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Sociedad por Acciones78.413.459-8

Inversiones Grupo VDV SpA

CONSTITUCIÓN — 15 jul 2026

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2026-07-15Ver PDF (CVE 2839072)

Información societaria

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Duración: indefinida
Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderán al gerente de la sociedad, el señor Pablo Tomás Vergara Delgadillo

Objeto social

efectuar, administrar y disponer de toda clase de bienes corporales o incorporales, valores mobiliarios y títulos de crédito o de inversión, tanto en Chile como en el extranjero; desarrollar el negocio inmobiliario, pudiendo al efecto comprar, vender, arrendar y, en general, administrar y explotar, en cualquier forma, por cuenta propia o ajena, toda clase de bienes raíces; formar, constituir o integrar sociedades, administrar empresas o asociaciones de cualquier naturaleza, para el adecuado desarrollo de los fines sociales.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital pagado

$1.000.000

Capital pendiente

$0

Socios (2)

NombreParticipación

Pablo Tomás Vergara Delgadillo

Accionista

80%

Bernardita Del Valle Chavarría

Accionista

20%

Administradores (1)

Texto oficial del extracto

Ministerio del Interior RODRIGO ANDRES PINARES ALVARADO, Notario Público, suplente 2ª Notaría de Santiago, Alcántara 107, Las Condes, certifico: Por escritura pública con fecha 5 de marzo de 2026 ante el Notario Titular don Francisco Javier Leiva Carvajal, Pablo Tomás Vergara Delgadillo y Bernardita del Valle Chavarría, ambos domiciliados en Almirante Miguel Aguirre 105, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, constituyeron sociedad por acciones, cuyo nombre o razón social es INVERSIONES GRUPO VDV SPA, inclusive ante Bancos e instituciones públicas o privadas. Objeto de la sociedad será efectuar, administrar y disponer de toda clase de bienes corporales o incorporales, valores mobiliarios y títulos de crédito o de inversión, tanto en Chile como en el extranjero; desarrollar el negocio inmobiliario, pudiendo al efecto comprar, vender, arrendar y, en general, administrar y explotar, en cualquier forma, por cuenta propia o ajena, toda clase de bienes raíces; formar, constituir o integrar sociedades, administrar empresas o asociaciones de cualquier naturaleza, para el adecuado desarrollo de los fines sociales. Capital social $1.000.000- , se pagará por socios forma y condiciones a indicarse a continuación: Uno) Pablo Tomás Vergara Delgadillo, aporta la cantidad de $800.000, que se pagan al contado y en dinero efectivo. Dos) Bernardita Del Valle Chavarría, aporta la cantidad de $200.000, que se pagan en este mismo acto, al contador y en dinero efectivo. Capital social pertenece 80% Pablo Tomás Vergara Delgadillo y 20% socio Bernardita Del Valle Chavarría. Socios limitan expresamente su responsabilidad por negocios sociales al monto de sus respectivos aportes. Administración y uso razón social corresponderá conjuntamente a ambos socios fundadores, Pablo Tomás Vergara Delgadillo y Bernardita Del Valle Chavarría, sin perjuicio de las limitaciones a la administración que se estipulan en la escritura, quienes tendrán las más amplias facultades de administración y disposición de bienes y entre ellas las que se indican en escritura que se extracta por vía meramente enunciativa y no taxativa y las ejercerán anteponiendo su firma a la razón social. La duración de la sociedad será indefinida. La sociedad no se disolverá por el fallecimiento de algunos de sus socios y continuará vigente entre los socios sobrevivientes y la comunidad o sucesión del socio fallecido, según corresponda y todos estos últimos deberán hacerse representar, en cada caso, ante la sociedad por un procurador común, quien carecerá de facultades administrativas. Asimismo, la sociedad no se disolverá por la incapacidad sobreviniente de uno de sus socios, o porque alguno de éstos sea deudor en un procedimiento concursal de reorganización o liquidación en los términos de la ley número 20.720, o por insolvencia de éstos. La sociedad tampoco se disolverá por ser ésta deudor de un procedimiento concursal de reorganización o liquidación en los términos de la ley número veinte mil setecientos veinte, o por insolvencia. Domicilio Sociedad será ciudad y comuna de Santiago. Otras estipulaciones que no interesan a terceros constan en escritura pública extractada. Por este acto se viene en rectificar el extracto antes individualizado, otorgada en esta misma Notaría, ante mí, con fecha 5 de marzo de 2026, Repertorio Nº17.988-2026, inscrito a fojas 21.322 Nº 8.749 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2026, publicado en el Diario Oficial de fecha 14 de marzo de 2026. en el sentido de reemplazar la siguiente frase: “Administración y uso razón social corresponderán conjuntamente a ambos socios fundadores, Pablo Tomás Vergara Delgadillo y Bernardita Del Valle Chavarría, sin perjuicio de las limitaciones a la administración que se estipulan en la escritura, quienes tendrán las más amplias facultades de administración y disposición de bienes y entre ellas las que se indican en escritura que se extracta por vía meramente enunciativa y no taxativa y las ejercerán anteponiendo su firma a la razón social.”, por la siguiente: “La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderán al gerente de la sociedad, el señor Pablo Tomás Vergara Delgadillo, sin perjuicio de las limitaciones a la administración que se estipulan en la escritura, quien tendrá las más amplias facultades de administración y disposición de bienes y entre ellas las que se indican en escritura que se extracta por vía meramente enunciativa y no taxativa y las ejercerá anteponiendo su firma a la razón social.” Santiago, 30 de Junio de 2026.

ConstituciónDiario Oficial · 2026-03-14Ver PDF (CVE 2783126)

Información societaria

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Duración: indefinida
Administración: corresponderá conjuntamente a ambos socios fundadores, quienes tendrán las más amplias facultades de administración y disposición de bienes y las ejercerán anteponiendo su firma a la razón social

Objeto social

efectuar, administrar y disponer de toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias y, en general, invertir en toda clase de bienes corporales o incorporales, valores mobiliarios y títulos de crédito o de inversión, tanto en Chile como en el extranjero; desarrollar el negocio inmobiliario, pudiendo al efecto comprar, vender, arrendar y, en general, administrar y explotar, en cualquier forma, por cuenta propia o ajena, toda clase de bienes raíces; formar, constituir o integrar sociedades, administrar empresas o asociaciones de cualquier naturaleza, para el adecuado desarrollo de los fines sociales

Capital

Capital total

$1.000.000

Socios (2)

NombreParticipación

Pablo Tomás Vergara Delgadillo

Accionista

80%

Bernardita Del Valle Chavarría

Accionista

20%

Administradores (2)

Texto oficial del extracto

Ministerio del Interior FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Público, Titular 2ª Notaría Santiago, Alcántara 107, Las Condes, certifico: Por escritura pública hoy ante mí, Pablo Tomás Vergara Delgadillo y Bernardita Del Valle Chavarría, ambos domiciliados en Almirante Miguel Aguirre 105, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, constituyeron sociedad por acciones, cuyo nombre o razón social es INVERSIONES GRUPO VDV SPA, inclusive ante Bancos e instituciones públicas o privadas. Objeto de la sociedad será efectuar, administrar y disponer de toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias y, en general, invertir en toda clase de bienes corporales o incorporales, valores mobiliarios y títulos de crédito o de inversión, tanto en Chile como en el extranjero; desarrollar el negocio inmobiliario, pudiendo al efecto comprar, vender, arrendar y, en general, administrar y explotar, en cualquier forma, por cuenta propia o ajena, toda clase de bienes raíces; formar, constituir o integrar sociedades, administrar empresas o asociaciones de cualquier naturaleza, para el adecuado desarrollo de los fines sociales. Capital social $1.000.000-, se pagará por socios forma y condiciones pasan a indicarse a continuación: Uno) Pablo Tomás Vergara Delgadillo, aporta la cantidad de $800.000, que se pagan al contado y en dinero en efectivo. Dos) Bernardita Del Valle Chavarría, aporta la cantidad de $200.000, que se pagan en este mismo acto, al contado y en dinero en efectivo. Capital social pertenece 80% Pablo Tomás Vergara Delgadillo y 20% socio Bernardita Del Valle Chavarría. Socios limitan expresamente su responsabilidad por negocios sociales hasta el monto de sus respectivos aportes. Administración y uso razón social corresponderá conjuntamente a ambos socios fundadores, Pablo Tomás Vergara Delgadillo y Bernardita Del Valle Chavarría, sin perjuicio de las limitaciones a la administración que se estipulan en la escritura, quienes tendrán las más amplias facultades de administración y disposición de bienes y entre ellas las que se indican en escritura que se extracta por vía meramente enunciativa y no taxativa y las ejercerán anteponiendo su firma a la razón social. La duración de la sociedad será indefinida. La sociedad no se disolverá por el fallecimiento de alguno de sus socios y continuará vigente entre los socios sobrevivientes y la comunidad o sucesión del socio fallecido, según corresponda y todos estos últimos deberán hacerse representar, en cada caso, ante la sociedad por un procurador común, quien carecerá de facultades administrativas. Asimismo, la sociedad no se disolverá por la incapacidad sobreviniente de uno de sus socios, o porque alguno de éstos sea deudor en un procedimiento concursal de reorganización o liquidación en los términos de la ley número 20.720, o por insolvencia de éstos. La sociedad tampoco se disolverá por ser ésta deudor de un procedimiento concursal de reorganización o liquidación en los términos de la ley número veinte mil setecientos veinte, o por insolvencia. Domicilio Sociedad será ciudad y comuna de Santiago. Otras estipulaciones que no interesan a terceros constan en escritura pública extractada. Santiago, 05 de Marzo de 2026.

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