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Empresa Individual de Responsabilidad Limitada78.366.433-K

Robert Clifford Peebles Scheel Educación E.I.R.L.

CONSTITUCIÓN — 15 nov 2025

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2025-11-15Ver PDF (CVE 2727891)

Información societaria

E.I.R.L.
Santiago, Región Metropolitana
Duración: Indefinida
Administración: La administración de la Empresa corresponderá al Empresario.

Objeto social

La Empresa tendrá por objeto desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: 1) Enseñanza y capacitación de idiomas, preparación de exámenes para colegios y universidades locales y extranjeras, servicios de educación on-line y presenciales, consultorías a empresas, servicio de estudios en el extranjero, capacitación en inglés para fines comerciales y profesionales específicos, traducción e interpretación de documentos y conversaciones en diferentes idiomas, la elaboración y venta de material didáctico, libros y recursos de aprendizaje de idiomas, el asesoramiento y consultoría en materia de educación de idiomas para particulares y empresas, la organización de eventos académicos y culturales relacionados con la enseñanza de idiomas y la comunicación intercultural. 2) La compraventa, arrendamiento, subarrendamiento, representación, desarrollo de franquicias, importación y exportación de cursos, libros, venta de material educacional (físico, on-line y audio-visual) todo tipo de productos e insumos necesarios para el desarrollo de la empresa. 3) La realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal.

Capital

Capital total

$3.000.000

Socios (1)

NombreParticipación

ROBERT CLIFFORD PEEBLES SCHEEL

Titular

6.xxx.xxx-1

100%

Administradores (1)

Texto oficial del extracto

Ministerio del Interior PABLO A. GONZALEZ CAAMAÑO, Abogado, Notario Público Titular 9a. Notaría Santiago, con oficio en calle Teatinos Nº 333, entrepiso, comuna Santiago, Certifico: Por escritura pública de fecha 4 de noviembre del año 2025, ante mí, don ROBERT CLIFFORD PEEBLES SCHEEL, chileno, casado bajo el régimen de separación de bienes, Ingeniero Industrial, 72 años, C.I.N° 6.084.902-1, con domicilio en calle El Parronal 1030, Las Brisas Chicureo, comuna de Colina y de paso por ésta; constituyó Sociedad de Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, de Razón Social: “Robert Clifford Peebles Scheel Educación E.I.R.L.” pudiendo usar el nombre de fantasía “Robert Peebles Education E.I.R.L.".Objeto: La Empresa tendrá por objeto desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: 1) Enseñanza y capacitación de idiomas, preparación de exámenes para colegios y universidades locales y extranjeras, servicios de educación on-line y presenciales, consultorías a empresas, servicio de estudios en el extranjero, capacitación en inglés para fines comerciales y profesionales específicos, traducción e interpretación de documentos y conversaciones en diferentes idiomas, la elaboración y venta de material didáctico, libros y recursos de aprendizaje de idiomas, el asesoramiento y consultoría en materia de educación de idiomas para particulares y empresas, la organización de eventos académicos y culturales relacionados con la enseñanza de idiomas y la comunicación intercultural. 2) La compraventa, arrendamiento, subarrendamiento, representación, desarrollo de franquicias, importación y exportación de cursos, libros, venta de material educacional (físico, on-line y audio-visual) todo tipo de productos e insumos necesarios para el desarrollo de la empresa. 3) La realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal. Domicilio. Comuna y ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero. Duración. Indefinida. Capital. El capital de la Empresa es la cantidad de $3.000.000, que el Empresario se obliga a aportar y pagar a la caja de la Empresa en dinero efectivo, a más tardar dentro del plazo de tres años contado desde la fecha de esta escritura. Responsabilidad: La responsabilidad del Empresario queda limitada al monto de su aporte. Administración. La administración de la Empresa corresponderá al Empresario.

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