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Société par actions78.331.541-6

Loopvr SpA

CONSTITUCIÓN — 26 déc. 2025

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2025-12-26Voir le PDF (CVE 2746583)

Informations sociétaires

SpA
Santiago, Región Metropolitana

Objet social

La Sociedad tendrá por objeto: a) La prestación de servicios de entretención mediante la utilización de medios tecnológicos propios o de terceros; b) La compra, venta y arrendamiento de inmuebles; c) Venta de mercadería y merchandising; d) La exhibición de todo tipo de tecnologías y computación; e) La compra, venta, importación, exportación, comercialización y distribución, al por mayor y al detalle, de toda clase de artículos electrónicos y tecnológicos, incluyendo, pero no limitado a, consolas, videojuegos, computadores, tablets, visores de realidad virtual, así como sus partes, piezas y repuestos; f) La transmisión de eventos deportivos, como así también la organización, promoción y/o difusión de eventos deportivos, convenciones y ferias virtuales o físicos de cualquier índole; g) Expendio de bebidas y alimentos envasados y de comidas preparadas en cafeterías; h) Desarrollar, impartir y comercializar capacitaciones, cursos, talleres, seminarios y programas formativos en modalidades presenciales, online o híbridas, incluyendo la elaboración de material educativo, cápsulas audiovisuales y contenido digital asociado a tecnología, innovación, entretenimiento digital, realidad virtual, realidad aumentada, simulación, videojuegos y habilidades digitales en general; e, i) En general, la realización de cualquier otro acto, negocio o actividad que se relacione directa o indirectamente con los ya mencionados.

Capital

Capital total

$1.050.000

Capital libéré

$1.050.000

Capital restant dû

$0

Actions

1 050

Associés (3)

NomParticipation

Tomás Francisco Rojas Silva

Accionista

-

Nicolás Guzmán Valdivieso

Accionista

-

Vicente José Page Federici

Accionista

-

Texte officiel de l’extrait

Ministerio del Interior Juan Cristian Berrios Castro, Abogado, Notario Público Reemplazante del Titular de la Octava Notaria de Santiago de don Luis Ignacio Manquehual Mery, ambos con domicilio en calle Huérfanos N°941, local 302, comuna de Santiago, certifica que: por escritura pública de fecha 17 de diciembre de 2025, bajo el repertorio 24856-2025, ante mí, don Tomás Francisco Rojas Silva, Nicolás Guzmán Valdivieso, y Vicente José Page Federici constituyeron una sociedad por acciones, de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Razón social: LOOPVR SpA, en adelante la “Sociedad”. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: a) La prestación de servicios de entretención mediante la utilización de medios tecnológicos propios o de terceros; b) La compra, venta y arrendamiento de inmuebles; c) Venta de mercadería y merchandising; d) La exhibición de todo tipo de tecnologías y computación; e) La compra, venta, importación, exportación, comercialización y distribución, al por mayor y al detalle, de toda clase de artículos electrónicos y tecnológicos, incluyendo, pero no limitado a, consolas, videojuegos, computadores, tablets, visores de realidad virtual, así como sus partes, piezas y repuestos; f) La transmisión de eventos deportivos, como así también la organización, promoción y/o difusión de eventos deportivos, convenciones y ferias virtuales o físicos de cualquier índole; g) Expendio de bebidas y alimentos envasados y de comidas preparadas en cafeterías; h) Desarrollar, impartir y comercializar capacitaciones, cursos, talleres, seminarios y programas formativos en modalidades presenciales, online o híbridas, incluyendo la elaboración de material educativo, cápsulas audiovisuales y contenido digital asociado a tecnología, innovación, entretenimiento digital, realidad virtual, realidad aumentada, simulación, videojuegos y habilidades digitales en general; e, i) En general, la realización de cualquier otro acto, negocio o actividad que se relacione directa o indirectamente con los ya mencionados.Capital: El capital de la sociedad es la suma de $1.050.000 dividido en 1.050 acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas en el acto de constitución. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 19 de diciembre de 2025.

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