有限責任公司78.404.942-6

Inversiones Limarí Ii Limitada

MODIFICACIÓN — 2026年8月10日

稅務資料(SII)

实体类型

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

公司子类型

SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA

開始經營

SII 未報告開始經營日期

經濟活動

SII 中沒有登記的經濟活動

蓋章文件

SII 中沒有登記的蓋章文件

Diario Oficial

公司資料

Ltda
Antonio Tirado N° 258

資本

總資本

$298.448.450

實繳資本

$298.448.450

待繳資本

$0

股東(6)

姓名持股比例

MIRTA XIMENA DEL CARMEN TORRES ESCÁRATE

Socio

25.57%

TATIANA IVONNE DAVIU TORRES

Socio

14.886%

ROCÍO ANDREA DAVIU TORRES

Socio

14.886%

ANTONIO ALEJANDRO DAVIU TORRES

Socio

14.886%

CLAUDIO ANTONIO DAVIU TORRES

Socio

14.886%

PABLO ANDRÉS DAVIU TORRES

Socio

14.886%

法定代理(1)

MARÍA FERNANDA TELLO ANDRADE

代表 INVERSIONES LIMARÍ II LIMITADA78.404.942-6

公報所載公司沿革

  1. 設立· 2026年2月12日

    Se constituyó INVERSIONES LIMARÍ II LIMITADA.

    MIRTA XIMENA DEL CARMEN TORRES ESCÁRATE · TATIANA IVONNE DAVIU TORRES · ROCÍO ANDREA DAVIU TORRES · ANTONIO ALEJANDRO DAVIU TORRES · CLAUDIO ANTONIO DAVIU TORRES · PABLO ANDRÉS DAVIU TORRES

摘要官方正文

Ministerio del Interior CAROLINA ADAOS VALENZUELA, notario público Suplente de RODRIGO CABRERA ALBARRÁN, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Ovalle, con domicilio en Miguel Aguirre N°328, comuna y ciudad de Ovalle, certifica: Por escritura pública de fecha 12 de junio de 2026, Repertorio nº 1.194, ante don Rodrigo Cabrera Albarrán, doña MARÍA FERNANDA TELLO ANDRADE, en representación de la sociedad INVERSIONES LIMARÍ II LIMITADA, Rol Único Tributario N° 78.404.942-6, ambas con domicilio para estos efectos en calle Antonio Tirado N° 258, comuna y ciudad de Ovalle, rectificó la escritura de constitución de INVERSIONES LIMARÍ II LIMITADA, de fecha 12 de febrero de 2026, otorgada en Notaría de Santiago de don Patricio Corominas Mellado, inscrita a Fs. 56 vta. N° 23 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Ovalle del año 2026, de cuyo texto extracto lo siguiente: UNO. RECTIFICACIÓN ARTÍCULO CUARTO DEL CAPITAL SOCIAL. Se rectificó el artículo Cuarto de los estatutos sociales, relativo al capital social, y se estableció que el artículo debe señalar lo siguiente: “ARTÍCULO CUARTO: CAPITAL SOCIAL. El capital de la sociedad es la suma de $298.448.450.-, que los socios aportan, enteran y pagan de la siguiente forma: A) Doña MIRTA XIMENA DEL CARMEN TORRES ESCÁRATE, aporta la suma de $76.303.450.-, equivalente al 25,57% aproximado del capital y derechos sociales, que entera en este acto, mediante el aporte en dominio de los inmuebles indicados en el artículo Primero Transitorio, que las partes avalúan de común acuerdo en dicha suma; B) Doña TATIANA IVONNE DAVIU TORRES, aporta la suma de $44.429.000.-, equivalente al 14,886% aproximado del capital y derechos sociales, que entera en este acto, mediante el aporte en dominio de los inmuebles indicados en el artículo Primero Transitorio, que las partes avalúan de común acuerdo en dicha suma; C) Doña ROCÍO ANDREA DAVIU TORRES aporta la suma de $44.429.000.-, equivalente al 14,886% aproximado del capital y derechos sociales, que entera en este acto, mediante el aporte en dominio de los inmuebles indicados en el artículo Primero Transitorio, que las partes avalúan de común acuerdo en dicha suma; D) Don ANTONIO ALEJANDRO DAVIU TORRES aporta la suma de $44.429.000.-, equivalente al 14,886% aproximado del capital y derechos sociales, que entera en este acto, mediante el aporte en dominio de los inmuebles indicados en el artículo Primero Transitorio, que las partes avalúan de común acuerdo en dicha suma; E) Don CLAUDIO ANTONIO DAVIU TORRES aporta la suma de $44.429.000.-, equivalente al 14,886% aproximado del capital y derechos sociales, mediante el aporte en dominio de los inmuebles indicados en el artículo Primero Transitorio, que las partes avalúan de común acuerdo en dicha suma; y, F) Don PABLO ANDRÉS DAVIU TORRES aporta la suma de $44.429.000.-, equivalente al 14,886% aproximado del capital y derechos sociales, que entera en este acto, mediante el aporte en dominio de los inmuebles indicados en el artículo Primero Transitorio, que las partes avalúan de común acuerdo en dicha suma. Cualquier aumento de capital se enterará en dinero en efectivo o con cargo a utilidades o revalorizaciones o aportes de toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, que deberán valorizarse de común acuerdo por los socios al momento del aporte, y a falta de acuerdo se estimarán por el árbitro a quien le corresponde conocer de los conflictos sociales.”. DOS. RECTIFICACIÓN ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO. Asimismo, se rectificó el artículo Primero Transitorio de la escritura de constitución social en la forma indicada en la escritura extractada, en materias que no son materia de extracto. Demás estipulaciones escritura extractada. Ovalle, 6 de agosto de 2026.

公司資料

Ltda
Ovalle, Coquimbo
期限: 5 años, renovable sucesiva y tácitamente por periodos de 5 años cada uno
管理方式: La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña TATIANA IVONNE DAVIÚ TORRES, con las más amplias facultades de administración y disposición, sin restricción alguna

公司目的

La inversión en todo tipo de bienes, ya sean raíces o muebles, corporales o incorporales, valores mobiliarios, acciones, inversiones financieras, bonos, debentures, participación en todo tipo de proyectos de inversión o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean civiles o comerciales, comunidades o asociaciones, con la finalidad exclusiva de obtener las rentas que esas inversiones produzcan, ya sea por cuenta propia o por cuenta ajena; la compra, venta, permuta, arrendamiento, subarrendamiento, cesión, adquisición o enajenación, loteo, subdivisión, urbanización, corretaje a cualquier título, de bienes corporales o incorporales, bienes raíces, ya sean urbanos, rústicos o bienes muebles, como asimismo la explotación, administración de éstos, ya sean propios o ajenos, por cuenta propia o ajena, y en general la realización de todo tipo de proyectos inmobiliarios y de construcción por cuenta propia o ajena de toda clase de edificaciones; y la ejecución de todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios a los fines indicados, al desarrollo de sus negocios o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad, en especial, podrá participar en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, de responsabilidad limitada o en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en éstas últimas

資本

總資本

$297.852.745

實繳資本

$297.852.745

待繳資本

$0

股東(6)

姓名持股比例

MIRTA XIMENA DEL CARMEN TORRES ESCÁRATE

Socio

25.5%

TATIANA IVONNE DAVIÚ TORRES

Socio

14.9%

ROCÍO ANDREA DAVIÚ TORRES

Socio

14.9%

ANTONIO ALEJANDRO DAVIÚ TORRES

Socio

14.9%

CLAUDIO ANTONIO DAVIÚ TORRES

Socio

14.9%

PABLO ANDRÉS DAVIÚ TORRES

Socio

14.9%

管理人(1)

摘要官方正文

Ministerio del Interior PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa N°1.201, local 101, Lo Barnechea, Región Metropolitana, certifico: Por escritura pública de fecha 12 de febrero de 2026, ante la notario suplente Rose Marie Muñoz Álvarez, doña MIRTA XIMENA DEL CARMEN TORRES ESCÁRATE, doña TATIANA IVONNE DAVIU TORRES, doña ROCÍO ANDREA DAVIU TORRES, don ANTONIO ALEJANDRO DAVIU TORRES, don CLAUDIO ANTONIO DAVIU TORRES y don PABLO ANDRÉS DAVIU TORRES, todos domiciliados para estos efectos en Isidora Goyenechea número dos mil novecientos treinta y cuatro, oficina número cuatrocientos uno, comuna de las Condes, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada de cuyo texto extracto lo siguiente: Razón Social: "INVERSIONES LIMARÍ II LIMITADA", pudiendo usar para todos los efectos legales, incluso comerciales, tributarios y bancarios, indistintamente, la expresión abreviada nombre de fantasía de "INVERSIONES LIMARÍ II LTDA.". Objeto: La sociedad tendrá por objeto: Uno) La inversión en todo tipo de bienes, ya sean raíces o muebles, corporales o incorporales, valores mobiliarios, acciones, inversiones financieras, bonos, debentures, participación en todo tipo de proyectos de inversión o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean civiles o comerciales, comunidades o asociaciones, con la finalidad exclusiva de obtener las rentas que esas inversiones produzcan, ya sea por cuenta propia o por cuenta ajena; Dos) La compra, venta, permuta, arrendamiento, subarrendamiento, cesión, adquisición o enajenación, loteo, subdivisión, urbanización, corretaje a cualquier título, de bienes corporales o incorporales, bienes raíces, ya sean urbanos, rústicos o bienes muebles, como asimismo la explotación, administración de éstos, ya sean propios o ajenos, por cuenta propia o ajena, y en general la realización de todo tipo de proyectos inmobiliarios y de construcción por cuenta propia o ajena de toda clase de edificaciones. En especial, será objeto de la sociedad la administración de los bienes, muebles o inmuebles que formen parte de su activo, estableciendo para la correcta administración de ellos la regulación correspondiente; y, Tres) La ejecución de todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios a los fines indicados, al desarrollo de sus negocios o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad, en especial, podrá participar en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, de responsabilidad limitada o en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en éstas últimas. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $297.852.745.-, que los socios aportan, enteran y pagan de la siguiente forma: A) Doña MIRTA XIMENA DEL CARMEN TORRES ESCÁRATE, aporta la suma de $76.208.305.-, equivalente al 25,5% aproximado del capital y derechos sociales, que entera en este acto, mediante el aporte en dominio de los inmuebles indicados en el artículo Primero Transitorio, que las partes avalúan de común acuerdo en dicha suma; B) Doña TATIANA IVONNE DAVIÚ TORRES, aporta la suma de $44.328.888.-, equivalente al 14,9% aproximado del capital y derechos sociales, que entera en este acto, mediante el aporte en dominio de los inmuebles indicados en el artículo Primero Transitorio, que las partes avalúan de común acuerdo en dicha suma; C) Doña ROCÍO ANDREA DAVIÚ TORRES aporta la suma de $44.328.888.-, equivalente al 14,9% aproximado del capital y derechos sociales, que entera en este acto, mediante el aporte en dominio de los inmuebles indicados en el artículo Primero Transitorio, que las partes avalúan de común acuerdo en dicha suma; D) Don ANTONIO ALEJANDRO DAVIÚ TORRES aporta la suma de $44.328.888.-, equivalente al 14,9% aproximado del capital y derechos sociales, que entera en este acto, mediante el aporte en dominio de los inmuebles indicados en el artículo Primero Transitorio, que las partes avalúan de común acuerdo en dicha suma; E) Don CLAUDIO ANTONIO DAVIÚ TORRES aporta la suma de $44.328.888.-, equivalente al 14,9% aproximado del capital y derechos sociales, mediante el aporte en dominio de los inmuebles indicados en el artículo Primero Transitorio, que las partes avalúan de común acuerdo en dicha suma; y, F) Don PABLO ANDRÉS DAVIÚ TORRES aporta la suma de $44.328.888.-, equivalente al 14,9% aproximado del capital y derechos sociales, que entera en este acto, mediante el aporte en dominio de los inmuebles indicados en el artículo Primero Transitorio, que las partes avalúan de común acuerdo en dicha suma. Cualquier aumento de capital se enterará en dinero en efectivo o con cargo a utilidades o revalorizaciones o aportes de toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, que deberán valorizarse de común acuerdo por los socios al momento del aporte, y a falta de acuerdo se estimarán por el árbitro a quien le corresponde conocer de los conflictos sociales. Administración: La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña TATIANA IVONNE DAVIÚ TORRES, con las más amplias facultades de administración y disposición, sin restricción alguna, según lo señalan sus estatutos. Duración: La sociedad tiene una duración de 5 años, renovable sucesiva y tácitamente por periodos de 5 años cada uno. Domicilio: Su domicilio será la ciudad de Ovalle, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. La responsabilidad de los socios está limitada al monto de sus aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 13 de marzo de 2026.

最近登記事項

  1. MODIFICACIÓN

    INVERSIONES LIMARÍ II LIMITADA

    CVE 2852745

  2. CONSTITUCIÓN

    INVERSIONES LIMARÍ II LIMITADA

    CVE 2785449

公司關係

公司人物Diario Oficial