Casa Regional Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Administradores (2)
Historia societaria relatada
- Constitución· 26 de agosto de 1993
Constitución de CASA REGIONAL LIMITADA.
- Otro acto· 25 de octubre de 2002
Modificación previa de la sociedad.
Texto oficial del extracto
MARÍA ANGÉLICA GALÁN BÄUERLE, Notario Público Titular 17a Notaría de Santiago, domicilio Amunátegui N° 361, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 28 de Junio de 2017, ante mí, HERNÁN JAVIER SION LABRA y CHESIRA DEL CARMEN MAIZ MINA, separada totalmente de bienes, ambos Hernando de Aguirre 1073, departamento 501, Providencia, Región Metropolitana; modificaron sociedad de responsabilidad limitada "CASA REGIONAL LIMITADA”, nombre de fantasía “CASA REGIONAL”, constituida por escritura pública de 26 Agosto 1993, otorgada en la 3 Notaría de Santiago ante Notario titular don Aliro Veloso Muñoz, cuyo extracto fue inscrito a fojas 19.208 Nº 15.833 en el Registro de Comercio de Santiago año 1993, y publicado en el Diario Oficial con fecha 07 Septiembre 1993; y modificada por escritura pública de fecha 25 Octubre 2002, otorgada en la 9 Notaría de Santiago ante el Notario titular don Fernando Opazo Larraín, cuyo extracto fue inscrito a fojas 29.357 N° 23.829 en el Registro de Comercio de Santiago año 2002, y publicado en el Diario Oficial con fecha 8 Noviembre 2002. Los socios comparecientes modifican la sociedad en el siguiente sentido: La administración de la sociedad y el uso de la razón social, así como la representación judicial y extrajudicial de la misma, corresponderá indistintamente al socio Hernán Javier Sion Labra y al tercero no socio Álvaro Sion Maiz quienes, actuando conjunta o separadamente por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos, incluidos aquellos señalados de manera no taxativa en la cláusula tercera del pacto social.- Santiago, 24 de Julio de 2017.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
CASA REGIONAL LIMITADA
CVE 1253495
