Société à responsabilité limitée78.381.919-8

Inmobiliaria Eqv Limitada

CONSTITUCIÓN — 24 janv. 2026

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2026-01-24Voir le PDF (CVE 2759550)

Informations sociétaires

Ltda
Los Ángeles, Biobío
Durée: cinco años, renovable automáticamente por periodos iguales, sucesivos y continuos de cinco años cada uno
Administration: Administración y representación de la Sociedad y el uso de la Razón Social corresponderá exclusivamente al socio Eduardo Javier Quijada Vallejos, quién anteponiendo su firma a la razón social, obligará y representará a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario o especial.

Objet social

El objeto de la sociedad será: uno) el arrendamiento, compra y venta y en general la adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces, por cuenta propia o ajena, su explotación, administración y percepción de sus frutos, como también el desarrollo de cualquier tipo de proyectos inmobiliarios, proyecto, construcción o ejecución de la venta de proyectos inmobiliarios, loteos, subdivisiones prediales y afines.; dos) La adquisición, enajenación, comercialización por cuenta propia o ajena, de cualquier tipo de bienes materiales e inmateriales, proyectos inmobiliarios, derechos de propiedad intelectual, derechos litigiosos; Tres) Formar parte en otras sociedades, como socio, por fusión o absorción o a cualquier otro título, modificarlas, asumir la administración de las mismas; cuatro) En general, la ejecución de todo acto o contrato comercial de su giro o giros o de cualquier otro ramo que los socios acuerden, en los cuales se podrá celebrar toda clase de actos o contratos mercantiles y administrativos que sean conducentes al mejor cumplimiento de los fines sociales.

Capital

Capital total

$130.000.000

Capital libéré

$127.000.000

Capital restant dû

$3.000.000

Associés (2)

NomParticipation

Eduardo Javier Quijada Vallejos

Socio

14.xxx.xxx-9

95%

Benjamín Ignacio González Medina

Socio

21.xxx.xxx-8

5%

Administrateurs (1)

Eduardo Javier Quijada Vallejos

14.xxx.xxx-9Administrador

Texte officiel de l’extrait

Ministerio del Interior En Los Ángeles, LUIS GONZALO ALI ARCAS, Notario Público Interino de la 1ª Notaría de Los Ángeles, República de Chile, a 6 de enero de 2026, Certifico: que, en este oficio, con fecha 31 de diciembre de 2025, ante don Álvaro Antonio Almendras Garcés, Notario Suplente de don Luis Gonzalo Ali Arcas, Abogado, Notario Público Interino, de la ciudad de Los Ángeles, con oficio en calle Lautaro 325, of.4 y 5 comuna Los Ángeles, bajo repertorio 3563-2025: Eduardo Javier Quijada Vallejos, CI 14.067.424-9, domicilio en esta ciudad en Avenida Oriente número ciento 164, Villa Cataluña; y Benjamín Ignacio González Medina, CI 21.844.056-8, Avenida Oriente número 164 Villa Cataluña, comuna de Los Ángeles. Constituyeron una Sociedad de Responsabilidad Limitada. Nombre o Razón Social: INMOBILIARIA EQV LIMITADA, pudiendo actuar con el nombre de fantasía de INMOBILIARIA EQV Ltda. El objeto de la sociedad será: El objeto de la sociedad será: uno) el arrendamiento, compra y venta y en general la adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces, por cuenta propia o ajena, su explotación, administración y percepción de sus frutos, como también el desarrollo de cualquier tipo de proyectos inmobiliarios, proyecto, construcción o ejecución de la venta de proyectos inmobiliarios, loteos, subdivisiones prediales y afines.; dos) La adquisición, enajenación, comercialización por cuenta propia o ajena, de cualquier tipo de bienes materiales e inmateriales, proyectos inmobiliarios, derechos de propiedad intelectual, derechos litigiosos; Tres) Formar parte en otras sociedades, como socio, por fusión o absorción o a cualquier otro título, modificarlas, asumir la administración de las mismas; cuatro) En general, la ejecución de todo acto o contrato comercial de su giro o giros o de cualquier otro ramo que los socios acuerden, en los cuales se podrá celebrar toda clase de actos o contratos mercantiles y administrativos que sean conducentes al mejor cumplimiento de los fines sociales. Domicilio, será la ciudad de Los Ángeles, Región del Biobío, sin perjuicio de las sucursales, oficinas, agencias o representaciones que pueda establecer en otros puntos del país o del extranjero. Administración y representación de la Sociedad y el uso de la Razón Social corresponderá exclusivamente al socio Eduardo Javier Quijada Vallejos, quién anteponiendo su firma a la razón social, obligará y representará a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario o especial. Capital social: El capital social es la suma de ciento treinta millones de pesos, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: UNO: El socio EDUARDO JAVIER QUIJADA VALLEJOS, aporta en dominio los siguientes bienes inmuebles : a) el inmueble consistente en sitio y casa ubicado en calle Proyección Avenida Las Industrias número ciento sesenta y cuatro, que corresponde al lote número ciento cuarenta y uno, del plano de loteo “CATALUÑA” actualmente denominado “Villa Gabriela Mistral, Etapa E cero seis III”, sitio que tiene una superficie aproximada de doscientos veinticinco coma diecisiete metros cuadrados y deslinda: NORTE, en veinte coma cuarenta y siete metros con sitio números, ciento cuarenta y dos; SUR, en veinte coma cuarenta y siete metros con sitio número ciento cuarenta; ORIENTE, en once coma veintiséis metros con Proyección Avenida as Industrias; y PONIENTE, en once coma veintiséis metros con sitios número ciento treinta y tres y numero ciento treinta y cuatro. El título de dominio a nombre del aportante se encuentra inscrito a fojas nueve mil cuatrocientos, número seis mil setecientos sesenta y seis, correspondiente al Registro de Propiedad del Conservador de Bienes raíces de Los Ángeles del año dos mil catorce y figura bajo el rol número mil ciento treinta y tres guion dieciséis de la comuna de los ángeles. avaluado de común acuerdo por las partes en cien millones de pesos. b) el LOTE NUMERO TREINTA Y SIETE, DE LA SUBDIVISION DEL LOTE MAQUEHUE, PROVENIENTE DEL PLANO DE SUBDIVISION DEL PREDIO RUSTICO DENOMINADO MAQUEHUE, de la ciudad y comuna de Los Ángeles, lote que de acuerdo al plano y demás antecedentes que se encuentran archivados al final del Registro de Propiedad del año dos mil veintiuno, bajo el número noventa y ocho, tiene una superficie de cero coma cincuenta hectáreas, y los siguientes deslindes: NORTE, con lote numero treinta y ocho de la presente subdivisión en setenta y dos coma un metros; SUR, con lote número treinta y cinco de la presente subdivisión en sesenta y ocho coma siete metros, servidumbre de tránsito de seis metros de ancho de por medio; ESTE, con lote número treinta y seis de la presente subdivisión en ochenta y tres coma nueve metros; y OESTE, con lote número veintinueve en sesenta y dos coma cero metros, servidumbre de transito de cuatro metros de ancho de por medio. El título de dominio a nombre del aportante se encuentra inscrito a fojas dos mil ochocientos ochenta y tres, número dos mil setecientos cincuenta y seis, correspondiente al Registro de Propiedad del Conservador de Bienes raíces de Los Ángeles del año dos mil veintiuno y figura bajo el rol numero mil quinientos diez guion doscientos veinte de la comuna de Los Ángeles. avaluado de común acuerdo por las partes en la cantidad de diez millones de pesos.- c) los INMUEBLES PARCELAS NUMERO QUINIENTOS SESENTA Y NUEVE A LAS QUINIENTOS SETENTA Y OCHO ENCIERRAN UNA SUPRFICIE DE CIEN METROS CUADRADOS DEL PLANO DE SUBDIVSION DEL FUNDO DEUCO DE LA COMUNA DE ANGOL, PROVINCIA DE MALLECO, REGION DE LA ARAUCANIA, cuyos deslindes especiales según su título son: NORTE, Avenida E; al SUR, parcela signada con los números cuatrocientos ochenta al cuatrocientos ochenta y nueve ; Al ORIENTE, Parcela Signada con el numero quinientos setenta y nueve; y al PONIENTE, Avenida K.- El título de dominio a nombre del aportante se encuentra inscrito a fojas cuatrocientos seis, número trescientos treinta y ocho, correspondiente al Registro de Propiedad del Conservador de Bienes raíces de Angol del año dos mil dieciséis y figura bajo el rol numero dos mil ciento catorce guion ciento cincuenta de la comuna de Angol. avaluado de común acuerdo por las partes en la cantidad de trece millones quinientos mil pesos. El avalúo total de los inmuebles que se aportan por este socio avaluados de común acuerdo por ellos, corresponden a la cantidad total de ciento veintitrés millones quinientos mil pesos, equivalentes al noventa y cinco por ciento del total del capital social. El aporte de los bienes inmuebles singularizados en las letras a), b) y c) de este número, se hace ad corpus, en el estado que se encuentran el cual es conocido de los socios. El aporte se hace como cuerpo cierto, en el estado en que se encuentran los inmuebles aportados, el cual es conocido por las partes y aceptado por ellos, con todo lo edificado y plantado, con todos sus derechos, usos, costumbres y servidumbres activas y pasivas, libre de todo gravamen, prohibición, litigio, arrendamiento, embargo o juicio pendiente, con la obligación del aportante de saneamiento en conformidad a la ley. El aportante declara que, a la fecha de la firma del presente instrumento, las propiedades no registran deudas pendientes por concepto de cuentas de servicios básicos, derechos de aseo, contribuciones o gastos comunes y si los hubiere serán de su cargo. El Aportante declara que la entrega material del inmueble materia del presente acto se efectuara a la de firma del presente instrumento, libre de ocupantes y moradores y con sus servicios básicos al día. DOS: el socio BENJAMÍN IGNACIO GONZÁLEZ MEDINA, aporta la cantidad de seis millones quinientos mil pesos en dinero en efectivo, equivalentes al cinco por ciento del capital social, de la siguiente manera: a) con la cantidad de tres millones quinientos mil pesos, que se ingresa en dinero efectivo, al contado a las arcas sociales en este acto, b) el saldo insoluto, es decir tres millones de pesos, se ingresaran en las arcas sociales dentro del plazo de tres años contados desde la fecha del presente instrumento, en la medida que las necesidades sociales lo requieran, en dinero efectivo o bienes muebles o inmuebles, y/o con cargo a utilidades o a fondos formados por utilidades. Quedando enterado de esta manera el aporte. Duración: La sociedad comenzará a regir desde la fecha de este instrumento y tendrá una duración de cinco años. Sin perjuicio de lo anterior, el plazo se entenderá automáticamente renovado por periodos iguales, sucesivos y continuos de cinco años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de no continuarla mediante declaración hecha por escritura pública, la que deberá anotarse al margen de la inscripción de la Sociedad en el Registro de Comercio respectivo, con a lo menos noventa días de anticipación a la fecha de expiración del plazo original o de la prórroga en su caso. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Escritura autorizada por Luis Gonzalo Ali Arcas, Notario Público Interino de la Primera Notaría de Los Ángeles con fecha 6 de enero del 2026.

ConstitutionDiario Oficial · 2026-01-16Voir le PDF (CVE 2756155)

Informations sociétaires

Ltda
Los Ángeles, Biobío
Durée: 5 años, renovable automáticamente por períodos iguales, sucesivos y continuos de 5 años cada uno si ninguno de los socios manifiesta voluntad de no continuar
Administration: La administración y representación de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente al socio Eduardo Javier Quijada Vallejos, quien anteponiendo su firma a la razón social, obligará y representará a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario o especial

Objet social

El arrendamiento, compra y venta y en general la adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces, por cuenta propia o ajena, su explotación, administración y percepción de sus frutos, como también el desarrollo de cualquier tipo de proyectos inmobiliarios, proyecto, construcción o ejecución de la venta de proyectos inmobiliarios, loteos, subdivisiones prediales y afines; la adquisición, enajenación, comercialización por cuenta propia o ajena, de cualquier tipo de bienes materiales e inmateriales, proyectos inmobiliarios, derechos de propiedad intelectual, derechos litigiosos; formar parte en otras sociedades, como socio, por fusión o absorción o a cualquier otro título, modificarlas, asumir la administración de las mismas; y en general, la ejecución de todo acto o contrato comercial de su giro o giros o de cualquier otro ramo que los socios acuerden

Capital

Capital total

$130.000.000

Capital libéré

$127.000.000

Capital restant dû

$3.000.000

Associés (2)

NomParticipation

Eduardo Javier Quijada Vallejos

Socio

14.xxx.xxx-9

95%

Benjamín Ignacio González Medina

Socio

21.xxx.xxx-8

5%

Administrateurs (1)

Eduardo Javier Quijada Vallejos

14.xxx.xxx-9Administrador

Texte officiel de l’extrait

Ministerio del Interior En Los Ángeles, República de Chile, en este oficio, Certifico: que con fecha 30 de diciembre de 2025, ante don Álvaro Antonio Almendras Garcés, Notario Suplente del Titular don Luis Gonzalo Ali Arcas, Abogado, Notario Público Interino, de la ciudad de Los Ángeles, con oficio en calle Lautaro 325, of.4 y 5 comuna Los Ángeles. Por escritura pública de fecha 30 de diciembre del año 2025, repertorio 3563-2025: Eduardo Javier Quijada Vallejos, CI 14.067.424-9, domicilio en esta ciudad en Avenida Oriente número ciento 164, Villa Cataluña; y Benjamín Ignacio González Medina, CI 21.844.056-8, Avenida Oriente número 164 Villa Cataluña, comuna de Los Ángeles. Constituyeron una Sociedad de Responsabilidad Limitada. Nombre o Razón Social: INMOBILIARIA EQV LIMITADA, pudiendo actuar con el nombre de fantasía de INMOBILIARIA EQV Ltda. El objeto de la sociedad será: El objeto de la sociedad será: uno) el arrendamiento, compra y venta y en general la adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces, por cuenta propia o ajena, su explotación, administración y percepción de sus frutos, como también el desarrollo de cualquier tipo de proyectos inmobiliarios, proyecto, construcción o ejecución de la venta de proyectos inmobiliarios, loteos, subdivisiones prediales y afines.; dos) La adquisición, enajenación, comercialización por cuenta propia o ajena, de cualquier tipo de bienes materiales e inmateriales, proyectos inmobiliarios, derechos de propiedad intelectual, derechos litigiosos; Tres) Formar parte en otras sociedades, como socio, por fusión o absorción o a cualquier otro título, modificarlas, asumir la administración de las mismas; cuatro) En general, la ejecución de todo acto o contrato comercial de su giro o giros o de cualquier otro ramo que los socios acuerden, en los cuales se podrá celebrar toda clase de actos o contratos mercantiles y administrativos que sean conducentes al mejor cumplimiento de los fines sociales. Domicilio, será la ciudad de Los Ángeles, Región del Biobío, sin perjuicio de las sucursales, oficinas, agencias o representaciones que pueda establecer en otros puntos del país o del extranjero. Administración y representación de la Sociedad y el uso de la Razón Social corresponderá exclusivamente al socio Eduardo Javier Quijada Vallejos, quién anteponiendo su firma a la razón social, obligará y representará a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario o especial. Capital social: El capital social es la suma de ciento treinta millones de pesos, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: UNO: El socio EDUARDO JAVIER QUIJADA VALLEJOS, aporta en dominio los siguientes bienes inmuebles : a) el inmueble consistente en sitio y casa ubicado en calle Proyección Avenida Las Industrias número ciento sesenta y cuatro, que corresponde al lote número ciento cuarenta y uno, del plano de loteo “CATALUÑA” actualmente denominado “Villa Gabriela Mistral, Etapa E cero seis III”, sitio que tiene una superficie aproximada de doscientos veinticinco coma diecisiete metros cuadrados y deslinda: NORTE, en veinte coma cuarenta y siete metros con sitio números, ciento cuarenta y dos; SUR, en veinte coma cuarenta y siete metros con sitio número ciento cuarenta; ORIENTE, en once coma veintiséis metros con Proyección Avenida as Industrias; y PONIENTE, en once coma veintiséis metros con sitios numero ciento treinta y tres y numero ciento treinta y cuatro. El título de dominio a nombre del aportante se encuentra inscrito a fojas nueve mil cuatrocientos, número seis mil setecientos sesenta y seis, correspondiente al Registro de Propiedad del Conservador de Bienes raíces de Los Ángeles del año dos mil catorce y figura bajo el rol numero mil ciento treinta y tres guion dieciséis de la comuna de los ángeles. avaluado de común acuerdo por las partes en cien millones de pesos. b) el LOTE NUMERO TREINTA Y SIETE, DE LA SUBDIVISION DEL LOTE MAQUEHUE, PROVENIENTE DEL PLANO DE SUBDIVISION DEL PREDIO RUSTICO DENOMINADO MAQUEHUE, de la ciudad y comuna de Los Ángeles, lote que de acuerdo al plano y demás antecedentes que se encuentran archivados al final del Registro de Propiedad del año dos mil veintiuno, bajo el número noventa y ocho, tiene una superficie de cero coma cincuenta hectáreas, y los siguientes deslindes: NORTE, con lote numero treinta y ocho de la presente subdivisión en setenta y dos coma un metros; SUR, con lote numero treinta y cinco de la presente subdivisión en sesenta y ocho coma siete metros, servidumbre de transito de seis metros de ancho de por medio; ESTE, con lote numero treinta y seis de la presente subdivisión en ochenta y tres coma nueve metros; y OESTE, con lote numero veintinueve en sesenta y dos coma cero metros, servidumbre de transito de cuatro metros de ancho de por medio. El título de dominio a nombre del aportante se encuentra inscrito a fojas dos mil ochocientos ochenta y tres, número dos mil setecientos cincuenta y seis, correspondiente al Registro de Propiedad del Conservador de Bienes raíces de Los Ángeles del año dos mil veintiuno y figura bajo el rol numero mil quinientos diez guion doscientos veinte de la comuna de Los Ángeles. avaluado de común acuerdo por las partes en la cantidad de diez millones de pesos.- c) los INMUEBLES PARCELAS NUMERO QUINIENTOS SESENTA Y NUEVE A LAS QUINIENTOS SETENTA Y OCHO ENCIERRAN UNA SUPRFICIE DE CIEN METROS CUADRADOS DEL PLANO DE SUBDIVSION DEL FUNDO DEUCO DE LA COMUNA DE ANGOL, PROVINCIA DE MALLECO, REGION DE LA ARAUCANIA, cuyos deslindes especiales según su título son: NORTE, Avenida E; al SUR, parcela signada con los números cuatrocientos ochenta al cuatrocientos ochenta y nueve ; Al ORIENTE, Parcela Signada con el numero quinientos setenta y nueve; y al PONIENTE, Avenida K.- El título de dominio a nombre del aportante se encuentra inscrito a fojas cuatrocientos seis, número trescientos treinta y ocho, correspondiente al Registro de Propiedad del Conservador de Bienes raíces de Angol del año dos mil dieciséis y figura bajo el rol numero dos mil ciento catorce guion ciento cincuenta de la comuna de Angol. avaluado de común acuerdo por las partes en la cantidad de trece millones quinientos mil pesos. El avalúo total de los inmuebles que se aportan por este socio avaluados de común acuerdo por ellos, corresponden a la cantidad total de ciento veintitrés millones quinientos mil pesos, equivalentes al noventa y cinco por ciento del total del capital social. El aporte de los bienes inmuebles singularizados en las letras a), b) y c) de este número, se hace ad corpus, en el estado que se encuentran el cual es conocido de los socios. El aporte se hace como cuerpo cierto, en el estado en que se encuentran los inmuebles aportados, el cual es conocido por las partes y aceptado por ellos, con todo lo edificado y plantado, con todos sus derechos, usos, costumbres y servidumbres activas y pasivas, libre de todo gravamen, prohibición, litigio, arrendamiento, embargo o juicio pendiente, con la obligación del aportante de saneamiento en conformidad a la ley. El aportante declara que, a la fecha de la firma del presente instrumento, las propiedades no registran deudas pendientes por concepto de cuentas de servicios básicos, derechos de aseo, contribuciones o gastos comunes y si los hubiere serán de su cargo. El Aportante declara que la entrega material del inmueble materia del presente acto se efectuara a la de firma del presente instrumento, libre de ocupantes y moradores y con sus servicios básicos al día. DOS: el socio BENJAMÍN IGNACIO GONZÁLEZ MEDINA, aporta la cantidad de seis millones quinientos mil pesos en dinero en efectivo, equivalentes al cinco por ciento del capital social, de la siguiente manera: a) con la cantidad de tres millones quinientos mil pesos, que se ingresa en dinero efectivo, al contado a las arcas sociales en este acto, b) el saldo insoluto, es decir tres millones de pesos, se ingresaran en las arcas sociales dentro del plazo de tres años contados desde la fecha del presente instrumento, en la medida que las necesidades sociales lo requieran, en dinero efectivo o bienes muebles o inmuebles, y/o con cargo a utilidades o a fondos formados por utilidades. Quedando enterado de esta manera el aporte. Duración: La sociedad comenzará a regir desde la fecha de este instrumento y tendrá una duración de cinco años. Sin perjuicio de lo anterior, el plazo se entenderá automáticamente renovado por periodos iguales, sucesivos y continuos de cinco años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de no continuarla mediante declaración hecha por escritura pública, la que deberá anotarse al margen de la inscripción de la Sociedad en el Registro de Comercio respectivo, con a lo menos noventa días de anticipación a la fecha de expiración del plazo original o de la prórroga en su caso. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Los Ángeles 12 de enero del 2025.

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