Société à responsabilité limitée78.408.104-4

Inversiones Ximena González y Otros Limitada

CONSTITUCIÓN — 16 avr. 2026

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2026-04-16Voir le PDF (CVE 2797099)

Informations sociétaires

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Durée: indefinida
Administration: corresponderá a Don Roberto Miguel Sotomayor Klapp y a Doña Ximena Eliana Gonzalez Muñoz, quienes actuando conjunto o separadamente podrán representar a la sociedad con las más amplias facultades permitidas por la ley, incluso aquellas que requieran mención expresa conforme al artículo 7 del Código de Procedimiento Civil, con facultad de delegar

Objet social

El objeto exclusivo y principal de la sociedad será la inversión pasiva en bienes inmuebles, tanto urbanos como rurales, propios o de terceros, ubicados en el territorio nacional o en el extranjero, incluyendo a título meramente enunciativo y no limitativo: a) La adquisición, enajenación, promesa de compraventa, permuta, aporte, adjudicación, tenencia y dominio de bienes raíces; b) La explotación pasiva de bienes inmuebles mediante su arrendamiento, subarrendamiento, cesión de uso, usufructo u otras formas similares que no constituyan actividad comercial habitual; c) La administración patrimonial de inmuebles propios, pudiendo celebrar contratos de administración con terceros, sin que ello implique prestación de servicios de corretaje o administración inmobiliaria a terceros; d) La constitución, alzamiento y modificación de gravámenes reales tales como hipotecas, servidumbres, usufructos, prohibiciones, prendas sin desplazamiento u otros derechos reales permitidos por la ley; e) La obtención de financiamiento, créditos, mutuos hipotecarios y demás operaciones financieras destinadas al cumplimiento del objeto social; f) La inversión en sociedades o entidades cuyo objeto sea la inversión inmobiliaria o patrimonial, siempre que dicha participación tenga carácter pasivo. La sociedad no desarrollará actividades comerciales inmobiliarias habituales, de corretaje, intermediación ni construcción por cuenta de terceros, actuando siempre como inversionista patrimonial pasivo. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos civiles, mercantiles y financieros que sean necesarios o conducentes, siempre que no se encuentren prohibidos por la ley.

Capital

Capital total

$105.000.000

Capital libéré

$105.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (4)

NomParticipation

Ximena González Muñoz

Socio

47.62%

Roberto Miguel Sotomayor Klapp

Socio

38.1%

Catalina Sotomayor González

Socio

9.52%

Josefina Sotomayor González

Socio

4.76%

Administrateurs (2)

Texte officiel de l’extrait

Ministerio del Interior MONICA FIGUEROA CARVAJAL, Notaria Titular de la primera notaria de Vitacura, con oficio en Avenida Vitacura 6.844 local – 1. Vitacura, certifico Por escritura pública de fecha 06 de abril de 2026, repertorio Nº 844-2026, ante mí, comparecen: doña Ximena Eliana González Muñoz, don Roberto Miguel Sotomayor Klapp, doña Catalina Ximena Sotomayor González y doña Josefina Paulina Sotomayor González, todos domiciliados para estos en calle Tiahuanaco 1077, departamento 402 B, comuna de Vitacura. constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada. Razón social: “Inversiones Ximena González y Otros Limitada”, pudiendo usar el nombre de fantasía “Inversiones NINA Ltda.”. Domicilio: la ciudad de Santiago, sin perjuicio de establecer agencias o sucursales en otros lugares del país o del extranjero. Objeto: El objeto exclusivo y principal de la sociedad será la inversión pasiva en bienes inmuebles, tanto urbanos como rurales, propios o de terceros, ubicados en el territorio nacional o en el extranjero, incluyendo a título meramente enunciativo y no limitativo: a) La adquisición, enajenación, promesa de compraventa, permuta, aporte, adjudicación, tenencia y dominio de bienes raíces; b) La explotación pasiva de bienes inmuebles mediante su arrendamiento, subarrendamiento, cesión de uso, usufructo u otras formas similares que no constituyan actividad comercial habitual; c) La administración patrimonial de inmuebles propios, pudiendo celebrar contratos de administración con terceros, sin que ello implique prestación de servicios de corretaje o administración inmobiliaria a terceros; d) La constitución, alzamiento y modificación de gravámenes reales tales como hipotecas, servidumbres, usufructos, prohibiciones, prendas sin desplazamiento u otros derechos reales permitidos por la ley; e) La obtención de financiamiento, créditos, mutuos hipotecarios y demás operaciones financieras destinadas al cumplimiento del objeto social; f) La inversión en sociedades o entidades cuyo objeto sea la inversión inmobiliaria o patrimonial, siempre que dicha participación tenga carácter pasivo. La sociedad no desarrollará actividades comerciales inmobiliarias habituales, de corretaje, intermediación ni construcción por cuenta de terceros, actuando siempre como inversionista patrimonial pasivo. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos civiles, mercantiles y financieros que sean necesarios o conducentes, siempre que no se encuentren prohibidos por la ley. Duración: indefinida. Capital: $105.000.000, íntegramente suscrito y pagado, aportado de la siguiente forma: doña Ximena González Muñoz $50.000.000 (47,62%); don Roberto Miguel Sotomayor Klapp $40.000.000 (38,10%); doña Catalina Sotomayor González $10.000.000 (9,52%); y doña Josefina Sotomayor González $5.000.000 (4,76%). Responsabilidad: limitada al monto de los respectivos aportes. Administración y representación: corresponderá a Don Roberto Miguel Sotomayor Klapp y a Doña Ximena Eliana Gonzalez Muñoz, quienes actuando conjunto o separadamente podrán representar a la sociedad con las más amplias facultades permitidas por la ley, incluso aquellas que requieran mención expresa conforme al artículo 7 del Código de Procedimiento Civil, con facultad de delegar. Utilidades y pérdidas: se distribuirán en proporción a los aportes. Disolución: por las causales legales o acuerdo unánime de los socios. Demás estipulaciones en escritura extractada. Vitacura, 10 de abril de 2026.

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