Parque Híbrido Ladera Sur II SpA
Diario Oficial
公司資料
公司目的
el desarrollo, construcción, explotación, operación y mantenimiento de proyectos de generación, almacenamiento y suministro de energía eléctrica de cualquier tipo, así como también la prestación de toda clase de consultorías y asesorías relacionadas con el objeto de la Sociedad; almacenar energía en las centrales de almacenamiento, retirar e inyectar energía desde y hacia el sistema eléctrico; producción y comercialización de cualquier elemento o insumo necesario para la generación, retiro, suministro y almacenamiento de energía eléctrica; la prestación de servicios energéticos de generación, almacenamiento y suministro, obtener, transferir, adquirir, arrendar, gravar y explotar concesiones que contempla la Ley General de Servicio Eléctricos; generar, suministrar y almacenar energía eléctrica, sea de origen solar, hidráulica, térmica o de cualquier otra clase o naturaleza, incluyendo su retiro e inyección al sistema eléctrico conforme a la regulación vigente; construir, instalar, montar y operar centrales de generación y almacenamiento de energía propias y de terceros; comprar, vender y comercializar bienes o insumos relacionados con la generación, transmisión y almacenamiento de energía y potencia eléctrica; otras actividades afines que se definen en la escritura extractada; y en general ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios para el desarrollo de su objeto
資本
總資本
$1.000.000
股份
1,000
股東(1)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Accionista 76.842.409-8 | 76.842.409-8 | 100% | $1.000.000 |
摘要官方正文
Ministerio del Interior EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Titular de la 34° Notaría de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda 359, comuna de Providencia, Región Metropolitana, certifico: que ante mí, con fecha 13 de enero del año 2026, por escritura pública anotada bajo el repertorio número 663-2026, Ian Philippi Calvo, chileno, casado, ingeniero, cédula nacional de identidad número 12.456.371-2, y Felipe Antonio Donoso Lillo, chileno, casado, ingeniero, cédula nacional de identidad número 15.086.608-1, ambos, en representación de RTB ENERGY SpA, una sociedad por acciones del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.842.409-8, constituyeron una sociedad por acciones que se rige por los estatutos que a continuación extracto: Nombre: Parque Híbrido Ladera Sur II SpA. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que puedan establecerse en otras ciudades del país o del extranjero. Objeto: el desarrollo, construcción, explotación, operación y mantenimiento de proyectos de generación, almacenamiento y suministro de energía eléctrica de cualquier tipo, así como también la prestación de toda clase de consultorías y asesorías relacionadas con el objeto de la Sociedad; almacenar energía en las centrales de almacenamiento, retirar e inyectar energía desde y hacia el sistema eléctrico; producción y comercialización de cualquier elemento o insumo necesario para la generación, retiro, suministro y almacenamiento de energía eléctrica; la prestación de servicios energéticos de generación, almacenamiento y suministro, obtener, transferir, adquirir, arrendar, gravar y explotar concesiones que contempla la Ley General de Servicio Eléctricos; generar, suministrar y almacenar energía eléctrica, sea de origen solar, hidráulica, térmica o de cualquier otra clase o naturaleza, incluyendo su retiro e inyección al sistema eléctrico conforme a la regulación vigente; construir, instalar, montar y operar centrales de generación y almacenamiento de energía propias y de terceros; comprar, vender y comercializar bienes o insumos relacionados con la generación, transmisión y almacenamiento de energía y potencia eléctrica; otras actividades afines que se definen en la escritura extractada; y en general ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios para el desarrollo de su objeto. Capital: $1.000.000, dividido en 1000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas por el único accionista al momento de su constitución, las que serán pagadas en dinero, en la misma moneda o en especie, dentro del plazo de 5 años. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 15 enero 2026.
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- CONSTITUCIÓN
Parque Híbrido Ladera Sur II SpA
CVE 2757005
