Sociedad Comercial Nuestro Pan Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Término de giro
28 de diciembre de 2022
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 6.xxx.xxx-2 | 6.xxx.xxx-2 | - | - |
ERNESTO GABRIEL CATALÁN ZAPATA Socio 7.xxx.xxx-0 | 7.xxx.xxx-0 | - | - |
Historia societaria relatada
- Constitución· 9 de diciembre de 1992
Se constituye la sociedad de responsabilidad limitada SOCIEDAD COMERCIAL NUESTRO PAN LIMITADA o NUESTRO PAN LTDA.
Texto oficial del extracto
OLAYA FERRADA GARRIDO, Notario Público Suplente del Titular RAMON GARCIA CARRASCO, Concepción, Rengo 444, certifico: Por escritura pública de fecha 17.08.2022, Repertorio N°8292-2022, ante mí, don HUGO ALEJANDRO REYES NESBET, chileno, supervisor, C.I. N° 6.885.157-2, domiciliado en calle Gabriela Mistral N°105, Lomas Coloradas Coronel, don ERNESTO GABRIEL CATALÁN ZAPATA, chileno, supervisor, C.I.N° 7.373.351-0, domiciliado en calle Los Castaños N°6998, Lomas Coloradas Coronel. PRIMERO: Los comparecientes por escritura pública de fecha 09.12.1992, otorgada por don ENRIQUE HERRERA SILVA, Notario Público Concepción, repertorio N° 3.086-1992, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada denominada “SOCIEDAD COMERCIAL NUESTRO PAN LIMITADA” o “NUESTRO PAN LTDA”, extracto inscrito a fojas 1934, N° 1233, Registro de Comercio del año 1997, del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Concepción; y publicado en el Diario Oficial con fecha 05.01.1993, número 34.457, RUT N°78.322.380-5. SEGUNDO: Por el presente acto, los comparecientes, en su carácter de únicos socios, acuerdan en forma unánime, disolver la sociedad de responsabilidad limitada denominada “SOCIEDAD COMERCIAL NUESTRO PAN LIMITADA” o “NUESTRO PAN LTDA”.- TERCERO: La sociedad no tiene activos ni pasivos a distribuir entre los socios, ya que los retiros de utilidades se hicieron todos en conformidad a las disposiciones legales vigentes. En cuanto al capital aportado, éste se devuelve a cada socio, en la misma forma y sumas establecidas en la cláusula QUINTA del contrato social. CUARTO: Los gastos originados con motivo de esta disolución serán asumidos por los comparecientes, por partes iguales. QUINTO: En virtud de lo expuesto precedentemente, los comparecientes se otorgan recíprocamente el más amplio y cabal finiquito del contrato de sociedad a que se ha hecho referencia, declarando expresamente que nada se adeudan por concepto alguno. SEXTO: Asimismo, los referidos comparecientes se constituyen en fiadores y codeudores solidarios del pago de cualquier obligación tributaria que, eventualmente, pudiera adeudar la citada Sociedad. SEPTIMO: Las partes en este acto, vienen en conferir mandato al abogado don Elías Abraham Ramos Muñoz, para los efectos, que en cualquier época, redacte y suscriba, las escrituras públicas de rectificación, enmienda o complementación que fueren necesarias para la eficacia y eficiencia de éste instrumento. OCTAVO: Se faculta al portador de copia autorizada de la presente escritura, para requerir las inscripciones y publicaciones que procedan de conformidad a la ley.- Concepción, 18 de octubre de 2022.-
Actuaciones recientes
- DISOLUCIÓN
SOCIEDAD COMERCIAL NUESTRO PAN LIMITADA
CVE 2205262
