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Sociedade por Ações78.373.511-3

Lindenau SpA

CONSTITUCIÓN — 18 de fev. de 2026

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2026-02-18Ver PDF (CVE 2771552)

Informações societárias

SpA
Av. Gramado 535
Administração: La administración, representación y uso de la razón social le corresponderá a don MATÍAS FRANCISCO TIMMERMANN ALOMAR y a doña SALLY CAROLINA HOHMANN HEWSTONE, ambos ya individualizados, quienes actuarán en calidad de administradores estatutarios, en la forma, con las facultades y limitaciones indicadas en la escritura que se extracta.

Objeto social

El objeto o giro de la Sociedad será la ejecución por cuenta propia o ajena de las siguientes actividades: (i) La producción, procesamiento, distribución, comercialización, importación y exportación, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de insumos y productos, de consumo fresco o procesados, relacionados con la actividad lechera, ganadera y la industria láctea en general; (ii) la prestación de servicios de arquitectura, así como de construcción, remodelación, conservación y mantención de inmuebles, incluyendo la planificación, estructuración, evaluación, promoción y ejecución de proyectos inmobiliarios, por cuenta propia o de terceros; así como la prestación de servicios de asesoría comercial, estratégica y técnica vinculada a proyectos inmobiliarios y arquitectónicos, incluyendo estudios de factibilidad, análisis de mercado, gestión y apoyo en procesos de comercialización; (iii) la inversión, por cuenta propia o ajena, en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales y, en general, en toda clase de valores, tanto mobiliarios como inmobiliarios, cualquiera sea su naturaleza, ya sea para fines de inversión y/o renta, para lo cual la sociedad podrá adquirir y enajenar, explotar, administrar y percibir sus frutos a cualquier título; y, (iv) realizar operaciones de compra, venta, administración, y arrendamiento de inmuebles; y en general, el desarrollo y ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con estos. Para la ejecución de este objeto, la Sociedad podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. La Sociedad, dentro de su giro, podrá contratar con cualquiera de sus accionistas o empresas relacionadas.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital integralizado

$1.000.000

Capital pendente

$0

Ações

1.000

Sócios (2)

NomeParticipação

MATÍAS FRANCISCO TIMMERMANN ALOMAR

Accionista

16.xxx.xxx-1

50%

SALLY CAROLINA HOHMANN HEWSTONE

Accionista

16.xxx.xxx-8

50%

Administradores (2)

MATÍAS FRANCISCO TIMMERMANN ALOMAR

16.xxx.xxx-1Administrador

SALLY CAROLINA HOHMANN HEWSTONE

16.xxx.xxx-8Administrador

Texto oficial do extrato

Ministerio del Interior MACARENA CONSTANZA MOLINA CORTÉS, Notario Público Suplente del Titular don Bernardo Patricio Espinosa Bancalari, con oficio en la ciudad de Puerto Varas, Av. Gramado 535, certifica: Por escritura pública de fecha nueve de febrero de 2026, ante mí, MATÍAS FRANCISCO TIMMERMANN ALOMAR, cédula nacional de identidad número 16.010.577-1; y doña SALLY CAROLINA HOHMANN HEWSTONE, cédula nacional de identidad número 16.100.766-8, constituyeron sociedad por acciones: NOMBRE: LINDENAU SpA; OBJETO: El objeto o giro de la Sociedad será la ejecución por cuenta propia o ajena de las siguientes actividades: (i) La producción, procesamiento, distribución, comercialización, importación y exportación, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de insumos y productos, de consumo fresco o procesados, relacionados con la actividad lechera, ganadera y la industria láctea en general; (ii) la prestación de servicios de arquitectura, así como de construcción, remodelación, conservación y mantención de inmuebles, incluyendo la planificación, estructuración, evaluación, promoción y ejecución de proyectos inmobiliarios, por cuenta propia o de terceros; así como la prestación de servicios de asesoría comercial, estratégica y técnica vinculada a proyectos inmobiliarios y arquitectónicos, incluyendo estudios de factibilidad, análisis de mercado, gestión y apoyo en procesos de comercialización; (iii) la inversión, por cuenta propia o ajena, en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales y, en general, en toda clase de valores, tanto mobiliarios como inmobiliarios, cualquiera sea su naturaleza, ya sea para fines de inversión y/o renta, para lo cual la sociedad podrá adquirir y enajenar, explotar, administrar y percibir sus frutos a cualquier título; y, (iv) realizar operaciones de compra, venta, administración, y arrendamiento de inmuebles; y en general, el desarrollo y ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con estos. Para la ejecución de este objeto, la Sociedad podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. La Sociedad, dentro de su giro, podrá contratar con cualquiera de sus accionistas o empresas relacionadas. CAPITAL: El capital social es la suma de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. El capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado en la siguiente proporción: a) don MATÍAS FRANCISCO TIMMERMANN ALOMAR, suscribió y pagó la cantidad de 500 acciones, mediante el aporte de $500.000; y b) doña SALLY CAROLINA HOHMANN HEWSTONE, suscribió y pagó la cantidad de 500 acciones, mediante el aporte de $500.000. ADMINISTRACIÓN: La administración, representación y uso de la razón social le corresponderá a don MATÍAS FRANCISCO TIMMERMANN ALOMAR y a doña SALLY CAROLINA HOHMANN HEWSTONE, ambos ya individualizados, quienes actuarán en calidad de administradores estatutarios, en la forma, con las facultades y limitaciones indicadas en la escritura que se extracta. Demás disposiciones constan en escritura extractada. Puerto Varas, a doce de febrero de dos mil veintiséis.

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