Saba Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Capital
Capital total
$252.002.025
Capital pagado
$252.002.025
Capital pendiente
$0
Socios (4)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 10.xxx.xxx-2 | 10.xxx.xxx-2 | 29.17% | $73.509.016 |
Socio 10.xxx.xxx-9 | 10.xxx.xxx-9 | 29.165% | $73.496.391 |
Socio 10.xxx.xxx-5 | 10.xxx.xxx-5 | 29.165% | $73.496.391 |
JORGE ANDRÉS SABA ZEIDÁN SABA ZEIDÁN Socio 16.xxx.xxx-k | 16.xxx.xxx-k | 12.5% | $31.500.253 |
Historia societaria relatada
- Cesión de derechos· 28 de noviembre de 2025
JULIO JOSÉ JACOBO SABA NAZAL cede el 73,72455% de sus derechos sociales a ALEXIS PATRICIO SABA ZEIDÁN, VIVIANA PAOLA SABA ZEIDÁN, TATIANA ANDREA SABA ZEIDÁN y JORGE ANDRÉS SABA ZEIDÁN SABA ZEIDÁN.
JULIO JOSÉ JACOBO SABA NAZAL · ALEXIS PATRICIO SABA ZEIDÁN · VIVIANA PAOLA SABA ZEIDÁN · TATIANA ANDREA SABA ZEIDÁN · JORGE ANDRÉS SABA ZEIDÁN SABA ZEIDÁN
- Cambio de capital· 28 de noviembre de 2025
Se fija el capital social en $252.002.025 y se redistribuyen participaciones y aportes.
ALEXIS PATRICIO SABA ZEIDÁN · VIVIANA PAOLA SABA ZEIDÁN · TATIANA ANDREA SABA ZEIDÁN · JORGE ANDRÉS SABA ZEIDÁN SABA ZEIDÁN
- Cambio de administrador· 28 de noviembre de 2025
Se modifica la administración y el uso de la razón social para actuar indistintamente ALEXIS PATRICIO SABA ZEIDÁN y VIVIANA PAOLA SABA ZEIDÁN.
Texto oficial del extracto
Ministerio del Interior FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Titular de la 2° Notaría de Santiago, con oficio en calle Alcántara N°107, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, certifico que: Por escritura pública de fecha 28 de Noviembre de 2025, Repertorio N°106.729-2025, ante mí, JULIO JOSÉ JACOBO SABA NAZAL, empresario, casado, de nacionalidad chileno, cédula de identidad número cuatro millones cuarenta y ocho mil trescientos noventa y cuatro guion dos; ALEXIS PATRICIO SABA ZEIDÁN, ingeniero comercial, casado con separación de bienes, de nacionalidad chilena, cédula nacional de identidad número diez millones seiscientos sesenta mil ciento cuarenta guion dos; VIVIANA PAOLA SABA ZEIDÁN, ingeniero comercial, casada con separación de bienes, de nacionalidad chilena, cédula nacional de identidad número diez millones seiscientos sesenta mil ciento treinta y nueve guion nueve; TATIANA ANDREA SABA ZEIDÁN, ingeniero comercial, casada con separación de bienes, de nacionalidad chilena, cédula nacional de identidad número diez millones seiscientos sesenta mil ciento treinta guion cinco; y JORGE ANDRÉS SABA ZEIDÁN SABA ZEIDÁN, chileno, casado y separado totalmente de bienes, médico, cédula nacional de identidad número dieciséis millones noventa y cinco mil ochocientos nueve guion k, todos domiciliados para estos efectos en Eusebio Lillo 365, comuna de Recoleta, ciudad de Santiago, modificaron SABA LIMITADA, RUT N°78.377.880-7, inscrita a fojas 13.352, número 11.035 del año 1993, en Registro de Comercio de Santiago, en el siguiente sentido: Uno) Socio JULIO JOSÉ JACOBO SABA NAZAL vendió, cedió y transfirió el 73,72455% de los derechos sociales de la siguiente manera: a) 18,65983% de los derechos sociales a ALEXIS PATRICIO SABA ZEIDÁN; b) 21,28236% de los derechos sociales a VIVIANA PAILA SABA ZEIDÁN; c) 21,28236% de los derechos sociales a TATIANA ANDREA SABA ZEIDÁN; y d) 12,5% de los derechos sociales a JORGE ANDRÉS SABA ZEIDÁN SABA ZEIDÁN. Dos) Como consecuencia de lo anterior, se modificó artículo Quinto de estatuto social, indicando que el capital y participación queda de la siguiente manera: “QUINTO: Capital Social. El capital social será la suma de $252.002.025, que los socios aportan y pagan de la siguiente forma: a) don ALEXIS PATRICIO SABA ZEIDÁN, con la suma de $73.509.016, debidamente enterados en la caja social, correspondientes al 29,17% del capital social; b) doña VIVIANA PAOLA SABA ZEIDÁN, con la suma de $73.496.391, debidamente enterados en la caja social, correspondientes al 29,165% del capital social; c) doña TATIANA ANDREA SABA ZEIDÁN, con la suma de $73.496.391, debidamente enterados en la caja social, correspondientes al 29,165% del capital social; y d) don JORGE ANDRÉS SABA ZEIDÁN, con la suma $31.500.253, debidamente enterados en la caja social, correspondientes al 12,5% del capital social.”. Asimismo, se modificó la administración y el uso de la razón social de SABA LIMITADA, la que corresponderá indistintamente a don ALEXIS PATRICIO SABA ZEIDÁN y doña VIVIANA PAOLA SABA ZEIDÁN, actuando conjunta o separadamente. Socios limitan responsabilidad hasta monto respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 05 de Diciembre de 2025.-
Información societaria
Objeto social
La adquisición, procesamiento, transformación, distribución y venta de mercancías y productos nacionales y extranjeros; prestación de servicios complementarios; explotación de almacenes, supermercados, droguerías y farmacias; arriendo de locales y espacios comerciales; constitución y participación en otras empresas; adquisición e inversión en bienes raíces, acciones y valores; distribución mayorista y minorista de combustibles y alcoholes; desarrollo de actividades financieras y comerciales relacionadas.
Texto oficial del extracto
JORGE REYES BESSONE, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera número cuatro mil ochocientos ochenta y seis, Comuna de San Miguel, certifica: Por escritura pública de fecha 1 de febrero de dos mil diecinueve, ante mí, comparecen: a) don JULIO JOSÉ JACOBO SABA NAZAL; b) don ALEXIS PATRICIO SABA ZEIDAN; c) doña VIVIANA PAOLA SABA ZEIDAN; y d) doña TATIANA ANDREA SABA ZEIDAN, todos domiciliados para estos efectos en Eusebio Lillo número trescientos sesenta y cinco, comuna de Recolecta, Región Metropolitana, y de paso por esta; Por escritura que se extracta, Repertorio número 745, se modifica la sociedad “CONFECCIONES J. SABA Y COMPAÑÍA LIMITADA”, Rol Único Tributario número setenta y ocho millones trescientos setenta y siete mil ochocientos ochenta guion siete, extracto de constitución inscrito a fojas trece mil trescientos cincuenta y dos, número once mil treinta y cinco del Registro de Comercio, del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año mil novecientos noventa y tres, en los siguientes términos: Los comparecientes vienen en modificar los estatutos sociales de “CONFECCIONES J. SABA Y COMPAÑÍA LIMITADA” en los siguientes términos: I. Razón Social: Se modifica la cláusula primera de los estatutos sociales y se elimina el nombre de fantasía “CONFECCIONES SABA LTDA”, cambiando su razón social a “SABA LIMITADA”, reemplazado dicha cláusula por la siguiente: “PRIMERO: Los comparecientes constituyen una sociedad de responsabilidad limitada, regida por la ley número tres mil novecientos dieciocho y sus modificaciones, que girará bajo la razón social “SABA LIMITADA” pudiendo para todos los efectos legales utilizar el nombre “SABA LTDA.” .- II. Objeto: Se modifica la cláusula segunda de los estatutos sociales, ampliando el objeto social, reemplazando dicha cláusula por la siguiente: “SEGUNDO: La Sociedad tiene por objeto: a) La adquisición, procesamiento, transformación, y en general, la distribución y venta bajo cualquier modalidad comercial, incluyendo la financiación de la misma, y la compra, venta, importación, exportación, creación, diseño, desarrollo y producción por cuenta propia o ajena, de toda clase de mercancías y productos nacionales y extranjeros, incluidos artículos farmacéuticos, elementos médicos y afines, al por mayor y/o al detalle, por medios físicos o virtuales. Igualmente, le corresponde la prestación de servicios complementarios tales como el otorgamiento de créditos para la adquisición de mercancías, el otorgamiento de seguros, la realización de giros y remesas, la prestación de servicios de telefonía móvil, la comercialización de viajes y paquetes turísticos, la reparación y mantenimiento de bienes muebles, la realización de trámites, y la entrega en arrendamiento o bajo cualquier otro título de locales o espacios comerciales en almacenes, galerías o centros comerciales; b) La adquisición, creación, organización, establecimiento, administración y explotación de almacenes, supermercados, droguerías y farmacias, depósitos, bodegas y demás establecimientos mercantiles destinados a la adquisición, compra, venta, importación, exportación, creación, diseño, desarrollo y producción por cuenta propia o ajena, de mercancías y productos de todo género a intermediarios o consumidores finales, la enajenación de los mismos al por mayor y/o al detalle, la venta de bienes y la prestación de servicios complementarios susceptibles de comercio de acuerdo con sistemas modernos de venta en almacenes especializados de comercio múltiple y/o de autoservicio. c) Dar o tomar en arrendamiento locales comerciales, recibir o dar en arrendamiento o a otro título de mera tenencia, espacios o puestos de venta o de comercio dentro de sus establecimientos mercantiles, equipos, elementos y enseres destinados a la explotación de negocios de distribución de mercancías o productos y a la presentación de servicios complementarios. d) Constituir, financiar, promover y concurrir con otras personas naturales o jurídicas a la constitución de empresas o negocios que tengan por objeto la producción de objetos, mercancías, artículos o elementos o la prestación de servicios relacionados de que tratan los apartes precedentes, y vincularse a dichas empresas en calidad de asociada, mediante aportes en dinero, en bienes o en servicios. e) Adquirir bienes raíces con destino al establecimiento de almacenes, centros comerciales u otros sitios adecuados para la distribución de mercancías y la venta de bienes o servicios; edificar locales comerciales para uso de sus propios establecimientos de comercio sin perjuicio de que, con criterio de aprovechamiento racional de la tierra, pueda enajenar pisos, locales o departamentos, darlos en arrendamiento o explotarlos en otra forma conveniente. Así mismo, invertir en inmuebles, promover y ejecutar proyectos inmobiliarios de cualquier tipo y de finca raíz e invertir en ellos, bien sea en forma directa o indirecta, pudiendo constituir sociedades, consorcios o uniones temporales, bien sea en terrenos propios o ajenos, participar en programas o planes de parcelación, urbanización o división de inmuebles, de vivienda, de centros comerciales, industriales o de oficina, y vender, arrendar o explotar bajo otra modalidad de los respectivos lotes, parcelas, casas, departamentos, oficinas o locales. f) Aplicar recursos con fines de inversión para la adquisición de acciones, bonos, papeles comerciales y otros valores de libre circulación en el mercado, con el propósito de efectuar inversiones estables o como utilización lucrativa y transitoria, de sobrantes de efectivo o excesos de liquidez. g) La distribución mayorista de combustibles líquidos derivados del petróleo. h) La distribución minorista de combustibles líquidos derivados del petróleo a través de estaciones de servicio automotrices. i) La distribución de alcoholes, biocombustibles, gas natural vehicular y cualquier otro combustible o mezcla que tenga aplicación en el sector automotriz, industrial, fluvial, marítimo y aéreo en todas sus clases. En desarrollo de su objeto la sociedad podrá adquirir bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, requeridos para la realización del objeto social; e igualmente adquirir y poseer acciones, cuotas sociales y participaciones en sociedades comerciales o civiles, títulos valores de todas clases con fines de inversión estable, o como inversión de fomento o desarrollo para el aprovechamiento de incentivos fiscales establecidos por la ley; efectuar inversiones transitorias en valores de pronta liquidez con fines de utilización productiva temporal de sobrantes de efectivo o excesos de liquidez u otras disponibilidades no necesarias de inmediato para el desarrollo de los negocios sociales; importar y exportar mercancías, productos, manufacturas de todo género; emitir bonos y/o papeles comerciales u otros títulos de emisión masiva autorizados por las normas legales o reglamentarias para colocación pública, tomar dinero en mutuo, desarrollar o celebrar operaciones de factoring en firme con recursos propios, constituir garantías sobre sus bienes muebles o inmuebles, y celebrar las operaciones financieras que le permitan adquirir fondos u otros activos, o asegurar el suministro de bienes y/o servicios, unos u otros necesarios para el desarrollo de la empresa; actuar como agente o representante de empresarios nacionales o extranjeros, y celebrar toda clase de contratos relacionados con la distribución de mercancías y/o venta de bienes y servicios; promover y constituir o invertir en compañías para el desarrollo de cualesquiera actividades comprendidas dentro del objeto social que se deja indicado, fusionarse con ellas o con otras compañías, absorberlas, o escindirse; adquirir marcas, emblemas, nombres comerciales, patentes u otros derechos de propiedad industrial o intelectual, explotarlos o conceder su explotación a terceros bajo licencia contractual; y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos, cualquiera que fuere su naturaleza, que se relacionen con el objeto social o que tengan como finalidad ejercer los derechos y cumplir las obligaciones, legal o convencionalmente derivados de la existencia y actividades desarrolladas por la compañía”.-En lo no modificado, se mantiene vigente pacto social. Demás cláusulas escritura extractada. Santiago, 1 de febrero de 2019.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
SABA LIMITADA
CVE 2740991
- MODIFICACIÓN
SABA LIMITADA
CVE 1542480
