, cede y transfiere, representado en la forma indicada, un 1% por ciento del total de los derechos sociales a don RAFAEL ULISES CASTRO MARTIN, quien compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la venta, cesión o enajenación asciende a la suma de $2.694.284, los que se pagan en 12 cuotas mensuales iguales y sucesivas, que no devengan intereses, venciendo cada uno los días 30 de cada mes, a contar del mes de suscripción de la escritura. DOS) Del mismo modo don JUAN LUIS CASTRO GARCIA vende, cede y transfiere el 1% restante del total de los derechos sociales, a doña MARIA ANTONIETA GARCIA IRRIBARRA, quien compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la venta, cesión o enajenación asciende a la suma de $2.694.284, los que se pagan en 12 cuotas mensuales iguales y sucesivas, que no devengan intereses, venciendo cada una los días 30 de cada mes, a contar del mes de suscripción de la escritura. Como consecuencia de la presente cesión de derechos sociales, quedan como únicos socios doña MARIA ANTONIETA GARCIA IRRIBARRA, don RAFAEL ULISES CASTRO MARTIN, don JOSE ANTONIO CASTRO GARCIA y don MARTIN IGNACIO CASTRO GARCIA; cada uno de los 2 primeros con un 48% por ciento de los derechos sociales, y cada uno de los dos últimos con un 2%. Los actuales cuatro socios de la sociedad COMERCIAL PUNTA ARENAS LIMITADA, vienen en modificar el pacto social en el siguiente sentido: a) Se establece que quedan como únicos socios doña MARIA ANTONIETA GARCIA IRRIBARRA, don RAFAEL ULISES CASTRO MARTIN, don JOSE ANTONIO CASTRO GARCIA, y don MARTIN IGNACIO CASTRO GARCIA, con la siguiente participación: cada uno de los 2 primeros con un 48% de los derechos sociales, y cada uno de los 2 últimos con un 2%. b) Se modifica la cláusula quinta del pacto social referida al capital quedando esta del siguiente tenor: “QUINTO el capital social asciende a la suma de $178.391.956, el que se encuentra íntegramente suscrito y pagado en un 48% por doña María Antonieta García Irribarra, en un 48% por don Rafael Ulises Castro Martin, en un 2% por don José Antonio Castro García y en un 2% por don Martin Ignacio Castro García. c) Se modifica la administración, representación y uso de la razón social indicada en la cláusula Cuarta del pacto social constitutivo, en el sentido de que la misma queda radicada en lo sucesivo en don RAFAEL ULISES CASTRO MARTIN y en doña MARIA ANTONIETA GARCIA IRRIBARRA, quienes indistintamente podrán actuar de modo conjunto o separadamente, con todas y cada una de las facultades ya indicadas en el pacto social, que los socios acuerdan dar por reproducidas íntegramente, entendiendo que forman parte integrante de este instrumento. d) Se modifica la cláusula Octava del pacto social relativa al reparto de utilidades y pérdidas, quedando esta del siguiente tenor: “OCTAVO: Las utilidades y eventuales pérdidas se distribuirán entre los socios por partes iguales, es decir, en un 25% para cada socio.” En todo lo no modificado, se mantiene vigente el pacto social contenido en los instrumentos que se individualizan en la escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Punta Arenas, 07 de octubre de 2016.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
COMERCIAL PUNTA ARENAS LIMITADA
CVE 1122157
