Inversiones Limarí I Limitada
Informations fiscales (SII)
Entity type
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Company subtype
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Début des activités
Aucun début d’activités signalé par le SII
Activités économiques
Aucune activité économique enregistrée au SII
Documents timbrés
Aucun document timbré enregistré au SII
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$343.337.106
Associés (6)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
MIRTA XIMENA DEL CARMEN TORRES ESCÁRATE Socio | - | 13.445% | $46.167.977 |
Socio | - | 17.311% | $59.433.825 |
Socio | - | 17.311% | $59.433.826 |
ANTONIO ALEJANDRO DAVIU TORRES Socio | - | 17.311% | $59.433.826 |
CLAUDIO ANTONIO DAVIU TORRES Socio | - | 17.311% | $59.433.826 |
PABLO ANDRÉS DAVIU TORRES Socio | - | 17.311% | $59.433.826 |
Représentation légale (1)
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 12 février 2026
Se constituyó INVERSIONES LIMARÍ I LIMITADA.
- Changement de capital· 12 juin 2026
Se rectificó el artículo cuarto del capital social, fijándolo en $343.337.106 y detallando los aportes de los socios.
MARÍA FERNANDA TELLO ANDRADE · INVERSIONES LIMARÍ I LIMITADA
Texte officiel de l’extrait
Ministerio del Interior CAROLINA ADAOS VALENZUELA, notario público Suplente de RODRIGO CABRERA ALBARRÁN, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Ovalle, con domicilio en Miguel Aguirre N°328, comuna y ciudad de Ovalle, certifica: Por escritura pública de fecha 12 de junio de 2026, Repertorio nº 1.193, ante don Rodrigo Cabrera Albarrán, doña MARÍA FERNANDA TELLO ANDRADE, en representación de la sociedad INVERSIONES LIMARÍ I LIMITADA, Rol Único Tributario N°78.404.926-4, ambas con domicilio para estos efectos en calle Antonio Tirado N° 258, comuna y ciudad de Ovalle, rectificó la escritura de constitución de INVERSIONES LIMARÍ I LIMITADA, de fecha 12 de febrero de 2026, otorgada en Notaría de Santiago de don Patricio Corominas Mellado, inscrita a Fs. 58 vta. N° 24 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Ovalle del año 2026, de cuyo texto extracto lo siguiente: UNO. RECTIFICACIÓN ARTÍCULO CUARTO DEL CAPITAL SOCIAL. Se rectificó el artículo Cuarto de los estatutos sociales, relativo al capital social, y se estableció que el artículo debe señalar lo siguiente: “ARTÍCULO CUARTO: CAPITAL SOCIAL. El capital de la sociedad es la suma de $343.337.106.-, que los socios aportan, enteran y pagan de la siguiente forma: A) Doña MIRTA XIMENA DEL CARMEN TORRES ESCÁRATE, aporta la suma de $46.167.977.-, equivalente al 13,445% aproximado del capital y derechos sociales, que entera en este acto, mediante el aporte en dominio de los inmuebles indicados en el artículo Primero Transitorio, que las partes avalúan de común acuerdo en dicha suma; B) Doña TATIANA IVONNE DAVIU TORRES, aporta la suma de $59.433.825.-, equivalente al 17,311% aproximado del capital y derechos sociales, que entera en este acto, mediante el aporte en dominio de los inmuebles indicados en el artículo Primero Transitorio, que las partes avalúan de común acuerdo en dicha suma; C) Doña ROCÍO ANDREA DAVIU TORRES aporta la suma de $59.433.826.-, equivalente al 17,311% aproximado del capital y derechos sociales, que entera en este acto, mediante el aporte en dominio de los inmuebles indicados en el artículo Primero Transitorio, que las partes avalúan de común acuerdo en dicha suma; D) Don ANTONIO ALEJANDRO DAVIU TORRES aporta la suma de $59.433.826.-, equivalente al 17,311% aproximado del capital y derechos sociales, que entera en este acto, mediante el aporte en dominio de los inmuebles indicados en el artículo Primero Transitorio, que las partes avalúan de común acuerdo en dicha suma; E) Don CLAUDIO ANTONIO DAVIU TORRES aporta la suma de $59.433.826.-, equivalente al 17,311% aproximado del capital y derechos sociales, que entera en este acto, mediante el aporte en dominio de los inmuebles indicados en el artículo Primero Transitorio, que las partes avalúan de común acuerdo en dicha suma; y, F) Don PABLO ANDRÉS DAVIU TORRES aporta la suma de $59.433.826.-, equivalente al 17,311% aproximado del capital y derechos sociales, que entera en este acto, mediante el aporte en dominio de los inmuebles indicados en el artículo Primero Transitorio, que las partes avalúan de común acuerdo en dicha suma. Cualquier aumento de capital se enterará en dinero en efectivo o con cargo a utilidades o revalorizaciones o aportes de toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, que deberán valorizarse de común acuerdo por los socios al momento del aporte, y a falta de acuerdo se estimarán por el árbitro a quien le corresponde conocer de los conflictos sociales.”. DOS. RECTIFICACIÓN ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO. Asimismo, se rectificó el artículo Primero Transitorio de la escritura de constitución social en la forma indicada en la escritura extractada, en materias que no son materia de extracto. Demás estipulaciones escritura extractada. Ovalle, 6 de agosto de 2026.
Informations sociétaires
Objet social
La inversión en todo tipo de bienes, ya sean raíces o muebles, corporales o incorporales, valores mobiliarios, acciones, inversiones financieras, bonos, debentures, participación en todo tipo de proyectos de inversión o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean civiles o comerciales, comunidades o asociaciones, con la finalidad exclusiva de obtener las rentas que esas inversiones produzcan, ya sea por cuenta propia o por cuenta ajena; la compra, venta, permuta, arrendamiento, subarrendamiento, cesión, adquisición o enajenación, loteo, subdivisión, urbanización, corretaje a cualquier título, de bienes corporales o incorporales, bienes raíces, ya sean urbanos, rústicos o bienes muebles, como asimismo la explotación, administración de éstos, ya sean propios o ajenos, por cuenta propia o ajena, y en general la realización de todo tipo de proyectos inmobiliarios y de construcción por cuenta propia o ajena de toda clase de edificaciones; en especial, la administración de los bienes, muebles o inmuebles que formen parte de su activo, estableciendo para la correcta administración de ellos la regulación correspondiente; y la ejecución de todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios a los fines indicados, al desarrollo de sus negocios o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad, en especial, podrá participar en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, de responsabilidad limitada o en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en éstas últimas.
Capital
Capital total
$342.651.801
Capital libéré
$342.651.801
Capital restant dû
$0
Associés (6)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
MIRTA XIMENA DEL CARMEN TORRES ESCÁRATE Socio | - | 13.5% | $46.110.406 |
Socio | - | 17.3% | $59.308.279 |
Socio | - | 17.3% | $59.308.279 |
ANTONIO ALEJANDRO DAVIÚ TORRES Socio | - | 17.3% | $59.308.279 |
CLAUDIO ANTONIO DAVIÚ TORRES Socio | - | 17.3% | $59.308.279 |
PABLO ANDRÉS DAVIÚ TORRES Socio | - | 17.3% | $59.308.279 |
Administrateurs (1)
Texte officiel de l’extrait
Ministerio del Interior PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa N°1.201, local 101, Lo Barnechea, Región Metropolitana, certifico: Por escritura pública de fecha 12 de febrero de 2026, ante la notario suplente Rose Marie Muñoz Álvarez, doña MIRTA XIMENA DEL CARMEN TORRES ESCÁRATE, doña TATIANA IVONNE DAVIU TORRES, doña ROCÍO ANDREA DAVIU TORRES, don ANTONIO ALEJANDRO DAVIU TORRES, don CLAUDIO ANTONIO DAVIU TORRES y don PABLO ANDRÉS DAVIU TORRES, todos domiciliados para estos efectos en Isidora Goyenechea número dos mil novecientos treinta y cuatro, oficina número cuatrocientos uno, comuna de las Condes, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada de cuyo texto extracto lo siguiente: Razón Social: "INVERSIONES LIMARÍ I LIMITADA", pudiendo usar para todos los efectos legales, incluso comerciales, tributarios y bancarios, indistintamente, la expresión abreviada nombre de fantasía de "INVERSIONES LIMARÍ I LTDA.". Objeto: La sociedad tendrá por objeto: Uno) La inversión en todo tipo de bienes, ya sean raíces o muebles, corporales o incorporales, valores mobiliarios, acciones, inversiones financieras, bonos, debentures, participación en todo tipo de proyectos de inversión o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean civiles o comerciales, comunidades o asociaciones, con la finalidad exclusiva de obtener las rentas que esas inversiones produzcan, ya sea por cuenta propia o por cuenta ajena; Dos) La compra, venta, permuta, arrendamiento, subarrendamiento, cesión, adquisición o enajenación, loteo, subdivisión, urbanización, corretaje a cualquier título, de bienes corporales o incorporales, bienes raíces, ya sean urbanos, rústicos o bienes muebles, como asimismo la explotación, administración de éstos, ya sean propios o ajenos, por cuenta propia o ajena, y en general la realización de todo tipo de proyectos inmobiliarios y de construcción por cuenta propia o ajena de toda clase de edificaciones. En especial, será objeto de la sociedad la administración de los bienes, muebles o inmuebles que formen parte de su activo, estableciendo para la correcta administración de ellos la regulación correspondiente; y, Tres) La ejecución de todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios a los fines indicados, al desarrollo de sus negocios o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad, en especial, podrá participar en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, de responsabilidad limitada o en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en éstas últimas. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $342.651.801.-, que los socios aportan, enteran y pagan de la siguiente forma: A) Doña MIRTA XIMENA DEL CARMEN TORRES ESCÁRATE, aporta la suma de $46.110.406.-, equivalente al 13,5% aproximado del capital y derechos sociales, que entera en este acto, mediante el aporte en dominio de los inmuebles indicados en el artículo Primero Transitorio, que las partes avalúan de común acuerdo en dicha suma; B) Doña TATIANA IVONNE DAVIÚ TORRES, aporta la suma de $59.308.279.-, equivalente al 17,3% aproximado del capital y derechos sociales, que entera en este acto, mediante el aporte en dominio de los inmuebles indicados en el artículo Primero Transitorio, que las partes avalúan de común acuerdo en dicha suma; C) Doña ROCÍO ANDREA DAVIÚ TORRES aporta la suma de 59.308.279.-, equivalente al 17,3% aproximado del capital y derechos sociales, que entera en este acto, mediante el aporte en dominio de los inmuebles indicados en el artículo Primero Transitorio, que las partes avalúan de común acuerdo en dicha suma; D) Don ANTONIO ALEJANDRO DAVIÚ TORRES aporta la suma de $59.308.279.-, equivalente al 17,3% aproximado del capital y derechos sociales, que entera en este acto, mediante el aporte en dominio de los inmuebles indicados en el artículo Primero Transitorio, que las partes avalúan de común acuerdo en dicha suma; E) Don CLAUDIO ANTONIO DAVIÚ TORRES aporta la suma de $59.308.279.-, equivalente al 17,3% aproximado del capital y derechos sociales, que entera en este acto, mediante el aporte en dominio de los inmuebles indicados en el artículo Primero Transitorio, que las partes avalúan de común acuerdo en dicha suma; y, F) Don PABLO ANDRÉS DAVIÚ TORRES aporta la suma de c$59.308.279.-, equivalente al 17,3% aproximado del capital y derechos sociales, que entera en este acto, mediante el aporte en dominio de los inmuebles indicados en el artículo Primero Transitorio, que las partes avalúan de común acuerdo en dicha suma. Cualquier aumento de capital se enterará en dinero en efectivo o con cargo a utilidades o revalorizaciones o aportes de toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, que deberán valorizarse de común acuerdo por los socios al momento del aporte, y a falta de acuerdo se estimarán por el árbitro a quien le corresponde conocer de los conflictos sociales. Administración: La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña TATIANA IVONNE DAVIÚ TORRES, con las más amplias facultades de administración y disposición, sin restricción alguna, según lo señalan sus estatutos. Duración: La sociedad tiene una duración de 5 años, renovable sucesiva y tácitamente por periodos de 5 años cada uno. Domicilio: Su domicilio será la ciudad de Ovalle, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. La responsabilidad de los socios está limitada al monto de sus aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 13 de marzo de 2026.
Actes récents
- MODIFICACIÓN
INVERSIONES LIMARÍ I LIMITADA
CVE 2852737
- CONSTITUCIÓN
INVERSIONES LIMARÍ I LIMITADA
CVE 2785443
