Transportes Araya Bravo Limitada
登記名稱: Transportes Araya Bravo SpA
Diario Oficial
公司資料
公司目的
Transporte terrestre en vehículos propios o ajenos de toda clase de productos, objetos, mercaderías, bienes y carga en general, sea propia o ajena, y la realización de toda otra actividad necesaria y/o complementaria al objeto señalado
資本
總資本
$1.500.000
實繳資本
$1.500.000
待繳資本
$0
股份
100,000
股東(8)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Accionista 5.xxx.xxx-3 | 5.xxx.xxx-3 | - | - |
Accionista 5.xxx.xxx-5 | 5.xxx.xxx-5 | - | - |
María Paulina Rosa Araya Bravo Accionista 5.xxx.xxx-1 | 5.xxx.xxx-1 | - | - |
María Soledad Loreto Araya Bravo Accionista 7.xxx.xxx-0 | 7.xxx.xxx-0 | - | - |
Accionista 7.xxx.xxx-5 | 7.xxx.xxx-5 | - | - |
Accionista 8.xxx.xxx-0 | 8.xxx.xxx-0 | - | - |
Accionista 8.xxx.xxx-5 | 8.xxx.xxx-5 | - | - |
Francisco Fernando Araya Bravo Accionista 6.xxx.xxx-8 | 6.xxx.xxx-8 | - | - |
公報所載公司沿革
- 設立· 1992年1月1日
La sociedad Transportes Araya Bravo Limitada fue inscrita en el Registro de Comercio de Quillota
TRANSPORTES ARAYA BRAVO LIMITADA
- 公司形式轉換· 2020年10月1日
Los socios transforman la sociedad de Ltda. a SpA y reemplazan íntegramente sus estatutos
Mercedes Antonia Araya Bravo · Guisela Luisa Araya Bravo · María Paulina Rosa Araya Bravo · María Soledad Loreto Araya Bravo · Carmen Luz Araya Bravo · María Isabel Araya Bravo · María Beatriz Araya Bravo · Francisco Fernando Araya Bravo
摘要官方正文
ALVARO GONZALEZ SALINAS, Abogado, Notario Público Titular de la 42ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas 1.070, piso 2, Santiago, Región Metropolitana, certifico que por escritura pública de fecha 1 de octubre de 2020 bajo el Repertorio N° 34734 -2020, ante mí, Mercedes Antonia Araya Bravo, cédula nacional de identidad N° 5.839.076-3, domiciliada en calle Benito Juárez N° 730, departamento 1.503, comuna de Las Condes, Santiago; Guisela Luisa Araya Bravo, cédula nacional de identidad N° 5.839.075-5, domiciliada en calle Hermanos Cabot N° 6.740, departamento 32, comuna de Las Condes; María Paulina Rosa Araya Bravo, cédula nacional de identidad número 5.885.850-1, domiciliada en calle Amapolas N° 1.500, departamento 308, comuna de Providencia, Santiago; María Soledad Loreto Araya Bravo, cédula nacional de identidad número 7.124.287-0, domiciliada en Quillota, paradero N° 9, Troncal San Pedro, comuna de Quillota; Carmen Luz Araya Bravo, cédula nacional de identidad número 7.828.509-5, domiciliada en calle La Escuela N° 927, comuna de Las Condes, Santiago; María Isabel Araya Bravo, cédula nacional de identidad número 8.155.943-0, domiciliada en Fundo El Molino, paradero N° 3.5, comuna de Quillota; María Beatriz Araya Bravo, cédula nacional de identidad número 8.155.946-5, domiciliada en Parcela 7- B, Fundo Santa Herminia, comuna de La Calera; y Francisco Fernando Araya Bravo, cédula nacional de identidad número 6.664.444-8, domiciliado en paradero N° 9.5, Troncal San Pedro, comuna de Quillota, en su calidad de únicos y actuales socios de la sociedad “TRANSPORTES ARAYA BRAVO LIMITADA” (la “Sociedad”), inscrita a fojas 133, N° 93, del Registro de Comercio de Quillota correspondiente al año 1992, transformaron la Sociedad de una sociedad de responsabilidad limitada en una sociedad por acciones, la que se regirá por las disposiciones de los estatutos sociales que se extractan a continuación y por lo establecido en el Párrafo Octavo del Título Séptimo del Libro Segundo del Código de Comercio. En silencio de los estatutos sociales y de las disposiciones legales que regulan a las sociedades por acciones, y siempre que no se contrapongan con la naturaleza de este tipo de sociedades, la Sociedad se regirá por las normas que la ley N° 18.046 sobre Sociedades Anónimas, sus modificaciones posteriores y su reglamento, establecen para las sociedades anónimas cerradas.- En virtud de lo anterior, los estatutos de la Sociedad fueron reemplazados por un nuevo texto que a continuación se extracta: /a/ Nombre: “Transportes Araya Bravo SpA”.- /b/ Accionistas: Mercedes Antonia Araya Bravo, Guisela Luisa Araya Bravo, María Paulina Rosa Araya Bravo, María Soledad Loreto Araya Bravo, Carmen Luz Araya Bravo, María Isabel Araya Bravo, María Beatriz Araya Bravo y Francisco Fernando Araya Bravo.- /c/ Objeto: La Sociedad tendrá por objeto principal el transporte terrestre en vehículos propios o ajenos de toda clase de productos, objetos, mercaderías, bienes y carga en general, sea propia o ajena, y la realización de toda otra actividad necesaria y/o complementaria al objeto señalado.- /d/ Domicilio: El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Quillota, en la Región de Valparaíso, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos de la República o en el extranjero.- /e/ Duración: La Sociedad durará hasta el 9 de diciembre de 2022, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por periodos de 3 años cada uno, salvo que cualquiera de los accionistas manifieste su voluntad de poner término a la Sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que deberá hacerse mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social no menos de 6 meses antes del respectivo vencimiento. Sólo con acuerdo unánime de los accionistas podrá dejarse sin efecto el desahucio formulado por cualquiera de ellos.- /f/ Capital: $1.500.000, dividido en 100.000 acciones nominativas, ordinarias, de una única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado.- Demás estipulaciones no son materia de extracto y constan en escritura extractada.- Portador de este extracto quedó facultado para proceder a su legalización.- Santiago, 15 de octubre de 2020.
公司資料
資本
總資本
$1.500.000
實繳資本
$1.500.000
待繳資本
$0
股東(8)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Socio | - | 11.881% | $178.215 |
Socio | - | 11.881% | $178.215 |
María Paulina Rosa Araya Bravo Socio | - | 11.881% | $178.215 |
María Soledad Loreto Araya Bravo Socio | - | 11.881% | $178.215 |
Socio | - | 11.881% | $178.215 |
Socio | - | 11.881% | $178.215 |
Socio | - | 11.881% | $178.215 |
Francisco Fernando Araya Bravo Socio | - | 16.833% | $252.495 |
摘要官方正文
ALVARO GONZALEZ SALINAS, Abogado, Notario Público Titular de la 42ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas 1.070, piso 2, Santiago, Región Metropolitana, certifico que por escritura pública de fecha 1 de octubre de 2020 bajo el Repertorio N° 34.732 - 2020, ante mí, Mercedes Antonia Araya Bravo, domiciliada en calle Benito Juárez N° 730, departamento 1.503, comuna de Las Condes, Santiago; Guisela Luisa Araya Bravo, domiciliada en calle Hermanos Cabot N° 6.740, departamento 32, comuna de Las Condes; María Paulina Rosa Araya Bravo, domiciliada en calle Amapolas N° 1.500, departamento 308, comuna de Providencia, Santiago; María Soledad Loreto Araya Bravo, domiciliada en Quillota, paradero N° 9, Troncal San Pedro, comuna de Quillota; Carmen Luz Araya Bravo, domiciliada en calle La Escuela N° 927, comuna de Las Condes, Santiago; María Isabel Araya Bravo, domiciliada en Fundo El Molino, paradero N° 3.5, comuna de Quillota; María Beatriz Araya Bravo, domiciliada en Parcela 7- B, Fundo Santa Herminia, comuna de La Calera; y Francisco Fernando Araya Bravo, domiciliado en paradero N° 9.5, Troncal San Pedro, comuna de Quillota, modificaron la sociedad “TRANSPORTES ARAYA BRAVO LIMITADA” (la “Sociedad”), inscrita a fojas 133, N° 93, del Registro de Comercio de Quillota correspondiente al año 1992, según se indica a continuación: 1) /a/ Francisco Fernando Araya Bravo vendió, cedió, y transfirió a Mercedes Antonia Araya Bravo, quien compró, aceptó y adquirió para sí, derechos sociales de propiedad de Francisco Fernando Araya Bravo equivalentes al 11,881% del capital de la Sociedad, en los términos y condiciones de que se da cuenta en escritura extractada. /b/ Francisco Fernando Araya Bravo vendió, cedió, y transfirió a Guisela Luisa Araya Bravo, quien compró, aceptó y adquirió para sí, derechos sociales de propiedad de Francisco Fernando Araya Bravo equivalentes al 4,619% del capital de la Sociedad, en los términos y condiciones de que se da cuenta en escritura extractada. /c/ María Beatriz Araya Bravo vendió, cedió, y transfirió a Guisela Luisa Araya Bravo, quien compró, aceptó y adquirió para sí, derechos sociales de propiedad de María Beatriz Araya Bravo equivalentes al 7,262% del capital de la Sociedad, en los términos y condiciones de que se da cuenta en escritura extractada. /d/ María Beatriz Araya Bravo vendió, cedió, y transfirió a María Paulina Rosa Araya Bravo, quien compró, aceptó y adquirió para sí, derechos sociales de propiedad de María Beatriz Araya Bravo equivalentes al 11,881% del capital de la Sociedad, en los términos y condiciones de que se da cuenta en escritura extractada. /e/ María Beatriz Araya Bravo vendió, cedió, y transfirió a Carmen Luz Araya Bravo, quien compró, aceptó y adquirió para sí, derechos sociales de propiedad de María Beatriz Araya Bravo equivalentes al 2,310% del capital de la Sociedad, en los términos y condiciones de que se da cuenta en escritura extractada. /f/ María Soledad Loreto Araya Bravo vendió, cedió, y transfirió a Carmen Luz Araya Bravo, quien compró, aceptó y adquirió para sí, derechos sociales de propiedad de María Soledad Loreto Araya Bravo equivalentes al 9,571% del capital de la Sociedad, en los términos y condiciones de que se da cuenta en escritura extractada. /g/ María Soledad Loreto Araya Bravo vendió, cedió, y transfirió a María Isabel Araya Bravo, quien compró, aceptó y adquirió para sí, derechos sociales de propiedad de María Soledad Loreto Araya Bravo equivalentes al 11,881% del capital de la Sociedad, en los términos y condiciones de que se da cuenta en escritura extractada. 2) En virtud de lo anterior, ingresaron como socios a la Sociedad Mercedes Antonia Araya Bravo, Guisela Luisa Araya Bravo, María Paulina Rosa Araya Bravo, Carmen Luz Araya Bravo y María Isabel Araya Bravo. 3) Mercedes Antonia Araya Bravo, Guisela Luisa Araya Bravo, María Paulina Rosa Araya Bravo, María Soledad Loreto Araya Bravo, Carmen Luz Araya Bravo, María Isabel Araya Bravo, María Beatriz Araya Bravo y Francisco Fernando Araya Bravo, en su calidad de únicos y actuales socios de la Sociedad, acordaron sustituir el Artículo Quinto de los estatutos sociales de la Sociedad, relativo al capital social, por el siguiente: “Artículo Quinto: Capital. El capital de la sociedad es la suma de un millón quinientos mil pesos, que los socios aportan y enteran en la siguiente proporción: /a/ doña Mercedes Antonia Araya Bravo aporta la cantidad de ciento setenta y ocho mil doscientos quince pesos, equivalente al once coma ocho ocho uno por ciento del capital social, suma íntegramente enterada en dinero en arcas sociales; /b/ doña Guisela Luisa Araya Bravo aporta la cantidad de ciento setenta y ocho mil doscientos quince pesos, equivalente al once coma ocho ocho uno por ciento del capital social, suma íntegramente enterada en dinero en arcas sociales; /c/ doña María Paulina Rosa Araya Bravo aporta la cantidad de ciento setenta y ocho mil doscientos quince pesos, equivalente al once coma ocho ocho uno por ciento del capital social, suma íntegramente enterada en dinero en arcas sociales; /d/ doña María Soledad Loreto Araya Bravo aporta la cantidad de ciento setenta y ocho mil doscientos quince pesos, equivalente al once coma ocho ocho uno por ciento del capital social, suma íntegramente enterada en dinero en arcas sociales; /e/ doña Carmen Luz Araya Bravo aporta la cantidad de ciento setenta y ocho mil doscientos quince pesos, equivalente al once coma ocho ocho uno por ciento del capital social, suma íntegramente enterada en dinero en arcas sociales; /f/ doña María Isabel Araya Bravo aporta la cantidad de ciento setenta y ocho mil doscientos quince pesos, equivalente al once coma ocho ocho uno por ciento del capital social, suma íntegramente enterada en dinero en arcas sociales; /g/ doña María Beatriz Araya Bravo aporta la cantidad de ciento setenta y ocho mil doscientos quince pesos, equivalente al once coma ocho ocho uno por ciento del capital social, suma íntegramente enterada en dinero en arcas sociales; y /h/ don Francisco Fernando Araya Bravo aporta la cantidad de doscientos cincuenta y dos mil cuatrocientos noventa y cinco pesos, equivalente al dieciséis coma ocho tres tres por ciento del capital social, suma íntegramente enterada en dinero en arcas sociales.”. En todo lo no modificado por la escritura extractada, continúan plenamente vigentes los estatutos sociales de la Sociedad. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Portador facultado para su legalización. Santiago, 15 de octubre de 2020.
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